{"id":2242494,"date":"2022-03-24T00:05:46","date_gmt":"2022-03-23T23:05:46","guid":{"rendered":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/?p=2242494"},"modified":"2024-03-09T21:45:14","modified_gmt":"2024-03-09T20:45:14","slug":"la-paz-perpetua-por-inmanuel-kant-2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2022\/03\/24\/la-paz-perpetua-por-inmanuel-kant-2\/","title":{"rendered":"LA PAZ PERPETUA, por Inmanuel Kant"},"content":{"rendered":"<p>&nbsp;<\/p>\n<figure id=\"attachment_15873\" aria-describedby=\"caption-attachment-15873\" style=\"width: 254px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2018\/12\/kant-1.jpg\" rel=\"lightbox[2242494]\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-15873 size-full\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2018\/12\/kant-1.jpg\" alt=\"Paz Perpetua\" width=\"254\" height=\"320\" srcset=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2018\/12\/kant-1.jpg 254w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2018\/12\/kant-1-238x300.jpg 238w\" sizes=\"auto, (max-width: 254px) 100vw, 254px\" \/><\/a><figcaption id=\"caption-attachment-15873\" class=\"wp-caption-text\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2017\/05\/17\/que-es-la-ilustracion-immanuel-kant-1784\/\"><span style=\"color: #008000;\">Inmanuel Kant<\/span><\/a><\/figcaption><\/figure>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong><span style=\"font-size: 24pt;\">LA PAZ PERPETUA\u00a0<\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"color: #008000; font-size: 18pt;\"><strong>Por Inmanuel Kant\u00a0<\/strong><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<blockquote>\n<h3 class=\"titulo_1 nueva_pagina di_np\" style=\"text-align: center;\"><span style=\"font-size: 18pt;\">\u00cdndice del libro<\/span><\/h3>\n<div class=\"index_item npag_3 titulo_1\" style=\"text-align: center;\">A la paz perpetua<\/div>\n<div class=\"index_item npag_5 titulo_1\" style=\"text-align: center;\"><a id=\"ref1a\"><\/a><a href=\"#ref1\">Secci\u00f3n primera<\/a><\/div>\n<div class=\"index_item npag_5 titulo_2\" style=\"text-align: center;\">Art\u00edculos preliminares de una paz perpetua entre los estados<\/div>\n<div class=\"index_item npag_20 titulo_1\" style=\"text-align: center;\"><a id=\"ref2a\"><\/a><a href=\"#ref2\">Secci\u00f3n segunda<\/a><\/div>\n<div class=\"index_item npag_20 titulo_2\" style=\"text-align: center;\">Art\u00edculos definitivos de la paz perpetua entre los estados<\/div>\n<div class=\"index_item npag_21 titulo_2\" style=\"text-align: center;\">Primer art\u00edculo definitivo de la paz perpetua<\/div>\n<div class=\"index_item npag_28 titulo_2\" style=\"text-align: center;\">Segundo art\u00edculo definitivo de la paz perpetua<\/div>\n<div class=\"index_item npag_38 titulo_2\" style=\"text-align: center;\">Tercer art\u00edculo definitivo de la paz perpetua<\/div>\n<div class=\"index_item npag_44 titulo_1\" style=\"text-align: center;\"><a id=\"ref3a\"><\/a><a href=\"#ref3\">Suplemento primero<\/a>. De la garant\u00eda de la paz perpetua<\/div>\n<div class=\"index_item npag_60 titulo_1\" style=\"text-align: center;\"><a id=\"ref4a\"><\/a><a href=\"#ref4\">Suplemento segundo.<\/a> Un art\u00edculo secreto de la paz perpetua<\/div>\n<div class=\"index_item npag_64 titulo_1\" style=\"text-align: center;\"><a id=\"ref5a\"><\/a><a href=\"#ref5\">Ap\u00e9ndices<\/a><\/div>\n<div class=\"index_item npag_64 titulo_2\" style=\"text-align: center;\">I. Sobre el desacuerdo que hay entre la moral y la pol\u00edtica con respecto a la paz perpetua<\/div>\n<div class=\"index_item npag_90 titulo_2\" style=\"text-align: center;\">II. De la armon\u00eda entre la pol\u00edtica y la moral, seg\u00fan el concepto trascendental del derecho p\u00fablico<\/div>\n<\/blockquote>\n<div style=\"text-align: center;\">\u00a0<\/div>\n<div style=\"text-align: center;\"><span style=\"font-size: 18pt;\"><strong>***<\/strong><\/span><\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div style=\"text-align: center;\"><strong><em><span style=\"font-size: 18pt;\">A LA PAZ PERPETUA<\/span><\/em><\/strong><\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div style=\"text-align: justify;\"><em><span style=\"font-size: 14pt;\">Esta inscripci\u00f3n sat\u00edrica que un hostelero holand\u00e9s hab\u00eda puesto en la muestra de su casa, debajo de una pintura que representaba un cementerio, \u00bfestaba dedicada a todos los \u00abhombres\u00bb en general, o especialmente a los gobernantes, nunca hartos de guerra, o bien quiz\u00e1 s\u00f3lo a los fil\u00f3sofos, entretenidos en so\u00f1ar el dulce sue\u00f1o de la paz? Qu\u00e9dese sin respuesta la pregunta. Pero el autor de estas l\u00edneas hace constar que, puesto que el pol\u00edtico pr\u00e1ctico acostumbra desde\u00f1ar, orgulloso, al te\u00f3rico, consider\u00e1ndole como un pedante inofensivo,\u00a0<span class=\"pg_3\">cuyas ideas, desprovistas de toda realidad, no pueden ser peligrosas para el Estado, que debe regirse por principios fundados en la experiencia; puesto que el gobernante, \u00abhombre experimentado\u00bb, deja al te\u00f3rico jugar su juego, sin preocuparse de \u00e9l, cuando ocurra<\/span>\u00a0<span class=\"pg_4\">entre ambos un disentimiento deber\u00e1 el gobernante ser consecuente y no temer que sean peligrosas para el Estado unas opiniones que el te\u00f3rico se ha atrevido a concebir, valgan lo que valieren. Sirva, pues, esta \u00abcl\u00e1usula salvatoria\u00bb de precauci\u00f3n que, el autor de estas l\u00edneas toma expresamente, en la mejor forma, contra toda interpretaci\u00f3n mal\u00e9vola.<\/span><\/span><\/em><\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>\n<figure id=\"attachment_15895\" aria-describedby=\"caption-attachment-15895\" style=\"width: 490px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-tratados-de-Nimerga.jpg\" rel=\"lightbox[2242494]\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-15895\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-tratados-de-Nimerga-300x181.jpg\" alt=\"\" width=\"490\" height=\"295\" srcset=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-tratados-de-Nimerga-300x181.jpg 300w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-tratados-de-Nimerga.jpg 400w\" sizes=\"auto, (max-width: 490px) 100vw, 490px\" \/><\/a><figcaption id=\"caption-attachment-15895\" class=\"wp-caption-text\"><a href=\"https:\/\/es.wikipedia.org\/wiki\/Tratados_de_Nimega\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><span style=\"color: #008000;\">Tratados de Nimega<\/span><\/a><\/figcaption><\/figure>\n<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>\n<h3 class=\"titulo_1 nueva_pagina di_np\" style=\"text-align: center;\"><span class=\"pg_5\" style=\"font-size: 18pt;\">Secci\u00f3n primera <a id=\"ref1\"><\/a><a href=\"#ref1a\">(1)<\/a><\/span><\/h3>\n<h3 class=\"titulo_2\" style=\"text-align: center;\"><span class=\"pg_5\" style=\"font-size: 14pt; color: #008000;\">Art\u00edculos preliminares de una paz perpetua entre los estados<\/span><\/h3>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<\/div>\n<div>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_5\">1.\u00a0<\/span><i class=\"pg_5\">No debe considerarse como v\u00e1lido un tratado de paz que se haya ajustado con la reserva mental de ciertos motivos capaces de provocar en el porvenir otra guerra.<\/i><\/span><\/strong><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_5\" style=\"font-size: 14pt;\">En efecto: semejante tratado ser\u00eda un simple armisticio, una interrupci\u00f3n de las hostilidades, nunca una verdadera \u00abpaz\u00bb, la cual significa el t\u00e9rmino de toda hostilidad; a\u00f1adirle el ep\u00edteto de \u00abperpetua\u00bb ser\u00eda ya un sospechoso pleonasmo. El tratado de paz aniquila y borra por completo las causas existentes de futura guerra posible, aun\u00a0cuando los que negocian la paz no las vislumbren ni sospechen en el momento de las negociaciones; aniquila incluso aquellas que puedan luego descubrirse por medio de h\u00e1biles y penetrantes inquisiciones en los documentos archivados. La reserva mental,\u00a0<span class=\"pg_6\">que consiste en no hablar por el momento de ciertas pretensiones que ambos pa\u00edses se abstienen de mencionar porque est\u00e1n demasiado cansados para proseguir la guerra, pero con el perverso designio de aprovechar m\u00e1s tarde la primera coyuntura favorable para reproducirlas, es cosa que entra de lleno en el casuismo jesu\u00edtico; tal proceder, considerado en s\u00ed, es indigno de un pr\u00edncipe, y prestarse a semejantes deducciones es asimismo indigno de un ministro.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_6\" style=\"font-size: 14pt;\">Este juicio parecer\u00e1, sin duda, una pedanter\u00eda escol\u00e1stica a los que piensan que, seg\u00fan los esclarecidos principios de la prudencia pol\u00edtica, consiste la verdadera honra de un Estado en el continuo acrecentamiento de su fuerza, por cualquier medio que sea.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_6\">2.\u00a0<\/span><i class=\"pg_6\">Ning\u00fan Estado independiente \u2013peque\u00f1o o grande, lo mismo da\u2013 podr\u00e1 ser adquirido por otro Estado mediante herencia, cambio, compra o donaci\u00f3n&#8230;<\/i><\/span><\/strong><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_7\">Un Estado no es \u2013como lo es, por ejemplo, el \u00absuelo\u00bb que ocupa\u2013 un haber, un patrimonio. Es una sociedad de hombres sobre la cual nadie, sino ella misma, puede mandar y disponer. Es un tronco con ra\u00edces propias; por consiguiente,\u00a0incorporarlo a otro Estado, injert\u00e1ndolo, por decirlo as\u00ed, en \u00e9l, vale tanto como anular su existencia de persona moral y hacer de esta persona una cosa. Este proceder se halla en contradicci\u00f3n con la idea del contrato originario,\u00a0<span class=\"relacion tipo_5 r_0 5_34090 pg_7\">sin la cual no puede concebirse derecho alguno sobre un pueblo<\/span>. Todo el mundo sabe bien a cu\u00e1ntos peligros ha expuesto a Europa ese prejuicio acerca del modo de adquirir Estados que las otras partes del mundo nunca han conocido. En nuestros tiempos, y hasta \u00e9poca muy reciente, se han contra\u00eddo matrimonios entre Estados; era \u00e9ste un nuevo medio o industria, ya para acrecentar la propia potencia mediante pactos de familia, sin gasto alguno de fuerzas, ya tambi\u00e9n para ampliar las posesiones territoriales. Tambi\u00e9n\u00a0<\/span><span class=\"pg_7\">a este grupo de medios pertenece el<\/span>\u00a0<span class=\"pg_8\">alquiler de tropas que un Estado contrata contra otro, para utilizarlas contra un tercero que no es enemigo com\u00fan; pues en tal caso se usa y abusa de los s\u00fabditos a capricho, como si fueran cosas.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_8\">3.<\/span><i class=\"pg_8\">\u00a0Los ej\u00e9rcitos permanentes \u2013miles perpetuus\u2013 deben desaparecer por completo con el tiempo.<\/i><\/span><\/strong><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_8\">Los ej\u00e9rcitos permanentes son una incesante amenaza de guerra para los dem\u00e1s Estados, puesto que est\u00e1n siempre dispuestos y preparados para combatir. Los diferentes Estados se empe\u00f1an en superarse unos a otros en armamentos, que aumentan sin cesar. Y como, finalmente, los gastos ocasionados por el ej\u00e9rcito permanente\u00a0llegan a hacer la paz a\u00fan m\u00e1s intolerable que una guerra corta, acaban por ser ellos mismos la causa de agresiones, cuyo fin no es otro que librar al pa\u00eds de la pesadumbre de los gastos militares. A\u00f1\u00e1dase a esto que tener gentes a sueldo para que mueran o maten parece que implica un uso del hombre\u00a0<span class=\"pg_9\">como mera m\u00e1quina en manos de otro \u2013el Estado\u2013; lo cual no se compadece bien con los derechos de la Humanidad en nuestra propia persona. Muy otra consideraci\u00f3n merecen, en cambio, los ejercicios militares que peri\u00f3dicamente realizan los ciudadanos por su propia voluntad, para prepararse a defender a su patria contra los ataques del enemigo exterior. Lo mismo ocurrir\u00eda trat\u00e1ndose de la formaci\u00f3n de un tesoro o reserva financiera; pues los dem\u00e1s\u00a0<\/span><\/span><span class=\"pg_9\">Estados lo considerar\u00edan como una amenaza y se ver\u00edan obligados a prevenirla, adelant\u00e1ndose a la agresi\u00f3n. Efectivamente; de las tres formas del Poder: \u00abej\u00e9rcito\u00bb, \u00abalianzas\u00bb y \u00abdinero\u00bb, ser\u00eda, sin duda, la \u00faltima el m\u00e1s seguro instrumento de guerra si no fuera por la dificultad de apreciar bien su magnitud.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_9\">4.\u00a0<\/span><i class=\"pg_9\">No debe el Estado contraer deudas que tengan por objeto sostener su pol\u00edtica exterior.<\/i><\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_10\">La emisi\u00f3n de deuda, como ayuda que el Estado busca, dentro o fuera de sus l\u00edmites, para fomentar la econom\u00eda del pa\u00eds \u2013reparaci\u00f3n de carreteras, colonizaci\u00f3n, creaci\u00f3n de dep\u00f3sitos para los a\u00f1os malos, etc&#8230;\u2013 no tiene nada de sospechoso. Pero si se considera como\u00a0\u00a0<\/span><span class=\"pg_10\">instrumento de acci\u00f3n y reacci\u00f3n entre las potencias, entonces se convierte en un sistema de cr\u00e9dito compuesto de deudas que van aumentando sin cesar, aunque siempre garantizadas de momento \u2013puesto que no todos los acreedores van a reclamar a la vez el pago de sus cr\u00e9ditos\u2013, ingeniosa invenci\u00f3n de un pueblo comerciante en nuestro siglo; f\u00fandase de esta suerte una potencia financiera muy peligrosa, un tesoro de guerra que supera al de todos los dem\u00e1s Estados juntos y que no puede agotarse nunca, como no sea por una baja rapida de los valores \u2013los cuales pueden mantenerse altos durante mucho tiempo por medio del fomento del tr\u00e1fico, que a su vez repercute en la industria y la riqueza\u2013.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_11\" style=\"font-size: 14pt;\">Esta facilidad para hacer la guerra, unida a la inclinaci\u00f3n que hacia ella sienten los que tienen la fuerza, inclinaci\u00f3n que parece ing\u00e9nita a la naturaleza humana, es, pues, el m\u00e1s poderoso obst\u00e1culo para la paz perpetua. Por eso es tanto m\u00e1s necesario un art\u00edculo preliminar que prohiba la emisi\u00f3n de deuda para tales fines, porque adem\u00e1s la bancarrota del Estado, que inevitablemente ha de llegar, complicar\u00eda en la cat\u00e1strofe a muchos otros Estados, sin culpa alguna por su parte, y esto ser\u00eda una p\u00fablica lesi\u00f3n de los intereses de estos \u00faltimos Estados. Por tanto, los dem\u00e1s Estados tienen, por lo menos, el derecho de aliarse contra el que proceda en tal forma y con tales pretensiones.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_11\">5.\u00a0<\/span><i class=\"pg_11\">Ning\u00fan Estado debe inmiscuirse por la fuerza en la constituci\u00f3n y el gobierno de otro Estado.<\/i><\/span><\/strong><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_11\">\u00bfCon qu\u00e9 derecho lo har\u00eda? \u00bfAcaso fund\u00e1ndose en el esc\u00e1ndalo y mal ejemplo que un Estado da a los s\u00fabditos de otro<\/span>\u00a0<span class=\"pg_12\">Estado? Pero, para \u00e9stos, el espect\u00e1culo de los grandes males que un pueblo se ocasiona a s\u00ed mismo por vivir en el desprecio de la ley es m\u00e1s bien \u00fatil como advertencia ejemplar; adem\u00e1s, en general, el mal ejemplo que una persona libre da a otra \u2013<\/span><i class=\"pg_12\">scandalum acceptum<\/i><span class=\"pg_12\">\u2013 no implica lesi\u00f3n alguna de esta \u00faltima. Sin embargo, no es esto aplicable al caso de que un Estado, a consecuencia de interiores disensiones, se divida en dos partes, cada una de las cuales represente un Estado particular, con la pretensi\u00f3n de ser el todo; porque entonces, si un Estado exterior presta su ayuda a una de las dos partes, no puede esto considerarse como una intromisi\u00f3n en la constituci\u00f3n de la otra \u2013pues \u00e9sta entonces est\u00e1 en pura anarqu\u00eda\u2013. Sin embargo, mientras esa interior divisi\u00f3n no sea francamente manifiesta, la intromisi\u00f3n de las potencias extranjeras ser\u00e1 siempre una violaci\u00f3n de los derechos de un pueblo libre, independiente, que lucha s\u00f3lo en su enfermedad interior. Inmiscuirse en sus pleitos dom\u00e9sticos ser\u00eda un esc\u00e1ndalo que<\/span>\u00a0<span class=\"pg_13\">pondr\u00eda en peligro la autonom\u00eda de todos los dem\u00e1s Estados.