La lucha antiterrorista permite que se esté llevando a cabo una reorganización del poder a nivel mundial. En ese nuevo orden los procedimientos de excepción se convierten en la base de un nuevo orden jurídico en el que la administración se otorga los poderes de un magistrado. En este proceso de globalización, los Estados Unidos ocupan un lugar muy relevante, pues dirigen una estructura política imperial en la que la administración estadounidense tiene el privilegio de determinar la excepción e inscribirla en el Derecho, al tiempo que induce a los demás países a aceptar tal situación y asumirla como propia. De hecho, el gobierno de Estados Unidos puede designar como enemigo a cualquier estadounidense y también a cualquier ciudadano de un Estado con el que no esté en guerra, y gracias a los acuerdos sobre extradición, pueden solicitar que se les entregue cualquier persona que ellos consideren “terrorista”, mantenerlo detenido indefinidamente y juzgarlo ante tribunales de excepción. La lucha antiterrorista adquiere un carácter constituyente, ya que modifica el ejercicio de la soberanía interna y externa, induciendo a una solidaridad orgánica entre los diferentes gobiernos respecto a la vigilancia y la represión de sus poblaciones. En este contexto, el “mantenimiento del orden” y “la guerra” acaban confundiéndose, pues las guerras se nos presentan como operaciones policiales y el control de los ciudadanos queda asegurado por procedimientos propios del contra-espionaje.
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Jean-Claude Paye es sociólogo y ensayista. Es conocido gracias a un gran número de artículos publicados en revistas internacionales o diarios de habla francesa (Le monde diplomatique, Liberation, L'Humanité, Médiapart, etc.), relativos a la convulsión del derecho penal. Interesado en las formas del estado moderno, publicó Hacia un estado policial en Bélgica (EPO) basado en las reformas de la policía y la justicia en Bélgica. Su trabajo internacional sobre la transformación del campo jurídico se confirma con La fin de l'état de droit (la disputa, 2004) y Global War on freedom (TELOS press, USA, 2007).
ATENTADO DE MADRID: EL NOMBRAMIENTO DEL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL QUE JUZGÓ EL 11M, ¿FUE FRUTO DE LA CORRUPCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL?
¿Nos hemos preguntado acerca del cómo y el porqué del nombramiento de Gómez Bermúdez para presidir el Juicio del 11M?
Porque si el nombramiento del Presidente del Tribunal que juzgó el 11M es fruto de la corrupción del Consejo General del Poder Judicial, que por tres veces nombró a quien no tenía méritos para ello, y solo se confirmó el nombramiento cuando a los dos demandantes les dieron cargos más apetecibles, para que dejaran -y dejaron- de impugnar, la conclusión es evidente.
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El Supremo anula por segunda vez el nombramiento de Gómez Bermúdez como presidente de lo Penal de la A. Nacional
24 magistrados de lo Contencioso consideran que el CGPJ incumplió la sentencia que anuló en mayo su designación por falta de motivación.
El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acordó hoy, por 24 votos frente a 6, anular por segunda vez el nombramiento de Javier Gómez Bermúdez como presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, al entender que el Consejo General del Poder judicial (CGPJ) Incumplió su sentencia de 29 de mayo que declaró nulo por falta de motivación la primera designación del citado magistrado para este puesto.
La Sala Tercera dictará un auto en este sentido en los próximos días con los argumentos por los que ha decidido estimar el Incidente de ejecución presentado por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, quien entendió que el Pleno del CGPJ volvió a nombrar el pasado 28 de junio a Gómez Bermúdez presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional incumpliendo la resolución del alto tribunal.
Fuentes del alto tribunal señalaron que en el Pleno sólo participaron 30 magistrados, al estar ausentes dos y uno abstenerse por haber participado en el procedimiento como abogado del Estado. La Sala Tercera ha entendido por amplia mayoría que el Consejo ha Incumplido su sentencia y que ha incurrido en "discriminación", al haber aumentado el currlculum de Gómez Bermúdez frente al de los otros dos candidatos.
En la sentencia, que estimaba el recurso de casación presentado por el magistrado José Ricardo de Prada contra el primer nombramiento, se ordenaba al Consejo repetir el proceso de selección de candidatos y valorar "de forma motivada" los méritos que tenían en 2004, cuando se realizó por primera vez el proceso. La Comisión de calificación había elevado al Pleno una terna formada por Gómez Bermúdez, Garzón y el también magistrado de la Audiencia Nacional Alfonso Guevara.
