Artículo de AUSAJ, publicado por primera vez en octubre del año 2013
Por Jesús Díaz Formoso
Abogado
Desde 1889, el primer apartado del primer artículo de nuestro Código Civil, ha venido estableciendo, como punto de partida de cualquier análisis jurídico, que “Las fuentes del Ordenamiento Jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho”. Hasta ahora.
Y decimos “hasta ahora” porque, el día 28 de junio de 2013, ha sido dictada una resolución judicial que, en lugar de considerar a la Ley como fuente del Derecho, la conceptúa como acto presuntamente delictivo (Auto de 28 de junio de 2013, del Juzgado de Instrucción nº 6 de Sevilla, Diligencias Previas nº 174/2011 – caso “ERE’s”).
La Ley, expresión de la voluntad popular, adoptada en el Parlamento por los presuntos representantes de los ciudadanos, se encuentra bajo sospecha. Y no podría ser de otra forma, pues sospechosos son sus autores, vulgares “chorizos” travestidos de legisladores.
Manifiesta -con total corrección, así como con una singular dosis de valor- (Los imputados podrán encarcelar jueces con un impreso del estanco) la Ilustrísima Sra Magistrada-Juez, Doña Mercedes Alaya Rodríguez, en la meritada resolución de 28 de junio, fundamentándose en un “Informe de Fiscalización de la Cámara de Cuentas”, que “es claro que la utilización vía modificación presupuestaria o a través de los presupuestos de la Comunidad Autónoma, de las transferencias de financiación para el pago de tales ayudas sociolaborales, habría permitido la concesión de subvenciones al margen de su normativa reguladora, en la que se requiere la fiscalización previa por parte de la Intervención. Al hilo de lo anterior, se considera por esta instructora que ha llegado el momento de dar un paso cualitativo en la instrucción y determinar la participación en los hechos investigados de otras personas”.
Es decir, para la Ilustrísima Sra Dª Mercedes Alaya, mientras sería el Gobierno -en este caso- del partido Socialista, quien ejecutaría los actos delictivos, sería el Parlamento -andaluz, en este caso-, quien habría dictado las leyes que posibilitarán tal comportamiento delictivo, previamente decidido, por tanto, desde instancias políticas.
Manifestaciones que la Audiencia Provincial sevillana, con motivo del Recurso de Apelación formulado en dichos autos ¡¡por el Ministerio Fiscal!! (VER La Fiscalía Anticorrupción gana el Premio Nacional de Guiñol), al que se adhirió la ¡¡Acusación Particular de la Junta de Andalucía!! (cómo pueden los imputados convertirse en acusadores de si mismos es cuestión que desborda el objeto del presente artículo), viene a aceptar en lo sustancial lo que, en sus propias palabras (Auto de la Sección Séptima, nº 77172013, de 25 de octubre de 2013), vendría a ser una “confabulación o maquinación colectiva, que alcanzaría, incluso, a la tramitación de las leyes de presupuestos en sede parlamentaria“, si bien establece la necesidad de una más contundente motivación (razonamiento), al señalar que “la ideación del sistema, incluida la reforma legal, para dar cobertura a un (plan de) desvío continuado de fondos, pareciendo convertir en delictivas, incluso, “las referidas modificaciones presupuestarias y en los presupuestos de la Comunidad Autónoma donde se mantendría durante muchos años la transferencias de financiación como crédito presupuestario para el pago de las subvenciones sociolaborales del programa 31.L…..El auto está basado en una construcción sugerente, que no explícita, de la ilicitud penal de la actuación no solo del gobierno autonómico sino, al parecer, también del propio parlamento andaluz, lo que refuerza -insistimos- las exigencias de una máxima precisión en la descripción de los supuestos hechos punibles, y, dada la excepcionalidad del caso, una -mínima siquiera- exposición, como en otros autos similares ha hecho, de los indicios derivados de lo instruido que, en su caso, la llevarían a colegir que el sistema legal fue ideado ex profeso para delinquir y/o mantener una actividad delictiva por la apelante -Junta de Andalucía-, entre otros”.
Nos encontramos, por tanto, ante la Resolución más importante de todos los tiempos: a partir de ella se puede sostener que desde las instancias políticas de los partidos mayoritarios se decide, desarrolla y ejecuta todo acto de corrupción política.
En la lucha por el poder, como en la guerra y el amor, todo vale. Nuestras Instituciones no están integradas por ciudadanos cuyo objetivo es la consecución del interés general, sino por partidistas/partidarios, cuya finalidad es la consecución del interés particular de su propio partido, sino directamente del interés propio del político de turno.
No parece preciso alertar al lector acerca del absoluto dominio que los corruptos partidos sistémicos ejercen sobre cualesquiera funciones o poderes públicos. Desde las Gubernamentales “ONG’s”, hasta el Poder Judicial o los órganos de control económico/financiero, todo está sometido al poder arbitrario ejercido por la corrupta partitocracia. O por sus “señoritos”. Porque el verdadero poder no es democrático: se ejerce desde las sombras. De la corrupción política.
Y es que el ejercicio de un poder sin control solo puede conducir a la ARBITRARIEDAD y, luego, a la CORRUPCIÓN, que sólo podrá mantenerse mediante la INTIMIDACIÓN.
No es Fascismo; es Corrupción. Corrupción que se extiende como la metástasis, infectando incluso a los simples ciudadanos “de a pie”, que votan al corrupto, esperando beneficiarse, ellos/nosotros también, de los delitos que, sin duda alguna, están en el “espíritu” de la partitocracia autopostulada, ya que no en su “programa”.
En estos convulsos tiempos, la única verdad que no me cuestiono reside en el hecho de estar ante un cambio de paradigma en las relaciones sociales (políticas, en definitiva). Lo viejo ha muerto, mientras lo nuevo no acaba de nacer.