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_13\">6.\u00a0<\/span><i class=\"pg_13\">Ning\u00fan Estado que est\u00e9 en guerra con otro debe permitirse el uso de hostilidades que\u00a0<\/i><i class=\"pg_13\">imposibiliten la rec\u00edproca confianza en la paz futura; tales son, por ejemplo, el empleo en el Estado enemigo de asesinos\u00a0<\/i><span class=\"pg_13\">(percussores)<\/span><i class=\"pg_13\">, envenenadores<\/i><span class=\"pg_13\">\u00a0(venefici)<\/span><i class=\"pg_13\">, el quebrantamiento de capitulaciones, la excitaci\u00f3n a la traici\u00f3n, etc.<\/i><\/span><\/strong><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_13\">Estas estratagemas son deshonrosas. Pues aun en plena guerra ha de haber cierta confianza en la conciencia del enemigo. De lo contrario, no podr\u00eda nunca ajustarse la paz, y las hostilidades degenerar\u00edan en guerra de exterminio \u2013bellum internecinum\u2013. Es la guerra un medio, por desgracia, necesario en el estado de naturaleza \u2013en el cual no hay tribunal que pueda pronunciar un fallo con fuerza de derecho\u2013, para afirmar cada cual su derecho por la fuerza; ninguna de las dos partes puede ser declarada enemigo ileg\u00edtimo \u2013lo<\/span>\u00a0<span class=\"pg_14\">cual supondr\u00eda ya una sentencia judicial\u2013, y lo que decide de qu\u00e9 parte est\u00e1 el derecho es el \u00ab\u00e9xito\u00bb de la lucha \u2013como en los llamados juicios de Dios\u2013. Pero entre los Estados no se concibe una guerra penal \u2013bellum punitivum\u2013, porque no existe entre ellos la relaci\u00f3n de superior a inferior. De donde se sigue que una guerra de exterminio, que llevar\u00eda consigo el aniquilamiento de las dos partes y la anulaci\u00f3n de todo derecho, har\u00eda imposible una paz perpetua, como no fuese la paz del cementerio de todo el g\u00e9nero humano.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_14\">Semejante guerra debe quedar, pues, absolutamente prohibida, y prohibido tambi\u00e9n, por tanto, el uso de los medios que a ella conducen. Y es bien claro que las citadas estratagemas conducen inevitablemente a\u00a0<\/span><span class=\"pg_14\">aquellos resultados, porque el empleo de esas artes infernales, por s\u00ed mismas viles, no se contiene dentro de los l\u00edmites de la guerra, como sucede con el uso de los esp\u00edas \u2013uti exploratoribus\u2013, que consiste en aprovechar la indignidad de<\/span>\u00a0<span class=\"pg_15\">\u00abotros\u00bb \u2013ya que no sea posible extirpar este vicio\u2013, sino que se prosigue aun despu\u00e9s de terminada la guerra, destruyendo as\u00ed los fines mismos de la paz.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_15\">Todas las leyes que hemos citado son objetivas, es decir, que en la intenci\u00f3n de los que poseen la fuerza deben ser consideradas como \u00ableyes prohibitivas\u00bb. Sin embargo, algunas de ellas son \u00abestrictas\u00bb y valederas en todas las circunstancias, y exigen una \u00abinmediata\u00bb ejecuci\u00f3n \u2013las n\u00fameros 1, 5, 6\u2013; otras, en cambio \u2013las n\u00fameros 2, 3, 4\u2013, son m\u00e1s amplias y admiten cierta demora en su aplicaci\u00f3n, no porque haya excepciones a la regla jur\u00eddica, sino porque teniendo en cuenta el ejercicio de esa regla y sus circunstancias, admiten que se ampl\u00ede subjetivamente la facultad ejecutiva y dan permiso para demorar la aplicaci\u00f3n, aunque sin perder nunca de vista el fin propuesto. Por ejemplo: si se trata de restituir, seg\u00fan el n\u00famero 2, a ciertos Estados su libertad perdida, no valdr\u00e1 aplazar la ejecuci\u00f3n de la ley ad calendas gr\u00e6cas, como hac\u00eda Augusto;<\/span>\u00a0<span class=\"pg_16\">es decir, no ser\u00e1 l\u00edcito dejar la ley incumplida, pero podr\u00e1 demorarse si hay temor de que una restituci\u00f3n precipitada venga en detrimento del prop\u00f3sito fundamental. En efecto: la prohibici\u00f3n se refiere aqu\u00ed solamente al \u00abmodo\u00a0<\/span><span class=\"pg_16\">de adquirir\u00bb, que en adelante no ser\u00e1 valedero; pero no al \u00abestado posesorio\u00bb, que, aunque carece del t\u00edtulo jur\u00eddico necesario, fue en su tiempo \u2013en el tiempo de la adquisici\u00f3n putativa\u2013 considerado como leg\u00edtimo por la opini\u00f3n p\u00fablica entonces vigente de todos los Estados.<\/span><\/span><\/p>\n<figure id=\"attachment_15894\" aria-describedby=\"caption-attachment-15894\" style=\"width: 340px\" class=\"wp-caption alignright\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-tratados-de-westfalia.jpg\" rel=\"lightbox[2242494]\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-15894\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-tratados-de-westfalia-300x232.jpg\" alt=\"\" width=\"340\" height=\"263\" \/><\/a><figcaption id=\"caption-attachment-15894\" class=\"wp-caption-text\"><span style=\"color: #008000;\">Paz de Westfalia, de Br\u00e9ner<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_16\">\u00bfExisten \u00ableyes permisivas\u00bb de la raz\u00f3n pura, adem\u00e1s de los mandatos \u2013<\/span><i class=\"pg_16\">leges pr\u00e6ceptiv\u00e6<\/i><span class=\"pg_16\">\u2013 y de las prohibiciones \u2013<\/span><i class=\"pg_16\">leges prohibitiv\u00e6<\/i><span class=\"pg_16\">\u2013? Es cosa que muchos, hasta ahora, han puesto en duda, no sin motivo. En efecto, las leyes en general contienen el fundamento de la necesidad pr\u00e1ctica objetiva de ciertas acciones; en cambio, el permiso fundamenta la contingencia o accidentalidad pr\u00e1ctica de ciertas acciones. Una \u00abley permisiva\u00bb, por tanto, vendr\u00eda a<\/span>\u00a0<span class=\"pg_17\">contener la obligaci\u00f3n de realizar un acto al que nadie puede ser obligado; lo cual, si el objeto de la ley tiene en ambas relaciones una misma significaci\u00f3n, es una contradicci\u00f3n patente. Ahora bien; en la ley permisiva de que nos ocupamos refi\u00e9rese la previa prohibici\u00f3n solamente al modo futuro de adquirir un derecho \u2013por ejemplo, la herencia\u2013, y, en cambio, el levantamiento de la prohibici\u00f3n, o sea, el permiso, se refiere a la actual posesi\u00f3n. Esta \u00faltima, al pasar del estado de naturaleza al estado civil, puede seguir manteni\u00e9ndose, por una ley permisiva del derecho natural, como \u00abposesi\u00f3n putativa\u00bb, que si bien no es conforme a derecho es, sin embargo, honesta; aun cuando una posesi\u00f3n putativa, desde el momento en que es reconocida como tal en el estado de naturaleza,\u00a0<\/span><span class=\"pg_17\">queda prohibida, como asimismo queda prohibida toda manera semejante de adquirir en el estado civil posterior, despu\u00e9s de realizado el tr\u00e1nsito de uno a otro. El permiso de seguir poseyendo no podr\u00eda, pues, existir, en el caso de que la adquisici\u00f3n putativa se<\/span>\u00a0<span class=\"pg_18\">hubiese realizado en el estado civil; pues tal permiso implicar\u00eda una lesi\u00f3n y, por tanto, deber\u00eda desaparecer tan pronto como fuera descubierta su ilegitimidad.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_18\">Yo no me he propuesto aqu\u00ed otra cosa que fijar, de pasada, la atenci\u00f3n de los maestros del derecho natural sobre el concepto de \u00abley permisiva\u00bb, que se presenta espont\u00e1neamente cuando la raz\u00f3n se propone hacer una divisi\u00f3n sistem\u00e1tica de la ley. De ese concepto se hace un uso frecuente en la legislaci\u00f3n civil \u2013estatutaria\u2013, con la diferencia de que la ley prohibitiva se presenta sola, bast\u00e1ndose a s\u00ed misma, y, en cambio, el permiso, en lugar de ir incluido en la ley, a modo de condici\u00f3n limitativa \u2013como debiera ser\u2013, va metido entre las excepciones. Establ\u00e9cese: queda prohibido esto o aquello. Y se a\u00f1ade luego: excepto en el caso 1.\u00ba, 2.\u00ba, 3.\u00ba, y as\u00ed indefinidamente. Vienen, pues, los permisos a a\u00f1adirse a la ley, pero al azar, sin principio fijo, seg\u00fan los casos que van ocurriendo. En cambio, hubieran debido las condiciones ir inclusas<\/span>\u00a0<span class=\"pg_19\">\u00aben la f\u00f3rmula de la ley prohibitiva\u00bb, que entonces hubiera sido al mismo tiempo ley permisiva. Es muy de lamentar que el problema propuesto para el premio del sabio y penetrante conde de Windischgraetz no haya sido resuelto por nadie y\u00a0haya quedado tan pronto abandonado. Refer\u00edase a esta cuesti\u00f3n, que es de gran importancia, porque la posibilidad de semejantes f\u00f3rmulas \u2013parecidas a las matem\u00e1ticas\u2013 es la \u00fanica verdadera piedra de toque de una legislaci\u00f3n consecuente. Sin ella ser\u00e1 siempre el jus certum un p\u00edo deseo. Sin ella podr\u00e1 haber, s\u00ed, leyes generales que valgan en general; pero no leyes universales, de valor universal, que es el valor que parece exigir precisamente el concepto de ley.<\/span><\/span><\/p>\n<\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3 class=\"titulo_1 nueva_pagina di_np\" style=\"text-align: center;\"><span class=\"pg_20\" style=\"font-size: 18pt;\">Secci\u00f3n segunda <a id=\"ref2\"><\/a><a href=\"#ref2a\">(2)<\/a><\/span><\/h3>\n<h3 class=\"titulo_2\" style=\"text-align: center;\"><span class=\"pg_20\" style=\"color: #008000;\">Art\u00edculos definitivos de la paz perpetua entre los estados<\/span><\/h3>\n<div style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><em>La paz entre hombres que viven juntos no es un estado de naturaleza \u2013status naturalis\u2013; el estado de naturaleza es m\u00e1s bien la guerra, es decir, un estado en donde, aunque las hostilidades no hayan sido rotas, existe la constante amenaza de romperlas. Por tanto, la paz es algo que debe ser \u00abinstaurado\u00bb; pues abstenerse de romper las hostilidades no basta para asegurar la paz, y si los que viven juntos no se han dado mutuas seguridades \u2013cosa que s\u00f3lo en el estado \u00abcivil\u00bb puede acontecer, cabr\u00e1 que cada uno de ellos,\u00a0<span class=\"pg_20\">habiendo previamente requerido al otro, lo considere y trate, si se niega,\u00a0<\/span><span class=\"relacion tipo_5 r_0 5_34091 pg_20\">como a un enemigo<\/span><span class=\"pg_20\">.<\/span><\/em><\/span><\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>\n<figure id=\"attachment_15896\" aria-describedby=\"caption-attachment-15896\" style=\"width: 644px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/tratado-paris-644x362.jpg\" rel=\"lightbox[2242494]\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-15896 size-full\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/tratado-paris-644x362.jpg\" alt=\"\" width=\"644\" height=\"362\" srcset=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/tratado-paris-644x362.jpg 644w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/tratado-paris-644x362-300x169.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 644px) 100vw, 644px\" \/><\/a><figcaption id=\"caption-attachment-15896\" class=\"wp-caption-text\"><span style=\"color: #008000;\">Tratado de paz entre Espa\u00f1a y Estados Unidos (1898)<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<\/div>\n<div>\n<h3>\u00a0<\/h3>\n<h3 class=\"titulo_2 nueva_pagina di_np\" style=\"text-align: center;\"><span class=\"pg_21\">Primer art\u00edculo definitivo de la paz perpetua<\/span><\/h3>\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"font-size: 18pt;\"><i class=\"pg_21\">La constituci\u00f3n pol\u00edtica debe ser en todo Estado republicana<\/i><\/span><\/p>\n<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_21\" style=\"font-size: 14pt;\">La constituci\u00f3n cuyos fundamentos sean los tres siguientes:\u00a0<\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_21\">1., principio de la \u00ablibertad\u00bb de los miembros de una sociedad \u2013como hombres\u2013; 2., principio de la \u00abdependencia\u00bb en que todos se hallan de una \u00fanica legislaci\u00f3n com\u00fan \u2013como s\u00fabditos\u2013; 3., principio de la \u00abigualdad\u00bb de todos \u2013como ciudadanos\u2013, es la \u00fanica constituci\u00f3n que nace de la idea del contrato originario, sobre el cual ha de fundarse toda la legislaci\u00f3n de un pueblo.\u00a0<\/span><span class=\"relacion tipo_5 r_0 5_34092 pg_21\">Semejante constituci\u00f3n es \u00abrepublicana\u00bb<\/span><span class=\"pg_21\">. \u00c9sta es, pues, en lo que al derecho se refiere, la que sirve de base primitiva a todas las especies de constituciones pol\u00edticas. Puede preguntarse: \u00bfes acaso tambi\u00e9n la \u00fanica que conduce a la<\/span>\u00a0<span class=\"pg_22\">paz perpetua?<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_22\" style=\"font-size: 14pt;\">La constituci\u00f3n republicana, adem\u00e1s de la pureza de su origen, que brota de la clara fuente del concepto de derecho, tiene la ventaja de ser la m\u00e1s propicia para llegar al anhelado fin: la paz perpetua.<\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_22\">He aqu\u00ed los motivos de ello. En la constituci\u00f3n republicana no puede por menos de ser necesario el consentimiento de los ciudadanos para declarar la guerra. Nada m\u00e1s natural, por tanto, que, ya que ellos han de sufrir los males de la guerra \u2013como son los combates, los gastos, la devastaci\u00f3n, el peso abrumador de la deuda p\u00fablica, que trasciende a tiempos de paz\u2013, lo piensen mucho y vacilen antes de decidirse a tan arriesgado juego. En cambio, en una constituci\u00f3n en la cual el s\u00fabdito no es ciudadano, en una constituci\u00f3n no republicana, la guerra es la cosa m\u00e1s sencilla del mundo. El jefe del Estado no es un conciudadano, sino un amo, y la guerra no perturba en lo m\u00e1s m\u00ednimo su vida regalada, que transcurre en banquetes, cazas<\/span>\u00a0<span class=\"pg_23\">y castillos placenteros. La guerra, para \u00e9l, es una especie de diversi\u00f3n, y puede declararla por lev\u00edsimos motivos, encargando luego al cuerpo diplom\u00e1tico \u2013siempre bien dispuesto\u2013 que cubra las apariencias y rebusque una justificaci\u00f3n plausible.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_23\">Para no confundir la constituci\u00f3n republicana con la democr\u00e1tica \u2013como suele acontecer\u2013 es necesario observar lo siguiente: Las formas de un Estado \u2013<\/span><i class=\"pg_23\">civitas<\/i><span class=\"pg_23\">\u2013 pueden dividirse, o bien por la diferencia de las personas que tienen el poder soberano, o bien por la manera como el soberano \u2013sea quien fuere\u2013 gobierna al pueblo.\u00a0<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_23\">La primera es propiamente forma de la soberan\u00eda \u2013<\/span><i class=\"pg_23\">forma imperii<\/i><span class=\"pg_23\">\u2013, y s\u00f3lo tres son posibles, a saber: que la soberan\u00eda la posea \u00abuno\u00bb o \u00abvarios\u00bb o \u00abtodos\u00bb los que constituyen la sociedad pol\u00edtica, esto es, \u00abautocracia\u00bb, \u00abaristocracia\u00bb, \u00abdemocracia\u00bb.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_23\">La segunda es forma de gobierno \u2013<\/span><i class=\"pg_23\">forma regiminis<\/i><span class=\"pg_23\">\u2013, y se refiere al modo como el Estado hace uso de la integridad de su poder; ese modo est\u00e1 fundado en la<\/span>\u00a0<span class=\"pg_24\">constituci\u00f3n, acto de la voluntad general, que convierte a una muchedumbre en un pueblo. En este respecto s\u00f3lo caben dos formas: la \u00abrepublicana\u00bb o la \u00abdesp\u00f3tica\u00bb.\u00a0<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_24\">El \u00abrepublicanismo\u00bb es el principio pol\u00edtico de la separaci\u00f3n del poder ejecutivo \u2013gobierno\u2013 y del poder legislativo; el despotismo es el principio del gobierno del Estado por leyes que el propio gobernante ha dado; es, pues, la voluntad p\u00fablica manejada y aplicada por el regente como voluntad privada. De las tres formas posibles del Estado, es la democracia \u2013en el estricto sentido de la palabra\u2013 necesariamente despotismo, porque funda un poder ejecutivo en el que todos deciden sobre uno y hasta a veces contra uno \u2013si no da su\u00a0<\/span><span class=\"pg_24\">consentimiento\u2013; todos, por tanto, deciden, sin ser en realidad todos, lo cual es una contradicci\u00f3n de la voluntad general consigo misma y con la libertad.