{"id":2240303,"date":"2023-08-27T00:05:27","date_gmt":"2023-08-26T22:05:27","guid":{"rendered":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/?p=2240303"},"modified":"2023-11-21T19:24:11","modified_gmt":"2023-11-21T18:24:11","slug":"elogio-de-los-jueces-escrito-por-un-abogado-por-piero-calamandrei-presentacion-y-prologo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2023\/08\/27\/elogio-de-los-jueces-escrito-por-un-abogado-por-piero-calamandrei-presentacion-y-prologo\/","title":{"rendered":"\u00abELOGIO DE LOS JUECES ESCRITO POR UN ABOGADO\u00bb, por Piero Calamandrei: Presentaci\u00f3n y Pr\u00f3logo."},"content":{"rendered":"<blockquote>\n<h1 style=\"text-align: center; padding-left: 40px;\">\u00abELOGIO DE LOS JUECES ESCRITO POR UN ABOGADO\u00bb, de\u00a0Piero Calamandrei:<\/h1>\n<h2 style=\"text-align: center; padding-left: 40px;\">Presentaci\u00f3n<\/h2>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter wp-image-2237072\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/Piero-Calamandrei-1.jpg\" alt=\"Piero Calamandrei\" width=\"360\" height=\"291\" data-id=\"2237072\" \/><\/p>\n<\/blockquote>\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"font-size: 18pt;\"><strong><span style=\"color: #008000;\">*******<\/span><\/strong><\/span><\/p>\n<blockquote>\n<h2 style=\"text-align: center;\"><span style=\"font-size: 24pt;\"><strong>ELOGIO DE LOS JUECES ESCRITO POR UN ABOGADO:\u00a0<\/strong><strong>\u00cdNDICE<\/strong><\/span><\/h2>\n<p class=\"entry-title\" style=\"text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2023\/08\/27\/elogio-de-los-jueces-escrito-por-un-abogado-por-piero-calamandrei-presentacion-y-prologo\/\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Presentaci\u00f3n y Pr\u00f3logo<\/span><\/a><\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px; text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2023\/09\/03\/calamandrei-fe-en-los-jueces\/\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>I.<\/strong> De la fe en los jueces primer requisito del abogado\u00a0<\/span><\/a><\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px; text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2023\/09\/10\/capitulo-ii-calamandrei-de-la-urbanidad\/\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>II.<\/strong> De la urbanidad ( o bien de la discreci\u00f3n) de los jueces\u00a0\u00a0<\/span><\/a><\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px; text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2023\/09\/17\/calamandrei-capitulo-iii-de-ciertas-semejanzas-y-diferencias-entre-jueces-y-abogados\/\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>III.<\/strong> De ciertas semejanzas y diferencias entre jueces y abogados\u00a0<\/span><\/a><\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px; text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2023\/09\/24\/calamandrei-oratoria-forense\/\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>IV.<\/strong> De la llamada oratoria forense\u00a0<\/span><\/a><\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px; text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2023\/10\/01\/calamandrei-de-cierta-inmovilidad-de-los-jueces-en-audiencia-publica\/\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>V.<\/strong> De cierta inmovilidad de los jueces en audiencia publica\u00a0<\/span><\/a><\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px; text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2023\/10\/08\/calamandrei-de-ciertas-relaciones-entre-los-abogados-y-la-verdad\/\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>VI.<\/strong> De ciertas relaciones entre los abogados y la verdad, o bien de la justa parcialidad del defensor\u00a0<\/span><\/a><\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px; text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2023\/10\/15\/calamandrei-de-ciertas-aberraciones-de-los-clientes\/\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>VII.<\/strong> De ciertas aberraciones de los clientes, que los jueces deben recordar en disculpa de los abogados\u00a0\u00a0<\/span><\/a><\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px; text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2023\/10\/22\/calamandrei-de-la-predileccion-de-abogados-y-jueces-por-las-cuestiones-de-derecho-o-por-las-de-hecho\/\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>VIII<\/strong>. De la predilecci\u00f3n de abogados y jueces por las cuestiones de derecho o por las de hecho\u00a0<\/span><\/a><\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px; text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2023\/10\/29\/calamandrei-del-sentimiento-y-de-la-logica-en-las-sentencias\/\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>IX.<\/strong> Del sentimiento y de la l\u00f3gica en las sentencias\u00a0<\/span><\/a><\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px; text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2023\/11\/05\/calamandrei-del-amor-de-los-abogados-por-los-jueces-y-viceversa\/\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>X.<\/strong> Del amor de los abogados por los jueces y viceversa\u00a0<\/span><\/a><\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px; text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2023\/11\/12\/calamandrei-de-algunas-tristezas-y-heroismos-de-la-vida-de-los-jueces-11\/\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>XI.