{"id":13303,"date":"2018-08-03T01:00:15","date_gmt":"2018-08-03T00:00:15","guid":{"rendered":"http:\/\/puntocritico.com\/?p=13303"},"modified":"2018-08-03T08:01:18","modified_gmt":"2018-08-03T07:01:18","slug":"apuntes-sobre-el-pensamiento-de-spinoza-las-dialecticas-politicas-y-juridicas-por-rafael-vega-pasquin-parte-iii","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2018\/08\/03\/apuntes-sobre-el-pensamiento-de-spinoza-las-dialecticas-politicas-y-juridicas-por-rafael-vega-pasquin-parte-iii\/","title":{"rendered":"Apuntes sobre el pensamiento de Spinoza: las dial\u00e9cticas pol\u00edticas y jur\u00eddicas, por Rafael Vega Pasqu\u00edn (Parte III)"},"content":{"rendered":"<p class=\"entry-title\"><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/2018\/07\/20\/apuntes-sobre-el-pensamiento-de-spinoza-las-dialecticas-politicas-y-juridicas-por-rafael-vega-pasquin-parte-i\/\">Apuntes sobre el pensamiento de Spinoza: las dial\u00e9cticas pol\u00edticas y jur\u00eddicas, por Rafael Vega Pasqu\u00edn (Parte I)<\/a><\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/2018\/07\/27\/apuntes-sobre-el-pensamiento-de-spinoza-las-dialecticas-politicas-y-juridicas-por-rafael-vega-pasquin-parte-ii\/\">Apuntes sobre el pensamiento de Spinoza: las dial\u00e9cticas pol\u00edticas y jur\u00eddicas (Parte II)<\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><strong>***<\/strong><\/p>\n<h1 style=\"text-align: center;\">Apuntes sobre el pensamiento de Spinoza: las dial\u00e9cticas pol\u00edticas y jur\u00eddicas (Parte III)<\/h1>\n<h2 style=\"text-align: center;\">Por Rafael Vega Pasqu\u00edn<\/h2>\n<h3 style=\"text-align: center;\"><span style=\"color: #339966;\">Universidad Pontificia de Comillas &#8211; Madrid<\/span><\/h3>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/images-1.jpg\" rel=\"lightbox[13303]\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter wp-image-13308\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/images-1.jpg\" alt=\"\" width=\"340\" height=\"380\" srcset=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/images-1.jpg 204w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/images-1-134x150.jpg 134w\" sizes=\"auto, (max-width: 340px) 100vw, 340px\" \/><\/a><\/p>\n<h2>\u00a0<\/h2>\n<h2 style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 18pt; font-family: georgia, palatino, serif; color: #339966;\"><strong>Lo que Spinoza propone Spinoza<\/strong> <\/span><\/h2>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\">investig\u00f3 y trat\u00f3 de describir la naturaleza humana, de donde extrajo las reglas de una \u00e9tica soprendente, moderna y renovada. Ya nos hemos referido a su particular concepci\u00f3n de la \u00e9tica. El fil\u00f3sofo se dio cuenta, entonces, que la singularidad de esta \u00e9tica pod\u00eda dar lugar a novedosas y sugerentes aplicaciones en el campo de la pol\u00edtica y el derecho. Y, obviamente, se sirvi\u00f3 de un recurso ampliamente utilizado en su \u00e9poca: el paso del estado de naturaleza al estado pol\u00edtico<a id=\"ref17a\"><\/a><a href=\"#ref17\">[17]<\/a>.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\">Hemos se\u00f1alado brevemente los aspectos un\u00edvocos, equ\u00edvocos y dial\u00e9cticos de la filosof\u00eda de Spinoza. Resumamos, entonces, lo descrito por Spinoza situ\u00e1ndolo en el \u00e1mbito de la pol\u00edtica y el derecho, que son los \u00e1mbitos que analizaremos con mayor detalle en este art\u00edculo. Y as\u00ed, podemos decir que la necesidad natural resalta y destaca los aspectos un\u00edvocos de la filosof\u00eda de Spinoza. El sistema filos\u00f3fico de Spinoza no se comprende sin acudir a la ley del conatus y a la substancia \u00fanica e infinita, entendida como causa sui. Una sola substancia y un solo poder para que las cosas existan y contin\u00faen existiendo. Por lo que en el \u00e1mbito de la naturaleza, parece que s\u00f3lo cabe desplegar el discurso de la univocidad de ra\u00edz escotista. En sentido diametralmente opuesto, tambi\u00e9n hemos hecho referencia a c\u00f3mo la consideraci\u00f3n de la libertad humana conduce a algunos int\u00e9rpretes a encontrar y resaltar los aspectos equ\u00edvocos de la filosof\u00eda de Spinoza. De un lado, todos los hombres est\u00e1n necesariamente sometidos a los afectos. Sin embargo, la necesidad heterodeterminativa de los hombres, de otro lado, les conduce