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_24\">Una forma de gobierno que no sea \u00abrepresentativa\u00bb no es forma de gobierno, porque el legislador no puede ser al mismo<\/span>\u00a0<span class=\"pg_25\">tiempo, en una y la misma persona, ejecutor de su voluntad \u2013como, en un silogismo, la premisa mayor que expresa lo universal no puede desempe\u00f1ar al mismo tiempo la funci\u00f3n de la premisa menor, que subsume lo particular en lo universal\u2013 Y aun cuando las otras dos constituciones son siempre defectuosas, en el sentido de que dan lugar a una forma de gobierno no representativa, sin embargo, es en ellas posible la adopci\u00f3n de una forma de gobierno adecuada al \u00abesp\u00edritu\u00bb del sistema representativo, como, por ejemplo, cuando Federico II dec\u00eda, aunque fuese s\u00f3lo un decir, \u00ab<\/span><span class=\"relacion tipo_5 r_0 5_34093 pg_25\">que \u00e9l era el primer servidor del Estado<\/span><span class=\"pg_25\">\u00bb. En cambio, es imposible en la constituci\u00f3n democr\u00e1tica, porque todos quieren mandar.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_25\">Puede decirse, por tanto, que cuanto m\u00e1s escaso sea el personal gobernante \u2013o n\u00famero de los que mandan\u2013, cuanto mayor sea la representaci\u00f3n que ostentan los que gobiernan, tanto mejor concordar\u00e1 la constituci\u00f3n del Estado con la posibilidad del republicanismo, y en tal caso puede<\/span>\u00a0<span class=\"pg_26\">esperarse que, mediante reformas sucesivas, llegue a elevarse hasta \u00e9l. Por los dichos motivos resulta m\u00e1s dif\u00edcil en la aristocracia que en la monarqu\u00eda, e imposible de\u00a0<\/span><span class=\"pg_26\">todo punto en la democracia, conseguir llegar a la \u00fanica constituci\u00f3n jur\u00eddica perfecta, como no sea por medio de una revoluci\u00f3n violenta. Pero lo que m\u00e1s le importa al pueblo es, sin comparaci\u00f3n,\u00a0<\/span><span class=\"relacion tipo_5 r_0 5_34094 pg_26\">la forma del gobierno<\/span><span class=\"pg_26\">, mucho m\u00e1s que la forma del Estado, aun cuando \u00e9sta tiene gran importancia por lo que se refiere a su mayor o menor conformidad con el fin republicano. Si la forma de gobierno ha de ser, por tanto, adecuada al concepto del derecho, deber\u00e1 fundarse en el sistema representativo, \u00fanico capaz de hacer posible una forma republicana de gobierno; de otro modo, sea cual fuere la constituci\u00f3n del Estado, el gobierno ser\u00e1 siempre desp\u00f3tico y arbitrario. Ninguna de las antiguas rep\u00fablicas \u2013aunque as\u00ed se llamaban\u2013 conoci\u00f3 el sistema representativo y hubieron de derivar en el despotismo, el cual, si se ejerce bajo la autoridad de uno<\/span>\u00a0<span class=\"pg_27\">solo, es el m\u00e1s tolerable de todos los despotismos.<\/span><\/span><\/p>\n<h3>\u00a0<\/h3>\n<h3 class=\"titulo_2 nueva_pagina di_np\" style=\"text-align: center;\"><span class=\"pg_28\">Segundo art\u00edculo definitivo de la paz perpetua<\/span><\/h3>\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"font-size: 18pt;\"><i class=\"pg_28\">El derecho de gentes debe fundarse en una federaci\u00f3n de Estados libres<\/i><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<\/div>\n<div>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_28\" style=\"font-size: 14pt;\">Los pueblos, como Estados que son, pueden considerarse como individuos en estado de naturaleza \u2013es decir, independientes de toda ley externa\u2013, cuya convivencia en ese estado natural es ya un perjuicio para todos y cada uno. Todo Estado puede y debe afirmar su propia seguridad, requiriendo a los dem\u00e1s para que entren a formar con \u00e9l una especie de constituci\u00f3n, semejante a la constituci\u00f3n pol\u00edtica, que garantice el derecho de cada uno.<\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_28\">Esto ser\u00eda una Sociedad de naciones, la cual, sin embargo, no deber\u00eda ser un Estado de naciones. En ello habr\u00eda, empero, una contradicci\u00f3n; todo Estado implica la relaci\u00f3n de un superior \u2013el que legisla\u2013 con un inferior \u2013el que obedece, el pueblo\u2013;<\/span>\u00a0<span class=\"pg_29\">muchos pueblos, reunidos en un Estado, vendr\u00edan a ser un solo pueblo, lo cual contradice la hip\u00f3tesis; en efecto, hemos de considerar aqu\u00ed el derecho de los pueblos, unos respecto de otros, precisamente en cuanto que forman diferentes Estados y no deben fundirse en uno solo.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_29\">Ahora bien; cuando vemos el apego que tienen los salvajes a su libertad sin ley, prefiriendo la continua lucha mejor que someterse a una fuerza legal constituida por ellos mismos,\u00a0<\/span><span class=\"pg_29\">prefiriendo una libertad insensata a la libertad racional, los miramos con desprecio profundo y consideramos su conducta como b\u00e1rbara incultura, como un bestial embrutecimiento de la Humanidad; del mismo modo debiera pensarse est\u00e1n obligados los pueblos civilizados, cada uno de los cuales constituye un Estado, a salir cuanto antes de esa situaci\u00f3n infame. Lejos de eso, cifran los Estados su majestad \u2013pues hablar de la majestad del pueblo ser\u00eda hacer uso de una expresi\u00f3n absurda\u2013 en no someterse a ninguna presi\u00f3n legal exterior;<\/span>\u00a0<span class=\"pg_30\">y el esplendor y brillo de los pr\u00edncipes consiste en tener a sus \u00f3rdenes, sin exponerse a ning\u00fan peligro,\u00a0<\/span><span class=\"relacion tipo_5 r_0 5_34095 pg_30\">miles de combatientes dispuestos a sacrificarse por una causa<\/span><span class=\"pg_30\">\u00a0que en nada les interesa. La diferencia entre los salvajes de Europa y los de Am\u00e9rica est\u00e1 principalmente en que muchas tribus americanas han sido devoradas por sus enemigos, mientras que los Estados europeos, en lugar de comerse a los vencidos, hacen algo mejor: los incorporan al n\u00famero de sus s\u00fabditos para tener m\u00e1s soldados con que hacer nuevas guerras.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_30\">Si se considera la perversidad de la naturaleza humana, manifestada sin recato en las relaciones entre pueblos libres \u2013contenida, en cambio, y velada en el estado civil y pol\u00edtico por la coacci\u00f3n legal del Gobierno\u2013, es muy de admirar que la palabra \u00abderecho\u00bb no haya sido a\u00fan expulsada de la pol\u00edtica guerrera por pedante y arbitraria. Todav\u00eda no se ha atrevido ning\u00fan Estado a sostener<\/span>\u00a0<span class=\"pg_31\">p\u00fablicamente esta opini\u00f3n. Ac\u00f3gense de\u00a0<\/span><span class=\"pg_31\">continuo a Hugo Grocio, a Puffendorf, a Vattel y otros \u2013\u00a1triste consuelo!\u2013, aun cuando esos c\u00f3digos, compuestos en sentido filos\u00f3fico o diplom\u00e1tico, no tienen ni pueden tener la menor fuerza legal, porque los Estados, como tales, no se hallan sumisos a ninguna com\u00fan autoridad externa. Citan a esos juristas sinceramente para justificar una declaraci\u00f3n de guerra, y, sin embargo, no hay ejemplo de que un Estado se haya conmovido ante el testimonio de esos hombres ilustres y haya abandonado sus prop\u00f3sitos. Con todo, el homenaje que tributan as\u00ed los Estados al concepto de derecho \u2013por lo menos de palabra\u2013, demuestra que en el hombre hay una muy importante tendencia al bien moral.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_31\">Esta tendencia, acaso dormida por el momento, aspira a sobrepujar al principio malo \u2013que innegablemente existe\u2013, y permite esperar tambi\u00e9n en los dem\u00e1s una victoria semejante. Si as\u00ed no fuera, no se les ocurrir\u00eda nunca a los Estados hablar de<\/span>\u00a0<span class=\"pg_32\">derecho, cuando se disponen a lanzarse a la guerra, a no ser por broma, como aquel pr\u00edncipe galo que dec\u00eda: \u00abLa ventaja que la Naturaleza ha dado al m\u00e1s fuerte es que el m\u00e1s d\u00e9bil debe obedecerle.\u00bb<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_32\">La manera que tienen los Estados de procurar su derecho no puede ser nunca un proceso o pleito, como los que se plantean ante los tribunales; ha de ser la guerra. Pero la guerra victoriosa no decide el derecho, y el tratado de paz, si bien pone t\u00e9rmino a las actuales\u00a0<\/span><span class=\"pg_32\">hostilidades, no acaba con el estado de guerra latente, pues caben siempre, para reanudar la lucha, pretextos y motivos que no pueden considerarse sin m\u00e1s ni m\u00e1s como injustos, puesto que en esa situaci\u00f3n cada uno es juez \u00fanico de su propia causa. Por otra parte, si para los individuos que viven en un estado an\u00e1rquico tiene vigencia y aplicaci\u00f3n la m\u00e1xima del derecho natural, que les obliga a salir de ese estado, en cambio, para los Estados, seg\u00fan el derecho de gentes, no tiene aplicaci\u00f3n esa m\u00e1xima.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_33\" style=\"font-size: 14pt;\">Efectivamente; los Estados poseen ya una constituci\u00f3n jur\u00eddica interna, y, por tanto, no tienen por qu\u00e9 someterse a la presi\u00f3n de otros que quieran reducirlos a una constituci\u00f3n com\u00fan y m\u00e1s amplia, conforme a sus conceptos del derecho. Sin embargo, la raz\u00f3n, desde las alturas del m\u00e1ximo poder moral legislador, se pronuncia contra la guerra en modo absoluto, se niega a reconocer la guerra como un proceso jur\u00eddico, e impone, en cambio, como deber estricto, la paz entre los hombres; pero la paz no puede asentarse y afirmarse como no sea mediante un pacto entre los pueblos.<\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_33\">Tiene, pues, que establecerse una federaci\u00f3n de tipo especial, que podr\u00eda llamarse federaci\u00f3n de paz \u2013f\u00e6dus pacificus\u2013, la cual se distinguir\u00eda del tratado de paz en que \u00e9ste acaba con una guerra y aqu\u00e9lla pone t\u00e9rmino a toda guerra. Esta federaci\u00f3n no se propone recabar ning\u00fan poder del Estado, sino simplemente mantener y asegurar la libertad de un Estado en s\u00ed mismo, y tambi\u00e9n la\u00a0\u00a0<\/span><span class=\"pg_33\">de los dem\u00e1s Estados federados,<\/span>\u00a0<span class=\"pg_34\">sin que \u00e9stos hayan de someterse por ello \u2013como los individuos en el estado de naturaleza\u2013 a leyes pol\u00edticas y a una coacci\u00f3n legal.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_34\" style=\"font-size: 14pt;\">La posibilidad de llevar a cabo esta idea \u2013su objetiva realidad\u2013 de una federaci\u00f3n que se extienda poco a poco a todos los Estados y conduzca, en \u00faltimo t\u00e9rmino, a la paz perpetua, es susceptible de exposici\u00f3n y desarrollo. Si la fortuna consiente que un pueblo poderoso e ilustrado se constituya en una rep\u00fablica, que por natural tendencia ha de inclinarse hacia la idea de paz perpetua, ser\u00e1 ese pueblo un centro de posible uni\u00f3n federativa de otros Estados, que se juntar\u00e1n con \u00e9l para afirmar la paz entre ellos, conforme a la idea del derecho de gentes, y la federaci\u00f3n ir\u00e1 poco a poco extendi\u00e9ndose mediante adhesiones semejantes hasta comprender en s\u00ed a todos los pueblos.<\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_34\">Que un pueblo diga: \u00abNo quiero que haya guerra entre nosotros; vamos a constituirnos en un Estado, es decir, a someternos todos a un poder supremo que<\/span>\u00a0<span class=\"pg_35\">legisle, gobierne y dirima en paz nuestras diferencias\u00bb; que un pueblo diga eso, repito, es cosa que se comprende bien. Pero que un Estado diga: \u00abNo quiero que haya m\u00e1s guerra entre yo y los dem\u00e1s Estados; pero no por eso voy a reconocer un poder supremo, legislador, que asegure mi derecho y el de los dem\u00e1s\u00bb, es cosa que no puede comprenderse en modo alguno. Pues \u00bfsobre qu\u00e9 va a fundarse la confianza en la seguridad del propio derecho, como no sea sobre\u00a0<\/span><span class=\"pg_35\">el suced\u00e1neo o substitutivo de la asociaci\u00f3n pol\u00edtica, esto es, sobre la libre federaci\u00f3n de los pueblos? La raz\u00f3n, efectivamente, une por necesidad ineludible la idea de la federaci\u00f3n con el concepto del derecho de gentes; sin esta uni\u00f3n carecer\u00eda el concepto del derecho de gentes de todo contenido pensable.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_35\">Considerado el concepto del derecho de gentes como el de un derecho a la guerra, resulta en realidad inconcebible; porque habr\u00eda de concebirse entonces como un derecho a determinar lo justo y lo injusto,<\/span>\u00a0<span class=\"pg_36\">no seg\u00fan leyes exteriores de valor universal limitativas de la libertad de cada individuo, sino seg\u00fan m\u00e1ximas parciales, asentadas sobre la fuerza bruta. S\u00f3lo hay un modo de entender ese derecho a la guerra, y es el siguiente: que es muy justo y leg\u00edtimo que quienes piensan de ese modo se destrocen unos a otros y vayan a buscar la paz perpetua en el seno de la tierra, en la tumba, que con su manto f\u00fanebre tapa y cubre los horrores y los causantes de la violencia. Para los Estados, en sus mutuas relaciones, no hay, en raz\u00f3n, ninguna otra manera de salir de la situaci\u00f3n an\u00e1rquica, origen de continuas guerras, que sacrificar, como hacen los individuos, su salvaje libertad sin freno y reducirse a p\u00fablicas leyes coactivas, constituyendo as\u00ed un Estado de naciones \u2013civitas gentium\u2013 que, aumentando sin cesar, llegue por fin a contener en su seno todos los pueblos de la tierra. Pero si no quieren esto, por la idea que tienen del derecho de gentes; si lo que es exacto\u00a0<\/span><span class=\"pg_36\">in thesi lo rechazan in hypothesi, entonces, para no perderlo todo, en lugar de la idea<\/span>\u00a0<span class=\"pg_37\">positiva de una rep\u00fablica universal puede acudirse al recurso negativo de una federaci\u00f3n de pueblos que, mantenida y extendida sin cesar, evite las guerras y ponga un freno a las tendencias perversas e injustas, aunque siempre\u00a0<\/span><span class=\"relacion tipo_5 r_0 5_34097 pg_37\">con el peligro constante de un estallido irreparable<\/span><span class=\"pg_37\">.<\/span><\/span><\/p>\n<blockquote>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_37\">\u00a0<\/span><\/span><i class=\"pg_37\"><span style=\"font-size: 14pt; color: #008000;\"><strong>Furor impius intus fremit horridus ore cruento<\/strong><\/span>.\u00a0<\/i><span class=\"relacion tipo_5 r_1 5_34096 pg_37\">Virgilio<\/span><span class=\"pg_37\">.<\/span><\/p>\n<\/blockquote>\n<\/div>\n<div>\u00a0<\/div>\n<div>\n<h3>\u00a0<\/h3>\n<h3 class=\"titulo_2 nueva_pagina di_np\" style=\"text-align: center;\"><span class=\"pg_38\">Tercer art\u00edculo definitivo de la paz perpetua<\/span><\/h3>\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"font-size: 18pt;\"><i class=\"pg_38\">El derecho de ciudadan\u00eda mundial debe limitarse a las condiciones de una universal hospitalidad<\/i><\/span><\/p>\n<\/div>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Tr\u00e1tase aqu\u00ed, como en el art\u00edculo anterior, no de filantrop\u00eda, sino de derecho. Significa hospitalidad el derecho de un extranjero a no recibir un trato hostil por el mero hecho de ser llegado al territorio de otro. \u00c9ste puede rechazarlo si la repulsa no ha de ser causa de la ruina del reci\u00e9n llegado; pero mientras el extranjero se mantenga pac\u00edfico en su puesto no ser\u00e1 posible hostilizarle. No se trata aqu\u00ed de un derecho por el\u00a0<span class=\"pg_38\">cual el reci\u00e9n llegado pueda exigir el trato de hu\u00e9sped \u2013que para ello ser\u00eda preciso un convenio especial ben\u00e9fico que diera al extranjero la consideraci\u00f3n y trato de un amigo o convidado\u2013, sino simplemente de un derecho de visitante, que a todos los<\/span>\u00a0<span class=\"pg_39\">hombres asiste: el derecho a presentarse en una sociedad. F\u00fandase este derecho en la com\u00fan posesi\u00f3n de la superficie de la tierra; los hombres no pueden diseminarse hasta el infinito por el globo, cuya superficie es limitada, y, por tanto, deben tolerar mutuamente su presencia, ya que originariamente nadie tiene mejor derecho que otro a estar en determinado lugar del planeta.