HOJA DEL LUNES: ¿Se imaginan un Estado en el que Catedráticos de Derecho Constitucional llamen Prevaricadores a Magistrados del Tribunal Supremo?

SUMARIO  (Hoja del lunes: Semana del 26 de febrero al 4 de marzo de 2018) :

[1] Prevaricación contra la Democracia, por Javier Pérez Royo

[2] 600 euros por hueso, 350 por cada ataúd, por Carlos Hernández 

[3] El móvil del Supremo, por Teniente Kaffee

[4] Estado policial, ya está siendo, por Suso de Toro

[5] No hay atajos en la defensa del Estado del Derecho, por Rafael Bustos Gisbert 

[6] Entrevista a Montserrat Comas, por Oriol Solé Altimira

[7] Se prohibe blasfemar...sin motivo , por Javier Pérez Royo

[8] Felipe VI en ARCO, por  Fernando López Agudín

[9] ¿Suscriben Rajoy y Felipe VI lo dicho por Fernando Suárez?, por Carlos Hernández

[10]  Entrevista a Valtonyc: "Pablo Iglesias me encargó la canción por la que me condenaron...luego si te vi no me acuerdo", Redacción Canarias Semanal

[11] Musas y monstruos, por Anibal Malvar

[12] El Estado pierde la batalla de Waterloo, por Juan Carlos Escudier

[13] Apuntes complementarios de la vida de Antonio García-Trevijano, por Miguel Angel Aguilar

[14] ¿Por qué Rivera es la alternativa a Rajoy?, por Fernando López Agudín

[15] ¿Quién es el culpable de la presunta estafa del banco popular?, por Julio Andrés Capey

[16] ¡Espartanas! ¡Espartanos! Esta noche cenaremos sin Coca-Cola, por Caracola

 

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Tabla de contenidos

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[1] Prevaricación contra la democracia

Por Javier Pérez Royo

Artículo publicado el 29 de febrero de 2018 en:
http://www.eldiario.es/zonacritica/Prevaricacion-democracia_6_745135522.html
 

Impedir el ejercicio del derecho de sufragio activo o pasivo sin sentencia judicial firme es el más grave delito de prevaricación que se puede cometer en democracia

Con la Constitución Española no es posible impedir que Jordi Sánchez acuda al Parlament para la sesión de investidura

 
 
Jordi Sánchez. EFE
 
 

¿Por qué dice la Constitución en el artículo 14 “los españoles son iguales…”? ¿Por qué no dice “los seres humanos” o “las personas” son iguales…? Por el derecho de participación política reconocido en el artículo 23 de la Constitución, que está reservado a los ciudadanos españoles.

La igualdad constitucional es el resultado de la confluencia de un principio antropológico de carácter universal, la dignidad humana, reconocido en el artículo 10 CE y de un principio político de carácter territorialmente circunscrito, la participación en condiciones de igualdad en la formación de la voluntad general mediante el ejercicio del derecho de sufragio, reconocido en el artículo 23 a los españoles exclusivamente. Por eso, todos los seres humanos son titulares de derecho, pero únicamente los españoles lo son en condiciones de igualdad, porque únicamente ellos son titulares del derecho de sufragio. Exactamente igual ocurre en Francia con los franceses, en Alemania con los alemanes y así en todos los países democráticamente constituidos. La igualdad constitucional no es nunca exclusivamente humana. Es siempre también política.

El derecho de sufragio es el derecho específicamente constitutivo de la vertiente política de la igualdad. Es el calificativo de la igualdad humana, con base en el cual se constituye el Estado Democrático. Sin el derecho de sufragio la Democracia como forma política no es ni intelectualmente pensable ni técnicamente organizable.

Justamente por eso, se trata de un derecho cuyo ejercicio únicamente puede ser limitado mediante sentencia judicial firme por un delito que lleve aparejada la pérdida del ejercicio del mismo. Sin sentencia judicial firme el derecho de sufragio tanto en su vertiente activa como pasiva, que son inescindibles, es un derecho intocable, que prevalece frente a cualquier otro, porque es el fundamento en el que descansa la democracia como forma política y en el que se apoya la arquitectura del Estado Constitucional.

Impedir el ejercicio del derecho de sufragio activo o pasivo sin sentencia judicial firme es el más grave delito de PREVARICACIÓN que se puede cometer en DEMOCRACIA. Es un delito de PREVARICACIÓN CONTRA LA DEMOCRACIA DE MANERA DIRECTA.

Causa sonrojo tener que recordar el ABC del Derecho Constitucional de la Democracia, cuando se van a cumplir cuarenta años de la entrada en vigor de la Constitución, pero es que he leído en la información de La Vanguardia y de El País, que el Gobierno de la Nación considera que está en las manos del juez instructor del Tribunal Supremo permitir que Jordi Sánchez acuda al Parlament a presentar su programa de gobierno y solicitar la investidura.

