Umberto Eco y el Fascismo eterno
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¿Aplicó el Tribunal Supremo el Lawfare en el caso Junqueras?
Por GERMÁN GORRAIZ LÓPEZ-Analista
El Tardofranquismo sería un anacronismo político que bebería de las fuentes del centralismo bonapartista francés y del paternalismo de las dictaduras blandas y que alcanzó el paroxismo con la prohibición del referéndum soberanista en Cataluña y la posterior suspensión de facto de la Autonomía catalana mediante la aplicación del 155 y la entrada en prisión de Oriol Junqueras, los Jordis y demás ex-consellers. El Tardofranquismo tendría a la Audiencia nacional y el Tribunal Supremo como brazos ejecutores, a los jueces Lamela y Llarena como su más destacados peones y al juez Marchena como Sumo Sacerdote de unos tribunales que estarían controlados por el llamado “clan de los políticos” en palabras del ex-Presidente de Sala del TS, Ramón Trillo, descollando la Presidenta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Concepción Espejel, condecorada en su día por la Presidenta del PP de Castilla la Mancha, María Dolores de Cospedal.
Juicio al Procés
Respecto al caso del procés,el juez del Supremo Llarena, sería el responsable de ordenar el ingreso en prisión incondicional del Vicepresidente Oriol Junqueras, los Jordis y los ex-consellers de la Generalitat utilizando la norma más restrictiva de la libertad (prisión provisional ilimitada). En este contexto, el informe anual de Amnistía Internacional sobre las libertades en España, ha vuelto a levantar ampollas en el establishment del Estado español al certificar meridianamente “la deriva autocrática” del Estado español tras constatar “ataques al derecho de reunión pacífica, tanto en el ámbito legislativo como en la práctica policial (uso excesivo de la fuerza el 1 de octubre en Catalunya)” así como “la excesiva y desproporcionada prisión provisional de Jordi Sànchez y Jordi Cuixart”.
Asimismo, recientes sentencias judiciales aseveran que “lo que en ningún caso puede perseguirse con la prisión provisional son fines punitivos o de anticipación de la pena con el atenuante de haber pasado en prisión provisional cerca de 2 años” y concluye con “la aplicación del principio “favor libertatis” ( a favor de la libertad) que ” impele a la elección y aplicación de la norma menos restrictiva de la libertad”. Todo ello serían elementos constituyentes de la llamada “perfección negativa”, término empleado por el novelista Martín Amis para designar “la obscena justificación del uso de la crueldad extrema, masiva y premeditada por un supuesto Estado ideal”, lo cual representaría un auténtico ejercicio de “terrorismo jurídico” que habrían generado una amplia reacción de repulsa popular e institucional en Cataluña.
¿Aplicó el Tribunal Supremo el Lawfare en el caso Junqueras?
Susan W. Tiefenbrun en su tesis “Semiotic Definition of Lawfare” publicada en Case Wester Reserve University, indica que el término Lawfare ( en castellano Guerra Judicial). habría surgido de la mezcla de las palabras Law (Ley) y Warfare (Guerra) y sería una expresión cuyo uso se ha generalizado en los medios anglosajones en la primera década de este siglo. Con dicho término nos referimos al “abuso de los procedimientos legales e internacionales para provocar un repudio popular contra un oponente manteniendo una apariencia de legalidad”. Así, estaríamos hablando de violaciones de las reglas del proceso penal tales como la violación del principio de proporcionalidad, no respetar la inmunidad política de los cargos electos así como crear indefensión, supuestos en los que podría haber incurrido el Tribunal Supremo presidido por Marchena en el juicio contra Oriol Junqueras.
