#CORONAVIRUS: Luc Montagnier, Premio Nobel de Medicina: el virus no es natural. // La falta de ética de la investigación médica en China: la clonación humana
El experimento realizado por He Jiankui causó polémica y generó críticas en todo el mundo.
El científico chino que creó los primeros bebés modificados genéticamente fue condenado a tres años de prisión.
Las autoridades del país asiático aseguran que He Jianku violó las legislación tras realizar experimentos con embriones humanos, para tratar de protegerlos contra el virus de inmunodeficiencia humana (VIH).
La noticia del nacimiento de gemelos modificados genéticamente generó una ola de críticas en todo el mundo en noviembre de 2018.
La agencia de noticias china Xinhua aseguró que un tercer bebé habría nacido, algo que que no había sido confirmado previamente.
El gobierno local de la provincia de Cantón, en el sureste del país, indicó que mantenía a los bebés bajo observación médica.
Además de la sentencia de prisión, el polémico científico fue multado con tres millones de yuanes (US$430.000).
El tribunal también dictó sentencias menores a dos hombres, Zhang Renli y Qin Jinzhou, por colaborar con He en la realización de los experimentos.
Un tribunal de Shenzhen sostuvo que los individuos habían actuado buscando "fama y fortuna" e "interrumpido el orden médico", según Xinhua.
Además consideró que los científicos cruzaron las líneas rojas de la ética en la investigación científica y la medicina.
Algunos académicos llegaron a calificar los experimentos de He Jianku como "monstruosos".
¿Qué pasó el año pasado?
En noviembre de 2018, He Jianku anunció a través de un video filmado por la agencia AP el nacimiento de Lula y Nana, dos gemelos modificados genéticamente.
Describiendo su trabajo, el científico aseguró que entendía que era "controvertido", pero creía que las familias necesitaban esta tecnología y estaba dispuesto a aceptar las críticas.
Después de la publicación del video, la reacción de la comunidad científica tanto en China como en todo el mundo fue rápida y contundente. Algunos académicos llegaron a calificarlo como "monstruoso".
Pekín lo colocó inmediatamente bajo investigación policial y ordenó detener su trabajo de investigación.
La Academia de Ciencias de China se opone "firmemente" a la modificación genética en humanos.
La Academia de Ciencias de China emitió una declaración sobre He, asegurando que se oponía "firmemente" a la modificación genética en humanos.
"En las circunstancias actuales, la modificación genética en embriones humanos todavía supone varios problemas técnicos aún no resueltos, podría generar riesgos imprevistos y viola el consenso de la comunidad científica internacional", dice el comunicado.
Posteriormente, una investigación arrojó que He pudo haberle dado a los bebés una mutación que acorta significativamente su esperanza de vida.
El científico también fue despedido de la Universidad de Ciencia y Tecnología del Sur de China en Shenzhen, donde ejercía como profesor asociado.
¿Cómo funcionó el experimento?
El blanco de He Jianku era un gen llamado CCR5.
Se trata de un conjunto de instrucciones genéticas importantes para un sistema inmune en funcionamiento, pero también son la puerta por la que el VIH atraviesa para infectar las células.
Las mutaciones del CCR5 esencialmente le cierran la puerta al VIH y le dan a las personas resistencia contra el virus.
Según el periódico hongkonés South China Morning Post, He habría reclutado a siete parejas heterosexuales para el estudio. Todos los hombres tenían VIH, mientras que las mujeres, no.
El profesor creó los embriones en una clínica de fecundación in vitro (FIV) y usó una tecnología de modificación genética conocida como CRISPR-Cas9 para cambiar el gen CCR5.
Luego falsificó documentos para que una revisión de ética obligatoria fuera aprobada. Posteriormente fabricó información para que los médicos implantaran, sin saberlo, embriones modificados genéticamente en dos mujeres.
Cualquier modificación genética podría transmitirse de generación en generación, lo que podría introducir cambios en la raza humana.
¿Cuáles son las repercusiones?
Las consecuencias exactas de crear bebés modificados genéticamente no están claras, pero sus efectos podrían ser permanentes.
Cualquier modificación genética podría transmitirse de generación en generación. Esto podría introducir cambios permanentes en la raza humana.
El caso del experimento de He Jianku es aún más complicado.
A principios de este mes, cuando su investigación original fue publicada por primera vez, los científicos dijeron que los resultados no mostraban lo que He había asegurado.
Aunque el científico se había enfocado en el gen correcto, no habría creado la mutación exacta asociada con la resistencia al VIH.
En cambio, creó modificaciones genéticas nunca antes vistas, cuyos efectos son actualmente desconocidos.
He Jiankui habría utilizado la herramienta Crispr para realizar la edición genética.
"Fue muy tonto"
El profesor Robin Lovell-Badge, del Instituto Francis Crick con sede en Londres, le dijo a BBC News que "simplemente no pueden decir" cuáles serán los efectos de estas modificaciones.
"Nunca ha habido ningún estudio sobre estas mutaciones específicas porque no han existido antes", dijo.
"Fue muy tonto. Pensó que sabía más, pero las técnicas todavía no existen para realizar [una modificación del genoma] de manera segura y eficiente".
Según el profesor Lovell-Badge, los efectos a largo plazo quedan por verse, pero la principal preocupación es "si los tres bebés nacidos estarán sanos y serán bien cuidados".
[1] ENTREVISTA A LUC MONTAGNIER, PREMIO NOBEL DE MEDICINA EN 2008
El coronavirus SARS-CoV-2 responsable de la pandemia de Covid-19, que ya ha matado a más de 300.000 personas en todo el mundo, es un virus manipulado, liberado accidentalmente de un laboratorio chino en busca de una vacuna contra el SIDA. Esta es la revelación que el profesor Luc Montagnier, Premio Nobel de Medicina en 2008 por su investigación sobre el VIH, hizo el 16 de abril al medio francés Pourquoi Docteur y al dia siguiente en el canal galo CNEWS
Se trata de dos gemelas cuyo ADN estaría preparado para resistir una posible infección del VIH
La comunidad científica alerta de los riesgos y denuncian que es experimentación humana
He Jiankui modificó los embriones de siete parejas y solo se ha logrado por el momento un embarazo (Mark Schiefelbein / AP)
Un científico chino afirma que ayudó a crear los primeros bebés genéticamente modificados del mundo: dos gemelas cuyo ADN dijo que modificó para intentar ayudarlas a resistir una posible infección futura con el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH). De ser cierto, sería un salto profundo de la ciencia y la ética.
Un científico de Estados Unidos aseguró que participó en el trabajo en China, no obstante este tipo de edición de genes está prohibida en su país porque los cambios en el ADN pueden pasar a las generaciones futuras y corre el riesgo de dañar otros genes. Muchos científicos convencionales piensan que es demasiado peligroso intentarlo, por lo que algunos denunciaron que el informe chino es una experimentación humana.
El investigador, He Jiankui, de Shenzhen, dijo que modificó los embriones de siete parejas durante los tratamientos de fertilidad, y hasta el momento se logró un embarazo. Informó que su objetivo no era curar o prevenir una enfermedad hereditaria, sino tratar de otorgar un rasgo que pocas personas tienen naturalmente: la capacidad de resistir una posible infección futura con el VIH, el virus que causa el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).