<\/span><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<figure id=\"attachment_15899\" aria-describedby=\"caption-attachment-15899\" style=\"width: 540px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-proclamacion-Constitucion-1812.jpg\" rel=\"lightbox[2242494]\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-15899 size-full\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-proclamacion-Constitucion-1812.jpg\" alt=\"\" width=\"540\" height=\"360\" srcset=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-proclamacion-Constitucion-1812.jpg 540w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-proclamacion-Constitucion-1812-300x200.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 540px) 100vw, 540px\" \/><\/a><figcaption id=\"caption-attachment-15899\" class=\"wp-caption-text\"><span style=\"color: #008000;\">Celebraci\u00f3n en Madrid, en 1836, por la nueva proclamaci\u00f3n de la Constituci\u00f3n de 1812<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_39\">Ciertas partes inhabitables de la superficie terrestre: los mares, los desiertos, dividen esa comunidad; sin embargo, el \u00abnav\u00edo\u00bb o el \u00abcamello\u00bb \u2013nav\u00edo del desierto\u2013 permiten a los hombres acercarse unos a otros en esas comarcas sin due\u00f1o y hacer uso, para un posible tr\u00e1fico, del derecho a la \u00absuperficie\u00bb que asiste a toda la especie humana en com\u00fan. La inhospitalidad de algunas costas \u2013verbigracia, las barbarescas\u2013, desde donde se roban los nav\u00edos que navegan pr\u00f3ximos o se esclaviza a los marinos que llegan de arribada; la inhospitalidad de los desiertos \u2013verbigracia, de los \u00e1rabes bedu\u00ednos\u2013, que<\/span><span class=\"pg_40\">consideran la proximidad de tribus n\u00f3madas como un derecho a saquearlas, todo eso es contrario al derecho natural. Pero el derecho de hospitalidad, es decir, la facultad del reci\u00e9n llegado, se aplica s\u00f3lo a las condiciones\u00a0<\/span><span class=\"pg_40\">necesarias para \u00abintentar\u00bb un tr\u00e1fico con los habitantes. De esa manera pueden muy bien comarcas lejanas entrar en pac\u00edficas relaciones, las cuales, si se convierten al fin en p\u00fablicas y legales, llevar\u00edan quiz\u00e1 a la raza humana a instaurar una constituci\u00f3n cosmopolita.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_40\">Si se considera, en cambio, la conducta \u00abinhospitalaria\u00bb que siguen los Estados civilizados de nuestro continente, sobre todo los comerciantes, espantan las injusticias que cometen cuando van a \u00abvisitar\u00bb extra\u00f1os pueblos y tierras. Visitar es para ellos lo mismo que \u00abconquistar\u00bb. Am\u00e9rica, las tierras habitadas por los negros, las islas de la especier\u00eda, el Cabo, eran para ellos, cuando los descubrieron, pa\u00edses que no pertenec\u00edan a nadie; con los naturales no contaban. En las Indias orientales<\/span>\u00a0<span class=\"pg_41\">\u2013Indost\u00e1n\u2013, bajo el pretexto de establecer factor\u00edas comerciales, introdujeron los europeos tropas extranjeras, oprimiendo as\u00ed a los ind\u00edgenas; encendieron grandes guerras entre los diferentes Estados de aquellas regiones, ocasionaron hambre, rebeli\u00f3n, perfidia; en fin, todo el diluvio de males que pueden afligir a la Humanidad.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"relacion tipo_5 r_0 5_34098 pg_41\">La China<\/span><span class=\"pg_41\">\u00a0y el Jap\u00f3n, habiendo tenido pruebas de lo que son semejantes hu\u00e9spedes, han procedido sabiamente, poniendo grandes trabas a la entrada de extranjeros en sus dominios. La China les permite arribar a sus costas, pero no entrar en el pa\u00eds mismo. El Jap\u00f3n admite solamente a los holandeses, y aun \u00e9stos han de someterse a un trato especial, como de\u00a0<\/span><span class=\"pg_41\">prisioneros, que les excluye de toda sociedad con los naturales del pa\u00eds.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_41\">Lo peor de todo esto \u2013o, si se quiere, lo mejor, desde el punto de vista moral\u2013 es que las naciones civilizadas no sacan ning\u00fan provecho de esos excesos que cometen; las sociedades comerciales est\u00e1n a punto de<\/span>\u00a0<span class=\"pg_42\">quebrar; las islas del az\u00facar \u2013las Antillas\u2013, donde se ejerce la m\u00e1s cruel esclavitud, no dan verdaderas ganancias, a no ser de un modo muy indirecto y en sentido no muy recomendable, sirviendo para la educaci\u00f3n de los marinos, que pasan luego a la Armada; es decir, para el fomento de la guerra en Europa. Y esto lo hacen naciones que alardean de devotas y que, anegadas en iniquidades, quieren pasar plaza de elegidas en achaques de ortodoxia.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_42\">La comunidad \u2013m\u00e1s o menos estrecha\u2013 que ha ido estableci\u00e9ndose entre todos los pueblos de la tierra ha llegado ya hasta el punto de que una violaci\u00f3n del derecho, cometida en un sitio, repercute en todos los dem\u00e1s; de aqu\u00ed se infiere que la idea de un derecho de ciudadan\u00eda mundial no es una fantas\u00eda jur\u00eddica, sino un complemento necesario del c\u00f3digo no escrito del derecho pol\u00edtico y de gentes, que de ese modo se eleva a la categor\u00eda de derecho p\u00fablico de la Humanidad y favorece la paz perpetua, siendo la condici\u00f3n necesaria para que<\/span>\u00a0<span class=\"pg_43\">pueda abrigarse la esperanza de una continua aproximaci\u00f3n al estado pac\u00edfico.<\/span><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-constitucion-de-1812.jpg\" rel=\"lightbox[2242494]\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter wp-image-15902\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-constitucion-de-1812.jpg\" alt=\"\" width=\"440\" height=\"343\" srcset=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-constitucion-de-1812.jpg 400w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-constitucion-de-1812-300x234.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 440px) 100vw, 440px\" \/><\/a><\/p>\n<h3>\u00a0<\/h3>\n<h3>\u00a0<\/h3>\n<h3 class=\"titulo_1 nueva_pagina di_np\" style=\"text-align: center;\"><span class=\"pg_44\" style=\"font-size: 18pt;\">Suplemento primero <a id=\"ref3\"><\/a><a href=\"#ref3a\">(3)<\/a><\/span><\/h3>\n<h3 class=\"titulo_1 nueva_pagina di_np\" style=\"text-align: center;\"><span class=\"pg_44\" style=\"color: #008000;\">De la garant\u00eda de la paz perpetua<\/span><\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_44\">La garant\u00eda de paz perpetua la hallamos nada menos que en ese gran artista llamado Naturaleza \u2013<\/span><i class=\"pg_44\">natura d\u00e6dala rerum<\/i><span class=\"pg_44\">\u2013. En su curso mec\u00e1nico se advierte visiblemente un finalismo que introduce en las disensiones humanas, aun contra la voluntad del hombre, armon\u00edas y concordia. A esa fuerza componedora la llamamos unas veces \u00abazar\u00bb, si la consideramos como el resultado de causas cuyas leyes de acci\u00f3n desconocemos; otras veces \u00ab<\/span><span class=\"relacion tipo_5 r_0 5_34099 pg_44\">providencia<\/span><span class=\"pg_44\">\u00bb, si nos fijamos en la finalidad que ostenta en el curso del mundo, como profunda sabidur\u00eda de una causa suprema dirigida a realizar el fin \u00faltimo objetivo de la Humanidad, predeterminando la marcha del universo. No podemos ciertamente conocerla, en puridad, por esos artificios de la Naturaleza, ni siquiera inferirla de ellos; pero podemos<\/span>\u00a0<span class=\"pg_45\">y debemos pensarla en ellos \u2013como en toda referencia de la forma de las cosas afines en general\u2013, para formar concepto de su posibilidad, por analog\u00eda con los actos del arte humano. La representaci\u00f3n de su relaci\u00f3n y concordancia con el fin que nos prescribe inmediatamente la raz\u00f3n \u2013el fin moral\u2013 es una idea que, en sentido te\u00f3rico, es trascendente; pero en sentido pr\u00e1ctico \u2013por ejemplo, con respecto al concepto del deber de la paz perpetua, para utilizar en su favor el mecanismo de la Naturaleza\u2013 es dogm\u00e1tica y bien fundada en su realidad. El uso de la palabra\u00a0<\/span><span class=\"pg_45\">\u00abnaturaleza\u00bb, trat\u00e1ndose, como aqu\u00ed se trata, de teor\u00eda y no de religi\u00f3n, es m\u00e1s propio de la limitaci\u00f3n de la raz\u00f3n humana \u2013que ha de mantenerse dentro de los l\u00edmites de la experiencia posible, en lo que se refiere a la relaci\u00f3n de los efectos con las causas\u2013. Es tambi\u00e9n m\u00e1s modesto y humilde que el otro t\u00e9rmino de \u00abprovidencia\u00bb. \u00a1Como si pudi\u00e9ramos nosotros conocerla y sondearla, y orgullosos acercarnos en raudo vuelo al arcano de sus impenetrables designios!<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_46\" style=\"font-size: 14pt;\">Antes de determinar con precisi\u00f3n esa garant\u00eda que la Naturaleza ofrece, ser\u00e1 necesario que examinemos primero la situaci\u00f3n en que la Naturaleza ha colocado a las personas que figuran en su teatro, situaci\u00f3n que requiere una paz firmemente asentada. Luego veremos la manera como realiza esa garant\u00eda de paz perpetua.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_46\" style=\"font-size: 14pt;\">Las disposiciones provisionales de la Naturaleza consisten:<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_46\" style=\"font-size: 14pt;\">Primera: ella ha cuidado de que los hombres puedan vivir en todas las partes del mundo; segunda: los ha distribuido, por medio de la guerra, en todas las comarcas, aun las m\u00e1s inhospitalarias, para que las pueblen y habiten; y tercera: por medio de la guerra misma ha obligado a los hombres a entrar en relaciones mutuas m\u00e1s o menos legales.<\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_46\">En las heladas costas de los mares del Norte crece el musgo que el reno busca bajo la nieve, y el reno, a su vez, sirve de alimento y de veh\u00edculo para los naturales de esas regiones fr\u00edas. En los\u00a0<\/span><span class=\"pg_46\">desiertos de arena vive<\/span>\u00a0<span class=\"pg_47\">el camello, que parece creado expresamente para facilitar la marcha por las sendas interminables. Todo esto ya es de suyo maravilloso. Pero a\u00fan m\u00e1s claro luce el finalismo de la Naturaleza cuando se considera que en las costas heladas del Norte viven animales cubiertos de espesas pieles, y hay focas, caballos marinos y ballenas que proporcionan, con su carne, alimento, y con su grasa fuego, a los habitantes de aquellos pa\u00edses. Y donde las precauciones de la Naturaleza despiertan m\u00e1s grande admiraci\u00f3n es en ese caudal de maderas que, sin que se sepa de d\u00f3nde, lleva el mar a aquellas regiones sin flora, y que sirve a los naturales para fabricarse armas y veh\u00edculos y para construirse habitaciones.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_47\" style=\"font-size: 14pt;\">Ocupados en luchar contra los animales, viven en paz all\u00ed los hombres.<\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_47\">La guerra ha sido probablemente la que los ha llevado a refugiarse en esas apartadas comarcas. El caballo es el primero de todos los animales que el hombre ha llegado a domesticar y a educar para la guerra en los<\/span>\u00a0<span class=\"pg_48\">tiempos en que la tierra empezaba a poblarse; pues el elefante es de seguro posterior, y pertenece a una \u00e9poca en que hay ya Estados establecidos y lujo en las costumbres. En cambio, el arte de aprovechar ciertas plantas cereales, cuya primitiva constituci\u00f3n ya no conocemos, y asimismo el de reproducir y mejorar los frutales, trasplant\u00e1ndolos e injert\u00e1ndolos \u2013acaso no hab\u00eda en Europa m\u00e1s que dos especies: el manzano y el peral\u2013, nacieron indudablemente en una \u00e9poca ya\u00a0<\/span><span class=\"pg_48\">m\u00e1s avanzada, cuando exist\u00edan Estados organizados y la propiedad estaba garantizada.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_48\">Para esto tuvo que salir el hombre de su primitivo estado de libertad absoluta, sin ley, y variar de g\u00e9nero de vida,\u00a0<\/span><span class=\"relacion tipo_5 r_0 5_34100 pg_48\">abandonando la caza<\/span><span class=\"pg_48\">, la pesca y el pastoreo para dedicarse a la agricultura; descubri\u00f3 la sal y el hierro, que fueron probablemente los art\u00edculos m\u00e1s codiciados y buscados, organiz\u00e1ndose as\u00ed un tr\u00e1fico comercial entre diferentes pueblos, que hubo de tener por consecuencia el<\/span>\u00a0<span class=\"pg_49\">mantenimiento de las relaciones pac\u00edficas entre ellos y aun con otros m\u00e1s apartados.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_49\" style=\"font-size: 14pt;\">Habiendo la Naturaleza cuidado de que los hombres \u00abpuedan\u00bb vivir en cualquier parte de la tierra, ha querido tambi\u00e9n, con desp\u00f3tica voluntad, que efectivamente \u00abdeban\u00bb vivir en todas partes, aun contrariando su inclinaci\u00f3n. Este deber no implica ciertamente una obligaci\u00f3n moral; pero la Naturaleza, para conseguir su prop\u00f3sito, ha elegido un medio: la guerra.<\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_49\">As\u00ed vemos que algunos pueblos tienen la misma lengua y, por tanto, deben tener tambi\u00e9n un origen com\u00fan, y, sin embargo, viven separados por grandes extensiones de terreno, como, por ejemplo, los samoyedos, en los mares glaciales, y otro pueblo, de lengua semejante, establecido en las monta\u00f1as de Altai. Entre ambos vive un tercer pueblo, de raza mong\u00f3lica, pueblo de jinetes y, por tanto, guerrero, que debi\u00f3 invadir la comarca y empujar una parte de los habitantes hacia las inhospitalarias regiones heladas, adonde de\u00a0<\/span><span class=\"pg_49\">seguro no<\/span>\u00a0<span class=\"relacion tipo_5 r_0 5_34101 pg_50\">hubieran ido por propia inclinaci\u00f3n<\/span><span class=\"pg_50\">. De igual modo los lapones, que viven en las comarcas m\u00e1s septentrionales de Europa, tienen una lengua muy parecida a la de los h\u00fangaros, de quienes fueron separados por godos y s\u00e1rmatas invasores. \u00bfQu\u00e9 motivos, sino la guerra, pueden haber empujado a los esquimales \u2013raza totalmente oriunda de un antiqu\u00edsimo pueblo n\u00f3mada europeo\u2013 a establecerse en el norte de Am\u00e9rica, y a los pescadores en el sur hasta la Tierra del Fuego? La Naturaleza utiliza la guerra como un medio para poblar la tierra entera.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_50\">La guerra, a su vez, no necesita motivos e impulsos especiales, pues parece injertada en la naturaleza humana y considerada por el hombre como algo noble que le anima y entusiasma por el honor, sin necesidad de intereses ego\u00edstas que le muevan. El coraje guerrero ha sido estimado, tanto por los salvajes americanos como por los europeos del tiempo de la andante caballer\u00eda, cual un valor m\u00e1ximo e inmediato, no s\u00f3lo en tiempos de guerra \u2013que ser\u00eda disculpable\u2013,<\/span>\u00a0<span class=\"pg_51\">sino en tiempos de paz, como acicate para que haya guerra. Se han hecho guerras con el exclusivo objeto de mostrar ese valor. Se ha dado a la guerra misma una interior dignidad, y hasta ha habido fil\u00f3sofos que la han encomiado como una honra de la Humanidad, olvidando el dicho de aquel griego:\u00a0<\/span><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<blockquote><p><span style=\"color: #008000;\"><em><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong><span class=\"pg_51\">\u00abLa guerra es mala porque hace m\u00e1s hombres malos que los que mata.\u00bb<\/span><\/strong><\/span><\/em><\/span><\/p><\/blockquote>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_51\" style=\"font-size: 14pt;\">Basta lo dicho acerca de lo que hace la Naturaleza para conseguir su fin propio, considerando a la Humanidad como una especie animal.<\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_51\">Ahora se trata de examinar lo m\u00e1s esencial respecto a la cuesti\u00f3n de la paz perpetua. \u00bfQu\u00e9 hace la Naturaleza para conseguir el fin que la raz\u00f3n humana impone como obligaci\u00f3n moral al hombre?; esto es, \u00bfqu\u00e9 hace para favorecer su prop\u00f3sito de<\/span>\u00a0<span class=\"pg_52\">moralidad? \u00bfQu\u00e9 garant\u00edas da la Naturaleza de que aquello que el hombre \u00abdebiera\u00bb hacer, pero no hace, seg\u00fan leyes de la libertad, lo har\u00e1 seguramente por coacci\u00f3n de la Naturaleza, dejando intacta la libertad, y lo har\u00e1 en las tres relaciones del derecho p\u00fablico: derecho pol\u00edtico, derecho de gentes y derecho de ciudadan\u00eda mundial? Cuando yo digo que la Naturaleza \u00abquiere\u00bb que esto o lo otro suceda, no entiendo que la Naturaleza nos impone la obligaci\u00f3n de hacerlo \u2013pues tal obligaci\u00f3n s\u00f3lo puede partir de la raz\u00f3n pr\u00e1ctica, libre de toda coacci\u00f3n\u2013; entiendo que lo hace la Naturaleza misma, queramos o no los hombres \u2013<\/span><i class=\"pg_52\">fata volentem ducunt, nolentem trahunt.