Como quiera que he llegado al convencimiento de que las fuerzas políticas “sistémicas” no mayoritarias, han venido -al menos desde el año 2007 (así, el famoso “Plan” del PCE)- diseñando estrategias dirigidas a relevar en el ejercicio del Poder Político a los hasta ahora grandes partidos mayoritarios (el complejo PP$OE).
Entre los más preciados instrumentos -de efectividad avalada por la historia desde los albores del S. XX-, diseñados a tal perverso objeto, destaca -como no- la infiltración en cada movimiento social popular (cuando no la creación artificiosa de disidencia) emanado de la sociedad como autodefensa ante la corrupción y su violencia social.
El “experimento Martina” ha puesto de manifiesto -nuevamente- la necesidad de cuestionamiento de todo aquéllo que pueda revestir carácter de síntoma de aquélla estrategia de “infiltración en movimientos sociales” por parte de los partidos partidarios minoritarios, pero instalados en el “sistema”.
El “experimento Martina” se inicia en el momento en que Martina plantea a la PAH su problema con la hipoteca que había contratado con “UCI” (Unión de Créditos Inmobiliarios” – Grupo Banco de Santander) y desde dicha organización (absolutamente opaca) se le conmina a NO HACER NADA, llegando incluso a advertirle de que denunciando ante la Justicia su caso estará impidiendo solucionar su gravísimo problema. Finalmente la PAH la expulsaría por no estar en las circunstancias (¿cuales?) que permiten ocuparse de su problema.
Como quiera que Martina -con razón- estaba convencida de ser víctima de una estafa por parte de “UCI”, hizo, afortunadamente para ella y para su madre- lo que nadie esperaba: decidió contactar con Don José Manuel Novoa Novoa por medio de la web “ataquealpoder.wordpress.com”, exponiéndole su problemática.
Con el apoyo del Sr. Novoa, Martina formuló Denuncia ante la Fiscalía Provincial contra “UCI”, lo que daría lugar a la incoación de Diligencias Previas ante el Juzgado de Instrucción nº 3 de Mérida.
Al poco, en la web “ataquealpoder.wordpress.com” (que trataba abundantemente el “experimento Martina”) se recibió una solicitud de información por parte de Claudia Q. Frau ( https://vimeo.com/claudiafrau ), quien se identificó como víctima del fraude de UCI, llegando a afirmar que su situación era urgente pues hacía más de un año que se había visto obligada a dejar de pagar su hipoteca. El Sr. Novoa le brindó toda la información que Claudia Q le solicitó; sin embargo no volvió a saber más de ella hasta meses después, que Claudia Q se identificó como la responsable de la PAH en el asunto UCI (respecto al cual durante años la PAH mantuvo una absoluta inactividad).
Fue tras tener conocimiento de que Martina se había personado -con abogado y procurador- como Acusación Particular en las actuaciones del Juzgado de Instrucción nº 3 de Mérida, que desde la PAH anunciaron que el día 30 de octubre presentarían Denuncia -no querella, es decir, desentendiéndose del devenir posterior de su denuncia, que de ser admitida su imputación quedaría en las solas manos del Fiscal- contra “UCI” ante la Audiencia Nacional.
Como quiera que con anterioridad al anuncio de la Denuncia de la PAH, el Sr. Novoa había informado de la intención de los abogados de Martina, de plantear Cuestión de Competencia al Juzgado de Mérida, por entender que tal competencia correspondería a la Audiencia Nacional (Juzgados Centrales de Instrucción), cuando la PAH anunció la interposición de Denuncia por estos hechos ante la Audiencia Nacional el próximo día 30 de los corrientes, tanto Martina, como el propio Don José Manuel Novoa, intentaron conocer el texto de dicha Denuncia (que, recordemos, denunciaba hechos ajenos a la PAH, que afectaban a Martina directamente, además de a muchas otras víctimas de la presunta estafa perpetrada por la subsidiaria del Banco de Santander, UCI), lo que no conseguirían, manifestándoles desde la PAH que “ya la conocerían cuando la hubiesen presentado”.
A la vista de lo expuesto, no parece ni mucho menos descabellado plantearse que todo el aparataje de la PAH (carente a lo largo de los años de toda efectividad), increíblemente promocionado desde los mismos medios de comunicación del propio sistema corrupto; además de los supuestos medios alternativos (en los que la censura es también una amarga realidad) responda a la estrategia de infiltración en los Movimientos Sociales (y con el objetivo esencial de su control y manipulación) propia de los partidos sistémicos minoritarios, a que nos hemos referido.
Recordando los eslóganes ya típicos del llamado movimiento inmóvil 15M, del tipo “No nos representan” o “le llaman democracia y no lo es”, hemos de preguntarnos ahora: ¿Que es la PAH? ¿Cómo se eligió a Ada Colau? ¿Cómo se la puede remover del cargo? ¿Cual es su cargo? ¿A quien representa? ¿Quien la votó? ¿Cual es su Estatuto? ¿Cuales los derechos de los “afiliados”? ¿Cuales las obligaciones? ¿Cual es su organigrama? ¿De donde vienen su fondos?
No aceptamos ni la mera posibilidad de que en este asunto, ya de por sí complejo (no podría ser de otro modo para quien busca Justicia en medio de la corrupción general de todo el sistema), vuelvan a vencer los corruptos. Será Conspiranoia, pero en verdad tengo la convicción de que los corruptos están dispuestos a todo con tal de no perder su oscuro poder; y por supuesto de evitar la mudanza que les pueda llevar de sus palacios a prisión (El Santander compra otras 150.000 acciones del ministerio de Justicia)
NO ES FASCISMO; ES CORRUPCIÓN.