INDICE
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Respecto de los artículos 1 y 2 de la Constitución Española, “se ha podido afirmar que estamos ante las decisiones fundamentales de la Constitución, en el sentido propugnado por Carl Schmitt, que se traducen desde el punto de vista jurídico en supraprincipios jurídicos o principios de principios, al formar el basamento último, nuclear e irreductible de todo el ordenamiento jurídico” (Santamaría Pastor).
Pues bien, conforme a la primera línea del primer apartado del primer artículo de nuestra Constitución, “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho”. De estas tres cláusulas, nos centraremos en la primera de ellas, la Cláusula de Estado Social.
Según el Repertorio de Objetos de Aprendizaje (RODAS), de la Universidad de Sevilla “En virtud de la cláusula del Estado social, el Estado no debe limitarse a corregir las disfunciones más graves del mercado y de la sociedad civil, sino que debe asumir la responsabilidad de conformar el orden social en el sentido de promover la progresiva igualdad de todas las clases sociales y de asegurar a todos los ciudadanos el acceso a un cierto nivel de bienestar económico, el disfrute de los derechos culturales y una cobertura de riesgos vitales. En términos jurídicos, equivale a la imposición a todos los poderes públicos de un deber de actuar positivamente sobre la sociedad, en una línea de igualación progresiva y de mejora de las condiciones de vida. El art. 9.2 recoge la cláusula del Estado social: corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de los individuos y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, social y cultural”.
Como señala Habermas, “el liberalismo, que se remonta a Locke, ha conjurado el peligro de mayorías tiránicas postulando la primacía de los derechos humanos frente a la voluntad popular”. Es aquí dónde, a partir del primer tercio del Siglo XX, se inserta la Cláusula de Estado Social que, en palabras del Profesor García-Pelayo, “significa históricamente el intento de adaptación liberal -burgués a las condiciones de la civilización industrial y postindustrial”.
Por ello, se ha sostenido que “la cláusula del Estado social refuerza no sólo el catálogo formal de los derechos sociales fundamentales, sino que impone una exigencia moral al Estado de trabajar para su progresiva realización, a riesgo de ver socavada una de las bases de su propia legitimidad”. En efecto, la Constitución de 1978 constituye a España en un Estado que asume la obligación de desarrollar políticas públicas tendentes a la efectiva realización de la justicia social, establecida como marco y condición para el disfrute de los demás derechos. “La noción de dignidad, en palabras de Haberle, constituye la premisa antropológico-cultural del Estado constitucional. Desde esa perspectiva, la dignidad humana se presenta como el elemento clave a cuya realización apunta el catálogo de derechos que derivan de la cláusula del Estado social”.
Es por ello que “La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás, son fundamento del orden político y de la paz social” (art. 10,1º – CE).
En estos últimos años, hemos podido comprobar el valor práctico, y no meramente teórico, de este precepto; cualquiera que sea el prisma en que se refleje (regeneracionismo, nueva política, 15M, PAH, populismo, …), la realidad es la misma: es la ausencia de efectividad de la Cláusula del Estado Social la que da lugar al general descontento ciudadano, a la ruptura “del orden político y de la paz social”, manifiestamente visible en lo que se ha dado en denominar “Movimiento de los Indignados” o “15M”.
En palabras de doña Teresa Vicente Giménez: “Esta subordinación de lo político a la soberanía de la economía pone en peligro, no sólo el futuro del Estado Social y de los derechos sociales que le son propios, sino a la propia democracia occidental, vaciándola de los valores, principios, derechos y elementos normativos que la definen. Como afirma el profesor T. Todorov “en el ultraliberalismo lo que se tambalea bajo las presiones procedentes de diversos frentes es la autonomía de lo político”. El profesor hace una clara diferenciación de las tres fases de la doctrina liberal, y describe esta tercera fase del ultraliberalismo o “neoliberalismo de Estado”, como la “ideología con la que comienza el siglo XXI, que coloca la soberanía de las fuerzas económicas por encima de la soberanía política, imponiendo el principio del mercado ilimitado su poder exclusivo”. Una de las grandes dificultades que plantea el ultraliberalismo económico a la democracia o estado de derecho, es que el mercado, ahora financiero, actúa como guía de la vida real, de tal modo que las nuevas tecnologías permiten a los mercados especular con productos financieros que se basan en recursos básicos para la vida, como los alimentos, el agua, la vivienda o las emisiones de CO2, y los Estados democráticos occidentales resultan incapaces de defender los intereses de la vida en el planeta y de las generaciones presentes y futuras. Los mercados imponen su ley sobre los derechos de ciudadanía y la democracia, y, los gobiernos no tienen autonomía para poder realizar políticas económicas propias, sino que éstas vienen dictadas por los poderosos mercados financieros”.