generalmente a una constante fluctuaci\u00f3n equ\u00edvoca. Los hombres son com\u00fanmente arrastrados por las pasiones, esto es, son siervos de los afectos en tanto que voluntades individuales aisladas, por lo que, m\u00e1s que actuar aut\u00f3nomamente, padecen. Y esto acaba conduci\u00e9ndonos a la equivocidad nominalista de origen ockhamista. <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\">Pero la tesis de este art\u00edculo es otra. Spinoza se decanta, de hecho, por una l\u00f3gica dial\u00e9ctica enraizada en la filosof\u00eda suareziana <a id=\"ref18a\"><\/a><a href=\"#ref18\">[18]<\/a>. \u00bfPor qu\u00e9? Porque seg\u00fan el fil\u00f3sofo holand\u00e9s la naturaleza humana se ha de definir, en realidad, m\u00e1s precisamente como libre-necesidad, es decir, la potencia del entendimiento puede tomar conciencia y librar una permanente batalla con la fuerza de los afectos. El hombre spinozista, en definitiva, es deseo consciente. En donde el deseo constituye la necesidad natural o, dicho de otro modo, la ley del conatus en el hombre; y lo consciente articular\u00eda, dentro de esa ley general, la libertad humana, esto es, la voluntad de un individuo que ha tomado conciencia de la necesidad de las cosas. Dicho muy r\u00e1pidamente, la tradicional l\u00f3gica anal\u00f3gica aristot\u00e9lica se va sustituyendo en la modernidad por una l\u00f3gica dial\u00e9ctica <a id=\"ref19a\"><\/a><a href=\"#ref19\">[19]<\/a>. Lo que Spinoza est\u00e1 proponiendo, en suma, es resolver de alguna manera estas dial\u00e9cticas que conducen ahora a univocismos y m\u00e1s tarde a equivocismos. Y, en efecto, en la filosof\u00eda de Spinoza (1986: 118, Tratado pol\u00edtico [en adelante TP]) se resuelven apelando a que el sujeto moderno siga el dictamen de la raz\u00f3n y apuntando a la b\u00fasqueda y consecuci\u00f3n de lo \u00fatil. Pero para ello Spinoza considera necesario el aludido paso del estado de naturaleza al estado pol\u00edtico. Es decir, construir te\u00f3ricamente y elaborar cuidadosamente la vida en sociedad<a id=\"ref20a\"><\/a><a href=\"#ref20\">[20]<\/a>. De la \u00e9tica del individuo, en tanto que sujeto natural, pasamos a la pol\u00edtica y el derecho de estos mismos individuos; pero en tanto que constituyen una asociaci\u00f3n de individuos, un grupo social definido, un estado pol\u00edtico. El individuo se torna multitud. Y de ah\u00ed que Spinoza (1986: 100 y\u00a0104, TP), al trasladarse de plano, empiece a hablar, ya no tanto del hombre que se gu\u00eda por la raz\u00f3n, cuanto de la multitud que se gu\u00eda como por una sola mente.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\">Veamos, nuevamente, la conexi\u00f3n de la \u00e9tica, la pol\u00edtica y el derecho a partir de las nociones de unidad y analog\u00eda. Seg\u00fan Spinoza, y dicho muy brevemente, la felicidad consiste en llegar a comprender la libre-necesidad del individuo y del Estado, para poder articular lo \u00fatil. El hombre, en el plano \u00e9tico individual, es deseo consciente, esto es, el permanente enfrentamiento y choque de las pasiones, por un lado, y el entendimiento, por el otro, que se da en todo sujeto individual. Si dicho sujeto individual sigue el dictamen de la raz\u00f3n podr\u00e1 descubrir y realizar lo \u00fatil. Para Spinoza, la mejor regla de vida para conservarse (ley del conatus) es aquella que se funda en el dictamen de la raz\u00f3n (libre-necesidad); lo que en el terreno \u00e9tico equival\u00eda a alcanzar la felicidad individual. En el plano pol\u00edtico (el de la vida de los individuos en grupo) el deseo consciente se traduce como la eterna oposici\u00f3n entre el pueblo y sus gobernantes, o dicho con palabras de Spinoza, entre la multitud y las supremas potestades. Sin embargo, lo mejor es siempre aquello que los hombres o, en este caso la sociedad, hacen con plena autonom\u00eda. Por ello, dice Spinoza, si buscamos lo \u00fatil en lo pol\u00edtico (que no es sino la salvaci\u00f3n del pueblo o salud p\u00fablica) la multitud se ha de guiar como por una sola mente. Y \u00e9se es el verdadero problema pol\u00edtico \u2013dir\u00e1 Spinoza\u2013 que merece la pena resolver. La mejor constituci\u00f3n del Estado, dice Spinoza, se deduce f\u00e1cilmente del fin del estado pol\u00edtico, esto es, la paz y la seguridad de la vida. Vida individual o colectiva, da lo mismo. Spinoza vuelve una y otra vez a apoyarse en la ley del conatus. \u00bfPor qu\u00e9 el fin del estado pol\u00edtico tiene que ser la paz y la seguridad, y no cualquier otro? No por libre decisi\u00f3n de nadie, no por ning\u00fan acuerdo de voluntades individuales, sino porque es la mejor regla de vida para que la sociedad se conserve.