EL DERECHO DE UNO SOLO NO ES DERECHO ALGUNO
DERECHO NATURAL Y DERECHOS HUMANOS
Por Jesús Nava
Para empezar, quiero diferenciar entre derecho natural, que no es más que el poder para hacer cuando deseamos, racional o irracionalmente, sin más ley que la de buscar la propia conveniencia, y el derecho positivo, que determina las leyes bajo las que vivimos en sociedad.
Pero el derecho natural es más bien una abstracción que una realidad. Pues tenemos derecho a la vida, pero solo en la medida en que nadie consiga arrebatárnosla; a la libertad, salvo que nazcamos esclavos o alguien nos esclavice; y a la búsqueda de la felicidad, si el mundo a nuestro alrededor no se confabula para hacernos desgraciados. Es decir, el derecho natural e individual llega hasta donde llega nuestro poder de perseverar en nuestro ser y alcanzar nuestras esperanzas. Y, naturalmente, es de muy corto alcance, pues, en la práctica, el derecho de uno no es derecho alguno.
Por eso no hace falta ser muy racional para comprender que, en soledad, sin algún tipo de asociación o cooperación, jamás lograremos escapar de la miseria y la desolación de una existencia casi animal, en la que por naturaleza, viviríamos sin esperanza de mejor estado, y esclavos del miedo a los peligros que nos acosarían por todas partes.
Es así, entiendo yo, como la necesidad (en todos) y la razón (en algunos) nos inducen a constituir sociedades o estados políticos, obteniendo, de ese modo, la seguridad, la libertad y un grado de felicidad que serían inalcanzables para los solitarios.
Así pues, es conforme a la razón, no sólo vincular a los hombres mediante cualquier género de asociación que contribuya a la concordia y la paz social, sino aspirar al mejor Estado, la democracia, entendida como autogobierno de un pueblo entero, es decir, una asociación libre de ciudadanos que se guían por leyes racionales, iguales para todos, y por cuya ejecución velan delegados del propio pueblo, elegidos y controlados por él, teniendo todos el mismo derecho a elegir y ser elegidos para desempeñar las funciones y cargos públicos, según las reglas determinadas por la mayoría.
Pero, amigo mío, los derechos fundamentales son una creación de la razón común de la humanidad, y no los define ninguna mayoría, que sólo tiene derecho a marcar las reglas según las cuales se han de tomar las decisiones en todas las asambleas, sean municipales, provinciales, autonómicas o nacionales. Por eso, decía Jefferson, que una mayoría es legítima sólo si es razonable y justa, es decir, si respeta los derechos comunes, definidos por la razón, que son como el alma del cuerpo social.
Y, por último, pienso que, de igual manera que un cuerpo tiene órganos, la sociedad tiene que constituir instituciones que aseguren que la legislación y la toma de decisiones, en cuanto se refiera a los asuntos públicos, sea lo más racional y templada posible, después de largos y profundos debates, a la vista de todo el pueblo, que es quien debe refrendar, en cualquier caso, esas decisiones y esas leyes.
Hay muchas formas en que un pueblo se puede gobernar, incluso democráticamente; pero, sin instituciones, sin órganos democráticos, nunca constituirá un verdadero cuerpo social con una sola mente.
Un cordial saludo.
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EL DERECHO DE UNO SOLO NO ES DERECHO ALGUNO, por Baruch de Spinoza
Si dos se ponen mutuamente de acuerdo y unen sus fuerzas, tienen más poder juntos y, por tanto, también más derecho sobre la naturaleza que cada uno por sí solo. Y cuantos más sean los que estrechan así sus vínculos, más derecho tendrán todos unidos.
COMO LOS HOMBRES ESTÁN SOMETIDOS A PASIONES SON ENEMIGOS POR NATURALEZA
En la medida en que los hombres son presa de la ira, la envidia o cualquier otro afecto de odio, son arrastrados en diversas direcciones y se enfrentan unos con otros. Por eso mismo, hay que temerlos tanto más cuanto más poder tienen y por cuanto son más perspicaces y astutos que los demás animales.