NOMBRAMIENTO VICIADO
Sin embargo, a pesar de estas condiciones, el Pleno del Consejo volvió a elegir a Gómez Bermúdez con diez votos a favor, todos ellos de la mayoría conservadora, y el voto en blanco del vocal Javier Martínez Lázaro, designado a propuesta del PSOE. Los otro ocho vocales se negaron a participar en la votación al considerar que durante el proceso selectivo de la Comisión de Calificación se habían producido "irregularidades insubsanables" que obligaban a devolver la terna de magistrados propuesta a la citada Comisión, para que realizara una nueva.
De hecho, durante el Pleno, el vocal independiente Agustín Azparren intentó sin éxito que el caso volviera a Calificación. El vocal había descubierto irregularidades tales como que el curriculum vitae de Gómez Bermúdez incluía dos páginas más que en 2004, cuando fue nombrado, en la designación anulada en mayo por el Supremo, y el del juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón, de 19 páginas, había quedado reducido a ocho líneas.
En el caso de Gómez Bermúdez se había incluido, además, como mérito para su designación que había sido presidente de la Sala de lo Penal durante dos años, sin tener en cuenta que este nombramiento había sido anulado, y los premios y especialidades adquiridos durante este tiempo. En cambio, el informe sobre Garzón adjuntaba expresiones como “alega ser titular del Juzgado Central de Instrucción número 5” o que “al parecer” había estado en Estados Unidos recibiendo o impartiendo un curso.
Además, el articulo 186 de la Ley Orgánica del Poder judicial exige Informe de la Sala de Gobierno del órgano cuya plaza se va a cubrir y datos de Inspección, lo que en la segunda designación de Gómez Bermúdez no se había hecho.
PLENO DE DICIEMBRE
Una vez que el auto del Supremo sea notificado al Consejo, la Comisión de Calificación volverá a estudiar la terna de candidatos al puesto para revisarla y corregirla, con el fin de elevarla al Pleno de forma motivada. Las fuentes consultadas señalaron que es difícil que el Consejo pueda volver a nombrar a Gómez Bermúdez en su próximo Pleno, previsto para este miércoles, por lo que seguramente el nombramiento se incluirá en el orden del día del siguiente, fijado para el 15 de diciembre.
La segunda anulación del nombramiento de Gómez Bermúdez podría tener repercusión en la composición de los tribunales que en las próximas semanas juzgarán causas en la Audiencia Nacional. Cuando le sea notificado el auto del alto tribunal, Gómez Bermúdez será sustituido como presidente de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional por el magistrado más antiguo de esta sede judicial, Fernando Bermúdez de la Fuente, quien desempeñará la Presidencia en funciones.
Fuentes jurídicas descartaron a Europa Press que la anulación del nombramiento tenga repercusión en la actividad de la Sala que juzgará a partir del próximo mes de febrero los atentados del 11-M. En este sentido, señalaron que en el caso de no haber sido nombrado de nuevo para entonces, Gómez Bermúdez no podría previsiblemente ser el presidente del tribunal, pero sí seguirá siendo el ponente de la resolución que se adopte.
Otro juicio Importante en el que Iba a presidir el tribunal es el previsto para este jueves por el “caso Cesiones de Crédito del Banco Santander''. En el caso de que ya le hubiera sido notificado el auto que anula el nombramiento, deberá presidir el tribunal el magistrado más antiguo de los que lo componen, en este caso, Manuela Fernández Prado.
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EL DOCUMENTAL QUE DECLARA INOCENTE A ZOUGAM
Cyrille Martin se propone con su cinta reabrir el debate del 11-M desde "un punto de vista de izquierdas" y combatir "la islamofobia".
"Un nuevo Dreyfus, Jamal Zougam ¿chivo expiatorio del 11-M?" es el documental del francés Cyrille Martin que podrá verse en las redes hasta las cero horas de este sábado, 11 de marzo.
Durante cerca de hora y media de película, Martin desmonta la versión oficial de los atentados "desde un punto de vista de izquierdas, de lucha contra el racismo y la islamofobia", según sus propias palabras. El cineasta vincula la sentencia del 11-M con el "odio creciente hacia la minoría musulmana" en Occidente.
El documental repasa minuciosamente las pruebas que llevaron a condenar a Jamal Zougam a 42.000 años de cárcel como autor material de los atentados y muestra las evidentes contradicciones del caso. La tesis de Martin es que la sentencia se utilizó para cortar otras vías de investigación que podrían haber relacionado el 11-M con la Guerra de Irak.
Su propósito es, según declara, "reabrir el debate sobre el 11-M desde un punto de vista de izquierdas, de lucha contra el racismo y la islamofobia". Martin, un declarado activista anti OTAN, vincula la sentencia del 11-M con el "odio creciente hacia la minoría musulmana" en Occidente, "odio que está siendo utilizado por algunos sectores políticos, al igual que se utilizaba el antisemitismo en otra época".