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\">Y en el terreno del derecho, por \u00faltimo, de igual modo el deseo consciente se puede traducir como la dial\u00e9ctica entre el derecho natural de los individuos que componen la multitud y el com\u00fan decreto que dictan las supremas potestades. Por un lado, la potencia del derecho natural subjetivo y, por otro lado, la fuerza de la ley estatal. Pero, seamos objetivos \u2013nos recuerda Spinoza\u2013 a la hora de ordenar y componer estas fuerzas enfrentadas. El desorden y las injusticias no deben ser imputados tanto a la malicia de los hombres cuanto a la mala constituci\u00f3n del Estado. Nuevamente la filosof\u00eda de Spinoza apela a lo \u00fatil: que los hombres vivan en concordia y se cumplan los derechos comunes; porque, como ha demostrado el fil\u00f3sofo, se puede y se debe guiar a la multitud como por una sola mente. Spinoza, pues, distingue el plano estrictamente individual del plano de la vida en grupo de los individuos. En el plano individual expone su \u00e9tica, en el plano de la vida en sociedad desarrolla la pol\u00edtica y el derecho.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\">En el plano individual la substancia individual spinozista se resume en el hombre, en tanto que deseo consciente. Las afecciones del cuerpo y la potencia de la mente en permanente lucha dial\u00e9ctica. La propuesta de Spinoza en el terreno \u00e9tico se resume en el hombre que se gu\u00eda por la raz\u00f3n; esto es, la potencia del entendimiento puede y debe moderar la fuerza de los afectos reconduci\u00e9ndolos. Seguir el dictamen de la raz\u00f3n \u2013por lo que ahora a nosotros interesa\u2013 conducir\u00e1, entonces, a obedecer las leyes. Por lo que se refiere al plano de la vida en sociedad la substancia pol\u00edtica spinozista se resume en una multitud y en unas supremas potestades. La materia pol\u00edtica aparece separada o separable de la forma. Esto es, el cuerpo social (el derecho natural de los individuos que componen la multitud o materia) y el alma del Estado (el com\u00fan decreto de las supremas potestades o forma) aparecen no ordenados de modo natural. Materia y forma pol\u00edticas son, entonces, fuerzas contrarias a las que no les queda m\u00e1s que enfrentarse o pactar<a id=\"ref21a\"><\/a><a href=\"#ref21\">[21]<\/a>.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\">La propuesta pol\u00edtica de Spinoza ser\u00e1 que la uni\u00f3n de fuerzas en el estado pol\u00edtico acabe con la vida miserable y de carencias del estado de naturaleza. Por ello, la multitud que se gu\u00eda como por una sola mente ha de seguir el dictamen pol\u00edtico del entendimiento frente a los afectos; lo que nos llevar\u00e1 a construir una pol\u00edtica apoyada en el pacto social. La propuesta jur\u00eddica de Spinoza ser\u00e1 que el orden y la seguridad de las normas comunes sustituya a un an\u00e1rquico e ingobernable derecho natural de los individuos. Por ello, la multitud que se gu\u00eda como por una sola mente ha de acatar las normas comunes que dictan las supremas potestades; lo que conducir\u00e1 a Spinoza a concebir el derecho como la expresi\u00f3n del com\u00fan decreto y la obediencia a las leyes.<\/span><\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/pieter_claesz_002.jpg\" rel=\"lightbox[13303]\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-13309 aligncenter\" src=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/pieter_claesz_002.jpg\" alt=\"\" width=\"400\" height=\"290\" srcset=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/pieter_claesz_002.jpg 1102w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/pieter_claesz_002-300x218.jpg 300w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/pieter_claesz_002-768x558.jpg 768w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/pieter_claesz_002-1024x743.jpg 1024w, https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/pieter_claesz_002-207x150.jpg 207w\" sizes=\"auto, (max-width: 400px) 100vw, 400px\" \/><\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-size: 18pt; font-family: georgia, palatino, serif; color: #339966;\"><b>Las dial\u00e9cticas en la filosof\u00eda pr\u00e1ctica de Spinoza<\/b><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\">Vamos a analizar, ahora, espec\u00edficamente el funcionamiento de las dial\u00e9cticas de Spinoza en el terreno de la pol\u00edtica y el derecho. Por lo tanto, en vez de tratar el problema de la esencia y la existencia de la substancia, de la necesidad natural y la libertad humana, Spinoza se ocupa ahora del estado de naturaleza y el estado pol\u00edtico, del derecho natural subjetivo y el com\u00fan decreto.