Y como los hombres, por lo general, están por naturaleza sometidos a estas pasiones, los hombres son enemigos por naturaleza. Pues, para mí, el máximo enemigo es aquel al que tengo más que temer y del que debo guardarme más.
Ahora bien, en el estado natural, cada individuo es autónomo mientras pueda evitar ser oprimido por otro, y es inútil que uno solo pretenda evitarlos a todos. De donde se sigue que, en la medida que el derecho humano natural de cada individuo se determina por su poder y es el de uno solo, no es derecho alguno; consiste en una opinión, más que en una realidad, puesto que su garantía de éxito es nula. Pues no cabe duda que uno tiene tanto menos poder y, por tanto, tanto menos derecho, cuanto más razones tiene de temer. Añádase a ello que, sin la ayuda mutua, los hombres apenas si pueden sustentar su vida y cultivar su mente.
Concluimos, pues, que el derecho natural, que es propio del género humano, apenas si puede ser concebido, sino allí donde los hombres poseen derechos comunes, de suerte que no sólo pueden reclamar tierras, que pueden habitar y cultivar, sino también fortificarse y repeler toda fuerza, de forma que puedan vivir según el común sentir de todos. Pues, cuantos más sean los que así se unen, más derecho tienen todos juntos. Y, si justamente por esto, porque en el estado natural los hombres apenas pueden ser autónomos, los escolásticos quieren decir que el hombre es un animal social, no tengo nada que objetarles.
Allí donde los hombres poseen derechos comunes y todos son guiados como por una sola mente, es cierto que cada uno de ellos posee tanto menos derecho cuanto los demás juntos son más poderosos que él; es decir, que ese tal no posee realmente sobre la naturaleza ningún derecho, fuera del que le otorga el derecho común; y que, por otra parte, cuanto se le ordena por unánime acuerdo, tiene que cumplirlo o puede ser forzado a ello.
CUANDO LAS FUNCIONES PÚBLICAS ESTÁN EN PODER DE TODO EL PUEBLO, EL ESTADO SE LLAMA DEMOCRACIA
Este derecho que se define por el poder de la multitud suele denominarse Estado. Posee este derecho, sin restricción alguna, quien, por unánime acuerdo, está encargado de los asuntos públicos, es decir, de establecer, interpretar y abolir los derechos, de fortificar las ciudades, de decidir sobre la guerra y la paz, etc. Si esta función incumbe a un Consejo que está formado por toda la multitud, entonces el Estado se llama democracia; si sólo está formado por algunos escogidos, aristocracia; y si, finalmente, el cuidado de los asuntos públicos y, por tanto, el Estado está a cargo de uno, se llama monarquía.
De cuanto hemos explicado en este capítulo resulta claro que en el estado natural no existe pecado o que, si alguien peca, es contra sí y no contra otro. Por derecho natural nadie, en efecto, está obligado, si no quiere, a complacer a otro ni a considerar bueno o malo sino aquello que, según su criterio personal, juzga como tal. En una palabra, por derecho natural nada es prohibido, excepto lo que nadie puede realizar. En cambio, el pecado es una acción que no puede ser realizada según derecho.
Y así, si por ley natural los hombres tuvieran que guiarse por la razón, todos se guiarían necesariamente por ella. Pues las leyes de la naturaleza son leyes de Dios, que él estableció con la misma libertad con que existe, y que fluyen, por tanto, de la necesidad de la naturaleza divina y, por consiguiente, son eternas y no pueden ser violadas.
Pero los hombres se guían casi siempre por el apetito, sin ayuda de la razón, y no por eso alteran el orden natural, sino que lo siguen necesariamente. En consecuencia, el ignorante y pusilánime no está más obligado por el derecho natural a organizar sabiamente su vida, que lo está el enfermo a tener un cuerpo sano.