No sé de donde habrán sacado la información los periodistas que ha redactado sus crónicas, pero quienes se la hayan transmitido no saben una palabra de lo que la Constitución y la legislación de desarrollo de la misma prevén para el ejercicio del derecho de sufragio activo y pasivo.

Con la Constitución Española no es posible impedir que Jordi Sánchez acuda al Parlament para la sesión de investidura. En el caso de que el juez instructor del Tribunal Supremo entendiera que puede impedirlo, no solamente podría Jordi Sánchez querellarse contra él por prevaricación, sino que podría también solicitar la nulidad de toda la instrucción. Es un delito tan grave el que estaría cometiendo el juez instructor que lo inhabilitaría para el ejercicio de la función jurisdiccional a partir de ese momento, además de comprometer de manera sobrevenida todas sus decisiones anteriores en esta causa.

Obviamente la decisión sería recurrible en amparo ante el Tribunal Constitucional, que para darla por buena, tendría que desdecirse de lo que ha sido su jurisprudencia sobre el derecho de sufragio de manera ininterrumpida hasta la fecha.

Y en el caso de que así lo hiciera, quedaría abierta la vía para acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Judicializar cuestiones que son esencialmente políticas acaba o puede acabar teniendo consecuencias como éstas. Los vericuetos judiciales son numerosos e imprevisibles a priori en asuntos como este, cuando lo que está en juego es nada menos que la integración de un ente subcentral dentro de un Estado políticamente descentralizado. Se trata de uno de los problemas político-constitucionales más enrevesados, si no el que más, de todos los que se pueden plantear . Cuáles son los derechos que van a acabar haciendo acto de presencia a lo largo de un proceso de esta naturaleza no es algo que se pueda saber con seguridad cuando se registra la querella ante el Tribunal. Cuando el asunto es esencialmente político, el conflicto entre la Política y el Derecho puede emerger en el interior del proceso en cualquier momento y convertirse en inmanejable.

Lo que no puede ser no puede ser y, además, es imposible. Es lo que ocurre cuando se delega en los Tribunales dar respuesta a la integración de Catalunya en el Estado.

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[2] 600 euros por hueso, 350 por cada ataúd

Por Carlos Hernández

Articulo publicado el 1 de marzo de 2018 en: 

http://www.eldiario.es/zonacritica/euros-hueso-ataud_6_745485462.html

 

No se exhumará a los hombres y mujeres enterrados en el Valle de los Caídos porque cada hueso sale muy caro… ¿Tenían alguna duda de que en España las víctimas del franquismo eran unas víctimas de segunda, de tercera o de nivel 'última mierda'?

 

Imagen de la fosa de Porreres (Mallorca) exhumada por el Govern balear CONSELLERIA DE CULTURA, PARTICIPACIÓ I ESPORTS

 

¿Cuánto costó cada homenaje a una víctima de ETA? ¿Cuántos euros se empleaban en recuperar los restos de un policía o de un militar descuartizado por una bomba? ¿Y en identificarlo si su cuerpo había quedado totalmente destrozado? ¿Cuánto dinero se ha destinado a indemnizar a viudas, viudos y huérfanos de personas asesinadas por los terroristas? Ni lo sé, ni quiero saberlo. Me tiemblan hasta las manos al escribir estas repugnantes preguntas. Unas preguntas que, sin embargo, no ha dudado en plantearse y responder orgullosamente el Ministerio de Justicia para evitar que los restos mortales de decenas de miles de españoles puedan ser recuperados por sus familiares. No se exhumará a los hombres y mujeres enterrados en el Valle de los Caídos porque cada hueso sale muy caro… por no hablar de los ataúdes que se han puesto por las nubes. ¿Tenían alguna duda de que en España las víctimas del franquismo eran unas víctimas de segunda, de tercera o de nivel última mierda? Pues aquí tienen otra prueba.

 

Me pregunto qué estarán pensando en este momento los descendientes de esos “huesos”, utilizando la terminología de Catalá. Son más de 30.000 los cuerpos que yacen en el Valle de los Caídos, la mayor fosa común de España. Todos, aunque no lo crea el Gobierno, tuvieron un rostro y siguen teniendo nombre y apellidos; todos tienen hijas, nietos, sobrinos y bisnietas que les siguen buscando. De ellos la mayoría son republicanos que fueron trasladados hasta allí, sin el consentimiento ni el conocimiento de sus familiares, desde los agujeros a los que habían sido arrojados tras ser asesinados durante la guerra y los primeros años de la dictadura. Estos hombres y mujeres que murieron por defender la legitimidad constitucional frente al eje Franco-Hitler-Mussolini son, para este Gobierno, un simple montón de incómodos huesos.