La actual “Crisis Hipotecaria” es buen ejemplo de todo ello: En lugar de promover la efectividad del derecho a una vivienda digna, que habría exigido garantizar -incluso desembolsar- unas pocas anualidades de las Hipotecas en mora, manteniendo como garantía el valor de los inmuebles hipotecados, el Gobierno permitió que se declarasen vencidas e impagadas todas las anualidades futuras de tales créditos hipotecarios -con sus intereses futuros- (a las que se han de añadir los intereses, costas y gastos procesales derivados del proceso de ejecución judicial), generando una inmensa deuda impagable, y con ella, la necesidad de un rescate que ha colapsado las cuentas públicas, dando lugar a los brutales recortes que han dejado sin verdadero contenido a la Cláusula del Estado Social. Finalmente, los inmuebles ejecutados son vendidos a “Fondos Buitres”, por una mínima fracción de su valor de mercado. Todo ello, mientras en los procesos judiciales de ejecución es vulnerado el Derecho Fundamental de los ciudadanos a la Tutela Judicial Efectiva sin Indefensión (art. 24, 1º – CE), al impedir una verdadera defensa a los deudores hipotecarios, Ejecutados en Indefensión.
https://puntocritico.com/2017/08/26/nuestras-vidas-son-mercancias/
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Un viejo mito sin fundamento
LA PESADILLA DEL SUEÑO AMERICANO
Se desvanece por completo el mítico American way of life, o estilo de vida norteamericano. Uno de las construcciones ideológicas que más han inspirado a los millones de emigrantes de todo el mundo que han arribado a los Estados Unidos.
Se desvanece por completo el mítico American way of life, o estilo de vida norteamericano. Uno de las construcciones ideológicas que más han inspirado a los millones de emigrantes de todo el mundo que han arribado a los Estados Unidos.
Según Philip Alston, reportero especial de Naciones Unidas, “EE.UU., una de las naciones más ricas en el mundo, considerada la tierra de las oportunidades, está convirtiéndose rápidamente en la campeona de la desigualdad, de la extrema pobreza y la vulneración de los derechos humanos”.
A través de un comunicado dado a conocer a la prensa el pasado domingo, el funcionario aseguró que «el empeoramiento de la pobreza en EEUU se encuentra relacionada con las medidas políticas, propuestas por la Administración Trump”.
Para Philip Alston, «el sueño americano se convierte rápidamente en una ilusión americana a medida que EEUU tiene ahora un nivel más bajo de movilidad social que cualquier otro país rico».
En este sentido, resultan reveladoras las cifras más recientes computadas por la Oficina del Censo de EEUU en septiembre de este año 2017. De acuerdo con la fuente, el número de personas que viven en situación de pobreza se sitúa en más de 40 millones. De ese total, 18,5 millones, sobreviven con ingresos mínimos por debajo del umbral de la pobreza.
Por otra parte, Alston destacó que las personas pobres no provienen de los grupos minoritarios como muchos creen todavía. “La realidad la cara de la pobreza en EEUU –asegura- puede atribuirse no solo a la colectividad negra o hispana sino también a los asiáticos y otros grupos».
Es por ello que el reportero no es optimista y expresa su reserva ante los cambios propuestos por la actual administración en cuanto a los impuestos y en las políticas del bienestar. Estas, sostiene, “pueden acarrear consecuencias devastadoras para el 20% de los ciudadanos estadounidenses más pobres”.
«Esta reforma tributaria aumentará considerablemente los altos niveles de desigualdad entre el 1% de los ciudadanos estadounidenses más ricos y el 50% de lo más pobres», concluye.
En realidad, el estilo de vida norteamericano no es más que un mundo idealizado que se basa en el atractivo que representan “los Estados Unidos por su capacidad de progreso y las cualidades excepcionales de su población”, y en el que el propio reportero de Naciones Unidas demuestra creer.
Su núcleo fundamental se expresa en una supuesta “búsqueda de la felicidad, el cumplimiento de los sueños y las metas más personales”.
Para ello, siempre según este mito, se requiere de “esfuerzo y trabajo duro como vía segura para el logro de la movilidad social».
Como relato fantástico, el American Dream (el sueño americano) necesita como “razón” de su contenido una divisa: “empezar desde abajo, trabajar con esmero hasta alcanzar el éxito”.
La mayoría de los investigadores coinciden en señalar que “con Hiroshima se desarrollo el llamado “American way of life” como sistema de valores”, bajo el amparo de poder financiero global de Wall Street, la poderosa industria de la publicidad, la fábrica de sueños hollywoodiense, influyentes publicaciones especializadas y el consumo de sus mercancías por todo el mundo.
Al término de la Segunda Guerra Mundial, Estados Unidos inició un periodo de gran prosperidad que dio lugar a un nuevo estilo de vida suburbana, caracterizada por la vivienda unifamiliar, el automóvil, los nuevos electrodomésticos y las grandes superficies comerciales que encandiló a millones de personas en todas partes.
Pero, no nos equivoquemos creyendo que se trata de una cuestión de orden simbólico o de la capacidad de interpretar que cada uno desarrolle para ver si es oro o no lo que reluce en cada mensaje.
Dentro de las relaciones internacionales, el «estilo de vida americano» no es otra cosa más que la expresión, en el ámbito cultural, del imperialismo que EE.UU. impone a otras naciones mediante sus empresas transnacionales, la industria armamentística y el control de los grandes medios de comunicación.
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