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\">Pero, tanto en la pol\u00edtica como en el derecho, la relaci\u00f3n anal\u00f3gica aristot\u00e9lica entre la materia y la forma pol\u00edticas o entre la ley natural y la ley humana se ha transformado en una relaci\u00f3n dial\u00e9ctica. La filosof\u00eda de Spinoza, como excelentemente expone Albiac, se caracteriza como una l\u00f3gica de la guerra, una l\u00f3gica de los conflictos entre cosas determinadas, una l\u00f3gica de la confluencia, composici\u00f3n, absorci\u00f3n, rechazo o destrucci\u00f3n de fuerzas. Ciertamente, G. Albiac (2011: 243) no se refiere expl\u00edcitamente a una l\u00f3gica dial\u00e9ctica, pero termina exponi\u00e9ndola con envidiable elocuencia. \u00ab\u00bfQu\u00e9 deber\u00eda implicar en el modelo spinozano esta irrebasabilidad del conflicto entre individuos? En un conflicto entre individuos de estas caracter\u00edsticas s\u00f3lo hay tres posibilidades. O uno destruye al otro y lo incorpora como elemento potencial suyo; o el otro destruye al uno; o bien es un tercer individuum, de potencia no equiparable a ninguno de los dos, es decir, respecto del cual ninguno de los dos pueda ejercer un combate eficiente, quien impone la regulaci\u00f3n de las relaciones entre ambos. El Estado es, para Spinoza, ese tercero.\u00bb De manera clara y concisa Albiac expone c\u00f3mo la dial\u00e9ctica entre los aspectos un\u00edvocos (uno tiene todo el poder) y los aspectos equ\u00edvocos (todos se destruyen entre s\u00ed) de la filosof\u00eda de Spinoza se resuelve apelando a un tercer individuo. Ese tercero, el Estado, es el que nos va a permitir comprender y explicar las dial\u00e9cticas pol\u00edticas y jur\u00eddicas de Spinoza. Retomo \u00edntegramente, pues, el planteamiento de Albiac, al que \u00fanicamente a\u00f1ado por mi parte que refiri\u00e9ndonos a una l\u00f3gica dial\u00e9ctica se puede comprender la din\u00e1mica de un enfrentamiento de fuerzas y, por ello, explicar satisfactoriamente esa l\u00f3gica de la guerra. El campo de fuerzas un\u00edvocas y equ\u00edvocas, que se deriva de la filosof\u00eda racionalista de Spinoza, s\u00f3lo pod\u00eda acabar demandando una racional y razonable composici\u00f3n dial\u00e9ctica de dichas fuerzas.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\">Las propuestas de Spinoza se dirigen, como decimos, a componer las distintas dial\u00e9cticas que se presentan. En el terreno \u00e9tico, ante el sujeto individual; en el terreno pol\u00edtico y jur\u00eddico, ante el individuo compuesto o comunidad pol\u00edtica. Del estudio de la dial\u00e9ctica entre el deseo y la conciencia en el sujeto individual pasamos, ahora, al estudio de la dial\u00e9ctica entre la multitud y las supremas potestades en la comunidad pol\u00edtica. El estado pol\u00edtico (en donde opera la libertad humana) debe ser estudiado y constituido dentro del estado de naturaleza (donde rige la necesidad natural) <a id=\"ref22a\"><\/a><a href=\"#ref22\">[22]<\/a>. El hombre que se gu\u00eda por la raz\u00f3n es la propuesta de Spinoza (1986: 91, TP) y (2003: 140, TTP) en el terreno \u00e9tico; puesto que as\u00ed ser\u00e1 capaz de reconocer correctamente lo \u00fatil y alcanzar el sumo bien. La multitud que se gu\u00eda como por una sola mente es la propuesta de Spinoza (1986: 104 y\u00a0123, TP) en el terreno de la pol\u00edtica y del derecho; puesto que s\u00f3lo de este modo esta especie de Individuo compuesto trabaja por lo \u00fatil y reconoce y aprecia la salud p\u00fablica, la concordia y la paz social.