Resulta enormemente significativo que el informe solo haya evitado cuantificar el coste que supondría exhumar dos cadáveres muy concretos: el de Franco y el de José Antonio Primo de Rivera. Solo hay dos explicaciones posibles y las dos demuestran que la excusa presupuestaria es solo eso, una excusa para ocultar una intencionalidad política que sitúa al Gobierno en el lugar que se ha ganado a pulso durante estos años: junto al yugo, las flechas y el aguilucho. La primera posible razón de este “olvido” es que, evidentemente, el coste sería muy bajo por lo que se habría dado otro argumento más a quienes defienden la “incendiaria” idea de que cualquier país normalmente democrático no puede tener enterrados como si fueran héroes o faraones a un dictador asesino y a un líder fascista. La otra explicación es que si Rajoy y Catalá hubieran cuantificado el coste de desenterrar a Franco y a José Antonio, no habrían podido evitar dar una valoración a cada uno de sus huesos cien, mil o un millón de veces más cara que la de los molestísimos restos de los putos republicanos. Quédense ustedes con la razón que prefieran.

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Salón de plenos del Tribunal Supremo

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[3] El móvil del Supremo

Por Teniente Kaffee

Artículo publicado el 28 de febrero de 2018 en:

 

El autor de este artículo no ha visto un solo folio de las actuaciones judiciales mencionadas, salvo material que ha sido publicado en los medios, o que se hizo público durante la vista oral

 

Los etarras del atentado de la T-4 EFE
 

Tengo una muy buena amiga, fiscal por circunstancias de la vida, a la que le encanta la película Un ciudadano ejemplar.Sobre todo, porque es ficción mainstream, en la que los buenos al final siempre ganan, y tal. Sin embargo, es una película en la que los trabajadores de la Justicia no salen especialmente bien parados, y no por falta de fidelidad del retrato, precisamente. El protagonista, Jamie Foxx, interpreta a un ambicioso ayudante de fiscal de distrito, que pacta una conformidad rápida en un caso de doble asesinato con violación. Ya saben, esos casos en los que, en España, la pena de prisión permanente revisable se consideraría inhumana y degradante. El resultado de dicha conformidad, forzada por lo endeble de las pruebas, es que el cómplice paga con pena de muerte, traicionado por el autor principal, quien se libra con una pena menor al inculpar a su socio. Por suerte, se trata de ficción

En España, dicha conformidad sería imposible, ya que no se puede alcanzar en penas superiores a seis años de prisión. Por eso, los juicios de asesinato, o violación, hay que celebrarlos, aunque el culpable haya confesado desde el minuto 1. Aunque eso signifique que las víctimas tengan que revivir el calvario del delito en el juicio. Al parecer, los fiscales y los abogados no son mayorcitos para pactar una conformidad por encima de dicha cifra, y hay que tutelarles. 

No obstante, lo que más le gusta a mi amiga, por su profunda carga metafórica, es esta escena:

Efectivamente, hay algunos jueces que tienen cierto “complejo de Dios”. Particularmente, aquellos que manejan causas contra las que no cabe recurso. Aquí, en España, sucedía con las Audiencias Provinciales en recursos de apelación penales, frente a las que no cabía otro recurso que el del pataleo, sobre todo en una absolutoria a todas luces injusta. Y por supuesto, está el Supremo. Cuando dicta sentencia condenatoria, sea confirmando la condena recurrida, sea revocando una absolutoria del tribunal inferior, siempre cabe el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Pero en el caso de sentencias de casación absolutorias, no cabe ese recurso. ¿Por qué? Porque el ejercicio del ius puniendi del Estado no se considera un Derecho Fundamental digno de dicha tutela. Así que se pueden permitir excesos como el de la juez de la película.

Efectivamente, hay algunos jueces que tienen cierto “complejo de Dios”. Particularmente, aquellos que manejan causas contra las que no cabe recurso. Aquí, en España, sucedía con las Audiencias Provinciales en recursos de apelación penales, frente a las que no cabía otro recurso que el del pataleo, sobre todo en una absolutoria a todas luces injusta. Y por supuesto, está el Supremo.

Sin embargo, el hecho de que el Reino de España sea parte del Consejo de Europa, y en consecuencia, esté sometido al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, provoca que exista una instancia superior que puede hacerle, metafóricamente, lo del teléfono móvil de la película, incluso a nuestro más alto tribunal. Eso, sin ir más lejos, es lo que ha sucedido en el caso de los etarras Portu y Sarasola, implicados ambos en dos causas distintas, en posiciones diferentes, y en cuya información mediática se está mezclando un poco todo.

Vamos a repasar los hechos y separar el grano de la paja. El 30 de diciembre de 2006, una furgoneta Renault cargada de explosivos desintegró literalmente parte del aparcamiento de la Terminal 4 del aeropuerto de Barajas. A pesar del aviso telefónico habitual y del desalojo urgente, dos ciudadanos ecuatorianos, de escasos recursos económicos, y que pernoctaban en sus vehículos mientras esperaban la llegada de los vuelos de sus familiares, murieron aplastados por los escombros. Asesinados. Hoy en día, hay un monolito de homenaje al punto exacto donde estaban aparcados sus vehículos. Pone los pelos de punta.

