Esbozos de una moral sin sanción ni obligación, de Jean-Marie Guyau – PARTE 11

INDICE de CAPITULOS  «ESBOZOS DE UNA MORAL SIN SANCIóN NI OBLIGACIóN», J. M. Guyau

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Esbozos de una moral sin sanción ni obligación

 Jean-Marie Guyau

PARTE 11

 

Libro tercero

La idea de sanción

 

 

 Capítulo primero

1

Crítica de la sanción natural y de la sanción moral

La humanidad ha considerado casi siempre a la ley moral y su sanción como inseparables; para la mayoría de los moralistas, el vicio tiene como consecuencia racional al sufrimiento, la virtud constituye una especie de derecho a la felicidad. La idea de sanción ha parecido también hasta aquí, una de las nociones primitivas y esenciales de toda moral. De acuerdo a los estoicos y a los kantianos, es cierto que la sanción no sirve en absoluto para fundar la ley; sin embargo, es el complemento necesario; según Kant el pensamiento de todo ser racional une a priori la desgracia al vicio, la felicidad a la virtud mediante un juicio sintético. A los ojos de Kant, tal es la fuerza y la legitimidad de ese juicio que, si la sociedad humana decidiese de pleno acuerdo disolverse, debería ante todo, antes de la dispersión de sus miembros, ejecutar hasta el último criminal encerrado en sus prisiones; debería liquidar esta especie de deuda del castigo que recae sobre ella y que recaerá más tarde sobre Dios. Hasta ciertos moralistas deterministas, que niegan en suma el mérito y el demérito, parecen ver, sin embargo, una legítima necesidad intelectual en esta tendencia de la humanidad a considerar todo acto como seguido por una sanción. Finalmente los utilitarios como por ejemplo Sidgwick, parecen admitir no sé qué lazo místico entre tal género de conducta y tal estado feliz o desdichado de la sensibilidad; Sidgwick cree poder recurrir en nombre del utilitarismo, a las penas y recompensas de la otra vida; la ley moral, sin una sanción definitiva, le parecería conducir a una fundamental contradicción (1).

Como la idea de sanción es uno de los principios de la moral humana, se halla también en el fondo de toda religión -cristiana, pagana o budista. No hay una religión que no admita una providencia, y la providencia no es más que una especie de justicia distributiva que, después de haber obrado incompletamente en este mundo, toma su desquite en otro; esta justicia distributiva es lo que los moralistas entienden por sanción. Se puede decir que la religión consiste esencialmente en esta creencia; que hay una sanción metafísicamente ligada a todo acto moral, en otros términos, que debe existir en el orden profundo de las cosas, una proporcionalidad entre el estado bueno o malo de la voluntad y el estado bueno o malo de la sensibilidad. Parece, pues, que la religión y la moral coinciden respecto a este punto, que sus exigencias mutuas están de acuerdo, mucho más que la moral se completa con la religión; la idea de justicia distributiva y de sanción, colocada habitualmente, en primer rango entre nuestras nociones morales, reclama, en efecto, naturalmente, bajo una forma u otra, la de una justicia celeste.

Quisiéramos esbozar aquí la crítica de esta importante idea de sanción, para depurarla de toda especie de alianza mística. ¿Es verdad que existe un lazo natural o racional entre la moralidad del querer y una recompensa o una pena aplicada a la sensibilidad? En otros términos: ¿tienen derecho a verse asociados el mérito intrínseco a un goce, o el demérito a un dolor? Tal es el problema que se puede todavía plantear en forma de ejemplo, preguntando: ¿Existe alguna clase de razón (fuera de las consideraciones sociales), para que el más grande criminal reciba, debido a su crimen, un simple alfilerazo, y el hombre virtuoso un precio por su virtud ? ¿Tiene el mismo agente moral, por lo que a él se refiere, aparte de las cuestiones de utilidad o de higiene moral, el deber de castigar por castigar o de recompensar por recompensar?