<\/strong> De algunas tristezas y hero\u00edsmos de la vida de los jueces\u00a0<\/span><\/a><\/p>\n<p style=\"padding-left: 40px; text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2023\/11\/19\/de-cierta-coincidencia-entre-los-destinos-de-los-jueces-y-de-los-abogados\/\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>XII<\/strong>. De cierta coincidencia entre los distintos de los jueces y de los abogados\u00a0<\/span><\/a><\/p>\n<\/blockquote>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-2237367\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/Calamandrei-elogio-jueces-PPAL2.jpg\" alt=\"\" width=\"678\" height=\"381\" data-id=\"2237367\" srcset=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/Calamandrei-elogio-jueces-PPAL2.jpg 678w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/Calamandrei-elogio-jueces-PPAL2-300x169.jpg 300w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/Calamandrei-elogio-jueces-PPAL2-610x343.jpg 610w\" sizes=\"auto, (max-width: 678px) 100vw, 678px\" \/><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"color: #99cc00;\"><strong><span style=\"font-size: 24pt;\">***<\/span><\/strong><\/span><\/p>\n<h2 style=\"text-align: center; padding-left: 40px;\"><span style=\"font-size: 24pt;\"><strong>\u00abELOGIO DE LOS JUECES ESCRITO POR UN ABOGADO\u00bb, por <\/strong>Piero Calamandrei<\/span><\/h2>\n<h3 style=\"text-align: center; padding-left: 40px;\"><span style=\"font-size: 18pt;\">PR\u00d3LOGO<\/span><\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Por Diego Medina<\/span><\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-2237070\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/Piero-Calamandrei-sello.jpg\" alt=\"\" width=\"306\" height=\"387\" data-id=\"2237070\" srcset=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/Piero-Calamandrei-sello.jpg 306w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/Piero-Calamandrei-sello-237x300.jpg 237w\" sizes=\"auto, (max-width: 306px) 100vw, 306px\" \/><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">La lectura del admirable libro <em><strong>\u201cTroppi Avvocati\u00bb <\/strong><\/em>fue el primer contacto de mi inteligencia con el eminente profesor de la universidad de F<strong>lorencia, Piero Calamandrei<\/strong>, porque hasta mucho tiempo despu\u00e9s no conoc\u00ed la obra cumbre de tan esclarecido procesalista<em><strong> \u201cLa Cassazione civile\u201d<\/strong><\/em>. Fue tan\u00a0 \u00edntima y completa la compenetraci\u00f3n que sent\u00eda mi esp\u00edritu con la doctrina expuesta en la primera, al avanzar en el conocimiento de las sugestiones que esmaltan la eleg\u00eda sentid\u00edsima por el exceso de abogados, que me parec\u00eda estar siguiendo a quien profundamente conociera los males de aquella demas\u00eda de voceros legistas en nuestra patria. Y necesitaba recordarme que aquellos pensamientos ven\u00edan del famoso profesor de <strong>Florencia<\/strong>, para no estimarlos inspirados en la deficiente organizaci\u00f3n de nuestras universidades y <img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignleft wp-image-2237068\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/Piero-Calamandrei-Elogio-de-los-jueces-libro.webp\" alt=\"\" width=\"360\" height=\"495\" data-id=\"2237068\" srcset=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/Piero-Calamandrei-Elogio-de-los-jueces-libro.webp 400w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/Piero-Calamandrei-Elogio-de-los-jueces-libro-218x300.webp 218w\" sizes=\"auto, (max-width: 360px) 100vw, 360px\" \/>que no respond\u00edan los males deplorados al poco cuidado con que el legislador espa\u00f1ol vino eludiendo el necesario perfeccionamiento de una profesi\u00f3n tan augusta como la del abogado. Tama\u00f1o descuido es m\u00e1s inexplicable si se tiene en cuenta que, en todos, l<\/span><span style=\"font-size: 14pt;\">a lectura del admirable libro <em><strong>\u201cTroppi Avvocati\u201d<\/strong><\/em> fue\u00a0 el\u00a0 primer\u00a0 contacto\u00a0 de\u00a0 mi\u00a0 inteligencia con <\/span><span style=\"font-size: 14pt;\">per\u00edodos del gobierno de <strong>Espa\u00f1a<\/strong>, durante los siglos XIX y XX, fueron abogados quienes principalmente llevaron la direcci\u00f3n de la nave del <strong>Estado,<\/strong> con m\u00e1s energ\u00eda de capitanes que acierto de timoneles. Tan completa era la coincidencia de los males y las posibilidades de los remedios, que <strong>Calamandrei<\/strong> expone en su popular estudio <strong><em>\u201cDemasiados Abogados\u201d<\/em> <\/strong>que bien pudi\u00e9ramos tomarlos como punto de iniciativas felices y fruct\u00edferas para Espa\u00f1a.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Luego la asistencia de uno de mis hijos y compa\u00f1ero de funci\u00f3n judicial, a la c\u00e1tedra de tan egregio profesor, que con inagotable bondad le dispensara el fruto de su ciencia y los efluvios de la m\u00e1s cari\u00f1osa benevolencia, de tal modo me ligaron al catedr\u00e1tico insigne, con \u00e1urea cadena de la m\u00e1s hermosa entre las cualidades que ennoblecen el coraz\u00f3n humano, que requerimientos que invocaran su nombre, me ten\u00edan rendido con obligada devoci\u00f3n. Solamente as\u00ed puede explicarse que aceptara el honroso cometido de presentar en <strong>Espa\u00f1a<\/strong> la maravillosa obra titulada <em>\u201c<a href=\"https:\/\/www.casadellibro.com\/libro-elogio-de-los-jueces-escrito-por-un-abogado\/9788429015775\/1624644?gclid=EAIaIQobChMIv8L5o6z39AIVBertCh1QgQBYEAQYASABEgKz9_D_BwE\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Elogio dei Giudici scritto da un Avvocato<\/a>\u201d<\/em> traducida por el antes aludido y otro compa\u00f1ero de judicatura, al frente de la cual me coloc\u00f3 la fortuna. Sin duda porque a nadie concedo que me aventaje en el amor a clase tan noblemente privilegiada por su funci\u00f3n, que, si es bien conocida en las reconditeces de su coraz\u00f3n por todos los abogados, no todos sienten, ni se atreven a exteriorizar, el f\u00e9rvido entusiasmo de la clase forense, de que es gala y gloria el sabio <strong>Calamandrei<\/strong>.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Disculpad, pues, juristas espa\u00f1oles, que sea tan modesto el introductor de embajador tan reputado, que llega a nuestra biblioteca con este select\u00edsimo fruto, avalorado por la fuerza y la belleza del pensamiento, continuador afortunado de la gloriosa\u00a0 tradici\u00f3n de maestros insignes que alcanzaron fama universal en publicaciones que consagra el sublime idioma del <strong>Dante<\/strong>.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">De las m\u00e1s elevadas cumbres del pensamiento europeo vienen, pues, brisas confortadoras de la funci\u00f3n judicial. El profesor abandona un d\u00eda sus severas especulaciones cient\u00edficas y pone su ingenio, de fama internacional, en el ara de la m\u00e1s excelsa virtud y al servicio de su sacerdocio, para rimar en verdaderas poes\u00edas el canto y loa de su amor por la funci\u00f3n judicial. Porque enfrentarse con la plebeyez de las preocupaciones contra la justicia y sus servidores, divulgadas en todos los tiempos y con virulencia corrosiva en los actuales, requiere la vocaci\u00f3n pr\u00f3cer del sacrificio de otro hidalgo, que cual el de nuestro <strong>Cervantes<\/strong>, aleje con su fuerte brazo a los malandrines que les acosan. Seguramente no ha de faltar intenci\u00f3n a muchos para mantear tambi\u00e9n a nuestro h\u00e9roe, a quien no podr\u00e1 alcanzar nunca la ofensa de torpes acometidas.