Hagamos un salto adelante en el tiempo. 1 de diciembre de 2007, Capbreton (Francia). Dos guardias civiles participan en un operativo de vigilancia contra ETA. Tal y como imponen las autoridades francesas en casos de cooperación transfronteriza, los agentes españoles van desarmados. Tras terminar su labor, aparcan en un centro comercial y dejan las identificaciones en el coche. Un comando terrorista observa estas acreditaciones, espera a que los agentes desarmados salgan del local, se acercan por la espalda y les descerrajan sendos disparos en la nuca. Por cierto, al etarra responsable de los disparos, apodado “Ata”, le cayó por ese crimen la cadena perpetua, esa vergüenza del derecho penal, en Francia, país de escasa tradición democrática, como todo el mundo sabe. Sí, eso era sarcasmo.

Apenas un mes después, el 8 de enero, una patrulla de la Guardia Civil de la misma comandancia que los fallecidos interceptó un coche en el que iban dos “legales” (miembros no fichados de ETA). Para los que no hayan visto nunca uno, los controles del GAR (Grupos de Acción Rápida de la Benemérita) acojonan incluso al más inocente de los ciudadanos: dos Patrol cruzados, a cierta distancia el uno del otro (para evitar maniobras evasivas o embestidas), tiras de tetrápodos punzantes (pinchos para reventar las ruedas de los que traten de huir) preparadas, y unos tiarrones con uniforme de campaña, boina de fuerzas especiales, fusil de asalto y cara de pocos amigos. Creo que era la primera detención de etarras por la Guardia Civil tras lo de Capbreton. Así que, según denunciaron los detenidos, a los agentes se les calentó un poco la sangre, y les debieron de dar una buena tunda.

Casualidades de la vida, los maltratados eran los que habían plantado la bomba en la T-4, según cantaron en la Comandancia de Guipúzcoa. Los reconoció un forense de los juzgados de San Sebastián, quien acreditó las lesiones, y se los llevaron a la Audiencia Nacional. Al ser interrogados judicialmente, alegaron haber sido víctimas de tortura policial, consecuentemente con su denuncia. A partir de aquí, los dos procedimientos van casi en paralelo. Porque sí, en otras ocasiones, España ha sido condenada por el TEDH por no investigar lo suficiente esas denuncias, pero aquí había un juez de instrucción de los que deberían ser modelo para aspirantes, que llegó hasta el final. 

Lo sé porque me honra el privilegio de conocerle, y de haberle visto trabajar. Recuerdo que por aquella época, todavía existía ese escombro televisivo llamado Intereconomía, y que sus tertulianos solían calificar de proetarra a cualquiera que se atreviera a dar visos de credibilidad a una denuncia de ese tipo. Espero que les vaya bien en el mundo del periodismo, porque como analistas de personalidad, tienen tanto talento como yo machacando de espaldas, a dos manos, en una canasta reglamentaria. O sea, que no. Que el titular de Instrucción nº 1 de San Sebastián era tan abertzale como el Cid Campeador. Tres cuartos de lo mismo podía decirse del fiscal del caso, que podría haber apartado de sí ese cáliz, endosándoselo a un subordinado. Haciendo de tripas corazón, ambos tiraron para adelante con un caso que les podría granjear de todo menos popularidad. Porque, por encima de todo, eran, son, y seguirán siendo, profesionales de una talla encomiable.

Entretanto, en la Audiencia Nacional, la causa contra Portu y Sarasola por el bombazo de la T-4 llegó a juicio, y basándose sobre todo en la declaración autoinculpatoria de uno de ellos, se les declaró culpables. La sentencia se confirmó por el Tribunal Supremo, que rechazó los recursos de casación. A pesar del esfuerzo de encontrar evidencia corroboratoria en entradas y registros, análisis de inteligencia y demás, es evidente en la lectura de la sentencia que, sin la “kantada” (en terminología de la banda) de los etarras, tales pruebas no hubieran sido halladas.

Al poco tiempo, en San Sebastián, la Sección 1ª de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa celebró juicio contra los guardias civiles acusados de torturas. La lectura de la sentencia es muy técnica y llena de términos jurídicos difíciles de interpretar, pero una imagen vale más que mil palabras. Y recuerdo perfectamente una fotografía del informe forense, la huella de una bota militar (casi se leía hasta la marca) impresa en la parrilla costal de uno de los detenidos. Según el médico, era imposible que ese golpe hubiera sido producido en el marco de una pelea o resistencia a la detención. La posición y nitidez de la lesión sólo encajaba con un golpe dado a una persona inmovilizada con las manos a la espalda, pues en caso contrario, el instinto de autodefensa lo hubiera entorpecido de alguna manera. La sentencia de la Audiencia guipuzcoana fue condenatoria.

La defensa de los guardias civiles recurrió al Supremo, con una sentencia cuya calidad ya han glosado los medios informativos, al reseñar el varapalo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Por si acaso, la tienen aquí. Resumiendo, es lo que en ciencias se consideraría un error metodológico de libro: partimos de la hipotesis, y a partir de ahí vamos construyendo los razonamientos y reinterpretando las pruebas. Porque sí, el Supremo se permitió valorar los testimonios y las periciales sin haber celebrado una vista para ello. O sea, sin haberles oído e interrogado.