El anuncio trae controversia entre la comunidad científica
Añadió que los padres involucrados se negaron a ser identificados o entrevistados, y no quiso decir dónde viven o dónde se hizo el trabajo. No hay una confirmación independiente de la afirmación de He, y no se ha publicado en una revista, donde otros expertos la podrían examinar. El anuncio lo reveló el lunes en Hong Kong, a uno de los organizadores de una conferencia internacional sobre edición de genes que comenzará el martes, y antes en entrevista exclusiva con The Associated Press.
“Siento una gran responsabilidad de que no se trata solo de hacer una primera, sino también de ser un ejemplo”, dijo a AP. “La sociedad decidirá qué hacer a continuación” en términos de permitir o prohibir tal ciencia. Algunos científicos se sorprendieron al escuchar la reclamación y lo condenaron enérgicamente.
Es “inconcebible ... un experimento con seres humanos que no es moral ni éticamente defendible”, dijo el Dr. Kiran Musunuru, un experto en edición genética de la Universidad de Pennsylvania y editor de una revista de genética.
“Esto es demasiado prematuro”, dijo el Dr. Eric Topol, quien dirige el Instituto de Investigación Traslacional Scripps en California. “Estamos tratando con las instrucciones operativas de un ser humano. Es un gran problema”.
Sin embargo, un genetista famoso, George Church de la Universidad de Harvard, defendió el intento de edición genética para el VIH, que calificó de “una amenaza mayor y creciente para la salud pública”. “Creo que esto es justificable”, dijo Church sobre ese objetivo.
En los últimos años, los científicos han descubierto una forma relativamente fácil de editar los genes, las hebras de ADN que gobiernan el cuerpo. La herramienta, llamada CRISPR-cas9, hace posible operar con ADN para suministrar un gen necesario o deshabilitar uno que esté causando problemas.
Los cambios genéticos pueden heredarse
Solo recientemente se ha probado en adultos para tratar enfermedades mortales, y los cambios se limitan a esa persona. La edición de espermatozoides, óvulos o embriones es diferente, los cambios pueden heredarse. En los EE.UU., no está permitido, excepto para la investigación de laboratorio. China prohíbe la clonación humana pero no específicamente la edición de genes.
He Jiankui estudió en las universidades de Rice y Stanford en los EE.UU. antes de regresar a su país natal para abrir un laboratorio en la Universidad de Ciencia y Tecnología del Sur de China en Shenzhen, donde también tiene dos compañías de genética.
El científico de EE.UU. que trabajó con él en este proyecto después de su regreso a China fue el profesor de física y bioingeniería Michael Deem, quien fue su asesor en Rice en Houston. Deem también tiene lo que él llamó “una pequeña participación” en, y forma parte del consejo científico de dos compañías.
Zhou Xiaoqin coloca un embrión en un tubo de almacenamiento en un laboratorio de Shenzhen (Mark Schiefelbein / AP)
El investigador chino dijo que practicó la edición de ratones, monos y embriones humanos en el laboratorio durante varios años y ha solicitado patentes sobre sus métodos.
Afirmó que optó por probar la edición del gen embrionario para el VIH porque estas infecciones son un gran problema en China. Buscó deshabilitar un gen llamado CCR5 que forma una puerta de proteínas que permite que el VIH, el virus que causa el SIDA, ingrese a una célula.
Todos los hombres en el proyecto tenían VIH y todas las mujeres no, pero la edición del gen no estaba dirigida a prevenir el pequeño riesgo de transmisión, dijo. Los padres tenían sus infecciones profundamente reprimidas por los medicamentos estándar contra el VIH y existen formas sencillas de evitar que infecten a los hijos que no implican la alteración de los genes.
En cambio, el llamamiento fue ofrecer a las parejas afectadas por el VIH la oportunidad de tener un hijo que podría estar protegido de un destino similar.
Reclutó parejas a través de un grupo de defensa del SIDA con sede en Beijing llamado Baihualin. Su líder, conocido por el seudónimo “Bai Hua”, dijo a la AP que no es raro que las personas con VIH pierdan sus empleos o tengan problemas para obtener atención médica si se revelan sus infecciones.
Así es cómo se logró el trabajo
La edición del gen ocurrió durante la FIV, o la fertilización de la placa de laboratorio. Primero, el esperma fue “lavado” para separarlo del semen, el líquido donde el VIH puede estar al acecho. Se colocó un solo espermatozoide en un solo óvulo para crear un embrión. Luego se agregó la herramienta de edición de genes.
Cuando los embriones tenían de 3 a 5 días de edad, se eliminaron algunas células y se verificó su edición. Las parejas pueden elegir si usar o no embriones editados para los intentos de embarazo. En total, se editaron 16 de los 22 embriones, y se utilizaron 11 embriones en seis intentos de implantes antes de que se lograra el embarazo de gemelos, dijo He.
Las pruebas sugieren que un gemelo tuvo ambas copias del gen deseado alterado y el otro gemelo solo uno alterado, sin evidencia de daño a otros genes, aseguró. Las personas con una copia del gen todavía pueden contraer el VIH, aunque algunas investigaciones muy limitadas sugieren que su salud podría disminuir más lentamente una vez que lo hagan.
He Jiankui observa por un microscopio sus avances (Mark Schiefelbein / AP
Varios científicos revisaron los materiales que proporcionó a la AP y dijeron que las pruebas hasta ahora no son suficientes para decir que la edición funcionó o para descartar daños. También observaron evidencia de que la edición estaba incompleta y que al menos un gemelo parece ser un mosaico de celdas con varios cambios. “Es casi como no editar nada” si solo algunas de ciertas células fueron alteradas, porque la infección por el VIH todavía puede ocurrir, dijo Church.
Church y Musunuru cuestionaron la decisión de permitir que se usara uno de los embriones en un intento de embarazo, porque los investigadores chinos dijeron que sabían de antemano que ambas copias del gen deseado no habían sido alteradas. “En ese niño, realmente no había nada que ganar en términos de protección contra el VIH y, sin embargo, está exponiendo a ese niño a todos los riesgos de seguridad desconocidos”, dijo Musunuru.
El uso de ese embrión sugiere que el énfasis principal de los investigadores fue “probar la edición en lugar de evitar esta enfermedad”, dijo Church. Incluso si la edición funcionó a la perfección, las personas sin los genes CCR5 normales enfrentan mayores riesgos de contraer otros virus, como el Nilo Occidental, y de morir a causa de la gripe. Según Musunuru, hay muchas formas de prevenir la infección por el VIH y es muy tratable si ocurre, esos otros riesgos médicos son una preocupación.
Demasiados interrogantes sin resolver
También hay preguntas sobre la forma en que dijo que procedió. Dio aviso oficial de su trabajo mucho después de que dijo que lo comenzó, el 8 de noviembre, en un registro chino de ensayos clínicos.
No está claro si los participantes entendieron completamente el propósito y los posibles riesgos y beneficios. Por ejemplo, los formularios de consentimiento denominaron al proyecto un programa de “desarrollo de vacunas contra el SIDA”.
El científico de Rice, Deem, dijo que estaba presente en China cuando los posibles participantes dieron su consentimiento y que “absolutamente” cree que pudieron entender los riesgos.
Deem dijo que trabajó con He en la investigación de vacunas en Rice y considera que la edición del gen es similar a una vacuna. “Esa podría ser la forma en que un laico la describe”, dijo. Ambos hombres son expertos en física sin experiencia en ensayos clínicos en humanos.
Los participantes fueron informados de que se trataba de una técnica nueva (Mark Schiefelbein / AP
El científico chino, He, dijo que personalmente dejó claros los objetivos y comunicó a los participantes que nunca antes se había intentado editar el gen del embrión y conlleva riesgos. Añadió que también proporcionaría cobertura de seguro para cualquier niño concebido a través del proyecto y planea un seguimiento médico hasta que los niños tengan 18 años o más si están de acuerdo una vez que sean adultos.