Quisiéramos demostrar hasta qué punto es moralmente condenable la idea que se forman de la sanción la moral y la religión vulgares. Desde el punto de vista social, la sanción verdaderamente racional de una ley no podría ser más que una defensa de esta ley, y a esta defensa, inútil con respecto a todo acto pasado, la veremos alcanzar solamente a lo futuro. Desde el punto de vista moral, sanción parece significar simplemente, de acuerdo a la misma etimología, consagración, santificación; ahora bien, si para los que admiten una ley moral, es verdaderamente el carácter santo y sagrado de la ley lo que le da fuerza de ley, este carácter debe implicar, de acuerdo a la idea que nos hacemos hoy de la santidad y la divinidad ideal, una especie de renunciamiento, de desinterés supremo; cuanto más sagrada es una ley, más desarmada debe estar, de tal manera que, en lo absoluto y fuera de las conveniencias sociales, la verdadera sanción parece deber ser la completa impunidad de la cosa realizada. También veremos que toda justicia propiamente penal es injusta; mucho más: toda justicia distributiva tiene un carácter exclusivamente social y sólo puede ser justificada desde el punto de vista de la sociedad en general, lo que llamamos justicia es una  noción completamente humana y relativa; sólo la caridad o la piedad (sin la significación pesimista que le da Schopenhauer) es una idea verdaderamente universal, que no puede ser limitada o restringida por nada.

 

2

Sanción natural

Los moralistas clásicos tienen la costumbre de ver en la sanción natural una idea del mismo orden que la de la expiación; la naturaleza comienza, según ellos, lo que la humanidad y Dios deben continuar; quien quiera que viole las leyes naturales, se halla ya castigado de una manera que, de creerles, anuncia y prepara el castigo que resulta de las leyes morales. Nada más inexacto a nuestros ojos que esta concepción. La naturaleza no castiga a nadie (en el sentido en que la moral clásica toma esa palabra) y la naturaleza no tiene a nadie para castigar por la razón de que no hay verdaderos culpables de delito contra ella; no se viola una ley natural, o entonces no sería ya una  ley natural; la pretendida violación de una ley de la naturaleza, es siempre una verificación de ella, una demostración visible. La naturaleza es un gran mecanismo siempre en marcha que la voluntad del individuo no podría entorpecer ni un instante; tritura tranquilamente al que cae en sus engranajes; ser o no ser; no conoce otro castigo ni otra recompensa. Si se pretende violar la ley de la gravedad, inclinándose demasiado afuera en lo alto de la torre de Saint-Jacques, se verá uno obligado de inmediato a presentar la comprobación sensible de esta ley, destrozándose en el suelo. Si se quiere, como cierto personaje de un novelista moderno, detener una locomotora lanzada a toda velocidad mediante una barra de hierro, se experimentará, a propia costa, la inferioridad de la fuerza humana respecto a la del vapor.

De la misma forma, la indigestión de un glotón o la ebriedad de un bebedor, no tienen en la naturaleza ninguna clase de carácter moral y penal; simplemente, permiten al paciente calcular la fuerza de resistencia que su estómago o su cerebro pueden ofrecer a la nociva influencia de tal masa de alimentos o de tal cantidad de alcohol; es también una ecuación matemática que se plantea, más complicada esta vez, y que sirve para verificar los teoremas generales de la higiene y de la fisiología. Por lo demás, esta fuerza de resistencia de un estómago o de un cerebro, variará mucho de acuerdo a los individuos; nuestro bebedor aprenderá que no puede beber como Sócrates, y nuestro glotón que no tiene el estómago del emperador Maximino. Hagamos notar que las consecuencias naturales en un acto, jamás están ligadas a la intención que ha dictado ese acto; arrojaos al agua sin saber nadar, y, sea por abnegación o por simple desesperación, os ahogaréis igualmente rápido. Tened un buen estómago y ninguna predisposición a la gota; podréis comer con exceso casi impunemente; por el contrario, sed dispépticos, y estaréis condenados sin cesar a sufrir el suplicio de la inanición relativa. Otro ejemplo: habéis cedido a un acceso de intemperancia; esperáis con inquietud la sanción de la naturaleza; algunas gotas de una medicina la evitará cambiando los términos de la ecuación que se plantea en vuestro organismo. La justicia de las cosas es, pues, a la vez, absolutamente inflexible desde el punto de vista matemático y absolutamente incorruptible desde el punto de vista moral.