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\">A Spinoza le interesa construir bien el estado pol\u00edtico y, por ello, plantea ciertas cuestiones previas relativas a una materia y una forma pol\u00edticas que se conciben y operan por separado. \u00bfSe puede disolver la sociedad?, \u00bfpuede cambiar de forma?, \u00bfla multitud se transformar\u00e1 en una fuerza revolucionaria, rebelde o, en definitiva, capaz de destruir el estado pol\u00edtico?, \u00bflos que encarnan las supremas potestades se convertir\u00e1n en tiranos? <a id=\"ref23a\"><\/a><a href=\"#ref23\">[23]<\/a> Esta fuerte tensi\u00f3n dial\u00e9ctica en el terreno pol\u00edtico se debe resolver y encontrar un modo de articular la uni\u00f3n entre el cuerpo y el alma del Estado. Cuerpo y alma del Estado o materia y forma pol\u00edticas. No vamos a detallar los peligros de una fuerza social revolucionaria, por un lado, o de una fuerza institucional desp\u00f3tica, por el otro lado. Materia y forma pol\u00edticas, por separado, son igualmente temibles. M\u00e1s all\u00e1, pues, de la unidad anal\u00f3gica de la materia y la forma, Spinoza (2003: 337, 338, 383, TTP) propone el pacto. Y, de este modo, la multitud que se gu\u00eda como por una sola mente solo desarrolla una aut\u00e9ntica pol\u00edtica spinozista cuando se ocupa y alcanza la salvaci\u00f3n del pueblo, esto es, la salud p\u00fablica. \u00abEl derecho del Estado o supremas potestades \u2013dice Spinoza (1986: 100 y\u00a0104, TP)\u2013 no es sino el mismo derecho natural, el cual viene determinado por el poder, no de cada uno, sino de la multitud que se comporta como guiada por una sola mente. Es decir, que, lo mismo que cada individuo en el estado natural, tambi\u00e9n el cuerpo y el alma de todo el Estado posee tanto derecho como tiene poder. (\u2026) El derecho de la sociedad se determina por el poder de la multitud que se rige como por una sola mente. Ahora bien, esta uni\u00f3n mental no podr\u00eda ser concebida, por motivo alguno, sino porque la sociedad busca, ante todo, aquello que la sana raz\u00f3n ense\u00f1a ser \u00fatil a todos los hombres.\u00bb<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\">En el terreno del derecho tambi\u00e9n aparece y podemos mostrar la tensi\u00f3n dial\u00e9ctica. Albiac, por ejemplo, nos presenta de nuevo con enorme claridad el enfrentamiento dial\u00e9ctico entre los univocismos y los equivocismos. \u00abEl poder se dice a s\u00ed mismo como derecho \u2013dice G. Albiac (2011: 271)\u2013. Estar sometido a derecho es el modo soportable de decir que se est\u00e1 sometido a fuerza, porque el derecho no es m\u00e1s que la codificaci\u00f3n de la fuerza. (\u2026) Sometimiento a derecho propio, o sometimiento a derecho ajeno, no es, por lo tanto, m\u00e1s que el modo de designar desplazadamente, metaf\u00f3ricamente, a la capacidad de imponer la fuerza propia, o de verse imponer la fuerza ajena.\u00bb De aqu\u00ed se deduce que la servidumbre o la libertad del sujeto individual depende del sometimiento a la fuerza de unos o de otros. Y as\u00ed, la din\u00e1mica dial\u00e9ctica queda, al menos, planteada por Albiac: los univocismos que una y otra vez imponen el sometimiento a derecho propio se enfrentan a los equivocismos que surgen tratando de evitar el sometimiento a derecho ajeno<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\">Una cosa queda fuera de toda duda: el derecho spinozista est\u00e1 determinado por el poder. Ahora bien, o se determina por el poder de cada uno (derecho natural subjetivo) o se determina por el poder de la multitud (derecho de la sociedad). Estamos ya, en efecto, en el centro de la din\u00e1mica dial\u00e9ctica. \u00bfS\u00f3lo cabe fluctuar entre la necesidad de la ley natural y la arbitrariedad de la ley humana?, Spinoza (2003: 136 y\u00a0137, TTP); \u00bfc\u00f3mo se resuelve la tensi\u00f3n entre el estado de naturaleza y el estado pol\u00edtico?, Spinoza (1986: 91, 92, 93, TP); \u00bfel individuo aut\u00f3nomo puede y ha de ceder su derecho natural?, Spinoza (1986: 101 y\u00a0102, TP); \u00bfla potestad suprema, entonces, puede y debe asumir un poder pol\u00edtico y jur\u00eddico absoluto?, Spinoza (2003: 340, TTP) <a id=\"ref24a\"><\/a><a href=\"#ref24\">[24]<\/a>. Para Spinoza la multitud (que recoge el derecho natural de los individuos) y las supremas potestades (que elaboran el com\u00fan decreto) funcionan como un Individuo compuesto tras el pacto. Luego cabe afirmar que Spinoza (2003: 334 y\u00a0335, TTP) parte del derecho natural individual como presupuesto indiscutible de su pensamiento. En este sentido, A. de Muralt (2002: 115) se ha referido a la elaboraci\u00f3n libertaria en la filosof\u00eda de Spinoza de la noci\u00f3n de voluntad como poder; lo que, para el fil\u00f3sofo suizo, da lugar a concebir en el spinozismo un derecho subjetivo absoluto. El derecho natural individual ser\u00eda la clave del spinozismo. Todos los desarrollos (\u00e9ticos, pol\u00edticos, y tambi\u00e9n jur\u00eddicos de la filosof\u00eda de Spinoza) se fundamentan en esto y aqu\u00ed hay que volver siempre para poder explicarlos y comprenderlos. A algunos todav\u00eda les queda la duda y sostienen la mayor importancia de la sociedad frente al individuo en la filosof\u00eda spinozista. Ciertamente, el pacto y la uni\u00f3n de fuerzas dial\u00e9cticas que ha constituido el estado pol\u00edtico \u2013cabe objetar\u2013 no deja de ser una tendencia natural. Sin embargo, esta uni\u00f3n en ning\u00fan caso es completamente natural y no deja de ser una uni\u00f3n precaria en la filosof\u00eda de Spinoza. El fin del Estado ha de ser la paz social puesto que de otro modo, dice Spinoza (1986: 116 y\u00a0117, TP), caducar\u00eda el contrato. La subjetividad individual tiene, sin duda, mayor peso. Por lo tanto, lo que verdaderamente nunca se extingue ni puede caducar es el derecho natural individual; principio, causa primera y fundamento de la concepci\u00f3n pol\u00edtica y jur\u00eddica de Spinoza.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\">Spinoza plantea otros problemas que requerir\u00edan un estudio m\u00e1s concreto y detallado. Me limitar\u00e9 a enumerarlos. En efecto, cabe tambi\u00e9n limitar el \u00e1mbito de acci\u00f3n del derecho. Spinoza (1986: 104, TP y\u00a02003: 353 y\u00a0354, TTP) describe lo que no pertenece al derecho de la sociedad; as\u00ed como las reservas del derecho natural frente a las supremas potestades. Cabe tambi\u00e9n analizar el verdadero fin de las leyes; pues el derecho spinozista, con base en el derecho natural subjetivo, se articula y formaliza en el com\u00fan decreto. Pero eso (el com\u00fan decreto de los legisladores) es distinto a conocer la verdadera naturaleza de las leyes (el orden necesario de las leyes naturales) <a id=\"ref25a\"><\/a><a href=\"#ref25\">[25]<\/a>. Cabe, por acabar, proponer como mejor soluci\u00f3n pol\u00edtica y jur\u00eddica una democracia absoluta, entendida como una asociaci\u00f3n de hombres cuyo poder se ejerza colegialmente <a id=\"ref26a\"><\/a><a href=\"#ref26\">[26]<\/a>. Todos estos temas desbordan, evidentemente, el \u00e1mbito de este art\u00edculo pero podr\u00edan, tal vez, ser objeto de pr\u00f3ximos y renovados trabajos e investigaciones.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0<\/p>\n<hr \/>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"background-color: #ccffcc; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\">NOTAS:<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\n<p><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\"><a id=\"ref17\"><\/a><a href=\"#ref17a\">[17]<\/a> Las analog\u00edas entre la multitud que se gu\u00eda como por una sola mente de Spinoza y la Voluntad General de Rousseau parecen evidentes. En cierto modo, el Jean Jacques Rousseau del Contrato social no es sino un divulgador, cargado de emotividad y romanticismo, de las ideas pol\u00edticas de Spinoza. Se podr\u00eda ver a Rousseau como un gran divulgador, atractivo y sugerente, capaz de transmitir complejas filosof\u00edas una vez aligeradas de su densidad metaf\u00edsica.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\"><a id=\"ref18\"><\/a><a href=\"#ref18a\">[18]<\/a> F. Su\u00e1rez (1960-1966, disp. XXVIII, sec. 3) enfoca de modo muy particular la cuesti\u00f3n de si el ser es un\u00edvoco o an\u00e1logo. F. Carpintero (1977), por su parte, tambi\u00e9n ha investigado y mostrado el sorprendente e importante papel que cumpli\u00f3 la Segunda Escol\u00e1stica (concretamente V\u00e1zquez de Menchaca, adem\u00e1s de Su\u00e1rez y otros), tanto en la evoluci\u00f3n del derecho natural medieval como en la creaci\u00f3n del derecho natural racionalista moderno. Para el peculiar uso de la analog\u00eda en Su\u00e1rez: J. Hell\u00edn (1947) o L. Mart\u00ednez G\u00f3mez (1948).