Otros intentos de embarazo están en espera hasta que se analice la seguridad de este y los expertos en el campo lo hagan, pero a los participantes no se les dijo con anticipación que podrían no tener la oportunidad de probar lo que se inscribieron una vez que se logró el “primer” embarazo, reconoció. El tratamiento de fertilidad gratuito fue parte del trato que se les ofreció.
Solicitó y recibió la aprobación de su proyecto en el Hospital de Mujeres y Niños de Shenzhen Harmonicare, que no es uno de los cuatro hospitales que, según dijo, proporcionó embriones para su investigación o los intentos de embarazo.
He Jiankui y Zhou Xiaoqin observan los progresos de su tratamiento experimental (Mark Schiefelbein / AP
Algunos miembros del personal de algunos de los otros hospitales se mantuvieron en la oscuridad acerca de la naturaleza de la investigación, lo que, según él y Deem, se hizo para evitar que la infección por VIH de algunos participantes fuera revelada.
“Creemos que esto es ético”, dijo Lin Zhitong, un administrador de Harmonicare que encabeza el panel de ética. Cualquier miembro del personal médico que manejó muestras que pudieran contener VIH estaba al tanto, dijo. Un embriólogo en el laboratorio de He, Qin Jinzhou, confirmó a AP que hizo el lavado de esperma e inyectó la herramienta de edición de genes en algunos de los intentos de embarazo.
Los participantes en el estudio no son especialistas en ética, dijo, pero “son tantas autoridades sobre lo que es correcto como lo que está mal porque es su vida en la línea”. “Creo que esto va a ayudar a las familias y sus hijos”, dijo. Si causa efectos secundarios o daños no deseados, “sentiría el mismo dolor que ellos y será mi responsabilidad”.
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[3] Por qué son peligrosos los experimentos de He Jiankui, el científico condenado a prisión por edición genética de embriones
El científico chino también deberá pagar una multa de 430.000 dólares. En la sentencia judicial se argumentó que ejerció la “práctica ilegal de la medicina”. “De ahora en adelante, cualquier investigador que desee aplicar la técnica CRISPR se verá obligado a pensar si quiere correr el riesgo de estar en la cárcel”
He Jiankui, fotografiado en octubre del 2018 en su laboratorio de Shenzhen (AP Photo/Mark Schiefelbein)
El científico chino He Jiankui fue condenado a tres años de prisión por haber ejercido ilegalmente la medicina cuando produjo las primeras gemelas editadas genéticamente, Lulu y Nana. La sentencia estuvo a cargo de un tribunal en Shenzhen que encontró al doctor He y a dos colaboradores como culpables por violar normas de investigación y engañar a los médicos que implantaron en dos mujeres embriones que habían sido generados por la técnica de edición genética conocida como CRISPR.
El nacimiento de las gemelas editadas genéticamente se había dado a conocer en noviembre de 2018 por una vía inusual para un “resultado” científico: YouTube. Generó una polémica mundial porque hasta ese momento la mayoría de las organizaciones de científicos habían consensuado que aún no era el momento de aplicar la técnica CRISPR para modificar embriones humanos. Sin embargo, el doctor He lo hizo. Argumentó que había implementado la tecnología en el material genético que se hereda de una generación a otra a través de las células germinales -llamado línea germinal- con el fin de prevenir que los descendientes de una pareja adquirieran la infección por el virus del sida. El padre de las gemelas es una persona viviendo con el VIH.
Ahora, la sentencia del Tribunal Popular de Shenzhen puso un fuerte límite al doctor He y a todo científico que quiera seguir un camino por afuera de las normas de investigación científica vigente. El Tribunal lo declaró culpable por “llevar a cabo, de manera ilegal, la edición genética de varios embriones humanos con fines reproductivos”; según la agencia de noticias oficial Xinhua. Además, He no podrá desempeñar ninguna actividad relacionada con la medicina reproductiva por el resto de su vida. Dos de sus colaboradores fueron también condenados aunque con sentencias y multas menores: Zhang Renli, con dos años de cárcel, y Qin Jinzhou, con uno y medio.
El principal foco de las críticas contra el doctor He fue que las consecuencias de la aplicación clínica de CRISPR aún son inciertas (Shutterstock)
“Las sentencias para el doctor He y sus colaboradores indican que ni aún en un país con normas más relajadas para investigar como China, se puede llevar adelante una investigación con la técnica de edición genética en línea germinal en este momento. De ahora en adelante, cualquier investigador que desee aplicar la técnica CRISPR se verá obligado a detenerse a pensar si quiere correr el riesgo de estar en la prisión”, dijo a Infobae el investigador principal del Conicet y profesor de la Facultad de Agronomía de la Universidad de Buenos, el doctor Daniel Salamone.
En diciembre de 2018, el doctor He había sido criticado duramente por la mayoría de los investigadores en tecnologías de edición genética y por las diversas academias científicas del mundo. Incluso en su mismo país, la Sociedad de Genética de China, la Sociedad China de Biología Celular y otras entidades científicas salieron a manifestar su desacuerdo con He por haber cometido una “violación ética grave”.
El principal foco de las críticas contra el doctor He fue que las consecuencias de la aplicación clínica de CRISPR aún son inciertas ya que la técnica empezó a desarrollarse en 2012 y todavía se desconoce cuáles serían los efectos potencialmente adversos en los bebés y en sus descendientes.
En marzo de 2017, en el reporte del Consejo Asesor de Ciencia de las Academias Europeas, se había advertido que las intervenciones en línea germinal “plantean muchas cuestiones importantes, incluyendo los riesgos de edición inadecuada o incompleta, la dificultad de predecir efectos dañinos, la obligación de considerar las implicancias tanto para el individuo como para las futuras generaciones que llevarán las alteraciones genéticas, y la posibilidad de que los mejoramientos en subgrupos de la población podría exacerbar desigualdades sociales o ser usados coercitivamente”.
El 30 de diciembre pasado, el Tribunal Popular de Shenzhen dictaminó las sentencias a prisión y las multas porque consideró que el doctor He violó regulaciones nacionales de investigación biomédica y ética médica, y precipitó la aplicación de la tecnología de edición genética en medicina reproductiva. Con la sentencia, “el gobierno de China está enviando un mensaje de que está tomando la ética de la investigación seriamente”, dijo Josephine Johnson, directora de investigación del Centro Hasting, que se dedica al estudio de las implicancias legales, políticas y éticas de las tecnologías biomédicas en los Estados Unidos. En tanto, Mildred Solomon, presidente de ese centro de investigación, opinó que "las facultades de bioingeniería y ciencias de la vida deberían alentar a los científicos en formación a una reflexión profunda sobre las implicancias éticas y sociales de su trabajo”.
¿Qué puede haber llevar al doctor He a transgredir las normas? “La búsqueda de fama y de impacto para pegar primero en un área de interés comercial global”, contestó el doctor Salamone, que fue presidente de la Sociedad Internacional de Embriología. La voracidad del doctor He es también parte de una carrera mundial por llegar a resultados concretos en medicina reproductiva. “Es sabido que la tecnología para la salud humana debe ser bien evaluada antes de ser transferida. Para eso, se deben realizar innumerables ensayos con modelos animales. En el afán de alcanzar resultados más rápidos, algunas veces se acortan los tiempos de la investigación con modelos animales, y se corre el riesgo de no identificar los riesgos de las tecnologías de manera temprana”, afirmó Salamone.