Oriol Junqueras ingresó en prisión el 2 de Noviembre del 2017 a la espera del Juicio ante el Tribunal Supremo pero quedó en suspenso su inhabilitación política, por lo que pudo presentarse a las Elecciones al Parlamento europeo y ser proclamado por el BOE como eurodiputado el 13 de Junio del 2019. Ello forzó al Tribunal Supremo a plantear al TJUE la cuestión prejudicial “sobre la inmunidad de Junqueras como eurodiputado electo”, pero sin esperar a la respuesta, el Presidente de la Sala, Marchena decidió concluir el juicio al Procés y condenar a Junqueras en el mes de Octubre a una pena de 13 años por los delitos de sedición y malversación.
El conflicto surge cuando el TJUE hace llegar su respuesta al Tribunal Supremo indicando que “Junqueras gozaba de inmunidad desde el mismo momento de ser proclamado eurodiputado por el BOE el 13 de Junio del 2019 y que en caso de querer mantenerle en prisión provisional más allá de esa fecha, el Supremo tendría que haber pedido un suplicatorio al Europarlamento”, respuesta que sería un torpedo en la línea de flotación de la doctrina jurídica del Tribunal Supremo con respecto a la inmunidad de Junqueras.
Así, el TS se negó en su día a concederle a Junqueras un permiso para recoger el acta de Eurodiputado argumentado que “su desplazamiento a Bruselas pondría en un irreversible peligro la causa del procés debido al riesgo de fuga”, argumentación rebatida de plano por el TJUE quien asevera en su respuesta que “al gozar Junqueras inmunidad desde su elección como eurodiputado, no podía ser condenado por el Tribunal Supremo sin la previa autorización del Parlamento Europeo”. En consecuencia, Marchena se enfrenta al dilema de seguir las indicaciones del TJUE y dejar en libertad a Oriol Junqueras mientras presenta un suplicatorio ante el Parlamento Europeo para volver a juzgarlo u obviar tales recomendaciones y enfrentarse al Parlamento Europeo, lo que podría tener efectos colaterales en el resto de las sentencias condenatorias del Procés.
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«El Ur-Fascismo puede volver todavía con las apariencias más inocentes. Nuestro deber es desenmascararlo y apuntar con el índice sobre cada una de sus formas nuevas, cada día, en cada parte del mundo» Umberto Eco |
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Tabla de contenidos
- 1 Trileros de la democracia
- 1.1 El derecho de sufragio pasivo es uno de esos derechos fundamentales que merecen el mayor grado de seguridad jurídica, y ese es precisamente el que el trifachito en pleno está intentando cargarse por vía de atajo
- 1.2 Un cargo electo es algo muy serio en una democracia: si alguna pugna hay entre togas y parlamentarios, sepan las togas que nada hay más sagrado que la determinación del pueblo
- 1.3 PP y Ciudadanos recurren a una ley anti-ETA para inhabilitar a Torra en la Junta Electoral y torpedear la investidura
- 2 ♦♦♦♦♦
- 3 UMBERTO ECO Y EL FASCISMO ETERNO *
Trileros de la democracia
El derecho de sufragio pasivo es uno de esos derechos fundamentales que merecen el mayor grado de seguridad jurídica, y ese es precisamente el que el trifachito en pleno está intentando cargarse por vía de atajo
Un cargo electo es algo muy serio en una democracia: si alguna pugna hay entre togas y parlamentarios, sepan las togas que nada hay más sagrado que la determinación del pueblo
PP y Ciudadanos recurren a una ley anti-ETA para inhabilitar a Torra en la Junta Electoral y torpedear la investidura
Por Elisa Beni
28/12/2019
https://www.eldiario.es/zonacritica/Trileros-democracia_6_978912110.html
«Lo contrario de la contención es explotar las prerrogativas institucionales que uno tiene asignadas de manera desenfrenada»
Levitsky y Ziblatt. Cómo mueren las democracias
Lo han hecho de nuevo. Otra vez están intentando utilizar de forma espuria instituciones y organismos para, retorciendo el Derecho, todo un oxímoron vergonzante, conseguir sus finalidades políticas. Eso y no otra cosa es lo que intentan Casado, Arrimadas y Abascal, pretendiendo que unos órganos de la administración electoral se salten a los tribunales y hagan pedorretas a los derechos fundamentales y al Tribunal Supremo para conseguir reventar la investidura de Pedro Sánchez y provocar elecciones nacionales y catalanas. Los constitucionalistas se ciscan en los derechos fundamentales, en el espíritu de la carta magna y en las normas más básicas del Estado de Derecho para su estrategia política. Constitucionalistas se llaman. ¡Y una higa!