Por eso compara a Jamal Zougam, sentenciado a 42.000 años de cárcel como autor material de los atentados, con Alfred Dreyfus, el militar francés de origen judío condenado injustamente por alta traición a finales del siglo XIX. Los vientos del antisemitismo.
En el documental, de cerca de hora y media de duración, Martin cuestiona las pruebas contra Zougam que fueron dadas por buenas en el juicio pese a las evidentes contradicciones. Lo hace en ocho grandes apartados en los que analiza desde la cobertura mediática que se le dio al caso en Francia, a la instrucción, el juicio, la sentencia, la mochila de Vallecas, los testigos, el piso de Leganés y los explosivos.
Su tesis es que la sentencia fue la llave para echar el cerrojo al caso y evitar otras investigaciones que podrían haber relacionado el asunto con la Guerra de Irak.
Estos son los ocho puntos en los que fija su atención Martin.
La cobertura mediática.
Nuevo Dreyfus: La cobertura mediática
El documental repasa el tratamiento que hizo del 11-M la televisión francesa. Muestra cómo las informaciones periodísticas insisten en señalar a Zougam como el único autor vivo de los atentados.
Sin embargo, algunas de esas pruebas, como el trozo de plástico supuestamente encontrado en el locutorio de Zougam que coincidiría con el teléfono que debía de activar la bomba de la mochila de Vallecas, se comprobó que nunca existieron.
La instrucción.
Nuevo Dreyfus: La instrucción
La cinta se detiene aquí en tres elementos clave. El primero, la mochila de Vallecas, a la que denomina "extraña bolsa". Es el hilo que conduce hasta Zougam y el piso de Leganés. Martin detalla minuciosamente por qué todo lleva a pensar que se trata de una prueba falsa.
Después analiza las supuestas huellas dactilares de Zougam en la furgoneta que transportó los explosivos, o las que se dijo que se habían descubierto en la casa de Morata de Tajuña, donde se confeccionaron las bombas. Nunca existieron.
Por último, desmiente la tesis de que Al Qaeda reivindicara el 11-M: el único grupo que se atribuyó los atentados se ha apuntado como propios hasta los efectos de catástrofes naturales y carece absolutamente de credibilidad.
El juicio.
Nuevo Dreyfus: El Juicio
El documental repasa varios extractos del juicio. Particularmente significativo es el capítulo dedicado a Rabei Osman, considerado en la investigación como "cerebro" de los atentados. Sin embargo, los traductores de árabe que repasaron las grabaciones que supuestamente le incriminaban, declararon que la transcripción de sus palabras se hizo con "ligereza" y "poca responsabilidad".
La bolsa.
Nuevo Dreyfus: La Bolsa
Martin dedica especial atención a la mochila de Vallecas, la que no explotó. Repasa una a una todas las diferencias con las que sí estallaron en los trenes. Al final, muestra cómo uno de los técnicos de la Policía declara ante el tribunal su estupor por algo que considera "un error incomprensible", una "chapuza" que "no cuadra" con la sofisticación empleada en los atentados.
Los explosivos.
Nuevo Dreyfus: Los Explosivos
La película repasa las contradicciones en el juicio a la hora de identificar el tipo de explosivo utilizado en la masacre. Son muy elocuentes las manifestaciones de la jefa del laboratorio de los Tedax en las que trata de justificar por qué no se han hecho públicos durante tres años los componentes de la dinamita que analizó.
Leganés.
Nuevo Dreyfus: Leganés
Otro de los episodios examina las sombras sobre lo ocurrido en el piso de Leganés, donde se suicidaron los terroristas. La cinta pone en duda la veracidad de las llamadas de despedida de los islamistas, la extraña coincidencia de que en el piso de al lado viviera un agente de policía, la circunstancia de que no se practicaron las autopsias a los cadáveres o el hecho de que se precipitara el asalto al piso en contra del criterio del jefe de los GEO.
Los testigos.
Nuevo Dreyfus: Los Testigos
Cyrille Martin demuestra con las imágenes del juicio algunas incoherencias flagrantes en los testigos y cómo van cambiando su relato hasta acomodarlo a la versión oficial. Algunos de esos testimonios son determinantes porque servirán para justificar la condena a Zougam.
La sentencia.
Nuevo Dreyfus: La Sentencia
El autor del documental repasa, por último, los aspectos más polémicos de la sentencia, y muestra su estupor por que el tribunal acabe dando por probados hechos que no merecen credibilidad alguna.
Martin ha autoproducido su película, que en Francia ha sido difundida con el apoyo de la cooperativa Les Mutins de Pangée, una productora de documentales conocida por su militancia izquierdista.
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