En la experimentación que condujo al nacimiento de las gemelas por edición genética, el doctor He justificó el empleo de la tecnología con el objetivo de prevenir la infección en los descendientes de personas que viven con el VIH. Para eso, editó el gen CCR5 en embriones como un modo de prevenir esa infección. Sin embargo, ya existen otras tecnologías, como el lavado seminal en combinación con la inyección intracitoplasmática del espermatozoide, que han demostrado alta eficacia y seguridad para reducir el riesgo de transmisión a los descendientes de personas con VIH. Por lo cual, la experimentación del doctor He careció de valor social.
Tras la sentencia para el doctor He, el mundo aún tiene un desafío pendiente. Si bien existen algunas normas nacionales, a nivel global se debate si se necesita una moratoria efectiva para que no se aplique nuevamente la edición genética en embriones o si hay que regularla y cómo. Cuando la técnica CRISPR se aplica para terapias en personas, mascotas, plantas y en ganado, despierta menos reparos. Es una técnica barata y simple, con implicancias complejas e inciertas para el destino de la humanidad.
El investigador chino He Jiankui fotografiado durante la segunda cumbre internacional sobre edición genética en humanos, celebrada a finales de noviembre de 2018 en Hong-Kong. Fotografía: Science/ANTHONY KWAN/BLOOMBERG/GETTY IMAGES
Poco más de un año después de conocer el nacimiento de dos niñas gemelas en China, que habían sido editadas genéticamente cuando eran embriones, se desvelan nuevas informaciones del polémico experimento dirigido por el científico He Jiankui, en paradero desconocido desde el pasado diciembre. Era cuestión de tiempo que se conociera el manuscrito que escribió He Jiankui describiendo el nacimiento de los dos primeros seres humanos editados genéticamente.
Gracias a la investigación periodística llevada a cabo por Antonio Regalado desde MIT Technology Review, no solo conocimos este desafortunado experimento un día antes en 2018 (antes de que He Jiankui sorprendiera al mundo con sus vídeos donde comunicaba lo que había hecho) sino que ahora podemos conocer fragmentos de un manuscrito que el propio He Jiankui y sus colaboradores remitieron para su publicación, por lo menos a dos revistas importantes: Nature y JAMA. La primera rechazó el manuscrito, y la segunda no está claro si lo rechazó o si sigue considerando su publicación de alguna manera, tras haber involucrado en el proceso nada menos que hasta 11 revisores, un número muy superior al habitual. Parece que también se intentó depositar el manuscrito en el servidor de preprints bioRxiv sin éxito.
El medio digital MIT Technology Review remitió el manuscrito de He Jiankui a varios expertos para recabar comentarios y ahora publica extractos del manuscrito junto con las opiniones de reconocidos expertos en ética, edición genética, embriología y reproducción asistida. La conclusión global tras leer los fragmentos del manuscrito y las opiniones de los expertos es clara: lo que ya parecía una extraordinaria irresponsabilidad hace un año, con la poca información disponible, queda nítidamente confirmada con estos nuevos datos. Este experimento nunca debió haberse realizado.
El equipo de He Jiankui usó la tecnología CRISPR para editar embriones humanos, obtenidos por fertilización in vitro, para inactivar el gen CCR5, que codifica una proteína de membrana que usa el virus VIH, causante del SIDA, para entrar en los linfocitos, un tipo de glóbulos blancos que tenemos en la sangre. Su intención era reproducir una mutación detectada en algunas personas inmunes al VIH, llamada delta32, en la que faltan 32 nucleótidos del gen, lo cual inactiva la proteína e impide el acceso del virus al interior de la célula.
Los datos que ahora hemos conocido, a partir de biopsias de los embriones editados antes de ser implantados, confirman que: (1) no consiguió reproducir esa mutación delta32 en esos embriones; (2) generó otras nuevas mutaciones en el gen CCR5, cuyas consecuencias clínicas son totalmente desconocidas; (3) no todas las células derivadas de esos embriones fueron editadas, algunas permanecieron intactas; y (4) se detectaron mutaciones no deseadas en otros partes del genoma, cuyas consecuencias también eran imprevisibles. Esto quiere decir que los embriones obtenidos tras este experimento eran mosaicos, contenían células genéticamente distintas, unas con mutaciones en el gen CCR5, otras sin ellas. Y las que tenían mutaciones no portaban todas la misma alteración genética sino varias distintas, no investigadas anteriormente. Por no hablar de las mutaciones no intencionadas, en otros lugares del genoma. Y esto solamente se obtuvo tras analizar unas pocas células (obtenidas mediante biopsia) de los embriones editados. Nada sabemos del resto de células que conformaban esos embriones y que, tras implantarlos, dieron lugar al nacimiento de las niñas gemelas llamadas Lulu y Nana.
Tras obtener esos datos que confirmaban el mosaicismo y las mutaciones desconocidas en los embriones editados, cualquier investigador mínimamente versado en estas técnicas hubiera concluido que era muy arriesgado, imprudente e irresponsable (además de ilegal y éticamente inaceptable) implantar esos embriones en el útero de una mujer, con objeto de obtener bebés editados. Sin embargo, He Jiankui desoyó a todos los que le habían recomendado parar, detener sus experimentos, y siguió adelante e implantó estos embriones en una mujer que dio a luz (parece que en octubre de 2018, un mes antes de lo que conocíamos) a dos niñas gemelas. El análisis genético del cordón umbilical y la placenta, órganos que derivan del embrión y conectan al mismo con la madre gestante, confirmó el mosaicismo de las niñas nacidas. Lo cual las expone, el resto de sus vidas, a ellas, y a sus posibles descendientes, a consecuencias imprevisibles, ligadas a mutaciones genéticas inesperadas.
Quienes usamos las técnicas CRISPR en otras especies animales, como el ratón, como hacemos en mi laboratorio, para investigar sobre enfermedades raras como el albinismo, sabemos perfectamente que tras inyectar los reactivos CRISPR en los embriones de ratón siempre (sin excepción) nos nacen ratoncitos mosaicos, compuestos de células genéticamente diversas. Esta incertidumbre la podemos gestionar relativamente bien en animales de experimentación. Investigamos cuáles de esos ratones portan la mutación que queríamos obtener, entre otras muchas que siempre detectamos, y seleccionamos a esos individuos para cruzarlos con otros ratones silvestres, confiando que alguno de sus ratones descendientes, en la siguiente generación, herede la mutación que buscábamos, y que así podamos estudiar los efectos de la misma en ausencia de todas las demás. También hay que señalar que algunos de estos ratones mueren, por causas desconocidas, probablemente asociadas a las mutaciones genéticas adicionales que portan, y que no controlamos. Una nueva razón por la cual este experimento, gestionable en animales de laboratorio, nunca debió haberse realizado sobre seres humanos.
¿Por qué iba a ser diferente con embriones humanos? No lo es, y, naturalmente lo que He Jiankui encuentra es el mismo mosaicismo que nosotros encontramos con embriones de ratón. Ahora bien, la indeterminación que nosotros podemos gestionar con ratones, no es éticamente aceptable trasladarla a seres humanos. Es absolutamente irresponsable, con nuestros conocimientos actuales, exponer embriones humanos a un riesgo seguro de modificaciones genéticas imprevistas y desconocidas. Que es exactamente lo que sucedió con estas niñas gemelas en China, desgraciadamente.