¿Y por qué se arriesgaría la más alta instancia judicial a semejante disparate? Quizas la explicación se encuentre en la propia sentencia del Supremo, en la que se repite, una y otra vez, machaconamente, que si la condena inicial por torturas se hubiera confirmado, la defensa de Portu y Sarasola hubiera impugnado inmediatamente la sentencia de la T-4, usando el recurso extraordinario de revisión, el único que puede afectar a una sentencia firme. Y hasta ahí puedo leer, como diría Mayra Gómez-Kemp.

Bonus track: No, España no va a pagar una indemnización a los etarras. Aunque se les haya condenado a ello, primero éstos tendrían que haber pagado la indemnización a los familiares de los asesinados en la T-4. Así que se compensa una cosa con la otra, y les sale a pagar a ellos.

Bonus track 2: ¿Tiene viabilidad, ahora, un recurso de revisión? Pues no quisiera hacer de pitoniso, pero lo cierto es que ya la primitiva sentencia de la Audiencia Provincial advertía que los golpes fueron exclusivamente motivados por su pertenencia a ETA, no para arrancar una confesión. Y la del TEDH insiste sobre el particular. De hecho, los guardias acusados no tenían ni idea de que Portu y Sarasola fueran los autores del bombazo de la T-4, así que difícilmente iban a arrancarles una confesión. Aunque, ¿quién sabe? Cosas más raras se ven en los tribunales.

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[4] Estado policial, ya está siendo

Por Suso de toro

Artículo publicado el 25 de febrero de 2018 en:
http://www.eldiario.es/zonacritica/policial_6_744085589.html
 
No se trata de un gobierno arbitrario y ladrón, que lo es, sino de un Estado que, además de corrupto, se basa en la inmoralidad y en el poder de la fuerza. Y la ciudadanía está sola. Todos estamos bajo vigilancia, a expensas de que en Europa haya una parte de la población que no solamente constate que el franquismo se continúa por otros medios sino que además nos apoye.
 
 
Agentes de la Policía Nacional durante el 1-O. ROBERT BONET
 
 

Cuando uno habla en Catalunya con personas honradas y pacíficas que, sin haber cometido delito alguno, viven en la sabiduría de que sus correos electrónicos y sus llamadas están siendo grabadas, sin que haya orden judicial alguna, y que en cualquier momento pueden ser acusados y juzgados y que quien ordena esa vigilancia es un enemigo político suyo, comprende que esas personas padecen la persecución de un Estado policial.

Cuando nada menos que jueces del Tribunal Supremo reconocen que tienen personas presas preventivamente y sin pruebas, trasladadas a cárceles fuera de su tierra y lejos de sus casas, cosa que no puede tener otro fin que la humillación, parece evidente que no estamos bajo un estado de derecho y que la Justicia actúa como una parte de la policía al servicio del Gobierno.

Cuando la Fiscalía “se lo afina” al Gobierno para que sus delitos queden impunes y cuando actúa como punta de lanza de una estrategia partidaria contra gobernantes electos democráticamente, confirma ese papel policial de la Justicia.

Cuando se legisla para que la ciudadanía sea sospechosa y preventivamente culpable, 'Ley Mordaza', y las actuaciones de la policía no tengan vigilancia y sean impunes, es porque el poder que se ejerce sobre la población no es democrático sino policial. En esta España todos somos culpables preventivamente mientras no consigamos demostrar que somos inocentes.

Cuando el propio CNI, el servicio de espionaje del estado, reconoce que el imán de Ripoll era un colaborador suyo y cuando el mayor de los Mossos, que mataron o detuvieron a los terroristas que habían asesinado a 15 personas en Barcelona y Cambrills en unos atentados organizados por ese colaborador del Estado, es juzgado un 23-F por las acusaciones que le hace un coronel de la Guardia Civil que se sumó al golpe de estado del 23-F, entonces es que la idea de justicia en España es un sarcasmo. Y cuando ascienden a ese coronel a general, agradeciendo la violencia desatada contra población civil armada únicamente de papeletas de votación, entonces es que sarcasmo se expresa en carcajadas de burla que el estado nos hace.

Estas cosas, como la desaparición de las libertades en España, se hicieron públicas y evidentes por la rebelión cívica de la sociedad catalana pero ya estaban ocurriendo como si fuesen hechos aislados aquí y allí, aplicando la violencia jurídica y policial a personas individuales o colectivos que defienden sus derechos, y siguen y seguirán ocurriendo mientras no haya una ruptura política con el franquismo, mientras no haga crisis este régimen que es el estado franquista reformado, desde la jefatura del estado hasta el último guardia.

La complicidad con el gobierno de los otros dos partidos que aprobaron la suspensión de las garantías democráticas en el territorio catalán a través de una interpretación interesada del artículo 155 de la suspensión, una maniobra apoyada de modo unánime por el poder financiero y todos sus medios de comunicación, el hecho de que la población española no tenga en la práctica derecho a una información y opinión libre y contrastada, solo acaban de confirmar que actualmente el Reino de España no es una democracia.