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Los funcionarios judiciales no pod\u00edan permanecer indiferentes ante la salida que en su honor supone el presente libro. Dos entusiastas jueces espa\u00f1oles ponen, con las a\u00f1oranzas de una escuela de especialidad en Italia, su cari\u00f1o al maestro en la traducci\u00f3n de sus elevados pensamientos. Aqu\u00ed seguidamente los tienes ante tu vista, abogado espa\u00f1ol, para confortarte <\/span><span style=\"font-size: 14pt;\">y ennoblecer a\u00fan m\u00e1s la profesi\u00f3n que ejerces en el foro con relevancia y seriedad acreditadas entre los cong\u00e9neres extranjeros. Y aqu\u00ed los tienes, magistrado, fiscal, secretario, para testificarte c\u00f3mo en la c\u00e1tedra tienes tu origen glorioso y en el foro tu m\u00e1s eficaz colaboraci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">No pod\u00eda, en este instante, eludir mi\u00a0 amparo\u00a0 a los traductores, ni sigilar expresi\u00f3n de mi gozo, por todos los funcionarios aludidos; pero\u00a0 sin\u00a0 olvidar el consejo que nuestro <strong>Cervantes<\/strong> pone en voz de <strong>Maese Pedro<\/strong>, cuando se dirige al declarador de las maravillas del retablo \u2014\u00bb\u00a1Llaneza, muchacho; no te encumbres; que toda afectaci\u00f3n es mala!\u00bb\u2014pues nosotros, compa\u00f1eros y amigos, no olvidemos que no somos sino servidores del pa\u00eds. En colaboraci\u00f3n cordial con el pueblo, hemos de administrar justicia, y que nada sin la opini\u00f3n p\u00fablica tiene fuerza de soberan\u00eda. Adem\u00e1s, para no envanecernos ni tergiversar los conceptos, he de reiterar lo repetido en otras ocasiones: <strong>la funci\u00f3n de juzgar es ciertamente la \u00fanica soberana, porque s\u00f3lo puede ser inmutable lo que se fundamenta en la justicia; pero el juzgador no hace sino prestar su alma al efecto del juicio, con apartamiento absoluto de todo lo material, de todo lo que no sea una conciencia, destello de la justicia eterna<\/strong>. Ni el jurado ni el juez han de envanecerse de su pr\u00e9stamo. Que la funci\u00f3n transitoria del primero se funda en el sentimiento racionalizado de lo justo, condici\u00f3n esencial de todos los seres humanos. Y la misi\u00f3n del magistrado, aunque de permanencia m\u00e1s o menos duradera, est\u00e1 condicionada por la misma imparcialidad, com\u00fan en excelsitud con la del jura<\/span><span style=\"font-size: 14pt;\">do y por la t\u00e9cnica que pone al servicio retribuido del <strong>Estado<\/strong>, como el abogado lo hace con relaci\u00f3n a su cliente. De suerte que lo divino en el juzgador, la justicia que s\u00f3lo florece en el clima de la imparcialidad, es com\u00fan al juez del hecho y del derecho.<strong> Su ciencia y su t\u00e9cnica, aunque hijas de la inteligencia, han de seguir en rango humano, a ese sentimiento de lo justo, suprema ley, dentro de la cual \u00fanicamente tiene posible explicaci\u00f3n la libertad y la igualdad<\/strong>. Por eso, todo ciudadano, y m\u00e1s el jurista, ha de contemplar en la <strong>imparcialidad<\/strong> de cada juez, el \u00f3rgano inmaculado de la conciencia, antes que la t\u00e9cnica que les sea com\u00fan. Mas, repito, esto no ha de ser base de engreimiento, porque es tan impersonal y sutil la funci\u00f3n de administrar justicia, que para asegurar el desligamiento entre la conciencia y el hombre, el hombre juez queda controlado en la funci\u00f3n por los mismos justiciables mediante la ley, la recusaci\u00f3n y el rito judicial, que le avalan la confianza de los propios s\u00fabditos de su jurisdicci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Con la precedente exhortaci\u00f3n a los jueces y a los abogados, volver\u00eda extensamente a las p\u00e1ginas del ilustre publicista, de haber lugar y espacio. No dejar\u00e9 de deleitarme con los pensamientos del eminente jurista, rememorando su lectura, ya que la cr\u00edtica favorable es obligada para el lector, prendido en el encanto de la idea enjundiosa, expuesta con aquella dif\u00edcil facilidad y con una claridad y fluidez, que es el secreto de los verdaderos artistas. Quisiera que el siguiente veloc\u00edsimo recorrido por la obra sirva de aperitivo a los lectores y de acicate para que compartan su doctrina.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">En el cap\u00edtulo I, <em>\u201c<strong>De la fe en los jueces, primer requisito del abogado<\/strong>\u201d<\/em>, encontrar\u00e1s p\u00e1rrafos de fe y amor, de honestidad y fortaleza, de caridad, perfecci\u00f3n y convencimiento.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">El de la <strong>urbanidad de los jueces<\/strong>, segundo de este trabajo, subraya el acierto de las costumbres extranjeras sobre la espa\u00f1ola, que coloca al abogado de cara al p\u00fablico, mientras que en aqu\u00e9llas, los curiosos quedan a su espalda y, por el contrario, se enfrenta \u00fanicamente con los jueces: la afici\u00f3n deportivo-forense, que domina en el auditorio, queda frustrada, o a lo menos enervada, sin m\u00e1s aplauso ni entusiasmo del p\u00fablico que el de las s\u00f3lidas razones expuestas mirando a los jueces.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Censuramos en castellano que <em>\u201clo que falta de fuerza a las razones s\u00faplanlo los pulmones\u201d<\/em>. Aceptando asimismo la lecci\u00f3n del profesor de <strong>Florencia<\/strong>, hay que afirmar que las voces estent\u00f3reas y las gesticulaciones excesivas, el adem\u00e1n descompuesto, los parlamentos interminables y las\u00a0 palabras de dudoso gusto, son achaques casi incompatibles con la raz\u00f3n en el abogado que los emplea: hay que guardar Sala, como dice la t\u00e9cnica de nuestro foro.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Insuperablemente inspirado, contin\u00faa el manual de urbanidad del maestro: <strong>el abogado que pierda\u00a0 la cabeza, pierde al cliente<\/strong>. El abogado no ha de meter miedo a los santos ni a los jueces. Ni ufanarse ostensiblemente en ser su maestro, de no resultar un p\u00e9simo psic\u00f3logo, como el examinando del cuento.