El pecado no se puede concebir, pues, más que en el Estado, ya que en éste se determina, en virtud de un derecho común de todo el Estado, qué es bueno y qué malo, y nadie hace nada con derecho, sino cuanto realiza en virtud de una decisión o acuerdo unánime. Pues es pecado lo que no puede hacerse o está prohibido por el derecho, mientras que la obediencia es la voluntad constante de ejecutar lo que es bueno según derecho y que, por unánime decisión, debe ser puesto en práctica.
SI EL HOMBRE SE SOMETE A LA RAZÓN, ES LIBRE; CUANDO OBEDECE A SUS DESEOS, ESCLAVO
No obstante, solemos llamar también pecado lo que va contra el dictamen de la sana razón; y obediencia, la voluntad constante de moderar los deseos según el dictamen de la razón. Yo aprobaría, sin reparo alguno, esta forma de hablar si la libertad humana consistiera en dar rienda suelta a los deseos, y la esclavitud, en el dominio de la razón. Pero, como la libertad humana es tanto mayor cuanto más capaz es el hombre de guiarse por la razón y de moderar sus deseos, sólo con gran imprecisión podemos calificar de obediencia la vida racional y de pecado lo que es, en realidad, impotencia del alma, no licencia contra ella misma, y por lo que el hombre se puede llamar esclavo más bien que libre.
Sin embargo, como la razón enseña a practicar la piedad y a mantener el ánimo sereno y benevolente, lo cual no puede suceder más que en el Estado; como, además, no se puede conseguir que la multitud se rija como por una sola mente, cual debe suceder en el Estado, a menos que goce de derechos establecidos por el dictamen de la razón; no resulta tan inadecuado que los hombres que están habituados a vivir en el Estado, llamen pecado a lo que contradice el dictamen de la razón, puesto que los derechos del mejor Estado deben estar fundados en ese dictamen. […]
Por lo que concierne a la religión, también es cierto que el hombre es tanto más libre y más obediente a sí mismo, cuanto más ama a Dios y lo venera con ánimo más sincero. Pero prescindamos del orden natural, ya que lo desconocemos, y fijemos toda nuestra atención en los dictámenes de la razón que se refieren a la religión; pensemos, además, que estos nos son revelados por Dios, como si hablara en nuestro interior, o que fueron revelados a los profetas a modo de preceptos jurídicos. Si así lo hacemos, podemos decir, expresándonos en términos humanos, que obedece a Dios el hombre que le ama con ánimo sincero, y que, por el contrario, peca el que se deja llevar por el deseo ciego.
De momento, sin embargo, debemos recordar que estamos en poder de Dios, como el barro en manos del alfarero, el cual, de la misma masa, hace unas vasijas para honor y otras para deshonor; y que, por lo mismo, el hombre puede hacer algo contra estos decretos de Dios, en cuanto fueron grabados como derechos en nuestra mente o en la de los profetas, pero no en contra del eterno decreto de Dios que está inscrito en toda la naturaleza y que se refiere al orden general de la naturaleza.
Y, lo mismo que el pecado y la obediencia en sentido estricto, también la justicia y la injusticia sólo son concebibles en el Estado. Pues en la naturaleza no existe nada que se pueda decir, con derecho, que es de éste y no del otro, ya que todas las cosas son de todos y todos tienen potestad para reclamarlas para sí. En el Estado, en cambio, como el derecho común determina qué es de éste y qué del otro, se dice justo aquel que tiene una voluntad constante de dar a cada uno lo suyo, e injusto, por el contrario, aquel que se esfuerza en hacer suyo lo que es de otro.
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BARUCH DE SPINOZA, Tratado político, cap. II. Alianza Editorial, 1986. Traducción de Atilano Domínguez. [Filosofía Digital, 03/01/2008]