Dado que los padres de las parejas a quienes He Jiankui convenció para enrolarse en este experimento eran portadores del virus VIH inicialmente se especuló que los habían convencido para asegurar el nacimiento de hijos sin peligro de ser infectados por el virus VIH. Sin embargo, existen procedimientos médicos de lavado de esperma, previos a la fecundación in vitro, que garantizan que cualquier varón portador de VIH pueda tener descendencia libre de este virus. Y, ahora sabemos que estos procedimientos se usaron en este experimento llevado a cabo por el equipo de He Jiankui. ¿Cuál era pues la motivación para abordarlos? De la lectura de los párrafos revelados de la discusión del manuscrito parece deducirse que la intención última de He Jiankui era una ensoñación mesiánica. Pretendía aportar una solución a largo plazo para disminuir el riesgo de transmisión del VIH en la población en general, mediante la estrategia de generar niños resistentes a la infección. Pero esto es una idea ridícula y absurda, además de irrealizable y utópica, que, en el mejor de los casos, tardaría demasiado tiempo en convertirse en algo mínimamente efectivo. Puede que las parejas aceptaran participar porque no supieron realmente que estaban participando en un experimento arriesgado, ilegal e imprudente, y que la posibilidad de acceder a la fecundación in vitro de forma gratuita, y la promesa de que los hijos serían supervisados medicamente hasta los 18 años de edad, fuera suficiente para convencerlas.
A pesar de anunciarlo en diversas ocasiones, el manuscrito de He Jiankui no aporta ninguna prueba científica que demuestre haber conseguido lo que pretendía, esto es, que las niñas nacidas sean resistentes a la infección por el virus VIH. Ahora sabemos que no lo pueden ser. Las gemelas son mosaicos y algunas de sus células mantienen el gen CCR5 intacto por lo que el virus podría seguir infectándolas. Otras células tendrán mutaciones distintas a las inicialmente planeadas. Ignoramos cuál puede ser el efecto de estas otras mutaciones frente a la entrada, o no, del virus del SIDA en las células. Ni las consecuencias que puede tener para el sistema inmunológico el portar mutaciones nunca antes detectadas en seres humanos.
Primera página del manuscrito de He Jiankui en el cual describe el experimento realizado para obtener las dos niñas gemelas editadas genéticamente mediante CRISPR, ahora parcialmente hecho público por MIT Technology Review.
Finalmente, del análisis del manuscrito y de las circunstancias que concurrieron en el proceso de remisión a las dos revistas conocidas, se deduce que el experimento inicialmente no se inscribió en el registro correspondiente en China, y que solo se hizo a posteriori, cuando la revista Nature lo solicitó, algo totalmente irregular e inaceptable. También sospechamos de la validez de la supuesta aprobación del experimento por parte de un comité ético, algo puesto en duda por las propias autoridades chinas en el único comunicado publicado, a principios de este año. Tampoco resulta creíble que la lista de coautores del manuscrito no incluya ningún ginecólogo del hospital donde debieron nacer estas niñas, lo que abre la posibilidad de que los facultativos implicados pudieran no estar al corriente de la investigación en la que estaban participando. Numerosas irregularidades que, hasta el momento, han impedido la publicación de este experimento en alguna revista científica seria.
Hay quien sigue dudando de la existencia de estas niñas editadas, de las que no tenemos más noticias que las referencias aportadas por He Jiankui en sus vídeos y en la cumbre de Hong-Kong y, ahora, en el manuscrito parcialmente hecho público. Las autoridades chinas dieron a entender que se ocuparían de ellas, pero se negaron a aportar ningún dato que permitiera identificarlas, en aras de proteger su privacidad. En estos momentos, con He Jiankui desaparecido, su laboratorio desmantelado y sin nueva información oficial procedente de China, resulta difícil pensar que vayamos a saber nada más sobre ellas. Ni de los supuestos embarazos adicionales que anunció, de los que nunca más se supo. Un análisis de sangre de las niñas confirmaría que sus células han sido editadas genéticamente, pero hasta el momento eso no ha sido posible.
Un año después de conocer un experimento que sobresaltó a la comunidad científica y a la sociedad en general, y tras conocer nuevos datos de lo que habría pasado, se confirma la tremenda irresponsabilidad (e ilegalidad) en la que incurrió He Jiankui. Numerosas instituciones y agencias internacionales se han posicionado en contra, o han solicitado la adopción de moratorias internacionales, obligatorias o voluntarias, o la creación de registros de quien intente editar embriones humanos con objetivos reproductivos, o facilitar a quien sepa de estos experimentos para que pueda contarlo y denunciarlo. La falta de regulación sobre estos temas en muchos países y la falta de un consenso internacional al respecto no augura un futuro demasiado prometedor. Al contrario, parece factible imaginar que otros investigadores caerán en la tentación de volver a intentar este experimento, y quizás no sabremos de su existencia. Por ello hay científicos, como Kiran Musunuru, que piensan que es necesario publicar el manuscrito de He Jiankui. La puesta en común de todos los errores científicos y éticos que contiene podrían desactivar la repetición de estos experimentos, y propiciar la necesidad de acordar unas mínimas normas internacionales que pudieran ser trasladas a las legislaciones nacionales.
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[5] "He Jiankui es un criminal con un justo castigo"
Lluis Montoliu, uno de los más prestigiosos genetistas de España, valora a sentencia que condena al genetista chino que manipuló dos embriones para que fueran inmunes al virus del SIDA
La justicia china ha condenado a tres años de cárcel al He Jiankui, el científico que hace un año anunció que había manipulado genéticamente dos embriones para que nacieran bebés inmunes al virus del SIDA. China no había firmado el Convenio Internacional que prohíbe este tipo de prácticas, pero la condena demuestra que tampoco las va a autorizar en su territorio.
Lluís Montoliu es uno de los más prestigiosos genetistas de España y no duda a la hora de valorar la sentencia de la justicia china que ha condenado a tres años de prisión a He Jiankui: "Es un criminal. Hizo un expermiento que nunca debió realizarse yahora tiene su justo castigo".
La tecnología CRISPR
El CRISPR es una técnica de edición de ADN que, hasta ahora, sólo se había utilizado en laboratorio: "Nosotros en laboratorio podemos jugar o trabajar con una incertidumbre, pero no es éticamente aceptable trasladar este riesgo a personas. Estas niñas tienen diversas copias de sus genes en sus células que hace que tengan que estar bajo supervisión médica el resto de su vida". He Jiankui pretendió reproducir una mutación que tienen las personas inmunes al virus del SIDA, pero lo que consiguió fue "mutaciones distintas, impredecibles, él lo supo y continuó con el experimento", explica Montoliu. "Yo te puedo decir que si yo intentara hacer un experimento acabaría en Soto del Real", remata el genetista.
¿Dentro de 50 años el hoy delincuente no será un Premio Nobel? Lluís Montoliu lo tiene claro: "A mí no me interesa un investigador que sabiendo que está a punto de cometer una imprudencia, no recapacita y decide implantar estos embriones a sabiendas de que eran genéticamente anómalos y que iban a generar problemas. No creo que nunca consideremos a esta persona digna de cualquier reconocimiento".
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[6] ONU: Convención internacional contra la clonación de seres humanos con fines de reproducción
Asamblea General Distr. general 24 de febrero de 2005 Español Original: inglés Quincuagésimo noveno período de sesiones Tema 150 del programa
Convención internacional contra la clonación de seres humanos con fines de reproducción
Informe de la Sexta Comisión
Relatora: Sra. Anna Sotaniemi (Finlandia)
I. Introducción
1. 1. La recomendación anterior formulada por la Sexta Comisión en relación con el tema 150 aparece en el informe de la Comisión que figura en el documento A/59/516.