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Abundando en un pensamiento del autor, a\u00f1adir\u00e9 que siempre me pareci\u00f3 el <em>consilium <\/em><em>sapientis <\/em>una contrafigura o remedo de la funci\u00f3n judicial: para abogado, le sobra el disimulo de la tutela de su cliente; y para juez, le falta la imparcialidad garantizada.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Despu\u00e9s de los pensamientos aludidos, con maravillosa intuici\u00f3n, encuentra <strong>Calamandrei<\/strong> las ideas felices y sutilmente las aflora en narraciones amenas sobre la discusi\u00f3n entre el\u00a0 abogado y\u00a0 el\u00a0 juez o del alumno con el maestro; sobre el recurso de preterici\u00f3n; la impersonalidad de la toga; el relumbr\u00f3n descarado; la vanidad y egotismo; la discreta sugesti\u00f3n; la idea de probidad extensiva a la puntualidad. Todos estos conceptos est\u00e1n regidos, a mi juicio, por la misma ley moral de la <strong>imparcialidad<\/strong>. <strong>Es la imparcialidad fuente purificante de la justicia<\/strong>. El abogado procurar\u00e1 no enturbiarla, perturbando el \u00f3rgano sereno de la conciencia judicial, encerrada en el fr\u00e1gil recipiente humano, cuyo contenido imperfecto no es fortaleza invencible a la simpat\u00eda ni a la antipat\u00eda ni a otras delet\u00e9reas pasiones que marchiten, en el campo de la imparcialidad, la flor de la justicia. Precisamente es tan esencial la <strong>imparcialidad<\/strong> que no solamente se ha de subordinar la funci\u00f3n judicial a un <strong>rito procesal<\/strong>, que es el estatuto del justiciable, sino hasta al mismo control de \u00e9ste, mediante el derecho de <strong>recusaci\u00f3n<\/strong>. \u00a1Qu\u00e9 mucho que el maestro aconseje al abogado cuidar en su favor de la conservaci\u00f3n de ese campo de la <strong>imparcialidad<\/strong>, fruct\u00edfero en bienes de justicia!<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">De las <strong>semejanzas y diferencias entre la abogac\u00eda y la judicatura, incluyendo al Ministerio p\u00fablico<\/strong>, contiene la obra diez p\u00e1rrafos, en los que el autor contin\u00faa mostr\u00e1ndose\u00a0 como\u00a0 psic\u00f3logo\u00a0 profundo y pensador tan penetrante, que los problemas m\u00e1s hondos del derecho org\u00e1nico y judicial, se ven elucidados con singular acierto e insuperable sencillez y amenidad. La acometividad y la moderaci\u00f3n ecu\u00e1nime, la fuerza din\u00e1mica del abogado y la est\u00e1tica del juez, el dif\u00edcil equilibrio de la funci\u00f3n fiscal, adquieren en la pantalla de las p\u00e1ginas expresi\u00f3n luminosa de las respectivas funciones, y las reconditeces de la psiquis del funcionario, presentadas en escenas, que parecen vividas, por la justeza y el discernimiento de cualidades y personajes. <strong>Ama al juez en el cual, despu\u00e9s de haber depositado su fe, tiene esperanza de justicia, y para que el amor sea perfecto, tambi\u00e9n tiene caridad, al contemplarle abrumado en su fragilidad por la carga casi divina de una funci\u00f3n sobrehumana<\/strong>, que en instancia transcendente y definitiva, se reserv\u00f3 el que dijo: <strong><em>No <\/em><em>juzgar\u00e1s<\/em><\/strong>. \u00a1A qu\u00e9 profundidades del esp\u00edritu se llega con deleitosa facilidad, guiados por la mano amiga del autor ! <strong>La imparcialidad y la relativa parcialidad de jueces, abogados y fiscales tiene definici\u00f3n y medida exacta<\/strong>. Los abogados son las sensibil\u00edsimas antenas de la justicia, doctrina que el autor prueba y sensibiliza con el bello s\u00edmil del cole\u00f3ptero amputado. Juez, el m\u00e1s bueno, dice una frase nuestra. Id\u00e9ntico es el postulado del autor al manifestar respecto del juez, que no le importa en primer t\u00e9rmino su inteligencia. <strong>El fiscal, como mantenedor de <\/strong><\/span><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>la acusaci\u00f3n, deber\u00eda ser parcial como el abogado; imparcial como el juez, en cuanto guardador de la ley<\/strong>.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">En otros t\u00e9rminos: <strong>abogado sin pasi\u00f3n, juez sin imparcialidad<\/strong>. He aqu\u00ed la dificultad del peligroso equilibrio en que no se puede comprometer al magistrado, porque es proclive a la p\u00e9rdida de la desapasionada objetividad o, por el contrario, a la generosa combatividad del defensor.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Pasamos con nuestras referencias al <strong>cap\u00edtulo IV<\/strong>, donde <strong>Calamandrei<\/strong> quisiera ver desterrado de la llamada <strong>\u201c<em>oratoria forense<\/em><\/strong>\u201d la ampulosa elocuencia, que gr\u00e1ficamente denomina <em>bel canto. <\/em>Acompa\u00f1\u00e1rnosle en la preferencia por el di\u00e1logo, en contra del mon\u00f3logo. Claro est\u00e1 que habr\u00eda que condicionarlo a\u00fan con m\u00e1s rigor que los reglamentos parlamentarios y observarlo inflexiblemente mediante la autoridad de la presidencia. Por sugesti\u00f3n de estas ideas, se me ocurre que la defensa oral del letrado pudiera tener dos tiempos procesales distintos: el primero, de mon\u00f3logo; el segundo, de di\u00e1logo. S\u00e9ame permitido intercalar y exponer esta opini\u00f3n. Demos por recordados los delicados proleg\u00f3menos del bufete, entre abogado y cliente, as\u00ed como en la litis, sus per\u00edodos procesales de planteamiento t\u00e9cnico del negocio y de su desenvolvimiento hist\u00f3rico mediante pruebas, para llegar al informe dogm\u00e1tico y t\u00e9cnico a la vez del orador forense. Repito la conveniencia de separar dos momentos de tal defensa. El actualmente vigente de mon\u00f3logo, para que cada abogado exponga sin interrupci\u00f3n su dogm\u00e1tica o ciencia y sus enfoques t\u00e9cnicos de los problemas planteados <\/span><span style=\"font-size: 14pt;\">para soluci\u00f3n. Pero antes de decir en qu\u00e9 consiste el segundo momento procesal a que aludo, preciso manifestar el concepto de los <strong>Tribunales<\/strong> <strong>colegiados<\/strong> y de la funci\u00f3n de sus <strong>ponentes<\/strong>.