Y que el Tribunal Constitucional y el Supremo hayan ido interpretando la Constitución vigente y estableciendo jurisprudencia definitiva sobre la limitación de nuestras libertades es la confirmación de que el único camino para que haya libertades en España es la ruptura con este régimen.

No se trata de un gobierno arbitrario y ladrón, que lo es, sino de un Estado que, además de corrupto, se basa en la inmoralidad y en el poder de la fuerza. Y la ciudadanía está sola. Todos estamos bajo vigilancia, a expensas de que en Europa haya una parte de la población que no solamente constate que el franquismo se continúa por otros medios sino que además nos apoye.

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[5] NO HAY ATAJOS EN LA DEFENSA DEL ESTADO DE DERECHO

Por Rafael Bustos Gisbert 

Artículo publicado el 16 de febrero de 2018 en:

 

 
 

Es sin duda una mala noticia la condena a España por violar el derecho a no sufrir malos tratos en el caso Portu Juanenea y Sarasola Yarzabal. Especialmente en el contexto de la campaña de deslegitimación del Estado de Derecho español iniciada por los partidarios de la independencia catalana a la que se han unido grupos de la llamada nueva izquierda española. Es una inyección de ánimo y de “razones” en un discurso cada vez más extendido. De poco sirve que los números de nuestro país en la supervisión europea de los derechos se encuentren entre los mejores del continente. Condenas como la producida en este caso destruyen la viabilidad de cualquier opinión alternativa más generosa con la España actual.

La condena, además, contiene tres elementos importantes que los comentaristas aún no han puesto suficientemente de relieve. Uno: se condena por considerar que dichos malos tratos efectivamente se produjeron. Esto es cualitativamente diferente de otras sentencias contra España. Desde 2009 (y por hechos acaecidos en 1991) solo se condenaba a España porque no se investigaban correctamente las alegaciones de malos tratos. En el caso objeto de comentario,  hubo no solo una violación procedimental del derecho. También se declaró su violación sustantiva del derecho. Dos: en el voto particular, suscrito por tres de los siete magistrados componentes de la sala, se considera que los hechos deberían haber recibido una valoración más grave. A su juicio, la conducta de la policía española constituyó una verdadera forma de “tortura”.  Tres: la primera instancia (la Audiencia Provincial competente) protegió correctamente los derechos. Declaró que había tortura. Condenó penalmente a los Guardias Civiles implicados. Fue el Tribunal Supremo quien les absolvió. El Tribunal Constitucional, por su parte, se lavó las manos adoptando una actitud habitual en los últimos tiempos. Una actitud que le lleva a afirmar que una denuncia por malos tratos estimada en primera instancia y anulada por el TS “carece de relevancia constitucional y no tiene visos de prosperar ante el TC”. Para el TC no merece la pena ocuparse, no es suficientemente relevante, un asunto de malos tratos. Y no es la primera vez. En las 10 últimas condenas a España por violación del artículo 3 del Convenio (desde 2010) el TC ha inadmitido a trámite todos los recursos. Algo funciona realmente mal en el TC cuando esto ocurre. Dentro del tribunal debería comenzarse a plantear alguna reforma para evitar errores tan flagrantes.

La historia no acabará ahí. Pendientes de solución por el TEDH se encuentran casos no menores. La quema de las fotos del rey en Girona que el TC, a mi juicio erróneamente, consideró un discurso del odio (Stern Taulats y Roura Capellera, app 51168/15 y 51186/15). La negativa, contradiciendo la más elemental jurisprudencia del TJUE en la materia, de la sala 2ª del TS a plantear cuestión prejudicial para establecer si el cumplimiento de condenas por pertenencia a banda armada en países de la UE debía ser tenida en cuenta para contabilizar el tiempo de permanencia en prisión cambiando, en perjuicio de los condenados, su jurisprudencia anterior y amenazando por tanto con convertirse en otra “saga Parot” (Arrozpide Sarasola y otros dos; app. 6510/16; Picabea Ugalde, app. 3083/17; Caride Simón, app. 8802/17; Zabaleta Elosegui y 15 más app. 17988/17; Berasategui Escudero y otro, app. 33637/17; 34083/17). Estos, y otros casos (Tasio Erkizia o los vinculados a las manifestaciones ante sedes parlamentarias), irán cayendo como losas sobre el prestigio de España en el futuro inmediato.