2. 2. En su 76ª sesión plenaria, celebrada el 23 de diciembre de 2004, la Asamblea General, en su decisión 59/547, por recomendación de la Sexta Comisión, decidió establecer un Grupo de Trabajo encargado de ultimar el texto de una declaración de las Naciones Unidas sobre la clonación humana, sobre la base del proyecto de reso¬lución titulado “Declaración de las Naciones Unidas sobre la Clonación Humana” (A/C.6/59/L.26) y presentar un informe a la Sexta Comisión durante el quincuagé¬simo noveno período de sesiones.
3. 3. La Sexta Comisión reanudó el examen del tema en su 28ª sesión, celebrada el 18 de febrero de 2005. Las opiniones de los representantes que hicieron uso de la palabra durante el examen del tema en el seno de la Comisión se recogen en las actas resumidas correspondientes (A/C.6/59/SR.28).
4. 4. Para su examen del tema, la Comisión tuvo ante sí el informe del Grupo de Trabajo establecido de conformidad con la decisión 59/547 de la Asamblea General, que figura en el documento A/C.6/59/L.27/Rev.1, que incluía dos proyectos de re¬solución (anexos I y II del informe) y un proyecto de enmienda (anexo III) al pro¬yecto de resolución que figura en el anexo II. El Presidente del Grupo de Trabajo presentó el informe en la 28ª sesión de la Comisión (véase A/C.6/59/SR.28).
II. Examen de las propuestas
5. En su 28ª sesión, celebrada el 18 de febrero, la Comisión procedió sobre la base de los proyectos de resolución titulados “Declaración de las Naciones Unidas sobre la Clonación Humana” que figuran en los anexos I y II del informe del Grupo de Trabajo.
.A. Moción para invertir el orden de examen con arreglo al artículo 131
6. El representante de Honduras, patrocinador del proyecto de resolución que fi¬gura en el anexo I del documento A/C.6/59/L.27/Rev.1, propuso, de conformidad con el artículo 131 del reglamento, invertir el orden de examen de las propuestas que tenía ante sí la Comisión, a fin de examinar primero la propuesta que figura en el anexo I del documento A/C.6/59/L.27/Rev.1 y en segundo lugar la propuesta que figura en el anexo II del documento A/C.6/59/L.27/Rev.1 . Los representantes de Alemania, México, Italia, Uganda, Nigeria y Trinidad y Tabago formularon declaraciones a favor de la moción. Los representantes de Bélgica, Suecia, el Canadá, Chi¬na y la República de Corea formularon declaraciones en contra de la moción. Puesto que no hubo consenso respecto de los asuntos en examen, el representante de Turquía, en nombre de los Estados Miembros de las Naciones Unidas que son miembros de la Organización de la Conferencia Islámica (OCI), reservó el derecho de los países de la OCI a abstenerse de votar. La moción fue aprobada, en votación registrada por 69 votos a favor, contra 39 y 39 abstenciones.
El resultado de la votación fue el siguiente:
Votos a favor:
Albania, Alemania, Andorra, Angola, Antigua y Barbuda, Australia, Bangla¬desh, Belice, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Brunei Darussalam, Burundi, Chile, Costa Rica, Croacia, Ecuador, El Salvador, Eritrea, Eslovaquia, Estados Unidos de América, Etiopía, ex República Yugoslava de Macedonia, Filipinas, Gambia, Georgia, Granada, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Hungría, Ir¬landa, Islas Marshall, Italia, Kazajstán, Kenya, Kirguistán, Lesotho, Liech¬tenstein, Madagascar, Malta, Mauricio, México, Micronesia (Estados Federa¬dos de), Mónaco, Nicaragua, Nigeria, Panamá, Papua Nueva Guinea, Para¬guay, Perú, Portugal, Qatar, República Democrática del Congo, República Unida de Tanzanía, Rwanda, Saint Kitts y Nevis, San Marino, Santa Lucía, Senegal, Sierra Leona, Sudán, Suiza, Suriname, Timor-Leste, Trinidad y Taba¬go, Ucrania, Uganda, Uzbekistán.
Votos en contra:
Argentina, Bahamas, Barbados, Belarús, Bélgica, Botswana, Brasil, Bulgaria, Camboya, Canadá, China, Colombia, Cuba, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, India, Islandia, Jamaica, Japón, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Mongolia, Nueva Zelandia, Países Bajos, Polonia, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Árabe Siria, República Checa, República de Corea, Singapur, Suecia, Tailandia, Tonga, Venezuela (República Bolivariana del, Viet Nam.
Abstenciones:
Arabia Saudita, Argelia, Armenia, Austria, Azerbaiyán, Bahrein, Burkina Fa¬so, Chipre, Comoras, Djibouti, Egipto, Emiratos Árabes Unidos, Eslovenia, España, Federación de Rusia, Indonesia, Irán (República Islámica del), Iraq, Jordania, Kuwait, Líbano, Malasia, Maldivas, Malí, Marruecos, Namibia, Ne¬pal, Noruega, Omán, República de Moldova, Rumania, Serbia y Montenegro, Sri Lanka, Sudáfrica, Túnez, Turquía, Uruguay, Yemen, Zimbabwe.
B. Examen del proyecto de resolución que figura en el anexo I del documento A/C.6/59/L.27/Rev.1
7. Antes de que la Comisión adoptara medidas respecto del proyecto de resolución, el representante de Bélgica propuso tres enmiendas al proyecto de declaración que figura en el anexo del proyecto de resolución que consta en el anexo I del documento A/59/L.27/Rev.1, que debía ser examinado por separado. Los representantes del Japón, los Países Bajos, el Brasil y Bélgica formularon declaraciones a favor de las enmiendas propuestas. Los representantes de Honduras, Costa Rica y Nigeria formularon declaraciones en contra de las enmiendas propuestas. Enmienda del segundo párrafo del preámbulo del proyecto de declaración
8. Conforme a la primera enmienda, se añadiría el texto siguiente al final del segundo párrafo del preámbulo del proyecto de declaración que figura en el anexo del proyecto de resolución: “y en particular, su artículo 11 según el cual no deben permitirse las prácticas que sean contrarias a la dignidad humana, como la clonación con fines de reproducción de seres humanos” 2. 9. La enmienda fue aprobada, en votación registrada por 59 votos a favor, con¬tra 47 y 41 abstenciones. El resultado de la votación fue el siguiente:
Votos a favor:
Alemania, Argentina, Armenia, Bahamas, Belarús, Bélgica, Botswana, Brasil, Bulgaria, Camboya, Canadá, Chile, China, Chipre, Colombia, Croacia, Cuba, Dinamarca, Ecuador, Estonia, Federación de Rusia, Finlandia, Francia, Ghana, Granada, Grecia, Hungría, India, Islandia, Jamaica, Japón, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malí, Marruecos, Mauricio, México, Mónaco, Mongolia, Namibia, Nueva Zelandia, Países Bajos, Polonia, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Checa, República de Corea, República Popular Democráti¬ca de Corea, Singapur, Sri Lanka, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Tailandia, Tonga, Uruguay, Venezuela (República Bolivariana de), Viet Nam, Zimbabwe.