Esto no es nada nuevo. El Partido Popular ha sido muy amigo de jugar los partidos que perdía en las elecciones o en las votaciones parlamentarias en otras canchas. Así pasó años pervirtiendo las funciones del Tribunal Constitucional para sus fines. Siempre tuvo grandes administrativistas de cabecera, de esos que creen que el derecho administrativo, al final, es el más excelso porque acaba controlándolo todo por vericuetos insospechados. Y en eso siguen cuando solicitan, junto con Vox y Ciudadanos, a las juntas electorales que destituyan al president de la Generalitat y que inhabiliten a Junqueras, sin esperar al Supremo y sin respetar las mínimas normas de la decencia democrática que dicen muy a las claras, sin necesidad de ser jurista, que un organismo formado por jueces sorteados y catedráticos nombrados por los partidos no puede estar por encima de los órganos jurisdiccionales adoptando decisiones que les competen a ellos y que, además, no pueden ser enmendadas después. Antes, con Rajoy, disimulaban más. Ahora ya, Cayetana lo escribe en Twitter sin rebozo: «Si alguna de las dos peticiones del PP y Ciudadanos contra Torra y Junqueras fueran favorables, ERC tendría muy mal colaborar en la investidura». Más claro, imposible.
¿Qué es lo que pretenden? Pretenden que un órgano administrativo-electoral inhabilite a Torra, usando para ello una reforma de la Ley Electoral que se hizo en 2011 expresamente para los condenados de ETA. Una reforma de atajo que no fue discutida en su día –hubo tiempos en los que el fin justificaba muchos medios– pero que ahora sin muertos sobre la mesa y sin sangre, que todo lo empaña, es mucho más fácil de ver que puede constituir un atentado claro a derechos fundamentales.
Lo cierto es que Torra ha sido condenado en sentencia no firme por un delito menor y que estos señores quieren que la JEC le haga perder su condición de parlamentario y su condición de president de la Generalitat sin que haya podido revisarse su caso en una segunda instancia penal, que es una garantía fundamental. Y es que como la pena que se le pide a Torra es justamente esa, la inhabilitación, si esta se produce sin pasar por un tribunal se habría dejado sin contenido la decisión que, en su día, solo corresponde a la Sala Segunda del Tribunal Supremo. Es todo un despropósito mayor. De estos que se hacen bola a la hora de explicarlos y que, por eso, han convertido en una especie de eslogan patriótico, como si no fuera evidente lo poco patriótico que es cargarse los mecanismos del Estado de Derecho para evitar que tu adversario gobierne.
Son constitucionalistas bocazas, constitucionalistas de pacotilla, trileros de la democracia. Esto no va de si te gusta Torra o Junqueras o eres independentista o no. Esto va de que hace falta tener cara y descaro para hacer a las claras un movimiento tan burdo para intentar que no haya un Gobierno progresista. Si fueran constitucionalistas de verdad, sabrían que la Constitución Española introduce un principio de interpretación de todas las normas jurídicas en aquel sentido que sea más favorable al ejercicio y al disfrute de los derechos fundamentales, que ha de ser tenido en cuenta por todos los poderes públicos. Así lo ha dicho muchas veces el Tribunal Constitucional. El derecho de sufragio pasivo es uno de esos derechos fundamentales que merecen el mayor grado de seguridad jurídica. Y ese es precisamente el que el trifachito en pleno, pues los recursos son del PP, de Ciudadanos y de Vox, está intentando cargarse por vía de atajo.
