El Caso Stampa y la Fiscalía General, por Salvador Viada (Fiscal del Tribunal Supremo).

El Caso Stampa y la Fiscalía General

A mi modo de ver, todas las garantías de los fiscales en sus funciones sobre abusos de la jerarquía se han quebrado aquí, lo que invita a reflexionar si el Ministerio Fiscal español está en condiciones -hoy y con estos mimbres- de asumir más relevantes tareas procesales en lugar de los jueces.  

Ni el art. 27 del EOMF, que permite reaccionar contra órdenes ilegales o improcedentes, tiene aquí virtualidad porque no se dan órdenes, sino sugerencias de alguien que no era superior jerárquico.  Podría pensarse que La Fiscal General no estaba detrás de esas sugerencias, pero creemos que esta hipótesis es inverosímil.

Así que estamos ante un caso en el que las garantías de los fiscales en su trabajo aparecen insuficientes porque la institución se propone desde la jerarquía que así sea. Han fallado los controles, y hay que pensar en eso.  Para mí, que todavía no he olvidado porqué me hice fiscal, es un escándalo.

Por Salvador Viada Bardají, Fiscal del Tribunal Supremo

Hay Derecho, 16 Nov 2021

El Caso "Stampa"
Salvador Viada, Fiscal del Tribunal Supremo y Expresidente de la Asociación Profesional Independiente de Fiscales (APIF)

 

"Por ello el Estado siente como esencial el problema de la selección de los jueces; porque sabe que les confía un poder mortífero que, mal empleado, puede convertir en justa la injusticia"

Piero Calamandrei. Elogio de los jueces escrito por un abogado

 

Este asunto puede parecer que no tiene ninguna importancia: un fiscal que aspira a una plaza a la que concurre con otros aspirantes y sin obtener voto alguno en el Consejo Fiscal (órgano de la Fiscalía, compuesto por fiscales elegidos por sus propios compañeros, y que ha de ser oído en los nombramientos), se queda sin plaza.   Ni siquiera le apoyan los compañeros de su propia asociación.   La plaza se le deniega por quien tiene la potestad de hacerlo, y conforme a los requisitos legales. Ninguna noticia.  Con esa visión superficial de los hechos, la Carrera Fiscal y la opinión pública se conforman; no se habla más del asunto sin que a casi nadie le importe nada lo que le ha ocurrido a ese fiscal.  La vida sigue y todos tenemos problemas.

Pero la cosa es algo más compleja. Ese fiscal, cuyo nombre empieza a ser ya familiar para muchos ciudadanos, estaba a cargo de uno de los asuntos de corrupción política y policial más graves que se habían dado hasta la fecha en España, el caso Tandem, también conocido como el caso Comisario Villarejo, una auténtica macro causa en la que se investigan hechos que, si no se hubieran evidenciado, uno no los creería.   Junto a él, otro fiscal estaba a cargo del asunto. Ambos estaban destinados en la Fiscalía Anticorrupción, y ambos lo estaban en comisión de servicios, no tenían la plaza adjudicada. El caso que investigaban (Tandem) -desde hacía casi cuatro años- tenía varios investigados y el dueño del despacho que defendía a varios de los principales investigados había sido un famosísimo magistrado de la Audiencia Nacional –Baltasar Garzón- y en estos momentos es pública su relación con la Fiscal General del Estado.

La plaza a la que aspiraba Ignacio Stampa iba a ser decidida en el Consejo Fiscal del día 27 de octubre de 2020.  En el mes de julio de ese año, el partido político Vox presentó una denuncia en la Fiscalía contra Stampa y su compañero por revelación de secretos, tras aparecer una serie de noticias de prensa derivada de un chat de abogados del partido Podemos, en el que se recogían afirmaciones que inducían a creer en la existencia de irregularidades.

El primero de los hechos sospechosos es que la denuncia se dirige contra dos fiscales, pero la Fiscalía solo investigará a uno, a Stampa: su compañero es citado solo como “testigo” a instancias de la Fiscal General.   Pero sigamos.  Como Stampa es aforado, el asunto se dirige hacia la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y se le asigna el caso al número dos de la Fiscalía, el Fiscal Sr. Ruiz de Alegría, un veterano y muy reconocido fiscal. Empieza la investigación por parte del instructor de manera muy diligente, recibiendo declaraciones a los abogados de Podemos mencionados en el chat, recabando información del Juzgado donde se seguía la investigación y practicando otras diligencias. En ese punto, el 2 de octubre el instructor dicta la primera propuesta de archivo, que es aceptada por el Fiscal jefe del TSJ de Madrid (Sr. Caballero Klink), sobre la base de que “no hay huella alguna de indicios, ni tan siquiera sospechas” de la comisión de los delitos denunciados.