Votos en contra:
Albania, Antigua y Barbuda, Arabia Saudita, Australia, Bangladesh, Belice, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Burundi, Costa Rica, El Salvador, Emiratos Árabes Unidos, Eritrea, Eslovaquia, Estados Unidos de América, Etiopía, Fili¬pinas, Gambia, Georgia, Guatemala, Haití, Honduras, Irlanda, Islas Marshall, Italia, Kazajstán, Kenya, Kirguistán, Lesotho, Madagascar, Malta, Micronesia (Estados Federados de), Nicaragua, Nigeria, Panamá, Papua Nueva Guinea, Portugal, Rwanda, Saint Kitts y Nevis, San Marino, Santa Lucía, Sudán, Suri¬name, Timor-Leste, Trinidad y Tabago, Uganda, Uzbekistán.
Abstenciones:
Argelia, Austria, Azerbaiyán, Bahrein, Barbados, Brunei Darussalam, Burkina Faso, Comoras, Congo, Djibouti, Egipto, Eslovenia, España, ex República Yugoslava de Macedonia, Indonesia, Irán (República Islámica del, Iraq, Jordania, Kuwait, Líbano, Liechtenstein, Malasia, Maldivas, Nepal, Noruega, Omán, Pakistán, Paraguay, Perú, Qatar, República Árabe Siria, República de Moldova, República Democrática del Congo, Rumania, Senegal, Serbia y Montenegro, Sierra Leona, Túnez, Turquía, Ucrania, Yemen.
Enmienda para suprimir el párrafo a) de la parte dispositiva del proyecto de declaración 1. 10. Conforme a la segunda enmienda se suprimiría el párrafo a) de la parte dispo¬sitiva del proyecto de declaración que figura en el anexo del proyecto de resolución.
2. 11. La enmienda fue rechazada, en votación registrada, por 48 votos a favor con¬tra 57 y 42 abstenciones. El resultado de la votación fue el siguiente:
Votos a favor:
Argentina, Armenia, Bahamas, Belarús, Bélgica, Botswana, Brasil, Bulgaria, Camboya, Canadá, China, Colombia, Cuba, Dinamarca, Estonia, Federación de Rusia, Finlandia, Francia, Ghana, Granada, Grecia, Hungría, India, Islandia, Jamaica, Japón, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malí, Mongolia, Namibia, Nueva Zelandia, Países Bajos, Polonia, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Checa, República de Corea, República Popular Democrática de Corea, Singapur, Sri Lanka, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Tailandia, Tonga, Venezuela (República Bolivariana de), Zimbabwe.
Votos en contra:
Albania, Antigua y Barbuda, Arabia Saudita, Australia, Bangladesh, Belice, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Brunei Darussalam, Burundi, Chile, Costa Ri¬ca, Croacia, Ecuador, El Salvador, Emiratos Árabes Unidos, Eritrea, Eslova¬quia, Estados Unidos de América, Etiopía, Filipinas, Gambia, Georgia, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Irlanda, Islas Marshall, Italia, Kazajstán, Kenya, Kirguistán, Lesotho, Madagascar, Malta, Marruecos, Mauricio, México, Micronesia (Estados Federados de), Nicaragua, Nigeria, Panamá, Papua Nueva Guinea, Portugal, República Democrática del Congo, República Unida de Tanzanía, Rwanda, Saint Kitts y Nevis, San Marino, Santa Lucía, Sudán, Suriname, Timor-Leste, Trinidad y Tabago, Uganda, Uzbekistán.
Abstenciones:
Alemania, Argelia, Austria, Azerbaiyán, Bahrein, Barbados, Burkina Faso, Chipre, Congo, Djibouti, Egipto, Eslovenia, España, ex República Yugoslava de Macedonia, Indonesia, Irán (República Islámica del, Iraq, Jordania, Kuwait, Líbano, Liechtenstein, Malasia, Maldivas, Nepal, Níger, Noruega, Omán, Pakistán, Paraguay, Perú, Qatar, República Árabe Siria, República de Moldo¬va, Rumania, Senegal, Serbia y Montenegro, Sierra Leona, Túnez, Turquía, Ucrania, Uruguay, Yemen.
Enmienda para sustituir el párrafo b) de la parte dispositiva del proyecto de declaración 12. Conforme a la tercera enmienda, se sustituiría el párrafo b) de la parte dispositiva del proyecto de declaración que figura en el anexo del proyecto de resolución por el texto siguiente: “Los Estados Miembros habrán de prohibir la clonación con fines de repro¬ducción de seres humanos; también habrán de prohibir otras formas de clonación humana en la medida en que sean incompatibles con la dignidad humana.” 2. 13. La enmienda fue rechazada, en votación registrada, por 52 votos a favor contra 55 y 42 abstenciones. El resultado de la votación fue el siguiente:
Votos a favor:
Argentina, Armenia, Bahamas, Belarús, Bélgica, Botswana, Brasil, Bulgaria, Camboya, Canadá, China, Chipre, Colombia, Cuba, Dinamarca, Estonia, Federación de Rusia, Finlandia, Francia, Ghana, Granada, Grecia, Hungría, India, Islandia, Jamaica, Japón, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malí, Mauricio, Mongolia, Namibia, Países Bajos, Nueva Zelandia, Polonia, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Checa, República de Corea, República Popular Democrática de Corea, Singapur, Sudáfrica, Sri Lanka, Suecia, Suiza, Tailandia, Tonga, Uruguay, Venezuela (República Bolivariana de), Viet Nam, Zimbabwe.
Votos en contra:
Albania, Antigua y Barbuda, Arabia Saudita, Australia, Bangladesh, Belice, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Burundi, Comoras, Costa Rica, Croacia, El Salvador, Emiratos Árabes Unidos, Eritrea, Eslovaquia, Estados Unidos de América, Etiopía, Filipinas, Gambia, Georgia, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Iraq, Irlanda, Islas Marshall, Italia, Kazajstán, Kenya, Kirguistán, Lesotho, Madagascar, Malta, Marruecos, Micronesia (Estados Federados de), Nicaragua, Nigeria, Panamá, Papua Nueva Guinea, Paraguay, Portugal, Repú¬blica Democrática del Congo, República Unida de Tanzanía, Rwanda, Saint Kitts y Nevis, San Marino, Santa Lucía, Sudán, Suriname, Timor Leste, Trini¬dad y Tabago, Uganda, Uzbekistán.
Abstenciones:
Alemania, Argelia, Austria, Azerbaiyán, Bahrein, Barbados, Brunei Darussalam, Burkina Faso, Chile, Congo, Djibouti, Ecuador, Egipto, Eslovenia, España, ex República Yugoslava de Macedonia, Indonesia, Irán (República Islámica del), Jordania, Kuwait, Líbano, Liechtenstein, Malasia, Maldivas, México, Nepal, Níger, Noruega, Omán, Pakistán, Perú, Qatar, República Árabe Siria, República de Moldova, Rumania, Senegal, Serbia y Montenegro, Sierra Leona, Túnez, Turquía, Ucrania, Yemen.