<\/i><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_52\">1. Aun cuando un pueblo no quisiera reducirse al imperio de leyes p\u00fablicas, para evitar las discordias interiores tendr\u00eda que hacerlo, porque la guerra exterior le obligar\u00eda a ello. Todo pueblo, en efecto, seg\u00fan la disposici\u00f3n general ordenada por la Naturaleza, tiene pueblos vecinos que le<\/span>\u00a0<span class=\"pg_53\">acosan, y para defenderse de ellos ha de\u00a0<\/span><span class=\"pg_53\">organizarse como potencia, es decir, ha de convertirse interiormente en un Estado. Ahora bien; la constituci\u00f3n republicana es la \u00fanica perfectamente adecuada al derecho de los hombres; pero es muy dif\u00edcil de establecer, y m\u00e1s a\u00fan de conservar, hasta el punto de que muchos afirman que la rep\u00fablica es un Estado de \u00e1ngeles, y que los hombres, con sus tendencias ego\u00edstas, son incapaces de vivir en una constituci\u00f3n de forma tan sublime. Pero la Naturaleza viene en ayuda de la voluntad general, fundada en la raz\u00f3n de esa voluntad tan honrada y enaltecida en teor\u00eda como incapaz y d\u00e9bil en la pr\u00e1ctica. Y la ayuda que le presta la Naturaleza consiste precisamente en aprovechar esas tendencias ego\u00edstas; de suerte que s\u00f3lo de una buena organizaci\u00f3n del Estado depender\u00e1 \u2013y ello est\u00e1 siempre en la mano del hombre\u2013 el que las fuerzas de esas tendencias malas choquen encontradas y contengan o detengan mutuamente sus destructores efectos. El resultado, para la raz\u00f3n, es el mismo que si esas tendencias no<\/span>\u00a0<span class=\"pg_54\">existieran, y el hombre, aun siendo moralmente malo, queda obligado a ser un buen ciudadano. El problema del establecimiento de un Estado tiene siempre soluci\u00f3n, por muy extra\u00f1o que parezca, aun cuando se trate de un pueblo de demonios; basta con que \u00e9stos posean entendimiento.\u00a0<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_54\">El problema es el siguiente: \u00abHe aqu\u00ed una muchedumbre de seres racionales que desean, todos, leyes universales para su propia conservaci\u00f3n, aun cuando cada uno de ellos, en su\u00a0interior, se inclina siempre a eludir la ley. Se trata de ordenar su vida en una constituci\u00f3n, de tal suerte que, aunque sus sentimientos \u00edntimos sean opuestos y hostiles unos a otros, queden contenidos, y el resultado p\u00fablico de la conducta de esos seres sea el mismo exactamente que si no tuvieran malos instintos.\u00bb Este problema tiene que tener soluci\u00f3n. Pues no se trata de la mejora moral del hombre, sino del mecanismo de la Naturaleza, y el problema es averiguar c\u00f3mo se ha de utilizar ese mecanismo natural en el hombre, para\u00a0<span class=\"pg_55\">disponer las contrarias y hostiles inclinaciones de tal manera que todos los individuos se sientan obligados por fuerza a someterse a las leyes y tengan que vivir por fuerza en pac\u00edficas relaciones, obedeciendo a las leyes. Puede observarse esto en los actuales Estados, imperfectamente organizados a\u00fan; los hombres se aproximan, en su conducta externa, a lo prescrito por la idea del derecho, y, sin embargo, no es seguramente la moralidad la causa de esa conducta, como asimismo la moralidad interior no es seguramente la que ha de producir una buena constituci\u00f3n, sino m\u00e1s bien \u00e9sta la que podr\u00e1 contribuir a educar moralmente a un pueblo. El mecanismo, pues, de la Naturaleza, las inclinaciones ego\u00edstas que en modo natural se oponen unas a otras y se hostilizan exteriormente, son el medio de que la raz\u00f3n puede valerse para conseguir su fin propio, el precepto jur\u00eddico, y, por ende, para fomentar y garantir la paz interior y exterior. Esto significa que la Naturaleza quiere\u00a0<\/span><\/span><span class=\"pg_55\">a toda costa que el derecho conserve al fin la<\/span><span class=\"pg_56\">supremac\u00eda. Lo que en este punto no haga el hombre lo har\u00e1 ella; pero a costa de mayores dolores y molestias.<\/span><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<blockquote><p><span class=\"pg_56\"><span style=\"color: #008000;\"><em><strong><span style=\"font-size: 14pt;\">\u00abSi doblas la ca\u00f1a, se romper\u00e1; quien mucho quiere, no quiere nada.\u00bb<\/span> <\/strong><\/em><\/span>(Bouterweek.)<\/span><\/p><\/blockquote>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_56\">2. La idea del derecho de gentes presupone la separaci\u00f3n de numerosos Estados vecinos independientes unos de otros. Esta situaci\u00f3n es en s\u00ed misma b\u00e9lica, a no ser que haya entre las naciones una uni\u00f3n federativa que impida la ruptura de hostilidades. Sin embargo, esta divisi\u00f3n en Estados independientes es m\u00e1s conforme a la idea de la raz\u00f3n que la anexi\u00f3n de todos por una potencia vencedora, que se convierte en monarqu\u00eda universal. En efecto, las leyes pierden eficacia cuando el gobierno se va extendiendo a m\u00e1s amplios territorios, y un despotismo sin alma aniquila primero todos los g\u00e9rmenes del bien y acaba, por \u00faltimo, en la anarqu\u00eda. Sin embargo, es el deseo de<\/span>\u00a0<span class=\"pg_57\">todo Estado \u2013o de su pr\u00edncipe\u2013 alcanzar la paz perpetua conquistando al mundo entero.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_57\">Pero la Naturaleza \u00abquiere\u00bb otra cosa. Se sirve de dos medios para evitar la confusi\u00f3n de los pueblos y mantenerlos separados:\u00a0<\/span><span class=\"relacion tipo_5 r_0 5_34102 pg_57\">la diferencia de los idiomas y de las religiones<\/span><span class=\"pg_57\">. Estas diferencias encierran siempre en su seno un germen de odio y un pretexto de guerras; pero con el aumento de la cultura y la paulatina\u00a0<\/span><span class=\"pg_57\">aproximaci\u00f3n de los hombres, unidos por principios comunes, conducen a inteligencias de paz, que no se fundan y afirman, como el despotismo, en el cementerio de la libertad y en el quebrantamiento de las energ\u00edas, sino en un equilibrio de las fuerzas activas, luchando en noble competencia.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_57\">3. As\u00ed como la Naturaleza sabiamente ha separado los pueblos que la voluntad de cada Estado, fund\u00e1ndose en el derecho de gentes, quisiera unir bajo su dominio por la fuerza o la astucia, as\u00ed tambi\u00e9n la misma Naturaleza junta a los pueblos. El concepto del derecho mundial de ciudadan\u00eda no los protege contra<\/span>\u00a0<span class=\"pg_58\">la agresi\u00f3n y la guerra, pero la mutua convivencia y provecho los aproxima y une. El esp\u00edritu comercial, incompatible con la guerra, se apodera tarde o temprano de los pueblos. De todos los poderes subordinados a la fuerza del Estado, es el poder del dinero el que inspira m\u00e1s confianza, y por eso los Estados se ven obligados \u2013no ciertamente por motivos morales\u2013 a fomentar la paz, y cuando la guerra inminente amenaza al mundo, procuran evitarla con arreglos y componendas, como si estuviesen en constante alianza para ese fin pac\u00edfico. Las grandes federaciones de Estados, formadas expresamente para la guerra, ni pueden durar mucho, por su naturaleza misma, ni menos a\u00fan tienen \u00e9xito favorable. De esta suerte, la Naturaleza garantiza la paz perpetua, utilizando en su provecho el mecanismo de las inclinaciones humanas. Desde luego, esa garant\u00eda no es\u00a0<\/span><span class=\"pg_58\">bastante para poder vaticinar con te\u00f3rica seguridad el porvenir; pero en sentido pr\u00e1ctico, moral, es suficiente para obligarnos a trabajar todos por conseguir ese fin, que no<\/span>\u00a0<span class=\"pg_59\">es una mera ilusi\u00f3n.<\/span><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<figure id=\"attachment_15900\" aria-describedby=\"caption-attachment-15900\" style=\"width: 600px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-tratado-de-paz-de-los-pirineos.jpg\" rel=\"lightbox[2242494]\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-15900 size-full\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-tratado-de-paz-de-los-pirineos.jpg\" alt=\"\" width=\"600\" height=\"409\" srcset=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-tratado-de-paz-de-los-pirineos.jpg 600w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-tratado-de-paz-de-los-pirineos-300x205.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 600px) 100vw, 600px\" \/><\/a><figcaption id=\"caption-attachment-15900\" class=\"wp-caption-text\"><span style=\"color: #008000;\">Tratado de Paz de los Pirineos, de Laumosnier<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<h3>\u00a0<\/h3>\n<h3 class=\"titulo_1 nueva_pagina di_np\" style=\"text-align: center;\"><span class=\"pg_60\" style=\"font-size: 18pt;\">Suplemento segundo <a id=\"ref4\"><\/a><a href=\"#ref4a\">(4)<\/a><\/span><\/h3>\n<h3 class=\"titulo_1 nueva_pagina di_np\" style=\"text-align: center;\"><span class=\"pg_60\" style=\"color: #008000;\">Un art\u00edculo secreto de la paz perpetua<\/span><\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_60\" style=\"font-size: 14pt;\">Un art\u00edculo secreto en las negociaciones del derecho p\u00fablico es, objetivamente, es decir, considerado en su contenido, una contradicci\u00f3n; pero subjetivamente, estimado seg\u00fan la calidad de la persona que lo dicta, puede admitirse, pues cabe pensar que esa persona no cree conveniente para su dignidad manifestarse p\u00fablicamente autora del citado art\u00edculo.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_60\">El \u00fanico art\u00edculo de esta especie va incluso en la siguiente proposici\u00f3n: \u00abLas m\u00e1ximas de los fil\u00f3sofos sobre las condiciones de la posibilidad de la paz p\u00fablica deber\u00e1n ser tenidas en cuenta y\u00a0<\/span><span class=\"pg_60\">estudiadas por los Estados apercibidos para la guerra.\u00bb<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_60\">Para la autoridad legisladora de un Estado, en quien naturalmente hay que suponer la m\u00e1s honda sabidur\u00eda, parece deprimente el tener que buscar ense\u00f1anzas en algunos de<\/span>\u00a0<span class=\"pg_61\">sus s\u00fabditos \u2013los fil\u00f3sofos\u2013 antes de decidir los principios seg\u00fan los cuales va a determinar su conducta frente a otros Estados. Sin embargo, convendr\u00eda mucho que as\u00ed lo hiciera. El Estado, pues, requerir\u00e1 t\u00e1citamente \u2013en secreto\u2013 a los fil\u00f3sofos, lo cual significa que les dejar\u00e1 expresarse libre y p\u00fablicamente sobre las m\u00e1ximas generales de la guerra y de la paz. Los fil\u00f3sofos hablar\u00e1n espont\u00e1neamente, si no se les prohibe hacerlo. Sobre este punto no necesitan los Estados ponerse previamente de acuerdo; coincidir\u00e1n todos, porque esta coincidencia yace en la obligaci\u00f3n misma que nos impone la raz\u00f3n moral legisladora. No quiero decir que el Estado deba dar la preferencia a los principios del fil\u00f3sofo sobre las sentencias del jurista \u2013representante de la potestad p\u00fablica\u2013, sino s\u00f3lo que debe o\u00edrlos.\u00a0<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_61\">El jurisconsulto, que ha elegido como s\u00edmbolo la balanza del derecho y la espada de la justicia, suele usar la espada, no s\u00f3lo para apartar de la balanza todo influjo<\/span>\u00a0<span class=\"pg_62\">extra\u00f1o que pueda perturbar su equilibrio, sino a veces tambi\u00e9n para echarla en uno de los platillos \u2013voe victis\u2013. El jurista, que no es fil\u00f3sofo al mismo tiempo \u2013ni en cuanto a la moralidad\u2013, siente una irresistible inclinaci\u00f3n, muy propia de su empleo, a aplicar\u00a0<\/span><span class=\"pg_62\">las leyes vigentes, sin investigar si estas leyes no ser\u00edan acaso susceptibles de alg\u00fan perfeccionamiento; y porque este rango, en realidad inferior, de su facultad va acompa\u00f1ado de la fuerza, est\u00edmala por superior. La facultad de filosof\u00eda est\u00e1 muy por debajo de las fuerzas unidas de las otras. D\u00edcese de la filosof\u00eda, por ejemplo, que es la sirvienta de la teolog\u00eda \u2013y lo mismo de las otras dos\u2013. Pero no se aclara bien si su servicio consiste \u00aben preceder a su se\u00f1ora, llevando la antorcha, o en seguirla, recogi\u00e9ndole la cola\u00bb.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_62\">No hay que esperar ni que los reyes se hagan fil\u00f3sofos ni que los fil\u00f3sofos sean reyes. Tampoco hay que desearlo; la posesi\u00f3n de la fuerza perjudica inevitablemente al libre ejercicio de la raz\u00f3n. Pero si los reyes o los<\/span>\u00a0<span class=\"pg_63\">pueblos pr\u00edncipes \u2013pueblos que se rigen por leyes de igualdad\u2013 no permiten que la clase de los fil\u00f3sofos desaparezca o enmudezca; si les dejan hablar p\u00fablicamente, obtendr\u00e1n en el estudio de sus asuntos unas aclaraciones y precisiones de las que no se puede prescindir. Los fil\u00f3sofos son por naturaleza inaptos para bander\u00edas y propagandas de club; no son, por tanto, sospechosos de proselitismo.<\/span><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpertua-kant-juramentoAmadeo-I.jpg\" rel=\"lightbox[2242494]\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter wp-image-15903\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpertua-kant-juramentoAmadeo-I-223x300.jpg\" alt=\"\" width=\"430\" height=\"579\" srcset=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpertua-kant-juramentoAmadeo-I-223x300.jpg 223w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpertua-kant-juramentoAmadeo-I.jpg 517w\" sizes=\"auto, (max-width: 430px) 100vw, 430px\" \/><\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3>\u00a0<\/h3>\n<h3 class=\"titulo_1 nueva_pagina di_np\" style=\"text-align: center;\"><span class=\"pg_64\" style=\"font-size: 18pt;\">Ap\u00e9ndices <a id=\"ref5\"><\/a><a href=\"#ref5a\">(5)<\/a><\/span><\/h3>\n<h3 class=\"titulo_2\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 18pt;\"><em><span class=\"pg_64\" style=\"color: #008000;\">I. Sobre el desacuerdo que hay entre la moral y la pol\u00edtica con respecto a la paz perpetua<\/span><\/em><\/span><\/h3>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_64\">La moral es una pr\u00e1ctica, en sentido objetivo; es el conjunto de las leyes, obligatorias sin condici\u00f3n, seg\u00fan las cuales \u00abdebemos\u00bb obrar. Habiendo, pues, concedido al concepto del deber su plena autoridad, resulta manifiestamente absurdo decir luego que no se \u00abpuede\u00bb hacer lo que \u00e9l manda. En efecto; el concepto del deber se vendr\u00eda abajo por s\u00ed mismo, ya que nadie est\u00e1 obligado a lo imposible \u2013ultra posse nemo obligatur\u2013. No puede haber, por tanto, disputa entre la pol\u00edtica, como aplicaci\u00f3n de la doctrina del derecho, y la moral, que es la teor\u00eda de esa doctrina; no puede haber disputa entre la pr\u00e1ctica y la teor\u00eda. A no ser que por moral se entienda una doctrina general de la prudencia, es decir, una teor\u00eda<\/span>\u00a0<span class=\"pg_65\">de las m\u00e1ximas convenientes para discernir los medios m\u00e1s propios de realizar cada cual sus prop\u00f3sitos interesados, y esto equivaldr\u00eda a negar toda moral.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_65\">La pol\u00edtica dice: \u00abSed astutos como la serpiente.