Algunos casos más recientes. La negativa a examinar la alegación de falta de imparcialidad de uno de los jueces del TS que valoraron la apelación contra la prisión provisional de Jordi Sánchez: una providencia (12 de febrero de 2018) con una extensión de dos páginas. Sin mención al test de imparcialidad objetiva establecido en el TEDH (con una afirmación tan discutible como que es de “dominio público” el que un magistrado sea vicepresidente de una asociación de jueces) cosa que ya sirvió para que el TEDH condenara a España en el asunto Pescador Valero. La negativa del Tribunal Supremo (STS 58/2018, de 25 de enero), por motivos formales, a extender la pensión de viudedad a las mujeres casadas por el rito gitano, traicionando el espíritu, aunque no la letra, de la STEDH Muñoz Díaz c. España. En fin, el examen de la constitucionalidad de una ley por su falta de conformidad con el artículo 24 de la Constitución, sin tener en cuenta que esa ley es trasposición de una Directiva europea y, por tanto, habría de ser, primero, evaluada desde la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y, a ser posible, con una cuestión prejudicial (STC 1/2018, de 11 de enero). Estos tres ejemplos, producidos en los dos meses transcurridos del año 2018, auguran mayores problemas en el futuro por la falta de respeto de los parámetros europeos en materia de derechos.

Varios son los extremos que me preocupan ante esta situación.

Primero. Nuestros más altos tribunales no están realizando de la mejor manera posible su labor de protectores de los derechos en el nuevo contexto jurídico europeo. No pueden ni desconocer la jurisprudencia europea, ni inhibirse en estas situaciones. Diez condenas a España por violación del derecho a no sufrir tratos inhumanos, después de que el TC no admitiera los recursos de amparo, deberían hacer reflexionar a más de uno en la sede de dicho tribunal. Los varapalos al propio TC y al TS procedentes de Estrasburgo (Parot, en el pasado, Portu, ahora, quién sabe en el futuro, pero Taulats y Arrospide son buenos candidatos) o de Luxemburgo (lanzamientos hipotecarios, cláusulas suelo, en general desprotección de consumidores, etc) deberían provocar una mayor atención a la jurisprudencia europea y no la queja constante por haber descubierto que ya no son, ninguno de ellos, un tribunal verdaderamente supremo.

Segundo. TC y TS ya no son las últimas instancias en materia de derechos. Desde hace años. Sus sentencias pueden y son revisadas en Estrasburgo; o en Luxemburgo si un juez decide plantear cuestión prejudicial contra sus interpretaciones. Cada vez que el TEDH dicta una resolución contraria a España el efecto producido sobre la confianza de los ciudadanos en sus instituciones es demoledor. Más si, como es en los diez últimos casos sobre malos tratos, las condenas son por unanimidad. Lo mismo ocurre si es Luxemburgo quien desautoriza a cualquiera de ambos tribunales.

Tercero. El Estado de Derecho no se asienta (o al menos no solo) en la pura fuerza. Requiere la aceptación voluntaria de sus mandatos por parte de los ciudadanos. Está sometido a ese plebiscito diario del que hablara Renan hace más de un siglo. Para ello no basta solo con el weberiano monopolio del uso legítimo de la fuerza. Hace falta que los ciudadanos confíen en sus instituciones y en particular es necesario que los encargados de defender sus derechos y de garantizar el cumplimiento de los deberes gocen de suficiente prestigio. El Estado de Derecho no es solo potestas. Es también, y sobre todo, auctoritas.

Cuarto. Cada vez que ambos tribunales españoles (en cuanto máximas instancias cada una en su propio ámbito) aplican mal o no tienen en cuenta la jurisprudencia europea (sea con intención o no lo sea) están sentando las bases de una futura condena a España y su consiguiente pérdida de auctoritas. Con ello los enemigos del Estado de Derecho instaurado en 1978 disponen de nuevos argumentos para debilitarlo y minarlo. Especialmente en el contexto de casos delicados. Es en estos casos, sensibles políticamente, donde los tribunales (y entre ellos lo más altos) más exquisitos tienen que ser al respetar los parámetros europeos. La condena a España en el asunto Atutxa Mendiola y otros (de 13 de junio de 2017) debería habernos vacunado. Pero parece que no es así

Quinto. No es forzando la interpretación jurídica como se puede luchar para defender el Estado de Derecho. No es incumpliendo el Derecho o los derechos como se defiende dicho Estado. Solo puede defenderse con su más absoluto y cuidadoso respeto. Evitando la más mínima duda al respecto es como se garantiza mejor el Estado de Derecho. La fuerza de las razones y del ejemplo de las más altas instituciones es la que acaba decantando la balanza a favor de esta forma de convivencia. Sin razones y sin ejemplo, solo con la pura fuerza, cualquier Estado de Derecho (incluido el instaurado en 1978) está condenado a fracasar ante sus, hoy, poderosos enemigos.

Dejen, por favor, de generar polvos en un pretendido fervor de defensa del Estado. De esos polvos solo pueden proceder los peores de los lodos que acaban contaminándolo y ensuciándolo. Con eso solo alimentan y fortalecen a quienes desean destruirlo.