Cuando hay casos que se consideren de importancia o relevancia, los fiscales los deben “poner en conocimiento” del Fiscal General del Estado.  Y eso es lo que aquí hace Caballero Klink, quizá extremando el celo: se remite el borrador al número dos de la Fiscal General, su Secretario Técnico D. Álvaro García, a la espera de recibir conformidad. Se espera que la Fiscal General exprese que está de acuerdo antes de archivar definitivamente. Algo más que “poner en conocimiento”, tal vez.

El 8 de octubre (tic tac) el Secretario Técnico, sugiere al instructor realizar más diligencias. El término “sugiere” es interesante. Álvaro García no tiene autoridad alguna sobre el Fiscal Superior de Madrid o sobre el instructor de las diligencias. No puede ordenar, salvo que lo haga por cuenta de la Fiscal General y que quede eso explícito, lo que aquí no ocurre. Por tanto, solo sugiere. Pero al sugerir, si el sugerido no está de acuerdo no puede activar una cláusula de conciencia que tenemos los fiscales frente a “órdenes o instrucciones” ilegales o improcedentes.   Así que el sugerido debe pensar que bueno, se tratará de un “consejo” o algo semejante que viene de la mano derecha de la Fiscal General. Lo que sucede es que para mí es inverosímil que la Fiscal General no esté detrás de las “sugerencias” de su mano derecha: la prueba es que todavía está en el puesto, siendo un cargo de estricta confianza que permite su sustitución a voluntad del Fiscal General.  Ruiz de Alegría acuerda practicar las diligencias que se le sugieren, y lo hace con mucha celeridad.   Es compañero de Stampa y sabe que el 27 éste se va a jugar su futuro y la posibilidad de seguir a cargo de una causa que le ha ocupado los últimos años.

En esos días, Luis Navajas, Teniente Fiscal de la FGE, el número uno de la Fiscalía tras Dolores Delgado, hace unas declaraciones durísimas contra Stampa, que rectifica después, el día 16 de octubre (también antes del 27), disculpándose públicamente por carta abierta dirigida a Stampa, en la que afirma saber que las publicaciones periodísticas que dieron lugar a la causa “eran rotundamente falsas”. El resultado de esas diligencias sugeridas es inane respecto al criterio del instructor de que no hay materia alguna penal en el asunto que investiga, de manera que Ruiz de Alegría vuelve a proponer el archivo, que es aceptado otra vez por Caballero Klink el día 23 de octubre.  Tres días faltan. Lo mandan otra vez a Álvaro García, pero de ahí no va a salir hasta semanas después. Ese mismo día, 23 de octubre, Stampa se presenta en la prisión de Estremera donde está encarcelado José Manuel Villarejo para registrar su celda.  Villarejo le lanza una pulla: “Ah, ¿pero todavía no te han despedido? ¿Todavía no te ha echado tu jefa?”.  Hasta Villarejo sabe lo que va a ocurrir.

Se celebra el 27 el Consejo Fiscal, y Stampa sigue formalmente investigado por un delito grave por la misma Fiscalía. Como es natural, el contenido de la investigación no es conocido en ese momento, salvo algunas noticias de prensa.   No le vota nadie.   Se dirige inútilmente a su asociación explicando su versión de las cosas: la presidenta de la misma, preguntada en los medios por su falta de apoyo a Stampa, declara que: “había una presión mediática que hemos considerado que había que cortar”. El día 1 de noviembre, la propia Fiscal General declara en El País que la investigación no está archivada, y que “podría estar pendiente de nuevas actuaciones”. Lo que no dice es que las actuaciones que podrían estar pendientes de ser practicadas son las que ella misma, a través de su mano derecha, está estudiando contra el criterio del instructor del expediente.

A partir de ahí, la Secretaría Técnica pide todo el expediente al instructor (no lo tenían antes, a pesar de haber “sugerido” prolongar la investigación), Stampa se queja de lo anormal que estaba sucediendo con la investigación, y va pasando el tiempo. En fecha 2 de diciembre Álvaro García, vuelve a “sugerir” la práctica de numerosas diligencias, pero Ruiz de Alegría se niega a practicarlas por considerarlas “estériles e inútiles para el esclarecimiento de los hechos que están meridianamente esclarecidos”. Por lo tanto, se mantiene en su criterio de archivar el asunto. Una semana después, Caballero Klink avoca para sí el asunto y se lo quita a Ruíz de Alegría.  La “sugerencia” es pues poderosa, se ve que mucho más que un mero “consejo”: otro indicio más de que es Dolores Delgado quien está detrás de esas sugerencias, puesto que insistimos en que García no es superior ni de Caballero ni de Ruiz de Alegría. Caballero Klink hace, además, otra cosa: desglosa todas las comunicaciones mantenidas con la Secretaría Técnica, y en lo sucesivo se le denegarán a Stampa, aunque éste ya sabe de qué van porque ha tenido acceso antes al expediente. Practica Caballero las diligencias interesadas por la superioridad, y el 16 de febrero se archivan finalmente las actuaciones visto que las mismas no sirvieron en realidad para nada.