\u00bb La moral a\u00f1ade esta condici\u00f3n limitativa: \u00aby c\u00e1ndidos, como la inocente paloma\u00bb. Si ambos consejos no pudiesen entrar en un mismo precepto, existir\u00eda realmente una oposici\u00f3n entre la pol\u00edtica y la moral; pero si ambos deben ir unidos absolutamente, ser\u00e1\u00a0<\/span><span class=\"pg_65\">absurdo el concepto de la oposici\u00f3n, y la cuesti\u00f3n de c\u00f3mo se ha de resolver el conflicto no podr\u00e1 ni plantearse siquiera como problema. La proposici\u00f3n siguiente: \u00abLa mejor pol\u00edtica es la honradez\u00bb, encierra una teor\u00eda mil veces, \u00a1ay!, contradicha por la pr\u00e1ctica. Pero esta otra proposici\u00f3n, igualmente te\u00f3rica: \u00abLa honradez vale m\u00e1s que toda pol\u00edtica\u00bb est\u00e1 infinitamente por encima de cualquier objeci\u00f3n y aun es la condici\u00f3n ineludible de aqu\u00e9lla. El dios-t\u00e9rmino de la moral no se inclina ante J\u00fapiter, dios-t\u00e9rmino de la<\/span>\u00a0<span class=\"pg_66\">fuerza. J\u00fapiter se halla sometido al Destino, es decir, que la raz\u00f3n no tiene la suficiente penetraci\u00f3n para conocer totalmente la serie de las causas antecedentes y determinantes, que podr\u00edan permitir una segura previsi\u00f3n del \u00e9xito favorable o adverso, que ha de rematar las acciones u omisiones de los hombres, seg\u00fan el mecanismo de la Naturaleza. Puede la raz\u00f3n esperar y desear obtener ese conocimiento completo, pero no lo consigue. En cambio, lo que haya que hacer para mantenerse en l\u00ednea recta del deber, por reglas de la sabidur\u00eda, con\u00f3celo la raz\u00f3n muy bien y d\u00edcelo muy claramente y manti\u00e9nelo como fin \u00faltimo de la vida.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_66\">Ahora bien; el pr\u00e1ctico, para quien la moral es una mera teor\u00eda, nos arrebata cruelmente la consoladora esperanza que nos anima, sin perjuicio de convenir en que debe y aun puede realizarse. F\u00fandase para ello en la afirmaci\u00f3n de que la Naturaleza humana es tal que jam\u00e1s el hombre \u00abquerr\u00e1\u00bb poner los medios precisos para\u00a0<\/span><span class=\"pg_66\">conseguir el prop\u00f3sito<\/span>\u00a0<span class=\"pg_67\">de la paz perpetua. No basta para ello, en efecto, que la voluntad individual de todos los hombres sea favorable a una constituci\u00f3n legal, seg\u00fan principios de libertad; no basta la unidad \u00abdistributiva\u00bb de la voluntad de todos. Hace falta, adem\u00e1s, para resolver tan dif\u00edcil problema, la unidad \u00abcolectiva\u00bb de la voluntad general; hace falta que todos juntos quieran ese estado, para que se instituya una unidad total de la sociedad civil. Por tanto, sobre las diferentes voluntades particulares de todos es necesario, adem\u00e1s, una causa que las una para constituir la voluntad general, y esa causa unitaria no puede ser ninguna de las voluntades particulares. De donde resulta que, en la realizaci\u00f3n de esa idea \u2013en la pr\u00e1ctica\u2013, el estado legal ha de empezar por la violencia, sobre cuya coacci\u00f3n se funda despu\u00e9s el derecho p\u00fablico. Adem\u00e1s, no es posible contar con la conciencia moral m\u00e1s del legislador y creer que \u00e9ste, despu\u00e9s de haber reunido en un pueblo a la salvaje multitud, va a dejarle el cuidado de instituir una constituci\u00f3n jur\u00eddica conforme a la voluntad com\u00fan. Todo esto nos permite<\/span>\u00a0<span class=\"pg_68\">vaticinar con seguridad que entre la idea o teor\u00eda y la realidad o experiencia habr\u00e1 notables diferencias.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_68\">Pero prosigue el hombre pr\u00e1ctico diciendo: el que tiene el poder en sus manos no se dejar\u00e1 imponer leyes por el pueblo. Un Estado que ha llegado a establecerse independiente de toda ley exterior no se someter\u00e1 a ning\u00fan juez ajeno cuando se trate de definir su derecho frente a los\u00a0<\/span><span class=\"pg_68\">dem\u00e1s Estados. Y si una parte del mundo se siente m\u00e1s poderosa que otra, aunque \u00e9sta no le sea enemiga ni oponga obst\u00e1culo alguno a su vida, la primera no dejar\u00e1 de robustecer su poder\u00edo a costa de la segunda, domin\u00e1ndola o expoli\u00e1ndola. Todos los planes que la teor\u00eda invente para instituir un derecho pol\u00edtico, de gentes o de ciudadan\u00eda mundial, se evaporan en ideales vacuos. En cambio, la pr\u00e1ctica, fundada en los principios emp\u00edricos de la naturaleza humana, no se siente rebajada ni humillada si busca ense\u00f1anzas para sus m\u00e1ximas en el estudio de lo que sucede en el mundo, y s\u00f3lo as\u00ed<\/span>\u00a0<span class=\"pg_69\">puede llegarse a asentar los s\u00f3lidos cimientos de la prudencia pol\u00edtica.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_69\">Desde luego, si no hay libertad ni ley moral fundada en la libertad; si todo lo que ocurre y puede ocurrir es simple mecanismo natural, entonces la pol\u00edtica \u2013arte de utilizar ese mecanismo como medio de gobernar a los hombres\u2013 es la \u00fanica sabidur\u00eda pr\u00e1ctica, y el concepto del derecho es un pensamiento vano. Pero si se cree que es absolutamente necesario unir el concepto del derecho a la pol\u00edtica y hasta elevarlo a la altura de condici\u00f3n limitativa de la pol\u00edtica, entonces hay que admitir que existe una armon\u00eda posible entre ambas esferas. Ahora bien; yo concibo un pol\u00edtico moral, es decir, uno que considere los principios de la prudencia pol\u00edtica como compatibles con la moral; pero no concibo un moralista pol\u00edtico, es decir, uno que se forje\u00a0<\/span><span class=\"pg_69\">una moral ad hoc, una moral favorable a las conveniencias del hombre de Estado.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_70\" style=\"font-size: 14pt;\">He aqu\u00ed la m\u00e1xima fundamental que deber\u00e1 seguir el pol\u00edtico moral: Si en la constituci\u00f3n del Estado o en las relaciones entre Estados existen vicios que no se han podido evitar, es un deber, principalmente para los gobernantes, estar atentos a remediarlos lo m\u00e1s pronto posible y a conformarse al derecho natural, tal como la idea de la raz\u00f3n nos lo presenta ante los ojos; y esto deber\u00e1 hacerlo el pol\u00edtico aun sacrificando su ego\u00edsmo. Romper los lazos pol\u00edticos que consagran la uni\u00f3n de un Estado o de la Humanidad antes de tener preparada una mejor constituci\u00f3n, para sustituirla a la anterior, ser\u00eda proceder contra toda prudencia pol\u00edtica, que en este caso concuerda con la moral. Pero es preciso, por lo menos, que los gobernantes tengan siempre presente la m\u00e1xima que justifica y hace necesaria la referida alteraci\u00f3n.\u00a0<\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_70\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-tratado-de-paz.jpg\" rel=\"lightbox[2242494]\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft wp-image-15904\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-tratado-de-paz-300x155.jpg\" alt=\"\" width=\"350\" height=\"181\" srcset=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-tratado-de-paz-300x155.jpg 300w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-tratado-de-paz.jpg 600w\" sizes=\"auto, (max-width: 350px) 100vw, 350px\" \/><\/a>El Gobierno debe irse acercando lo m\u00e1s que pueda a su fin \u00faltimo, que es la mejor constituci\u00f3n, seg\u00fan leyes jur\u00eddicas. Esto<\/span>\u00a0<span class=\"pg_71\">puede y debe exigirse de la pol\u00edtica. Un Estado puede regirse ya como rep\u00fablica, aun cuando la constituci\u00f3n vigente siga siendo desp\u00f3tica, hasta que poco a poco el pueblo llegue a ser capaz de sentir la influencia de la mera idea de autoridad legal \u2013como si \u00e9sta tuviese fuerza f\u00edsica\u2013 y sea apto para legislarse a s\u00ed propio, fundando sus leyes en la idea del derecho. Si un movimiento revolucionario, provocado por una mala\u00a0<\/span><span class=\"pg_71\">constituci\u00f3n, consigue ilegalmente instaurar otra m\u00e1s conforme con el derecho, ya no podr\u00e1 ser permitido a nadie retrotraer al pueblo a la constituci\u00f3n anterior; sin embargo, mientras la primera estaba vigente, era leg\u00edtimo aplicar a los que, por violencia o por astucia, perturbaban el orden las penas impuestas a los rebeldes. En lo que se refiere a la relaci\u00f3n con otras naciones, no puede pedirse a un Estado que abandone su constituci\u00f3n, aunque sea desp\u00f3tica \u2013la cual, sin duda, es la m\u00e1s fuerte para luchar contra enemigos exteriores\u2013, mientras le amenace el peligro de ser conquistado por otros Estados. As\u00ed, pues,<\/span>\u00a0<span class=\"pg_72\">queda permitido, en algunos casos,\u00a0<\/span><span class=\"relacion tipo_5 r_0 5_34103 pg_72\">el aplazamiento de las reformas hasta mejor ocasi\u00f3n<\/span><span class=\"pg_72\">.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_72\" style=\"font-size: 14pt;\">Puede suceder que los moralistas, que, al realizar sus ideales, se equivocan y se hacen d\u00e9spotas, cometan numerosos pecados contra la prudencia pol\u00edtica, adoptando o defendiendo medidas de gobierno precipitadas; la experiencia, rectificando estos agravios a la Naturaleza, acudir\u00e1 a encarrilarlos por el buen camino. Pero, en cambio, los pol\u00edticos que construyen una moral para disculpar los principios de gobierno m\u00e1s contrarios al derecho, los pol\u00edticos que sostienen que la naturaleza humana no es capaz de realizar el bien prescrito por la idea de la raz\u00f3n, son los que, en realidad, perpet\u00faan la injuria a la justicia y hacen imposible toda mejora y progreso.<\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_72\">Estos h\u00e1biles pol\u00edticos se ufanan de poseer una ciencia pr\u00e1ctica; pero lo que tienen es la\u00a0t\u00e9cnica de los negocios y, disponiendo del poder que por ahora domina, est\u00e1n dispuestos a no olvidar su propio provecho y\u00a0<span class=\"pg_73\">a sacrificar al pueblo, y, si es posible, al mundo entero. Son como verdaderos juristas \u2013juristas de oficio, no legisladores\u2013 cuando se ven ascendidos a pol\u00edticos. No siendo su misi\u00f3n la de meditar sobre legislaci\u00f3n, sino la de cumplir los mandatos actuales de la ley, toda constituci\u00f3n vigente les parece perfecta; y si \u00e9sta es cambiada en las altas esferas de la corte, el nuevo estatuto les parece el mejor del mundo; todo marcha seg\u00fan el orden mec\u00e1nico pertinente al caso. Pero si esa adaptabilidad a todas las circunstancias les inspira la vanidosa pretensi\u00f3n de poder juzgar los principios jur\u00eddicos de una constituci\u00f3n pol\u00edtica en general, seg\u00fan el concepto del derecho \u2013a priori, pues, y no por experiencia\u2013; si se precian de conocer a los hombres \u2013cosa que no es de extra\u00f1ar, ya que tratan a diario con muchos\u2013, no conociendo empero \u00abal hombre\u00bb ni sabiendo de lo que es capaz, pues tal conocimiento exige una profunda observaci\u00f3n antropol\u00f3gica; si, provistos de esos pobres conceptos se acercan al derecho pol\u00edtico y de gentes para estudiar lo que la<\/span>\u00a0<span class=\"pg_74\">raz\u00f3n prescribe, har\u00e1nlo de seguro con su menguado esp\u00edritu leguleyesco, siguiendo su habitual proceder \u2013el de un mecanismo de leyes coactivas y desp\u00f3ticas\u2013. Lejos de esto, los conceptos de la raz\u00f3n exigen una potestad legal, fundada en los principios de la libertad, \u00fanicos capaces de instituir una constituci\u00f3n jur\u00eddica conforme a\u00a0<\/span><\/span><span class=\"pg_74\">derecho. El h\u00e1bil pol\u00edtico cree poder resolver el problema de una buena constituci\u00f3n dejando a un lado la idea, apelando a la experiencia y viendo c\u00f3mo estaban dispuestas las constituciones que hasta hoy se han mantenido mejor, aunque la mayor parte eran o son contrarias al derecho. Los principios que ponen en pr\u00e1ctica \u2013aunque sin manifestarlo\u2013 dicen poco m\u00e1s o menos lo que las siguientes m\u00e1ximas sof\u00edsticas:<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><em><span class=\"pg_74\">1.\u00aa\u00a0<\/span>Fac et excusa.<span class=\"pg_74\">\u00a0Aprovecha la ocasi\u00f3n favorable para apoderarte violentamente de un derecho del Estado sobre el pueblo o sobre otros pueblos<\/span>\u00a0<span class=\"pg_75\">vecinos. La legitimaci\u00f3n ser\u00e1 mucho m\u00e1s f\u00e1cil y suave despu\u00e9s del hecho; la fuerza quedar\u00e1 disculpada, sobre todo en el primer caso, cuando la potestad interior es al mismo tiempo autoridad legisladora a quien hay que obedecer sin discusi\u00f3n.<\/span><\/em><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><em><span class=\"pg_75\">Vale m\u00e1s hacerlo as\u00ed que no empezar buscando motivos convincentes y discutiendo las objeciones contra ellos. Esta misma audacia parece en cierto modo oriunda de una interior convicci\u00f3n de la legitimidad del acto, y el dios del \u00abbuen \u00c9xito\u00bb es luego el mejor abogado.<\/span><\/em><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><em><span class=\"pg_75\">2.\u00aa\u00a0<\/span>Si fecisti<span class=\"pg_75\">, nega. Los vicios de tu Gobierno, que han sido causa, por ejemplo, de la desesperaci\u00f3n y del levantamiento del pueblo, ni\u00e9galos; niega que t\u00fa seas culpable; afirma que se trata de una resistencia o desobediencia<\/span>\u00a0<span class=\"pg_76\"><span class=\"pg_76\">de los s\u00fabditos. Si te has apoderado de una naci\u00f3n vecina, \u00e9chale la culpa a la naturaleza del hombre, el cual, si\u00a0<\/span><\/span>no se adelanta a la agresi\u00f3n de otro, puede tener por seguro que sucumbir\u00e1 a la fuerza.<\/em><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><em><span class=\"pg_76\">3.\u00aa\u00a0<\/span>Divide et impera<span class=\"pg_76\">. Esto es: si en tu naci\u00f3n hay ciertas personas privilegiadas que te han elegido por jefe \u2013primus inter pares\u2013, procura dividirlas y enemistarlas con el pueblo; ponte luego del lado de este \u00faltimo, haci\u00e9ndole concebir esperanzas de mayor libertad; as\u00ed conseguir\u00e1s que todos obedezcan a tu voluntad absoluta. Si se trata de Estados extranjeros, hay un modo bastante seguro de reducirlos a tu dominio, y es sembrar entre ellos la discordia y aparentar que defiendes al m\u00e1s d\u00e9bil.<\/span><\/em><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_77\">A nadie, en verdad, enga\u00f1an estas m\u00e1ximas, tan universalmente conocidas. Tampoco es el caso de avergonzarse de ellas, como si su injusticia apareciese patente a los ojos de todos. Las grandes potencias no se averg\u00fcenzan nunca por los juicios que haga la masa; averg\u00fc\u00e9nzanse unas de otras. Pero en lo que se refiere a estas m\u00e1ximas, no es la publicidad, sino el mal \u00e9xito de las tretas, lo que puede avergonzar a un Estado \u2013ya que todos est\u00e1n de acuerdo acerca de la moralidad de las tales m\u00e1ximas\u2013. Queda, pues, siempre intacto el honor pol\u00edtico a que aspiran, a saber:\u00a0<\/span><span class=\"relacion tipo_5 r_0 5_34104 pg_77\">el engrandecimiento del poder por cualquier medio que sea<\/span><span class=\"pg_77\">.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_77\" style=\"font-size: 14pt;\">De todos estos circunloquios inventados por una doctrina inmoral de la habilidad, que se propone por tales medios sacar al hombre de la guerra impl\u00edcita en el estado de naturaleza para llevarlo al estado de paz, se deduce, por lo menos,\u00a0<\/span><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_77\">lo siguiente: Los hombres no pueden prescindir del concepto del derecho, ni en sus relaciones privadas ni en sus relaciones p\u00fablicas; no se atreven a<\/span>\u00a0<span class=\"pg_78\">convertir ostensiblemente la pol\u00edtica en simples medidas de habilidad; no se atreven a negar obediencia al concepto de un derecho p\u00fablico \u2013esto es visible, sobre todo, en el derecho de gentes\u2013; tributan a la idea del derecho todos los honores convenientes, sin perjuicio de inventar mil triqui\u00f1uelas y escapatorias para eludirlo en la pr\u00e1ctica y atribuir a la fuerza y a la astucia la autoridad y supremac\u00eda, el origen y lazo com\u00fan de todo derecho.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_78\">Para poner t\u00e9rmino a tanto sofisma \u2013aunque no a la injusticia que en esos sofismas se ampara\u2013; para obligar a los falsos representantes de los poderosos de la tierra a que confiesen que lo que ellos defienden no es el derecho, sino la fuerza, cuyo tono y empaque adoptan como si fueran ellos por si mismos los que mandan; para acabar con todo esto, ser\u00e1 bueno descubrir el artificio con que enga\u00f1an a los dem\u00e1s y se enga\u00f1an a s\u00ed mismos, y manifestar claramente cu\u00e1l es el principio supremo sobre que se funda la idea de la paz perpetua. Vamos a demostrar<\/span>\u00a0<span class=\"pg_79\">que todos los obst\u00e1culos que se oponen a la paz perpetua provienen de que el moralista pol\u00edtico comienza donde el pol\u00edtico moral termina; el moralista pol\u00edtico subordina los principios al fin que se propone \u2013como quien engancha los caballos detras del coche\u2013, y, por tanto, hace\u00a0<\/span><span class=\"pg_79\">vanos e in\u00fatiles sus prop\u00f3sitos de conciliar la moral con la pol\u00edtica.