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">La sentencia es el fruto maduro de una ponencia. <strong>No se compone la sentencia con sumandos iguales de cada vocal. Es el producto de la inteligencia del ponente, fecundada por la ciencia y el arte de los abogados y cuidada, en su brote y florescencia, por los dem\u00e1s miembros del Tribunal, como acuciosos e imparciales jardineros<\/strong>. Esta es la realidad forense y no pod\u00eda ser otra, de acuerdo con la ciencia procesal. Pues bien, suponemos terminada una deliberaci\u00f3n del <strong>Tribunal<\/strong> y la <strong>ponencia<\/strong> adquiri\u00f3, por esta parte, la perfecci\u00f3n posible y su aprobaci\u00f3n o reemplazo por otra m\u00e1s convencedora. En el derecho actual, s\u00f3lo faltar\u00eda poner la sentencia. Ahora cabe preguntar, \u00bfno ser\u00eda posible una segunda vista? La primera a puerta abierta, p\u00fablica; \u00e9sta, a puerta cerrada, privada y secreta. Aqu\u00e9lla, enfrentados los letrados. \u00c9sta, tambi\u00e9n ante el <strong>Tribunal<\/strong>, pero contrapuestos los abogados y el ponente, sin peligro de que la discusi\u00f3n entre el juez y el abogado forme inconscientemente un estado de esp\u00edritu contrar\u00edo\u00a0 al\u00a0 justiciable, puesto\u00a0 que\u00a0 ya\u00a0 estar\u00eda formado.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">\u00bfNo se desear\u00eda acuciar al ponente? Pues \u00bfqu\u00e9 recurso m\u00e1s eficaz que enfrentarle los intereses y los criterios disconformes? Ver\u00edamos conseguido el m\u00e1s concienzudo estudio, forz\u00e1ndole, en uni\u00f3n de los vocales, a su preparaci\u00f3n para tal torneo. \u00bfNo es m\u00e1s eficaz y leal que la cr\u00edtica en otra instancia y hasta en casaci\u00f3n? Indudablemente. Despu\u00e9s el presidente dar\u00eda por terminado el di\u00e1logo para volver a deliberar solamente <\/span><span style=\"font-size: 14pt;\">el <strong>Tribunal<\/strong> y resolver en definitiva. Esto ser\u00eda sencillamente el establecimiento del recurso de reforma en las sentencias, mediante la colaboraci\u00f3n forense en tiempo h\u00e1bil, antes que los dem\u00e1s vocales presten definitivo asentimiento a la ponencia y la m\u00e1s eficaz para la perfecci\u00f3n. As\u00ed podr\u00edamos cohonestar las ventajas del mon\u00f3logo cerrado, aceptado en la oratoria forense, con el di\u00e1logo cortado, que parece preconizar el ilustre catedr\u00e1tico de <strong>Florencia<\/strong>, quien recuerda, a este respecto, cierta pr\u00e1ctica contra ley en los procesos civiles de algunas regiones de <strong>Italia<\/strong>.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">A la nueva t\u00e9cnica forense que indico, no se opone principio jur\u00eddico alguno. Por el contrario, los dogmas de la ciencia procesal y org\u00e1nica permanecen inc\u00f3lumes: la justa <strong>parcialidad del abogado<\/strong> no se inmiscuye en el voto de la sentencia, que pertenece \u00edntegra y absolutamente a la <strong>estricta imparcialidad de los magistrados<\/strong>; pero, repito, estimula la mente creadora de la ponencia y reactiva en los miembros del <strong>Tribunal<\/strong> la funci\u00f3n de examen y cr\u00edtica. Este es el objetivo principal: el est\u00edmulo de los funcionarios. No tanto para la justicia como para la perfecci\u00f3n t\u00e9cnica de la sentencia. Ciertamente pone la capacidad judicial en justa ocasi\u00f3n de prueba cient\u00edfica y pr\u00e1ctica, al versar el debate sobre la doctrina de los considerandos admitidos y las lagunas de la estimaci\u00f3n de la prueba. Pero no se coloca al ponente en trance insuperable de <em>bel canto <\/em>ni de desprestigio, toda vez cuenta con el apoyo de sus considerandos bien deliberados, para sostenerlos en discusi\u00f3n rigurosamente privada, dialogada y cortada por la autoridad presidencial, y en la que caso de aprieto no <\/span><span style=\"font-size: 14pt;\">s\u00f3lo colaborar\u00eda el abogado victorioso para sostener sus laureles, sino los vocales del <strong>Tribunal<\/strong>, \u00ednterin no se altere en ellos la convicci\u00f3n. Este nuevo torneo particular, es dif\u00edcil solamente para el abogado derrotado; pero, contra todos, puede obtener su rehabilitaci\u00f3n. \u00danicamente el ensayo en los <strong>Tribunales<\/strong> <strong>colegiados<\/strong> de lo <strong>civil<\/strong> y <strong>contencioso-administrativo<\/strong> puede contrastar el acierto de la anterior t\u00e9cnica inspirada en el pensamiento de <strong>Calamandrei<\/strong>, exponente aqu\u00ed de una corriente de derecho muy generalizada en el extranjero, a estos respetos de la oratoria grandilocuente sustituida por nuevas formas de oralidad.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Quiero anotar otra facilidad util\u00edsima que traer\u00eda, para la <strong>Administraci\u00f3n<\/strong> de justicia, la segunda vista de oratoria dialogada: la posibilidad de rechazar sin descortes\u00eda las visitas, conversaciones y escritos particulares para informaciones complementarias y datos del informe forense, porque el abogado podr\u00eda reiterarlos o suministrarlos oficialmente, y redundar\u00eda en su desdoro cualquier otra intervenci\u00f3n ajena a su conducto, puesto que dispone, hasta \u00faltima hora, de tr\u00e1mite y momento procesal. Lo que anteriormente significo es en canto llano la guerra a la recomendaci\u00f3n y a las alegaciones clandestinas. Satisfechos cumplidamente los fueros de las defensas, de manera tan eficaz que permita la intervenci\u00f3n en la ponencia, el <strong>C\u00f3digo<\/strong> <strong>penal<\/strong> incluir\u00eda incriminado el m\u00e1s leve conato del nuevo <strong>delito contra la Administraci\u00f3n de justicia<\/strong> o de su tentativa en extra\u00f1os, justiciables y funcionarios.