Días después se celebra un nuevo Consejo Fiscal.  Cuando en la Fiscalía un Fiscal Jefe le quita un asunto a un fiscal, ha de darse cuenta al Consejo Fiscal y aquí se va a explicar que Caballero se quedó con un asunto de su subordinado Ruiz de Alegría.  Stampa pide que se informe a los vocales que la avocación se produjo tras no acceder el instructor a las diligencias “sugeridas” por el número 2 de la Fiscal General, pero no se hace así.   Basta –le dicen- con la decisión del Fiscal Jefe que se queda el asunto.  El Consejo Fiscal no objeta nada a esa avocación, con la información de que dispone.  De hecho, esas diligencias “sugeridas” han pasado a ser secretas.

Esta es la historia.  ¿Solo un fiscal al que le niegan una plaza? En mi opinión, ni mucho menos.  La pérdida de la plaza supuso abandonar un asunto que había llevado durante casi cuatro años con lo que eso supone de debilitación de la causa para la Fiscalía (y de fortalecimiento para la defensa ejercida por el despacho de la pareja de la Fiscal General).  Y, además, la tramitación de la investigación tiene los perfiles que he explicado en estas líneas.   Es natural, yo lo sentiría así, que Stampa se considere perjudicado por la Fiscalía General.  ¿Tiene entonces importancia lo ocurrido?  Aclaro que la Fiscal General podría no adjudicarle la plaza a la que aspiraba, pero mantenerle a cargo del asunto, merced a lo dispuesto en el art. 26 del EOMF.   Es decir, que una cosa no conllevaba necesariamente la otra: podía perder la plaza, pero estar asignado especialmente al asunto en cuestión, que conocía mejor que nadie.  Podría de hecho ser asignado todavía.  Pero no hizo nada al respecto, lo que también da que pensar.

 

 

A mi modo de ver, todas las garantías de los fiscales en sus funciones sobre abusos de la jerarquía se han quebrado aquí, lo que invita a reflexionar si el Ministerio Fiscal español está en condiciones -hoy y con estos mimbres- de asumir más relevantes tareas procesales en lugar de los jueces.   Ni el art. 27 del EOMF, que permite reaccionar contra órdenes ilegales o improcedentes, tiene aquí virtualidad porque no se dan órdenes, sino sugerencias de alguien que no era superior jerárquico.  Podría pensarse que La Fiscal General no estaba detrás de esas sugerencias, pero creemos que esta hipótesis es inverosímil. Ella sabía que el asunto estaba vivo, sabía que su Secretario Técnico había reclamado el expediente, y sabía que la intención del instructor era archivar.  Además, la avocación de Caballero es inexplicable sólo porque el instructor Ruiz de Alegría no acepte “sugerencias”.  Nunca dijo en público (ni se sabía) que ella era la responsable de que la causa no se hubiera archivado, que esa causa que seguía abierta contra Stampa era dirigida a distancia por ella misma y por su mano derecha.  Y el 27 de octubre la Fiscal General sabía todo esto. Así que estamos ante un caso en el que las garantías de los fiscales en su trabajo aparecen insuficientes porque la institución se propone desde la jerarquía que así sea. Han fallado los controles, y hay que pensar en eso.  Para mí, que todavía no he olvidado porqué me hice fiscal, es un escándalo.

El art. 25 del EOMF es una garantía frente a las avocaciones arbitrarias de asuntos por los fiscales jefes: hay que dar cuenta al Consejo Fiscal.  Pero aquí se niega a los vocales el conocimiento de los verdaderos motivos de la avocación.  Otra garantía perdida.   Y son garantías que se tienen para que los ciudadanos obtengan una Justicia mejor. Y, además, cuando se reclama el expediente completo por el Fiscal Stampa, ya consumada su decapitación, le dicen que la fuente de las principales decisiones que se toman en su contra y que retrasan el cierre de la investigación no se le entregan, que son reservadas.

Por último, y a modo de moraleja: Caballero Klink aspiraba a ser renovado en su puesto de Fiscal Jefe del TSJ de Madrid puesto que su mandato vencía poco después de estos hechos. En mayo de este año la Fiscal General no le renovó en el cargo.

 

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