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_79\" style=\"font-size: 14pt;\">Para conciliar la filosof\u00eda pr\u00e1ctica consigo misma hay que resolver primero la cuesti\u00f3n siguiente: En los problemas de la raz\u00f3n pr\u00e1ctica, \u00bfdebe empezarse por el principio material, esto es, por el fin u objeto de la voluntad, o bien por el principio formal, esto es, por el principio fundado sobre la libertad, en relaci\u00f3n exterior, que dice as\u00ed: obra de tal modo que puedas querer que tu m\u00e1xima deba convertirse en ley universal, sea cualquiera el fin que te propongas?<\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_79\">Sin la menor duda, este \u00faltimo principio debe preceder al otro; es un principio de derecho y, por tanto, posee una necesidad absoluta incondicionada. El otro, en cambio,<\/span>\u00a0<span class=\"pg_80\">no es obligatorio sino cuando se admiten las condiciones emp\u00edricas del fin propuesto, es decir, de la realizaci\u00f3n. Aun cuando este fin fuese un deber \u2013como, por ejemplo, la paz perpetua\u2013, tendr\u00eda que deducirse del principio formal de las m\u00e1ximas para la acci\u00f3n externa. Ahora bien; el principio del moralista pol\u00edtico \u2013el problema del derecho pol\u00edtico, del derecho de gentes y del derecho de ciudadan\u00eda mundial\u2013 es un mero problema t\u00e9cnico; el del pol\u00edtico moral, en cambio, es un problema moral, y tan diferente, en el procedimiento, del primero, que la paz perpetua no es aqu\u00ed solamente un bien f\u00edsico, sino un estado imperiosamente exigido por la conciencia moral.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_80\">La soluci\u00f3n del problema t\u00e9cnico o de la habilidad pol\u00edtica requiere mucho conocimiento de la Naturaleza: el gobernante ha de utilizar el mecanismo de las fuerzas en provecho del fin que se ha propuesto. Y, sin embargo, esa ciencia es incierta, insegura, con respecto al resultado apetecido: la paz perpetua, en cualquiera de<\/span>\u00a0<span class=\"pg_81\">las tres ramas del derecho p\u00fablico. \u00bfC\u00f3mo mantener durante mucho tiempo un pueblo en la obediencia y en la paz interior fomentando a la vez sus energ\u00edas creadoras? \u00bfPor el rigor o por los regalos de la vanidad? \u00bfEn un r\u00e9gimen mon\u00e1rquico o aristocr\u00e1tico? \u00bfDando el poder a una nobleza de empleados? \u00bfRigi\u00e9ndose por la voluntad del pueblo?<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_81\" style=\"font-size: 14pt;\">La historia ofrece los ejemplos m\u00e1s contradictorios de reg\u00edmenes pol\u00edticos, exceptuando, empero, el verdadero r\u00e9gimen republicano, el cual no puede ser pensado sino por un pol\u00edtico moral. Si pasamos al derecho de gentes veremos que el que hoy existe con ese nombre, fundado en los estatutos elaborados por los ministros, es, en realidad, una palabra sin ning\u00fan contenido; sust\u00e9ntase en tratados que, en el acto mismo de firmarse, ya est\u00e1n secretamente transgredidos.<\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_81\">En cambio, la soluci\u00f3n del problema moral, que podr\u00edamos llamar problema de la sabidur\u00eda pol\u00edtica \u2013por oposici\u00f3n a la<\/span>\u00a0<span class=\"pg_82\">habilidad pol\u00edtica\u2013, se impone manifiestamente, por decirlo as\u00ed, a todo el mundo. Ante ella enmudece todo artificio\u00a0<\/span><span class=\"pg_82\">sof\u00edstico. Va directamente a su fin. Basta conservar la prudencia necesaria para no precipitarse en la realizaci\u00f3n, e irse acercando poco a poco al fin deseado sin interrupci\u00f3n, aprovechando las circunstancias favorables.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_82\" style=\"font-size: 14pt;\">Dice as\u00ed:<\/span><\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><em><span class=\"pg_82\">\u00abProcurad ante todo acercaros al ideal de la raz\u00f3n pr\u00e1ctica y a su justicia; el fin que os propongais \u2013la paz perpetua se os vendr\u00e1 a las manos.\u00bb<\/span><\/em><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_82\">Tiene la moral de caracter\u00edstico, sobre todo en lo que concierne a los principios del derecho p\u00fablico \u2013y, por tanto, respecto de una pol\u00edtica cognoscible a priori\u2013, que cuanto menos subordina la conducta a los fines propuestos y al provecho apetecido,<\/span>\u00a0<span class=\"pg_83\">f\u00edsico o moral, tanto m\u00e1s se acomoda, sin embargo, a ese fin y le favorece en general. Esto sucede porque la voluntad universal, dada a priori \u2013en un pueblo o en las relaciones entre varios pueblos\u2013, es la \u00fanica que determina lo que es derecho entre los hombres; esta unidad de todas las voluntades, si procede consecuentemente en la ejecuci\u00f3n, puede ser tambi\u00e9n la causa mec\u00e1nica natural que provoque los efectos mejor encaminados a dar eficacia al concepto del derecho. As\u00ed, por ejemplo, es un principio de pol\u00edtica moral que un pueblo, al convertirse en Estado, debe hacerlo seg\u00fan los conceptos jur\u00eddicos de libertad y de igualdad.\u00a0<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_83\">Este principio no se funda en prudencia o habilidades, sino en el deber moral. Ya pueden los moralistas pol\u00edticos objetar cuanto quieran sobre el mecanismo natural de las masas populares y sostener que en la realizaci\u00f3n se ahogan los principios y se evaporan los prop\u00f3sitos; ya pueden citar casos de constituciones malas, antiguas y<\/span>\u00a0<span class=\"pg_84\">modernas \u2013por ejemplo, de democracias sin sistema representativo\u2013, para dar autoridad a sus afirmaciones. No merecen ser o\u00eddos; sus teor\u00edas provocan precisamente los males que ellos se\u00f1alan; ellos rebajan a los hombres con los dem\u00e1s animales a la consideraci\u00f3n de m\u00e1quinas vivientes, para las cuales la conciencia es un suplicio m\u00e1s, porque conociendo que son esclavos j\u00fazganse a s\u00ed mismos como las m\u00e1s miserables de las criaturas del mundo.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_84\">Hay una frase que, a pesar de cierto dejo de fanfarroner\u00eda, se ha hecho proverbial y es muy verdadera.\u00a0<\/span><i class=\"pg_84\">Fiat justitia, pereat mundus<\/i><span class=\"pg_84\">. Puede traducirse as\u00ed: Reine la justicia, aunque se hundan todos los bribones que hay en el mundo. Es un principio valiente de derecho, que ataja todo camino tortuoso de insidias y violencias. Pero es preciso que se le entienda en su verdadero sentido; no debe considerarse como un permiso que se nos da para que hagamos uso de nuestro propio derecho con el m\u00e1ximo rigor \u2013lo cual ser\u00eda contrario al deber moral\u2013, sino como la<\/span><span class=\"pg_85\">obligaci\u00f3n que tiene el regente de no negar ni disminuir a nadie su derecho por antipat\u00eda o\u00a0<\/span><span class=\"pg_85\">compasi\u00f3n. Para ello es necesaria una constituci\u00f3n interior del Estado, adecuada a los principios del derecho, y adem\u00e1s un estatuto que junte a las naciones pr\u00f3ximas y aun remotas en una uni\u00f3n semejante a la del Estado, y cuya misi\u00f3n sea resolver los conflictos internacionales. Aquella frase proverbial significa, pues, esto: las m\u00e1ximas pol\u00edticas no deben fundarse en la perspectiva de felicidad y ventura que el Estado espera obtener de su aplicaci\u00f3n; no deben fundarse en el fin que se proponga conseguir el Gobierno; no deben fundarse en la voluntad, considerada como principio supremo \u2013aunque emp\u00edrico\u2013 de la pol\u00edtica; deben, por el contrario, partir del concepto puro del derecho, de la idea moral del deber, cuyo principio a priori da la raz\u00f3n pura, sean cualesquiera las consecuencias f\u00edsicas que se deriven. El mundo no ha de perecer porque haya menos malvados. El malvado tiene la virtud inseparable de su naturaleza, de<\/span>\u00a0<span class=\"pg_86\">destruirse a s\u00ed mismo y deshacer sus propios prop\u00f3sitos \u2013sobre todo en su relaci\u00f3n con otros malvados\u2013, y, aunque lentamente, abre paso al principio moral del bien.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_86\">No hay, pues, objetivamente \u2013en la teor\u00eda\u2013 oposici\u00f3n alguna entre la moral y la pol\u00edtica. Pero la hay, subjetivamente, por la inclinaci\u00f3n ego\u00edsta de los hombres, la cual, sin embargo, no siendo fundada en m\u00e1ximas de raz\u00f3n, no puede en rigor llamarse pr\u00e1ctica. Y esa oposici\u00f3n puede durar siempre, pues sirve de est\u00edmulo a la virtud, cuyo verdadero valor, en el caso presente, no consiste\u00a0<\/span><span class=\"pg_86\">s\u00f3lo en aguantar firme los da\u00f1os y sacrificios consiguientes \u2013<\/span><i class=\"pg_86\"><span class=\"relacion tipo_5 r_0 5_34105\">tu ne cede malis, sed contra audentior ito<\/span><\/i><span class=\"pg_86\">, sino en conocer y dominar el mal principio que mora en nosotros y que es sumamente peligroso, porque nos enga\u00f1a y traiciona con el espejuelo de esos sofismas, que excusan la violencia y la ilegalidad con el pretexto de las flaquezas humanas.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_87\">En realidad, puede decir el moralista pol\u00edtico: el regente y el pueblo o un pueblo y otro pueblo no son injustos unos con otros si se hostilizan por violencia o por astucia; la injusticia que cometen la cometen s\u00f3lo en el sentido de que no respetan el concepto del derecho, \u00fanico posible fundamento de la paz perpetua. En efecto; el uno falta a su deber con respecto al otro; pero este otro a su vez est\u00e1 animado de iguales intenciones para con el primero; por tanto, si se hacen mutuamente da\u00f1o, es justo que se destruyan ambos. Sin embargo, la destrucci\u00f3n no es tanta que no queden siempre algunos, los bastantes para que el juego no cese y se perpet\u00fae, dejando a la posteridad un ejemplo instructivo. La providencia en el curso del mundo queda aqu\u00ed justificada; pues el principio moral es, en el hombre, una luz que nunca se apaga, y la raz\u00f3n aplicada en la pr\u00e1ctica a realizar la idea del derecho, de conformidad con el principio moral, aumenta sin cesar a comp\u00e1s de la creciente cultura, con lo cual aumenta asimismo la culpabilidad de quienes cometen esas<\/span><span class=\"pg_88\">transgresiones. Lo que ninguna teodicea podr\u00eda\u00a0<\/span><span class=\"pg_88\">justificar ser\u00eda s\u00f3lo el acto de la creaci\u00f3n que ha llenado el mundo de seres viciosos y malignos \u2013suponiendo que la raza humana no pueda mejorar nunca\u2013. Pero este punto de vista es para nosotros demasiado elevado y sublime: nosotros no podemos explicar en sentido te\u00f3rico la insondable potencia suprema con nuestros conceptos de lo que es la sabidur\u00eda.\u00a0<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_88\">A tales consecuencias, desesperadas, somos forzosamente compelidos si nos negamos a admitir que los primeros puros del derecho poseen realidad objetiva; esto es, que pueden realizarse, y que, por consiguiente, el pueblo en el Estado, y los Estados en sus mutuas relaciones deben conducirse de conformidad con esos principios, diga lo que quiera la pol\u00edtica emp\u00edrica. La verdadera pol\u00edtica no puede dar un paso sin haber previamente hecho pleito homenaje a la moral. La pol\u00edtica, en s\u00ed misma, es un arte dif\u00edcil; pero la uni\u00f3n de la pol\u00edtica con la moral no es un arte, pues tan pronto como entre ambas<\/span>\u00a0<span class=\"pg_89\">surge una discrepancia, que la pol\u00edtica no puede resolver, viene la moral y zanja la cuesti\u00f3n, cortando el nudo. El derecho de los hombres ha de ser mantenido como cosa sagrada, por muchos sacrificios que le cueste al poder denominador. No caben aqu\u00ed componendas; no cabe inventar un t\u00e9rmino medio entre derecho y provecho, un derecho condicionado en la pr\u00e1ctica. Toda la pol\u00edtica debe inclinarse ante el derecho; pero, en cambio, puede abrigar la esperanza de que, si bien\u00a0lentamente, llegar\u00e1 un d\u00eda en que brille con inalterable esplendor.<\/span><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<figure id=\"attachment_15905\" aria-describedby=\"caption-attachment-15905\" style=\"width: 717px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-la-rendici\u00f3n-de-breda.jpg\" rel=\"lightbox[2242494]\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-15905 size-full\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-la-rendici\u00f3n-de-breda.jpg\" alt=\"\" width=\"717\" height=\"559\" srcset=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-la-rendici\u00f3n-de-breda.jpg 717w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2019\/01\/paz-perpetua-kant-la-rendici\u00f3n-de-breda-300x234.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 717px) 100vw, 717px\" \/><\/a><figcaption id=\"caption-attachment-15905\" class=\"wp-caption-text\"><span style=\"color: #008000;\">La rendici\u00f3n de Breda, de Vel\u00e1zquez<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<h3>\u00a0<\/h3>\n<h3 class=\"titulo_2 nueva_pagina di_np\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"color: #008000;\"><em><span class=\"pg_90\" style=\"font-size: 18pt;\">II. De la armon\u00eda entre la pol\u00edtica y la moral, seg\u00fan el concepto trascendental del derecho p\u00fablico<\/span><\/em><\/span><\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Si en el derecho p\u00fablico, tal como suelen concebirlo los juristas, prescindimos de toda \u00abmateria\u00bb \u2013las diferentes relaciones dadas emp\u00edricamente entre los individuos de un Estado o entre varios Estados\u2013, s\u00f3lo nos quedar\u00e1 la \u00abforma de la publicidad\u00bb, cuya posibilidad est\u00e1 contenida en toda pretensi\u00f3n de derecho. Sin publicidad no habr\u00eda justicia, pues la justicia no se concibe oculta, sino p\u00fablicamente manifiesta; ni habr\u00eda, por tanto, derecho, que es lo que la justicia distribuye y define.<\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_90\">La capacidad de publicarse debe, pues, residir en toda pretensi\u00f3n de derecho. Ahora bien; como es muy f\u00e1cil darse cuenta de si esa capacidad de publicarse reside o no en un caso particular, esto es, si es o no compatible con las m\u00e1ximas del que intenta<\/span>\u00a0<span class=\"pg_91\">la acci\u00f3n, resulta de aqu\u00ed que puede servir como un criterio a priori de dar raz\u00f3n para conocer en seguida, como por un experimento, la verdad o falsedad de la pretensi\u00f3n citada.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_91\" style=\"font-size: 14pt;\">Si prescindimos, pues, de todo el contenido emp\u00edrico que hay en el concepto del derecho pol\u00edtico y del derecho de gentes \u2013como es, por ejemplo, la maldad de la humana naturaleza que hace necesaria la coacci\u00f3n\u2013, hallamos la proposici\u00f3n siguiente, que bien puede llamarse \u00abf\u00f3rmula trascendental\u00bb del derecho p\u00fablico:<\/span><\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><em><span class=\"pg_91\">\u00abLas acciones referentes al derecho de otros hombres son injustas, si su m\u00e1xima no admite publicidad.\u00bb<\/span><\/em><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_91\">Este principio debe considerarse no s\u00f3lo como un principio \u00ab\u00e9tico\u00bb, perteneciente a la teor\u00eda de la virtud, sino como un principio \u00abjur\u00eddico\u00bb, relativo al derecho de<\/span>\u00a0<span class=\"pg_92\">los hombres.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_92\">En efecto; una m\u00e1xima que no puedo manifestar en alta voz, que ha de permanecer secreta, so pena de hacer fracasar mi prop\u00f3sito; una m\u00e1xima que no puedo reconocer p\u00fablicamente sin provocar en el acto la oposici\u00f3n de todos a mi proyecto; una m\u00e1xima que, de ser conocida, suscitar\u00eda contra m\u00ed una enemistad\u00a0<\/span><span class=\"pg_92\">necesaria y universal y, por tanto, cognoscible a priori; una m\u00e1xima que tiene tales consecuencias las tiene forzosamente porque encierra una amenaza injusta al derecho de los dem\u00e1s. El principio citado es, adem\u00e1s, simplemente \u00abnegativo\u00bb; es decir, que s\u00f3lo sirve para conocer lo que \u00abno es justo\u00bb con respecto a otros. Es, como los axiomas, cierto, pero indemostrable, y adem\u00e1s muy sencillo de aplicar, como se ver\u00e1 en los siguientes ejemplos tomados del derecho p\u00fablico.