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Y volviendo de la sugesti\u00f3n a la realidad de la obra, te recomiendo, lector, que no dejes de saborear los p\u00e1rrafos, tanto los anteriormente aludidos como aquellos en que, con fina observaci\u00f3n, recomienda al abogado ciertas l\u00edcitas sagacidades de su profesi\u00f3n, como la del saber callar, que a la definici\u00f3n cl\u00e1sica del orador: <strong><em>vir bonus dicendi peritus<\/em><\/strong>, conceda preferencia a esta otra: <strong><em>vir bonus tacendi peritus<\/em><\/strong>. Y da tanta importancia el autor a esta <strong>ret\u00f3rica del silencio<\/strong> que reiteradamente vuelve a la diatriba contra el <em>bel canto<\/em> de la facundia del abogado, en forma monologada. Est\u00e1 felizmente concebido y expresado lo referente a la ense\u00f1anza de la oratoria. Brevedad y claridad y aun su preferencia por aqu\u00e9lla, hasta la exageraci\u00f3n incluida en la gracios\u00edsima an\u00e9cdota del abogado que conquist\u00f3 al <strong>Tribunal<\/strong> renunciando a la palabra. Verdadero colmo <em>\u201cracional\u201d<\/em> de la oratoria forense. <strong>La fe de los clientes debe objetivarse en el abogado, no en las flores artificiales de los informes grandilocuentes<\/strong>. Acertadamente se fustiga luego la preocupaci\u00f3n vulgar de que llevar\u00e1 la raz\u00f3n el \u00faltimo que hable al <strong>Tribunal<\/strong>, cuando es m\u00e1s razonable lo inverso de que quien habla el \u00faltimo no lleve nunca la raz\u00f3n. Hay un fondo de verdad a la par que un rasgo de humorismo en la parad\u00f3jica duda del autor sobre si la misi\u00f3n de ciertos abogados m\u00e1s que exponer razones, sea evidenciar sin razones.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">La inhibici\u00f3n por el sue\u00f1o en estrados, es contemplada por el maestro a trav\u00e9s de su prisma de amor respetuoso y constante a las personas de los jueces. Hasta el t\u00edtulo de la secci\u00f3n es un modelo de fineza y de gracia indulgente: <em>\u201c<strong>De cierta inmovilidad de los jueces en audiencia p\u00fablica<\/strong>\u201d<\/em>. Tal fen\u00f3meno de <\/span><span style=\"font-size: 14pt;\">somnolencia es examinado sin acritud, con donaire\u00a0 y sin exageraciones de concepto. Pero la realidad en <strong>Espa\u00f1a<\/strong> de esa <strong><em>debilidad procesal <\/em><\/strong>es en verdad poco frecuente, por no decir absolutamente ficticia: ante\u00a0 el foro espa\u00f1ol, el juez no duerme jam\u00e1s en ning\u00fan sentido de su funci\u00f3n; pero ciertamente no es correspondido con la gratitud y veneraci\u00f3n que reflejan las p\u00e1ginas de este libro benem\u00e9rito para los servidores de la justicia.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">La <strong>secci\u00f3n VI<\/strong>, bajo la r\u00fabrica \u201c<em><strong>De ciertas relaciones entre los abogados y la verdad, o bien de la justa parcialidad del defensor<\/strong>\u201d<\/em>, \u00a1qu\u00e9 profunda filosof\u00eda incluye y en qu\u00e9 exacta fotograf\u00eda se condensa! \u00a1Tan admirable es la pureza y transparencia del pensamiento con el <strong>s\u00edmbolo de la balanza<\/strong> y las dem\u00e1s consideraciones exculpadoras de la <em>\u201c<strong>justa parcialidad del defensor<\/strong>\u201d<\/em>! La referencia a las dos fuerzas equivalentes, las cuales obrando sobre l\u00edneas paralelas en direcci\u00f3n opuesta, engendran el movimiento, que da vida al proceso, y encuentran reposo en la justicia, es admirable, y l\u00f3gica su consecuencia, como uno de los fundamentos del <strong>Ministerio Fiscal<\/strong>, que es una <strong>parcialidad<\/strong> <strong>artificial<\/strong> destinada a alimentar desinteresadamente la pol\u00e9mica, de la cual tiene necesidad el juez para superarla y sentirse por encima de ella. La t\u00e9cnica forense del abogado, por llenos y vac\u00edos de su defensa; el complemento de las dos defensas entre s\u00ed, pone sobre el tablero de la verdad todas las piezas que el juez necesita.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">En <em>\u201c<strong>Ciertas aberraciones de los clientes, que los jueces deben recordar en disculpa de los abogados<\/strong>\u201d<\/em>\u2014 <strong>cap\u00edtulo VII<\/strong>\u2014 no decae la inspiraci\u00f3n del autor. Es <\/span><span style=\"font-size: 14pt;\">sublime cuando concreta su pensamiento en la frase de que el abogado, en materia civil, debe ser el juez instructor de sus clientes, cuya utilidad social es tanto m\u00e1s grande cuanto mayor es el n\u00famero de sentencias de <em>\u201cno ha lugar a proceder\u201d<\/em> que se pronuncian en su despacho. El abogado probo debe ser m\u00e1s que el cl\u00ednico, el higienista de la vida judicial; y precisamente por esta diaria obra de desinfecci\u00f3n que no alcanza la publicidad de los <strong>Tribunales<\/strong>, los jueces deber\u00edan considerar a los abogados como sus colaboradores m\u00e1s fieles.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Cierta dificultad para la sana vida judicial se plantea que, por la facilidad de soluci\u00f3n, quiero contribuir a esclarecer. Dice <strong>Calamandrei<\/strong>, aparte de otras observaciones, que los clientes buscan con sorprendente constancia, los defensores entre diputados o profesores. Sube de punto la extra\u00f1eza del autor al consignar que tambi\u00e9n el juez, cuando por cualquier asunto personal, se convierte en justiciable y tiene necesidad de un defensor, cae en la misma aberraci\u00f3n de los clientes profanos. <strong>Esta conducta es el indicio sintom\u00e1tico de un mal grav\u00edsimo: la falta de independencia judicial<\/strong>. Cuantas veces se ha hablado de incompatibilidades de la pol\u00edtica para ejercer la abogac\u00eda, me ha parecido que se tomaba el r\u00e1bano por las hojas. No es preciso ninguna clase de incompatibilidad. Lo que es necesario es una absoluta independencia del Poder judicial, cuya organizaci\u00f3n no puede ser del caso plantear ahora. <strong>\u00a1Pero s\u00ed es preciso que la justicia tenga un br\u00edo tal de autonom\u00eda, que pueda mediante ella residenciar a los pol\u00edticos!<\/strong> <strong>En otro caso, sucumbir\u00e1 la libertad\u00a0 y se corromper\u00e1 indefectiblemente la Administraci\u00f3n p\u00fablica<\/strong>. Con justicia libre, no importa la pol\u00edtica, ni la <\/span><span style=\"font-size: 14pt;\">intromisi\u00f3n de los profesores en pol\u00edtica. Esto \u00faltimo ser\u00eda problema en el aspecto pedag\u00f3gico; pero en el judicial, no habr\u00eda conflicto alguno.