Examen de la totalidad del proyecto de resolución en su forma enmendada
14. La Comisión aprobó, en votación registrada, el proyecto de resolución que figura en el anexo I del documento A/C.6/59/L.27/Rev.1, por 71 votos a favor contra 35 y 43 abstenciones (véase párr. 17). El resultado de la votación fue el siguiente:
Votos a favor:
Albania, Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Arabia Saudita, Australia, Austria, Bangladesh, Belice, Bolivia, Bosnia y Herzegovina, Brunei Darussa¬lam, Burundi, Chile, Comoras, Costa Rica, Croacia, Ecuador, El Salvador, Emiratos Árabes Unidos, Eritrea, Eslovaquia, Eslovenia, Estados Unidos de América, Etiopía, ex República Yugoslava de Macedonia, Federación de Ru¬sia, Filipinas, Gambia, Georgia, Granada, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Hungría, Irlanda, Islas Marshall, Italia, Kazajstán, Kenya, Kirguistán, Le¬sotho, Liechtenstein, Madagascar, Malta, Marruecos, Mauricio, México, Micronesia (Estados Federados de), Mónaco, Nicaragua, Nigeria, Panamá, Papua Nueva Guinea, Paraguay, Perú, Portugal, Qatar, República Democrática del Congo, República Unida de Tanzanía, Rwanda, Saint Kitts y Nevis, San Mari¬no, Santa Lucía, Sudán, Suriname, Suiza, Timor Leste, Uganda, Uzbekistán.
Votos en contra:
Belarús, Bélgica, Brasil, Bulgaria, Camboya, Canadá, China, Chipre, Colombia, Cuba, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, India, Islandia, Jamaica, Japón, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Noruega, Nueva Zelandia, Países Bajos, Polonia, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, República Checa, República de Corea, República Popular Democrática de Corea, Singapur, Suecia, Tailandia, Tonga, Venezuela (República Bolivariana de).
Abstenciones:
Argelia, Argentina, Armenia, Azerbaiyán, Bahamas, Bahrein, Barbados, Botswana, Burkina Faso, Congo, Djibouti, Egipto, España, Ghana, Indonesia, Irán (República Islámica del), Iraq, Jordania, Kuwait, Líbano, Malasia, Maldivas, Malí, Mongolia, Namibia, Nepal, Níger, Omán, Pakistán, República Árabe Siria, República de Moldova, Rumania, Senegal, Serbia y Montenegro, Sierra Leona, Sri Lanka, Sudáfrica, Túnez, Turquía, Ucrania, Uruguay, Yemen, Zimbabwe. 15. Los representantes de la República de Corea, la República Árabe Siria, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Bélgica, Singapur, China, el Japón, la Federación de Rusia, Finlandia, Dinamarca, Suecia, Mongolia, Noruega, Francia, Cuba, Nigeria, Costa Rica, los Estados Unidos de América, el Brasil, Venezuela, el Canadá, los Países Bajos y Alemania formularon declaraciones en explicación de su posición tras la votación; el observador de la Santa Sede también formuló una declaración (véase A/C.6/59/SR.28).
C. Examen del proyecto de resolución que figura en el anexo II del documento A/C.6/59/L.27/Rev.1
16. En vista de la aprobación del proyecto de resolución que figura en el anexo I del documento A/C.6/59/L.27/Rev.1, en su forma enmendada, la Comisión, por su¬gerencia del Presidente, decidió no adoptar medidas respecto del proyecto de reso¬lución que figura en el anexo II del documento A/C.6/59/L.27/Rev.1. A/59/516/Add.1
III. Recomendación de la Sexta Comisión
17. La Sexta Comisión recomienda a la Asamblea General que apruebe el si¬guiente proyecto de resolución: Declaración de las Naciones Unidas sobre la Clonación Humana La Asamblea General, Recordando su resolución 53/152 de 9 de diciembre de 1998, en la que hizo suya la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos , Aprueba la Declaración de las Naciones Unidas sobre la Clonación Humana que figura en el anexo de la presente resolución.
Anexo
Declaración de las Naciones Unidas sobre la Clonación Humana
La Asamblea General, Guiándose por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, Recordando la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos, aprobada por la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura el 11 de noviembre de 1997, y en particular su artículo 11, según el cual no deben permitirse las prácticas que sean contrarias a la dignidad humana, como la clonación con fines de reproducción de seres humanos, Recordando también su resolución 53/152, de 9 de diciembre de 1998, en la que hizo suya la Declaración Universal sobre el Genoma Humano y los Derechos Humanos, Consciente de los problemas éticos que algunas aplicaciones de las ciencias biológicas en rápida evolución pueden plantear con respecto a la dignidad del género humano, los derechos humanos y las libertades fundamentales de la persona, Reafirmando que la aplicación de las ciencias biológicas debe tratar de mitigar los sufrimientos y mejorar la salud de la persona y la especie humana en general, Haciendo hincapié en que el avance científico y técnico de las ciencias biológicas debe promoverse salvaguardando el respeto de los derechos humanos y el beneficio de todos, Consciente de los graves peligros médicos, físicos, psicológicos y sociales que la clonación humana puede entrañar para quienes participan en ella, y consciente también de la necesidad de impedir la explotación de la mujer, Convencida de la urgente necesidad de prevenir los posibles peligros de la clonación humana para la dignidad humana,
Declara solemnemente lo siguiente:
a) Los Estados Miembros habrán de adoptar todas las medidas necesarias para proteger adecuadamente la vida humana en la aplicación de las ciencias biológicas; b) Los Estados Miembros habrán de prohibir todas las formas de clonación humana en la medida en que sean incompatibles con la dignidad humana y la protección de la vida humana; c) Los Estados Miembros habrán de adoptar además las medidas necesarias a fin de prohibir la aplicación de las técnicas de ingeniería genética que pueda ser contraria a la dignidad humana; d) Los Estados Miembros habrán de adoptar medidas para impedir la explotación de la mujer en la aplicación de las ciencias biológicas; e) Los Estados Miembros habrán también de promulgar y aplicar sin demora legislación nacional para poner en práctica los apartados a) a d); f) Los Estados Miembros habrán además de tener en cuenta, en su financiación de la investigación médica, incluidas las ciencias biológicas, cuestiones acu¬ciantes de alcance mundial como el VIH/SIDA, la tuberculosis y la malaria, que afectan particularmente a los países en desarrollo.
♦♦♦♦♦
[7] Clonación humana : aspectos bioéticos y legales
Por Paloma Huguet Santos
RESUMEN: En nuestros días, la clonación es un tema que suscita un gran rechazo social por el hecho de poder aplicar las prácticas de clonación en la especie humana teniendo en cuenta las posibles consecuencias que ello podría acarrear. La clonación es la formación de un grupo de individuos con el mismo genotipo mediante multiplicación asexual.Cabe destacar que al hablar de clonación existen dos técnicas de clonación: la gemelación artificial y la transferencia de núcleos. En la gemelación artificial se produce la división de un embrión en dos o más partes en los primeros estadios del desarrollo embrionario. La transferencia nuclear de células somáticas consiste en la introducción de un núcleo extraído de una célula al citoplasma de un ovocito ( o, en ocasiones de un cigoto) que ha sido previamente enucleado. Dichos núcleos pueden provenir de células embrionarias o fetales o de células de individuos ya nacidos. Con respecto a la clonación en humanos hay que diferenciar la clonación reproductiva y la no reproductiva (con fines terapéuticos). La posibilidad de generar embriones clónicos mediante transferencia nuclear a partir de células somáticas provoca diferentes reacciones desde el punto de vista científico y moral. A través de la técnica de clonación por transferencia nuclear se pueden utilizar células troncales para realizar transferencias autólogas (clonación terapéutica). Por su parte, la clonación reproductiva en seres humanos resulta ser una práctica éticamente inaceptable ya que los individuos clónicos son medios para un determinado fin. La identidad única del ser clónico queda violada. Por último, es interesante resaltar que existen declaraciones y convenios internacionales que tratan de responder de forma efectiva en torno a la condena y prohibición de la clonación en seres humanos. Sin embargo, dichos textos no llegan a tener una fuerza legal suficiente ante la prohibición de la clonación a nivel mundial.
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