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_92\">1. En lo que se refiere al <span style=\"color: #008000;\"><strong>derecho pol\u00edtico interior<\/strong><\/span> \u2013<\/span><i class=\"pg_92\">jus civitatis<\/i><span class=\"pg_92\">\u2013, hay un problema que muchos consideran dif\u00edcil de resolver y que el principio trascendental de la publicidad<\/span>\u00a0<span class=\"pg_93\">resuelve muy f\u00e1cilmente: \u00bfes la revoluci\u00f3n un medio leg\u00edtimo para librarse un pueblo de la opresi\u00f3n de un tirano non t\u00edtulo, sed\u00a0<\/span><i class=\"pg_93\"><span class=\"relacion tipo_5 r_0 5_34106\">exercitio talis<\/span><\/i><span class=\"pg_93\">?\u2013. Los derechos del pueblo yacen escarnecidos, y al tirano no se le hace ninguna injusticia destron\u00e1ndole; no cabe duda alguna. No obstante, es altamente ileg\u00edtimo, por parte de los s\u00fabditos, el reivindicar su derecho de esa manera, y no pueden en modo alguno quejarse de la injusticia recibida si son vencidos en la demanda y obligados a cumplir las penas consiguientes.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_93\">Sobre este punto puede discutirse mucho si se quiere zanjar la cuesti\u00f3n por medio de una deducci\u00f3n dogm\u00e1tica de los fundamentos de derecho. Pero el principio trascendental de la publicidad del derecho p\u00fablico puede ahorrarnos toda discusion. Seg\u00fan este principio, preg\u00fantese\u00a0el pueblo mismo, antes de cerrar el contrato social, si se atreve a manifestar p\u00fablicamente la m\u00e1xima por la cual se reserva el derecho a sublevarse. Bien se ve que, si al fundarse un\u00a0<span class=\"pg_94\">Estado, se pusiera la condici\u00f3n de que en ciertos casos podr\u00e1 hacerse uso de la fuerza contra el soberano, esto equivaldr\u00eda a dar al pueblo un poder legal sobre el soberano. Pero entonces el soberano no ser\u00eda soberano, y si se pusiera por condici\u00f3n la doble soberan\u00eda, resultar\u00eda entonces imposible instaurar el Estado, lo cual ser\u00eda contrario al prop\u00f3sito inicial. La ilegitimidad de la sublevaci\u00f3n se manifiesta, pues, patente, ya que la m\u00e1xima en que se funda no puede hacerse p\u00fablica sin destruir el prop\u00f3sito mismo del Estado. Ser\u00eda preciso, pues, ocultarla. El soberano, en cambio, no necesita ocultar nada. Puede decir libremente que castigar\u00e1 con la muerte toda sublevaci\u00f3n, aun cuando los sublevados crean que ha sido el soberano el que primero ha transgredido la ley fundamental. Pues si el soberano tiene conciencia de que posee el poder supremo irresistible \u2013y hay que admitir que ello es as\u00ed en toda constituci\u00f3n civil, puesto que quien no tuviera fuerza bastante para proteger a los individuos unos contra otros<\/span>\u00a0<span class=\"pg_95\">no tendr\u00eda tampoco derecho a mandarles\u2013 no ha de preocuparse de que la publicaci\u00f3n de su m\u00e1xima destruya sus prop\u00f3sitos. Por otra parte, si la sublevaci\u00f3n resulta victoriosa, esto significa que el soberano retrocede y vuelve a la condici\u00f3n de s\u00fabdito; le est\u00e1, pues, vedado sublevarse de nuevo\u00a0<\/span><\/span><span class=\"pg_95\">para restablecer el antiguo r\u00e9gimen; pero tambi\u00e9n queda libre de todo temor, y nadie puede exigirle responsabilidad por su anterior gobierno.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_95\">2. <strong><span style=\"color: #008000;\">\u00abDerecho de gentes.\u00bb<\/span><\/strong> No se puede hablar de derecho de gentes si no es suponiendo un estatuto jur\u00eddico, es decir, una condici\u00f3n externa que permita atribuir realmente un derecho al hombre. El derecho de gentes, como derecho p\u00fablico que es, implica ya en su concepto la publicaci\u00f3n de una voluntad general que determine para cada cual lo suyo. Y este estatuto jur\u00eddico ha de originarse en alg\u00fan contrato, el cual no necesita estar fundado en leyes coactivas \u2013como el contrato origen del Estado\u2013, sino que puede ser un pacto de asociaci\u00f3n<\/span>\u00a0<span class=\"pg_96\">constantemente libre, como el que ya hemos citado anteriormente al hablar de una federaci\u00f3n de naciones. Sin un estatuto jur\u00eddico que enlace activamente las diferentes personas, f\u00edsicas o morales, caemos en el estado de naturaleza, en donde no hay m\u00e1s derecho que el privado. Surge aqu\u00ed tambi\u00e9n una oposici\u00f3n entre la pol\u00edtica y la moral \u2013considerada \u00e9sta como teor\u00eda del derecho\u2013; y el criterio de la publicidad de las m\u00e1ximas halla aqu\u00ed tambi\u00e9n su f\u00e1cil aplicaci\u00f3n, aunque s\u00f3lo en el sentido de que el pacto una a los Estados entre s\u00ed y contra otros Estados para mantener la paz, pero en modo alguno para hacer conquistas. He aqu\u00ed los casos en que se manifiesta la antinomia entre la pol\u00edtica y la moral, y tambi\u00e9n la soluci\u00f3n de los mismos.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_96\">a) \u00abUn Estado ha prometido a otro alguna cosa, ayuda, cesi\u00f3n de territorios, subsidios, etc&#8230;\u00bb Sucede un caso en que el cumplimiento de la promesa puede comprometer la salud del Estado. Se rompe la palabra, con el pretexto de que el<\/span>\u00a0<span class=\"pg_97\">representante del Estado tiene una doble personalidad; es, por una parte, soberano, y a nadie, en su Estado, tiene que dar cuenta de lo que hace; es, por otra parte, el primer funcionario del Estado, ante el cual responde de sus actos. \u00bfEs leg\u00edtimo decir que lo prometido por el soberano no est\u00e1 el funcionario obligado a cumplirlo? Si un Estado \u2013o un soberano\u2013 hiciese p\u00fablica esta m\u00e1xima, ocurrir\u00eda naturalmente que los dem\u00e1s Estados evitar\u00edan su trato o se unir\u00edan contra \u00e9l para resistir a sus pretensiones. Lo cual demuestra que la pol\u00edtica, por muy h\u00e1bil que sea, puesta en trance de publicidad destruye sus propios fines. La m\u00e1xima citada es, pues, injusta.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_97\">b) \u00abUna naci\u00f3n crece en poder\u00edo hasta el punto de hacerse temible. Otras naciones m\u00e1s d\u00e9biles, creyendo que \u00abquerr\u00e1\u00bb oprimirlas, puesto que \u00abpuede\u00bb hacerlo, fingen tener derecho a unirse y a atacarla, aun sin que proceda de su parte ninguna ofensa. \u00bfEs justa esta m\u00e1xima?\u00bb Un Estado que lo afirmase p\u00fablicamente provocar\u00eda el<\/span>\u00a0<span class=\"pg_98\">da\u00f1o con mayor seguridad y m\u00e1s pronto. Pues la gran potencia se adelantar\u00eda a las peque\u00f1as, y, en cuanto a la uni\u00f3n de las potencias d\u00e9biles, es un obst\u00e1culo lev\u00edsimo para quien sabe manejar el divide et impera. As\u00ed, pues, esa m\u00e1xima de la habilidad pol\u00edtica, si se manifiesta p\u00fablicamente,\u00a0\u00a0<\/span><span class=\"pg_98\">destruye necesariamente su prop\u00f3sito y es, por tanto, injusta.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify; padding-left: 30px;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_98\">c) \u00abSi un Estado peque\u00f1o separa en dos pedazos el territorio de otra naci\u00f3n mayor, siendo para la conservaci\u00f3n de esta \u00faltima necesaria la reuni\u00f3n de los dos trozos, \u00bftiene la naci\u00f3n fuerte derecho a subyugar y anexionarse la d\u00e9bil?\u00bb Pronto se ve que la naci\u00f3n fuerte no puede proclamar en alta voz semejante m\u00e1xima sin provocar inmediatamente la uni\u00f3n de los peque\u00f1os Estados o sin excitar la codicia de otros Estados fuertes que querr\u00edan tambi\u00e9n apoderarse del bot\u00edn: por tanto, la publicidad de la m\u00e1xima la hace irrealizable, se\u00f1al de que es injusta y de que puede serlo en alto grado, pues una<\/span>\u00a0<span class=\"pg_99\">injusticia puede ser muy grande aunque su objeto o materia sea peque\u00f1o.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_99\" style=\"font-size: 14pt;\">3. <strong><span style=\"color: #008000;\">\u00abDerecho de ciudadan\u00eda mundial.\u00bb<\/span><\/strong> Nada diremos sobre este punto, pues tiene tan \u00edntima semejanza con el derecho de gentes que las m\u00e1ximas de \u00e9ste le son f\u00e1cilmente aplicables.<\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_99\">El principio de la incompatibilidad de las m\u00e1ximas del derecho de gentes con la publicidad de las mismas nos proporciona un buen criterio para conocer los casos en que la pol\u00edtica no concuerda con la moral \u2013como teor\u00eda del derecho\u2013. Ahora bien; \u00bfcu\u00e1l es la condici\u00f3n bajo la cual las m\u00e1ximas de la pol\u00edtica concuerdan con el derecho de gentes? Porque la conclusi\u00f3n inversa carece de validez; no puede decirse que las m\u00e1ximas compatibles con la publicidad son\u00a0<\/span><span class=\"pg_99\">todas justas; en efecto, quien posee la soberan\u00eda absoluta no necesita ocultar sus m\u00e1ximas. La condici\u00f3n de la posibilidad de un derecho de gentes, en general, es, ante todo, que exista un estatuto jur\u00eddico. Sin \u00e9ste no hay derecho p\u00fablico;<\/span><span class=\"pg_100\">todo derecho que se piense sin tal estatuto, esto es, en un estado de naturaleza, ser\u00e1 derecho privado. Pero ya anteriormente hemos visto que una federaci\u00f3n de Estados, que tenga por \u00fanico fin la evitaci\u00f3n de la guerra, es el \u00fanico estatuto jur\u00eddico compatible con la libertad de los Estados.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_100\">La concordancia de la pol\u00edtica con la moral es s\u00f3lo posible, pues, en una uni\u00f3n federativa, la cual, por tanto, es necesaria y dada a priori, seg\u00fan los principios del derecho. Toda prudencia o habilidad pol\u00edtica tiene, pues, por \u00fanica base jur\u00eddica la instauraci\u00f3n de esa uni\u00f3n federativa con la mayor amplitud posible, sin la cual la habilidad y la astucia son ignorancia e incasu\u00edstica propia, como la mejor escuela jesu\u00edtica: justicia encubiertas. Esta falsa pol\u00edtica tiene su \u00abla reserva mental\u00bb que consiste en redactar los tratados con expresiones susceptibles de ser interpretadas luego seg\u00fan convenga; por ejemplo, distinguiendo el statu quo de hecho y de derecho; \u00abel probabilismo\u00bb que<\/span>\u00a0<span class=\"pg_101\">consiste en fingir que los dem\u00e1s abrigan perversas intenciones o van probablemente a romper el equilibrio, para justificar as\u00ed cierto derecho a la expoliaci\u00f3n y ruina de otros Estados pac\u00edficos; por \u00faltimo, el \u00abpecado filos\u00f3fico\u00bb, o pecadillo de poca monta, que consiste en considerar como peque\u00f1ez\u00a0<\/span><span class=\"pg_101\">f\u00e1cilmente disculpable el que un Estado fuerte y poderoso conquiste a otro peque\u00f1o y d\u00e9bil\u00a0<\/span><span class=\"relacion tipo_5 r_0 5_34107 pg_101\">para el mayor bien de la humanidad<\/span><span class=\"pg_101\">.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_101\">Excusa de tal proceder suele buscarse en la doble actitud que la pol\u00edtica adopta con respecto a las dos ramas de la moral. El amor a los hombres y el respeto al derecho del hombre son deberes ambos. Pero aqu\u00e9l es un deber condicionado; \u00e9ste, en cambio, es deber incondicionado, absoluto. Antes de entregarse al suave sentimiento de la benevolencia hay que estar seguro de no haber transgredido el ajeno derecho. La pol\u00edtica se armoniza f\u00e1cilmente con la moral en el primer sentido, en el sentido de \u00c9tica y benevolencia universal, pues no le importa<\/span><span class=\"pg_102\">sacrificar el derecho del hombre en aras de algo superior. Pero trat\u00e1ndose de la moral en el segundo sentido, en el sentido de teor\u00eda del derecho, la pol\u00edtica, que debiera inclinarse respetuosa ante ella, prefiere no meterse en pactos y contratos, negarle toda realidad y reducir todos los deberes a simples actos de benevolencia. Esta astuta conducta de una pol\u00edtica tenebrosa quedar\u00eda completamente anulada por la publicidad de sus m\u00e1ximas si se atreviera al mismo tiempo a permitir que el fil\u00f3sofo diera tambi\u00e9n las suyas a la publicidad.<\/span><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span class=\"pg_102\" style=\"font-size: 14pt;\">En tal sentido, me atrevo a proponer otro principio trascendental afirmativo del derecho p\u00fablico. Su f\u00f3rmula ser\u00eda la siguiente:<\/span><\/p>\n<p style=\"padding-left: 30px; text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><em><span class=\"pg_102\">\u00abTodas las m\u00e1ximas que necesiten la publicidad para conseguir lo que se proponen\u00a0<\/span><span class=\"pg_102\">concuerdan a la vez con el derecho y la pol\u00edtica reunidos.\u00bb<\/span><\/em><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_102\">Pues si s\u00f3lo por medio de la publicidad pueden alcanzar el fin que se proponen es porque concuerdan con el fin general del<\/span>\u00a0<span class=\"pg_103\">p\u00fablico: la felicidad; el problema propio de la pol\u00edtica es \u00e9se: conseguir la felicidad del p\u00fablico, conseguir que todo el mundo est\u00e9 contento con su suerte. Si, pues, ese fin se consigue por medio de la publicidad de las m\u00e1ximas, disipando toda desconfianza en ellas, es que estas m\u00e1ximas armonizan con el derecho del p\u00fablico, que constituye la \u00fanica posible base para la uni\u00f3n de los fines particulares de todos. Dejemos para otra ocasi\u00f3n el desarrollo de este principio; obs\u00e9rvese tan s\u00f3lo que es, en efecto, una f\u00f3rmula trascendental, puesto que hemos prescindido de todas las condiciones emp\u00edricas de la felicidad, como materia de la ley, y nos hemos referido exclusivamente a la forma de la legalidad en general.<\/span><\/span><\/p>\n<p class=\"wrapNode\" style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><span class=\"pg_103\">Si es un deber, y al mismo tiempo una esperanza, el que contribuyamos todos a realizar un estado de derecho p\u00fablico universal, aunque s\u00f3lo sea en aproximaci\u00f3n progresiva, la idea de la \u00abpaz perpetua\u00bb, que se deduce de los hasta hoy falsamente llamados tratados de paz \u2013en realidad,<\/span><span class=\"pg_104\">armisticios\u2013, no es una fantas\u00eda vana, sino un problema que hay que ir resolviendo poco a poco, acerc\u00e1ndonos con la mayor rapidez al fin apetecido, ya que el movimiento del progreso ha\u00a0<\/span><span class=\"pg_104\">de ser, en lo futuro, m\u00e1s r\u00e1pido y eficaz que en el pasado.<\/span><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/author\/punto-critico\/\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter wp-image-48\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2016\/11\/Mosca_Punto_Cr\u00edtico_40.png\" alt=\"\" width=\"60\" height=\"60\" \/><\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"mh-excerpt\"><p>&nbsp; &nbsp; LA PAZ PERPETUA\u00a0 Por Inmanuel Kant\u00a0 &nbsp; \u00cdndice del libro A la paz perpetua Secci\u00f3n primera Art\u00edculos preliminares de una paz perpetua entre los estados Secci\u00f3n segunda Art\u00edculos definitivos de la paz perpetua <a class=\"mh-excerpt-more\" href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2022\/03\/24\/la-paz-perpetua-por-inmanuel-kant-2\/\" title=\"LA PAZ PERPETUA, por Inmanuel Kant\">[&#8230;]<\/a><\/p>\n<\/div>","protected":false},"author":3,"featured_media":15893,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_exactmetrics_skip_tracking":false,"_exactmetrics_sitenote_active":false,"_exactmetrics_sitenote_note":"","_exactmetrics_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[85],"class_list":["post-2242494","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","category-filosofia","tag-kant"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2242494","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2242494"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2242494\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/15893"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2242494"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2242494"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2242494"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}