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Con regocijante donosura, comenta el maestro italiano el caso del cliente, que le ofreci\u00f3 tan absoluta como fehaciente confirmaci\u00f3n de la opini\u00f3n de <strong>Racine<\/strong>, sobre la edad m\u00e1s adecuada para litigar. Para que el autor pueda aumentar su colecci\u00f3n de an\u00e9cdotas con una espa\u00f1ola, quiero ofrec\u00e9rsela, recogida en mi juventud judicial, de cierto hacendado andaluz, que despu\u00e9s de consumida su fortuna en inacabable serie de pleitos y causas, porque simultaneaba los dos procedimientos, hasta el extremo de que el criminal le proporcion\u00f3 unos meses de arresto carcelario, con ocasi\u00f3n de un desacato de que hizo v\u00edctima, por escrito, a uno de sus jueces. Cuando, ya anciano y empobrecido, le reconvinieron cari\u00f1osamente personas de su amistad, con loable prop\u00f3sito de apartarle de aquella senda de recalcitrantes temeridades, llev\u00e1ndole al departamento de su casa convertida en archivo. All\u00ed, en legajos clasificados, dentro de grandes estanter\u00edas, se hallaban originales y copias de toda clase de sus desastrosas actuaciones judiciales. El empedernido litigante, lejos de reconocerse, contest\u00f3 a sus buenos consejeros, con altivez satisfecha, indicando aquel almac\u00e9n de papel sellado: \u2014\u00bfPens\u00e1is que yo he perdido lastimosamente los mejores a\u00f1os de mi vida?; contemplad y os convencer\u00e9is del error padecido.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Nos falta experiencia para asignar esta clase de aberraci\u00f3n litigiosa a las dem\u00e1s razas; pero la lectura del presente libro y nuestra experiencia nos permiten atri<\/span><span style=\"font-size: 14pt;\">buirla, con preferencia, a dos pueblos tan significados en la raza latina, como el italiano y el espa\u00f1ol, si es que el testimonio literario de <strong>Racine<\/strong> no fuere suficiente para incluir tambi\u00e9n al franc\u00e9s.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">En el <strong>cap\u00edtulo VIII<\/strong>, \u201c<em><strong>De las predilecciones de abogados y jueces por las cuestiones de derecho o por\u00a0 las de hecho<\/strong>\u201d,<\/em> se muestra el sabio profesor como un formidable t\u00e9cnico de la profesi\u00f3n de abogado. Si se nos preguntara c\u00f3mo debe ser un abogado o un juez de instancia, sin vacilar responder\u00edamos que exacta\u00a0\u00a0 y cabalmente como ense\u00f1a <strong>Calamandrei<\/strong> en los p\u00e1rrafos de este ep\u00edgrafe. En mi tierra de <strong>Andaluc\u00eda<\/strong>, se suele reprochar al excesivamente imaginativo dici\u00e9ndole que \u201c<em>se marcha por los cerros de \u00dabeda<\/em>\u201d. Aqu\u00ed los elevados cerros son las sublimidades de la especulaci\u00f3n cient\u00edfica. Efectivamente, el abogado no debe andar por las nubes sino caminar por tierra firme: <strong>la abogac\u00eda es un oficio, no una investigaci\u00f3n filos\u00f3fica<\/strong>.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Lecci\u00f3n admirable sobre el practicismo de la abogac\u00eda y de la judicatura es la del maestro. Recuerdo que en otro de sus trabajos admirables, \u201c<em><strong>La Cassazione e i giuristi<\/strong>\u201d<\/em>, discierne las respectivas condiciones del juez y magistrado de instancia respecto del magistrado de casaci\u00f3n, mentalidad de fino investigador jur\u00eddico. Son virtudes adecuadas del \u00f3ptimo juez de instancia: diligencia, buen sentido, experiencia, aguda comprensi\u00f3n. No debe exig\u00edrsele una mentalidad investigadora del fin jur\u00eddico a quien debe dedicar gran parte de su tiempo a la tarea de estudiar e interpretar la prueba. Este mismo pensamiento late en los sugestivos p\u00e1rra<\/span><span style=\"font-size: 14pt;\">fos de la presente secci\u00f3n, que llegan a preconizar una preparaci\u00f3n al efecto para el juez.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">De las condiciones de los magistrados y abogados de casaci\u00f3n, no es procedente ocuparse, ni de sus cualidades distintas al juzgador de instancia; pero que en el ejercicio de la funci\u00f3n desarrollan su aptitud. Interesantes, a estos respectos, son los dos \u00faltimos p\u00e1rrafos de la presente secci\u00f3n.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">En el <strong>cap\u00edtulo o secci\u00f3n IX<\/strong>, \u201c<em><strong>Del sentimiento y de la l\u00f3gica en las sentencias<\/strong>\u201d<\/em>, el autor acaso plantea la cuesti\u00f3n fundamental referente a la naturaleza de la funci\u00f3n juzgadora, en t\u00e9rminos verdaderamente sorprendentes. En efecto, nadie duda que siendo la justicia un sentimiento humano racionalizado, predomine el m\u00f3dulo del instinto sobre el derecho escrito; pero cuando la racionalizaci\u00f3n subsume casi todo el problema jurisdiccional, requiriendo la inteligencia especializada del jurista, parece menos justificado el poder creador de los <strong>Tribunales<\/strong> en la teor\u00eda del derecho libre y, sin embargo, <strong>Calamandrei<\/strong> nos demuestra palmariamente lo contrario en relatos de po\u00e9tica realidad, dando cabida al derecho justo cuando dice: \u201c<em><strong>\u00bfC\u00f3mo se puede considerar fiel una motivaci\u00f3n que no reproduzca los subterr\u00e1neos meandros de estas corrientes sentimentales, a cuyo influjo m\u00e1gico, ning\u00fan juez, ni el m\u00e1s severo, puede sustraerse?<\/strong>\u201d<\/em> Efectivamente, al juzgar, la intuici\u00f3n y el sentimiento, se advierte que tienen muy a menudo una participaci\u00f3n m\u00e1s importante de lo que a primera vista parece; por algo, recuerda el autor la observaci\u00f3n de que sentencia se deriva de sentir. Con fortuna y claridad de pensamiento, contin\u00faa el autor, <\/span><span style=\"font-size: 14pt;\">en sucesivos apartados, dilucidando el teorema hasta agotar las demostraciones pr\u00e1cticas. Finaliza la secci\u00f3n con una alusi\u00f3n al sentido jur\u00eddico, equivalente al ojo cl\u00ednico del m\u00e9dico, mediante la intuici\u00f3n y las condiciones nativas y adquiridas por el ejercicio.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>Cap\u00edtulo X<\/strong>, \u201c<strong><em>Del amor de los abogados por los jueces y viceversa<\/em><\/strong>\u201d. \u00a1Nuevo <strong>Cantar de los Cantares<\/strong> en el campo judicial! Poes\u00eda exaltada, sano optimismo en \u00fatiles consejos. Siempre a la verdad y a la bondad por la belleza, que fluye a raudales de su inagotable foco por mediaci\u00f3n de una mente creadora. Queden v\u00edrgenes a tus impaciencias, lector, tantas verdades y bellezas en la albura de las p\u00e1ginas de este libro, tan ameno como sugestivo.