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\"><a id=\"ref19\"><\/a><a href=\"#ref19a\">[19]<\/a> Una mejor comprensi\u00f3n de la libre-necesidad y su compatibilidad o no con la religi\u00f3n cristiana se puede hallar en Spinoza (1988b: 391-394, Carta\u00a075,). La impor- tancia de la Correspondencia de Spinoza reside en que el fil\u00f3sofo explica sus concep- tos en tono coloquial a ciertos interlocutores. Escribe con claridad y sencillez, para que se le entienda; ya sea acerca del infinito, la unidad de Dios, la esencia del alma o las llamadas cartas del mal. Ciertamente, el fil\u00f3sofo se halla arropado por la complicidad de quienes se dirigen a \u00e9l por curiosidad, admiraci\u00f3n o el mero af\u00e1n de conocer estado pol\u00edtico, que no es otro que la paz y la seguridad de la vida. Aquel Estado es, por tanto, el mejor, en el que los hombres viven en concordia y en el que los derechos comunes se mantienen ilesos. Ya que no cabe duda que las sediciones, las guerras y el desprecio o infracci\u00f3n de las leyes no deben ser imputados tanto a la malicia de los s\u00fabditos cuanto a la mala constituci\u00f3n del Estado. Los hombres, en efecto, no nacen civilizados, sino que se hacen.\u00bb<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\"><a id=\"ref20\"><\/a><a href=\"#ref20a\">[20]<\/a> Spinoza (1986: 118, 119, TP). \u00abComo la mejor regla de vida que uno puede adoptar para conservarse lo mejor posible, es aquella que se funda en el dictamen de la raz\u00f3n, se sigue que lo mejor es siempre aquello que el hombre o la sociedad hacen con plena autonom\u00eda. (\u2026) Por consiguiente, una cosa es gobernar y administrar la cosa p\u00fablica con derecho y otra distinta gobernar y administrar muy bien. (\u2026) Cu\u00e1l sea la mejor constituci\u00f3n de un Estado cualquiera, se deduce f\u00e1cilmente del fin del<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\"><a id=\"ref21\"><\/a><a href=\"#ref21a\">[21]<\/a> A. De Muralt (2002: 161), se\u00f1ala c\u00f3mo el contrato social o pacto en Spinoza refleja, de hecho, una dial\u00e9ctica fundamental. Para Muralt, toda la ambig\u00fcedad equ\u00edvoca o un\u00edvoca de la sorprendente filosof\u00eda pol\u00edtica spinozista se debe a su estructura de pensamiento ockhamista.<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\"><a id=\"ref22\"><\/a><a href=\"#ref22a\">[22]<\/a> Cf. Spinoza (2003: 342, Tratado teol\u00f3gico-pol\u00edtico [en adelante TTP]).<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\"><a id=\"ref23\"><\/a><a href=\"#ref23a\">[23]<\/a> Spinoza (1986: 112 y\u00a0122, TP). \u00abS\u00f3lo a las supremas potestades compete el derecho de dictar leyes y, cuando surge alguna duda, de interpretarlas en cualquier caso particular y decidir si el caso planteado est\u00e1 o no acorde con el derecho. (\u2026) La multitud tiende naturalmente a asociarse, no porque la gu\u00eda la raz\u00f3n, sino alg\u00fan sentimiento com\u00fan. (\u2026) De ah\u00ed que los hombres tienden por naturaleza al estado pol\u00edtico, y es imposible que ellos lo destruyan jam\u00e1s del todo.\u00bb<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\"><a id=\"ref24\"><\/a><a href=\"#ref24a\">[24]<\/a> En este sentido \u2013de destapar y decubrir la dial\u00e9ctica de lo un\u00edvoco y lo equ\u00edvo- co; y no s\u00f3lo en Spinoza\u2013 Andr\u00e9 de Muralt ha mostrado con s\u00f3lidos argumentos la herencia escotista y ockhamista de la filosof\u00eda moderna en general. Ello explica tam- bi\u00e9n las fuertes reacciones equivocistas de la subjetividad moderna. Equivocismos de ra\u00edz ockhamista que son consecuencia de lo que Muralt (2002: 181) llama una con- cepci\u00f3n teol\u00f3gica un\u00edvoca del a priori de potentia absoluta dei. O dicho de un modo m\u00e1s sencillo, en ausencia de unidad anal\u00f3gica, Muralt va desvelando los univocismos, equivocismos y dial\u00e9cticas de la filosof\u00eda moderna: \u00abAs\u00ed es como la filosof\u00eda pr\u00e1ctica moderna prolonga la doctrina ockhamista de la voluntad absoluta de derecho (Descartes, Spinoza, Hobbes, Sartre), que limita el hecho de la ley, prescrita a priori por Dios como una idea innata (Descartes), o convenida por el inter\u00e9s razonable de los hombres (Spinoza, Hobbes), o que expresa el derecho de la propia naturaleza humana (filosof\u00eda del derecho natural).