En la Junta Provincial de Barcelona ya les han dicho que nanay. Les han dejado claro que la propia exposición de los motivos que llevaron a esa reforma de la LOREG ya explica que se hace para evitar que fraudulentamente mantengan puestos «quienes justifican o apoyan la violencia terrorista». Una reforma que, por cierto, no tengo noticias de que nadie llevara al TC para que este indicara si es inconstitucional porque visos de ello tiene. Les han dicho que no pero ya ha habido un vocal, miembro de los Propagandistas Católicos para más señas, que les ha hecho un voto diciendo que sí, que se puede. Y eso es lo que pretenden obtener de una Junta Electoral Central que está conformada mayoritariamente por vocales conservadores que ya saben que con esa simple deliberación y fallo se cargan la investidura de Sánchez, y luego si la Sala Tercera les vuelve a decir que se han pasado de frenada, como ya hizo cuando le dijeron a Puigdemont que no podía presentarse, pues el fin ya se habrá conseguido, ¿o no?
Un cargo electo es algo muy serio en una democracia. Es lo más serio. Lo más. Si alguna pugna hay entre togas y parlamentarios, como he leído por ahí, sepan las togas que nada hay más sagrado que la determinación del pueblo. El TJUE se lo acaba de dejar meridianamente claro también. Por eso sería también de vergüenza democrática que a unos señores, miembros de un órgano meramente electoral, se les ocurriera inhabilitar a Junqueras por este medio –una aplicación de la condena, la de inhabilitación, que Marchena mantiene por el momento suspendida–. Eso sería de traca y media. Sin saber cómo considera finalmente el Tribunal Supremo que debe aplicarse la sentencia de Luxemburgo y sin nada. No creo que se atrevan, pero el PP anda relamiéndose como si pensara o supiera que es posible.
Es cierto que las decisiones de la Junta Electoral Central se pueden recurrir ante la Sala Tercera pero ¿se imaginan que dos salas del Supremo tuvieran el mismo caso y que pudieran decidir cosas diferentes? No obstante, este asunto sería llevado por los defensores de ambos al TJUE de nuevo. Un nuevo embrollo judicial por intentar explotar las costuras del Estado de Derecho para, y esta es la clave, reventar la investidura de un presidente con los votos salidos legítimamente de las urnas.
Esperemos que no osen. Crucemos los dedos para que el día 3 a los miembros de la Junta Electoral Central no se les ocurra dar pábulo a esa burla democrática. No vale todo ni contra los independentistas catalanes ni para evitar que los votantes progresistas de este país consigan tener el gobierno que mayoritariamente han apoyado.
Son unos trileros de la democracia y no les importa dejarla en jirones si consiguen mandar de nuevo. Esa es su única patria y su única ley.
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UMBERTO ECO Y EL FASCISMO ETERNO *
Por Iván Pinto
Ha sido Umberto Eco quien ha dado una de las mejores definiciones del pensamiento fascista. Este texto, en su versión acabada, se encuentra en el libro «Cinco escritos morales«, y su nombre es «El fascismo eterno«. En ese texto, y recordando el origen histórico de la emergencia del término, Eco nos hace ver que el fascismo, más allá de ser una dictadura, nunca pudo ser un pensamiento totalitario si no más bien tibio y débil filosóficamente, apoyado sobre todo en una retórica, Eco nos dice
«El fascismo no poseía ninguna quintaesencia, y ni tan siquiera una sola esencia. El fascismo era un totalitarismo fuzzy. No era una ideología monolítica, sino, más bien, un collage de diferentes ideas políticas y filosóficas, una colmena de contradicciones.»