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>Cap\u00edtulo XI<\/strong>, \u201c<em><strong>De ciertas tristezas y hero\u00edsmos en\u00a0\u00a0 la vida de los jueces<\/strong>\u201d<\/em>. \u00a1Libro de la sabidur\u00eda! Es el alma de los buenos jueces, dibujada en sus anhelos y esperanzas, en sus torturas, temores y satisfacciones. Justicia a la austeridad. Pintura preciosa de la dorada pobreza del juez. Insuperable conocimiento de la vida judicial. Nada he le\u00eddo que lo iguale; me parece dif\u00edcil que, en lo futuro, pueda ser aventajado. Benditas sean estas p\u00e1ginas que tanto bien producir\u00e1n en la formaci\u00f3n del esp\u00edritu de nuestros jueces noveles y tan delicioso b\u00e1lsamo derramar\u00e1n en el alma de los veteranos en la lucha.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>Cap\u00edtulo XII<\/strong>, \u201c<strong><em>De cierta coincidencia entre los destinos de los jueces y de los abogados<\/em><\/strong>\u201d. Todo el libro de <strong>Calamandrei<\/strong> es optimista y risue\u00f1o como un epitalamio judicial y forense; pero tambi\u00e9n tiene su parte de eleg\u00eda y hasta de tragedia. Una endecha de amor <\/span><span style=\"font-size: 14pt;\">sostienen el abogado y juez en \u00edntimo di\u00e1logo, digno colof\u00f3n del libro, sellado con un mutuo acuerdo y cordial apret\u00f3n de manos, que une indisolublemente la vida del abogado a la vida del juez.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Este di\u00e1logo, con que se pone fin al libro, con el relato de la coincidencia feliz de los sinsabores y dichas de uno y otro en la vida, es soberanamente hermoso. Al principio arranca mal\u00e9vola sonrisa al lector el desenfado ingenioso con que se retratan las apariencias de hostilidad que parecen animar a los interlocutores. Paulatinamente va la ret\u00f3rica alegr\u00eda adquiriendo el tono de seriedad de los fil\u00f3sofos, cuando descubren las amarguras sucesivamente sentidas por su coraz\u00f3n. Termina con aquella inefable complacencia de uno y otro en su com\u00fan destino final, que nos trae a la memoria la sublime satisfacci\u00f3n del deber cumplido, que nuestro inmortal <strong>Balmes<\/strong> nos legara como premio el m\u00e1s preciado para las recompensas humanas, de todos los que quieren ver tranquilos el final de su vida.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Ha concluido este rapid\u00edsimo recorrido por el nuevo libro de <strong>Calamandrei, Kempis<\/strong> del judicial y del abogado y gu\u00eda segura de la profesi\u00f3n. S\u00f3lo me resta esperar que inquietada el alma de los compa\u00f1eros, no quede uno siquiera sin saborear la jugosa lectura de estas p\u00e1ginas, llamadas a producir frutos ub\u00e9rrimos y flores delicadas en los \u00e1ridos campos de la abogac\u00eda y de la judicatura.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: right;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">Diego Medina<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"font-size: 18pt; color: #008000;\"><strong>***<\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 14pt;\">ELOGIO DE LOS JUECES ESCRITO POR UN ABOGADO, por Piero Calamandrei. 3\u00aa edici\u00f3n. Ediciones Jur\u00eddicas Europa-Am\u00e9rica. Buenos Aires, 1957.<\/span><\/p>\n<figure id=\"attachment_2237069\" aria-describedby=\"caption-attachment-2237069\" style=\"width: 300px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-2237069 size-full\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/Piero-Calamandrei-El-fascismo-es-la-mentira.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"464\" data-id=\"2237069\" srcset=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/Piero-Calamandrei-El-fascismo-es-la-mentira.jpg 300w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2021\/12\/Piero-Calamandrei-El-fascismo-es-la-mentira-194x300.jpg 194w\" sizes=\"auto, (max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><figcaption id=\"caption-attachment-2237069\" class=\"wp-caption-text\"><span style=\"color: #008000;\">Calamandrei anunci\u00f3 la tercera edici\u00f3n de su libro despu\u00e9s de la oscura etapa de la dictadura fascista, en la que zozobr\u00f3 la administraci\u00f3n de justicia, y despu\u00e9s del decenio de la post-guerra, \u00aben que los esc\u00e1ndalos judiciales se convirtieron poco a poco en el arma preferida de las luchas partidarias\u00bb.<\/span><\/figcaption><\/figure>\n<p><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/author\/punto-critico\/\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter wp-image-48\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2016\/11\/Mosca_Punto_Cr\u00edtico_40.png\" alt=\"\" width=\"70\" height=\"70\" \/><\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"mh-excerpt\"><p>\u00abELOGIO DE LOS JUECES ESCRITO POR UN ABOGADO\u00bb, de\u00a0Piero Calamandrei: Presentaci\u00f3n ******* ELOGIO DE LOS JUECES ESCRITO POR UN ABOGADO:\u00a0\u00cdNDICE Presentaci\u00f3n y Pr\u00f3logo I. De la fe en los jueces primer requisito del abogado\u00a0 II. <a class=\"mh-excerpt-more\" href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2023\/08\/27\/elogio-de-los-jueces-escrito-por-un-abogado-por-piero-calamandrei-presentacion-y-prologo\/\" title=\"\u00abELOGIO DE LOS JUECES ESCRITO POR UN ABOGADO\u00bb, por Piero Calamandrei: Presentaci\u00f3n y Pr\u00f3logo.\">[&#8230;]<\/a><\/p>\n<\/div>","protected":false},"author":3,"featured_media":2237367,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_exactmetrics_skip_tracking":false,"_exactmetrics_sitenote_active":false,"_exactmetrics_sitenote_note":"","_exactmetrics_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[6],"tags":[70],"class_list":{"0":"post-2240303","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-justicia","8":"tag-calamandrei"},"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2240303","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2240303"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2240303\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2237367"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2240303"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2240303"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2240303"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}