\u00bb<\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\"><a id=\"ref25\"><\/a><a href=\"https:\/\/puntocritico.com\/2018\/07\/13\/sobre-los-dos-conceptos-de-democracia-en-spinoza-por-jose-angel-valero-martinez-parte-ii\/\">[25]<\/a> Spinoza (2003: 138, TTP). \u00abParece, pues, que la ley debe ser definida, en un sentido m\u00e1s restringido, como la forma de vivir que el hombre se prescribe a s\u00ed mismo u a otros por alg\u00fan fin. Ahora bien, como el verdadero fin de las leyes s\u00f3lo puede resultar claro a unos pocos, mientras que la mayor\u00eda de los hombres son casi comple- tamente incapaces de percibirlo y est\u00e1n muy lejos de vivir de acuerdo con la raz\u00f3n, los legisladores a fin de constre\u00f1ir a todos por igual, establecieron sabiamente un fin muy distinto de aquel que necesariamente se sigue de la naturaleza de las leyes. (\u2026) De ah\u00ed que se ha considerado, ante todo, como ley una forma de vida que es impuesta a los hombres por mandato de otros; y, en consecuencia, los que obedecen a las leyes, viven, como suele decirse, bajo la ley y parecen sus esclavos. La verdad es que quien da a cada cual lo suyo, porque teme al pat\u00edbulo, obra coaccionado por el mandato ajeno y por el mal, y no se puede llamar justo; en cambio, quien da a cada uno lo suyo, porque ha conocido la verdadera naturaleza de las leyes y su necesidad, obra con \u00e1nimo firme y por decisi\u00f3n propia y no ajena, y se llama justo con raz\u00f3n.\u00bb Respecto al sentido de la obediencia, cf. Spinoza (1986: 95 y\u00a099, TP). <\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><span style=\"font-weight: 400; font-size: 14pt; font-family: arial, helvetica, sans-serif;\"><a id=\"ref26\"><\/a><a href=\"#ref26a\">[26]<\/a> Spinoza (2003: 340 y\u00a0341, TTP). \u00abTendr\u00e1 el supremo derecho sobre todos, quien posea el poder supremo, con el que puede obligarlos a todos por la fuerza o contenerlos por el miedo al supremo suplicio, que todos temen sin excepci\u00f3n. Y s\u00f3lo mantendr\u00e1 ese derecho en tanto en cuanto conserve ese poder de hacer cuanto quiera; de lo contrario, mandar\u00e1 en precario, y ninguno que sea m\u00e1s fuerte estar\u00e1 obligado a obedecerle si no quiere. As\u00ed pues, se puede formar una sociedad y lograr que todo pacto sea siempre observado con m\u00e1xima fidelidad, sin que ello contradiga al derecho natural, a condici\u00f3n de que cada uno transfiera a la sociedad todo el poder que \u00e9l posee, de suerte que ella sola mantenga el supremo derecho de la naturaleza a todo, es decir, la potestad suprema, a la que todo el mundo tiene que obedecer, ya por propia iniciativa, ya por miedo al m\u00e1ximo suplicio. El derecho de dicha sociedad se llama democracia; \u00e9sta se define, pues, como la asociaci\u00f3n general de los hombres, que posee colegialmente el supremo derecho a todo lo que puede.\u00bb<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<div class=\"mh-excerpt\"><p>Apuntes sobre el pensamiento de Spinoza: las dial\u00e9cticas pol\u00edticas y jur\u00eddicas, por Rafael Vega Pasqu\u00edn (Parte I) Apuntes sobre el pensamiento de Spinoza: las dial\u00e9cticas pol\u00edticas y jur\u00eddicas (Parte II) *** Apuntes sobre el pensamiento <a class=\"mh-excerpt-more\" href=\"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/2018\/08\/03\/apuntes-sobre-el-pensamiento-de-spinoza-las-dialecticas-politicas-y-juridicas-por-rafael-vega-pasquin-parte-iii\/\" title=\"Apuntes sobre el pensamiento de Spinoza: las dial\u00e9cticas pol\u00edticas y jur\u00eddicas, por Rafael Vega Pasqu\u00edn (Parte III)\">[&#8230;]<\/a><\/p>\n<\/div>","protected":false},"author":3,"featured_media":13304,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_exactmetrics_skip_tracking":false,"_exactmetrics_sitenote_active":false,"_exactmetrics_sitenote_note":"","_exactmetrics_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[],"class_list":{"0":"post-13303","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-filosofia"},"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13303","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=13303"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/13303\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/media\/13304"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=13303"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=13303"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/puntocritico.com\/ausajpuntocritico\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=13303"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}