Para decirlo mejor, las leyes de la naturaleza, como tales, son inmorales o, si se quiere, amorales, precisamente porque son necesarias; cuanto más inviolables son de hecho, tanto menos santas y sagradas son y menos sanción real tienen. El hombre no ve en ellas más que un obstáculo móvil que trata de rechazar. Todas sus audacias contra la naturaleza no son más que felices o desdichadas experiencias y sus resultados tienen un valor científico, en modo alguno moral.

Se ha ensayado, no obstante, mantener la sanción natural, estableciendo una especie de armonía secreta, que la estética hace visible, entre la marcha de la naturaleza y la de la voluntad moral. La moralidad comunicaría necesariamente a los que la poseen una superioridad en el orden mismo de la naturaleza. La experiencia moral -se ha dicho- muestra una dependencia de esa índole entre el bien moral y el físico, entre lo hermoso o lo feo manifestados materialmente y lo hermoso o lo feo del orden de las pasiones y las ideas, y tan bien se ve modificarse a los órganos, modelarse de acuerdo a sus funciones habituales, que no es dudoso que si la vida humana pudiese prolongarse suficientemente, a la larga acabaría por mostrarnos, debido al abandono cada vez más instintivo de ciertos hombres a todos los vicios, a la dominación adquirida por ciertos otros, o a sus facultades convertidas al bien, monstruos por un lado y verdaderos hombres por el otro (2).

Hagamos notar, ante todo, que esta ley de armonía entre la naturaleza y la moralidad que se esfuerzan por establecer, es más válida para la especie que para la vida individual, aún prolongada; se requiere una serie de generaciones y de modificaciones específicas para que una cualidad moral se manifieste mediante una cualidad física, y un defecto mediante una fealdad. Además los partidarios de la sanción estética parecen confundir enteramente la inmoralidad con lo que se puede llamar bestialidad, es decir el abandono absoluto a los instintos groseros, la ausencia elevada, de todo razonamiento sutil. La inmoralidad no es necesariamente tal cosa; puede coincidir con el refinamiento de espíritu, puede no rebajar la inteligencia; ahora bien, lo que se manifiesta en los órganos del cuerpo es más bien la decadencia de la inteligencia, que la desviación de la voluntad. No es posible imaginarse que una Cleopatra y un Don Juan deban necesariamente dejar de ofrecer el tipo de la belleza física, aún si se prolonga su existencia. Los instintos de astucia, de cólera, de venganza, que encontramos entre los italianos del sur, no han alterado en absoluto la rara belleza de su raza. Por otra parte, muchos de los tipos de conducta que nos parecen vicios, en el avanzado estado social en que nos hallamos, son virtudes en el estado de naturaleza; de ellos no puede salir, pues, ninguna fealdad verdaderamente chocante, ninguna marcada alteración de tipo humano. Por el contrario, si las cualidades y, a veces, las virtudes de la civilización, fuesen llevadas al exceso, producirían fácilmente monstruosidades físicas. Se ve sobre qué frágil base se apoya todo el que trata de inducir la sanción moral y religiosa de la sanción natural (3).

 

 


Notas

* Segunda edición cibernética, enero del 2003 Captura y diseño: Chantal López y Omar Cortés

Nueva digitalización desde la página www.antorcha.net Junio de 2009, para formato .pdf, por R.M.

[1] Ver nuestra Moral Inglesa Contemporánea, 2a. edición.

[2] Renouvier, Ciencia de la moral, L.

[3] por ejemplo: Es licito ver en la remuneración futura una prolongación natural de la serie de los fenómenos que, desde ahora, hacen depender las condiciones fundamentales y aún las condiciones físicas de la felicidad, de la moralidad. (Ciencia de la Moral, pág. 290).

 

 

 

 


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