Sin embargo, es posible reconocer una serie de características típicas de este pensamiento a las cuales llama «Ur-fascismo» o fascismo eterno. Tales características no podrían ser encuadradas en un sistema, muchas son contradictorias (de ahí que el fascismo no pueda ser totalitario) y son típicas de otras formas de despotismo y fanatismo, sin embargo propone estar atentos por que basta una de ellas para que el fascismo empiece a coagularse. Invito a los lectores a estar atentos a estos «síntomas» sociales, estos son:
1. Culto de la tradición, de los saberes arcaicos, de la revelación recibida en el alba de la historia humana encomendada a los jeroglíficos egipcios, a las runas de los celtas, a los textos sagrados, aún desconocidos, de algunas religiones asiáticas. Cultura sincrética, que debe tolerar todas las contradicciones. Es suficiente mirar la cartilla de cualquier movimiento fascista para encontrar a los principales pensadores tradicionalistas. La gnosis nazi se alimentaba de elementos tradicionalistas, sincretistas, ocultos. La fuente teórica más importante de la nueva derecha italiana, Julius Evola, mezclaba el Grial con los Protocolos de los Ancianos de Sión, la alquimia con el Sacro Imperio Romano. Si curiosean ustedes en los estantes que en las librerías americanas llevan la indicación New Age, encontrarán incluso a San Agustín, el cual, por lo que me parece, no era fascista. Pero el hecho mismo de juntar a San Agustín con Stonehenge, esto es un síntoma de Ur-Fascismo. (Interesante pensar esto en perspectiva de los modas new age que invade nuestro país).
2. Rechazo del modernismo. La Ilustración, la edad de la Razón, se ven como el principio de la depravación moderna. En este sentido, el Ur-Fascismo puede definirse como irracionalismo. Es decir, rechazo al intelectualismo, al pensamiento progresista, al ejercicio de discutir seriamente y con argumentos sobre algún asunto específico, etc.
3. Culto de la acción por la acción. Pensar es una forma de castración. Por eso la cultura es sospechosa en la medida en que se la identifica con actitudes críticas. (Es decir: mirar con sospecha todo acto de no acción, el rechazo a la teoría, en algún punto).
4. Rechazo del pensamiento crítico. El espíritu crítico opera distinciones, y distinguir es señal de modernidad. Para el Ur-Fascismo, el desacuerdo es traición.
5. Miedo a la diferencia. El primer llamamiento de un movimiento fascista, o prematuramente fascista, es contra los intrusos. El Ur-Fascismo es, pues, racista por definición.
6. Llamamiento a las clases medias frustradas. En nuestra época el fascismo encontrará su público en esta nueva mayoría. ¿Qué pensar al respecto cuando vemos medios y programas que esperan ser representativos de estas clases medias marginadas? ¿Cuando la retórica política intenta identificar estos fenómenos para sacr provecho político?
7. Nacionalismo y xenofobia. Obsesión por el complot.
8. Envidia y miedo al «enemigo«.
9. Principio de guerra permanente, antipacifismo.
10. Elitismo, desprecio por los débiles.
11. Heroismo, culto a la muerte, a la épica.
12. Transferencia de la voluntad de poder a cuestiones sexuales. Machismo, odio al sexo no conformista. Transferencia del sexo al juego de las armas, donde las armas representan la virilidad.
13. Populismo cualitativo, oposición a los «podridos gobiernos parlamentarios». Cada vez que un político arroja dudas sobre la legitimidad del parlamento porque no representa ya la voz del pueblo, podemos percibir olor de Ur-Fascismo.
14. Neolengua. Todos los textos escolares nazis o fascistas se basaban en un léxico pobre y en una sintaxis elemental, con la finalidad de limitar los instrumentos para el razonamiento complejo y crítico. Pero debemos estar preparados para identificar otras formas de neolengua, incluso cuando adoptan la forma inocente de un popular reality-show.
Eco concluye:
«El Ur-Fascismo puede volver todavía con las apariencias más inocentes. Nuestro deber es desenmascararlo y apuntar con el índice sobre cada una de sus formas nuevas, cada día, en cada parte del mundo«
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