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[6] Entrevista a Montserrat Comas d'Argemir (JJpD)"En Catalunya no ha existido la violencia que requiere el delito de rebelión"

Por Oriol Solé Altimira

Articulo publicado el día  24 de febrero de 2018 en: 

http://www.eldiario.es/catalunya/politica/Catalunya-existido-violencia-requiere-rebelion_0_742976688.html

 

Entrevista a la magistrada Montserrat Comas d'Argemir, portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia en Catalunya

"Que Puigdemont haya decidido actuar al margen de la justicia es un obstáculo para poner un punto y aparte con la etapa unilateral", afirma

"Es desproporcionado que los delitos relacionados con la libertad de expresión comporten penas de prisión", valora sobre el caso Valtonyc

 

 

 

"Todo se ha confiado a policías, fiscales, jueces y código penal. Y esta situación es muy negativa". Quien dice estas palabras no es un político en un mitin, sino una magistrada de la Audiencia de Barcelona. Montserrat Comas d'Argemir (Barcelona, 1953), portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD) en Catalunya, deja de redactar sentencias y autos para conceder una entrevista a eldiario.es, lo que da cuenta de la sobrecarga de trabajo de la carrera judicial.

Precisamente los jueces, en especial el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, han asumido un protagonismo inédito en el proceso soberanista. Comas d'Argemir lamenta  las referencias a la ideología independentista que Llarena ha incluido en los autos por los que ha mantenido en prisión a los dirigentes independentistas, pero niega que Junqueras, Forn y los 'Jordis' sean presos políticos. También se muestra crítica con la causa por rebelión y la decisión de Carles Puigdemont y Anna Gabriel de no comparecer ante la Justicia española.

En un primer momento, el juez Llarena tomó una decisión más garantista al dar una semana para preparar la defensa a los miembros de la Mesa del Parlament. Una vez ha avanzado la instrucción, el problema esencial es que decisiones como la prisión provisional en la que permanecen cuatro de los investigados pivota sobre la imputación del delito de rebelión. Y aquí pensamos críticamente que se fuerza mucho el tipo penal.

¿Lo que ha pasado en Catalunya es un alzamiento violento y público, tal y como se define el delito de rebelión?

La rebelión requiere que el alzamiento público sea violento. El planteamiento de la Fiscalía es que los actos que se han llevado a cabo en la hoja de ruta independentista son constitutivos de una violencia de tipo coactiva o intimidatoria. Esta interpretación que de momento acoge provisionalmente el Tribunal Supremo es el principal problema. Los actos que han sucedido en Catalunya suponen una desobediencia reiterada a los requerimientos del TC. Pero por muy ilícitos e ilegales que sean, no pueden integrar el delito de rebelión porque no ha existido una violencia física contra personas, ni tampoco ha habido ocupación de instituciones, ni manifestaciones violentas, con pedradas, rotura de escaparates...

¿Sin violencia, no hay alzamiento?

Hay un problema con el concepto de alzamiento. La única sentencia que hay en España por un alzamiento violento es la del coronel Tejero por el golpe de estado del 23-F. A Tejero se le condenó por rebelión. Todos tenemos en la retina cómo entró pistola en mano en el Congreso de los Diputados. Este es un modelo de alzamiento: un día concreto hay alguien que lleva a cabo una conducta violenta para cambiar el Gobierno o la forma de estado. Espero que el Supremo, si se llega a un juicio también por este delito, no decida que los hechos sucedidos en Catalunya integran un delito de rebelión. Creo que hay margen.

¿Cree que los autos por los que el juez Llarena ha mantenido en prisión provisional a Joaquim Forn o a Jordi Sànchez son una antesala de la sentencia?

No. Lo que me preocupa de estas resoluciones es la referencia a la ideología política de los investigados, porque pueden afectar a un derecho fundamental como la libertad ideológica del artículo 16 de la Constitución, y el concepto de reiteración delictiva, que se aleja de la que diariamente los jueces exigimos.

¿Por qué?

Cuando la finalidad de la prisión provisional es evitar la reiteración delictiva se exige una motivación específica e individualizada sobre la conducta de la persona. Mi preocupación sobre estas resoluciones es que el concepto de reiteración delictiva pasa a ser una referencia a lo que están haciendo terceros en el actual contexto político. Además estamos en una situación política en la que, por suerte, no podemos decir que haya conductas indiciariamente constitutivas de delitos.

Incluso el posible apoyo de Forn y Sànchez a la investidura de Puigdemont dificultó su excarcelación.

Las resoluciones no hacían referencia concreta al nombre de Puigdemont pero sí a las actuaciones de quién le nombró conseller, en el caso de Forn. Es cierto que quien le nombró está huido, pero en todo caso la decisión personal del señor Puigdemont no es imputable al señor Forn que sí compareció ante la Audiencia Nacional.

En una causa como la del Supremo, que versa sobre lo sucedido la pasada legislatura, la instrucción que se lleva a cabo, las órdenes de prisión… ¿contribuye a mejorar la situación política actual o la empeoran?

La Justicia no actúa por oportunidad política y las decisiones judiciales, en ocasiones, no van de la mano con las decisiones de la política porque los jueces tienen unos tempos que no son los de la política. El redactado de los tipos penales no lo decidimos los jueces, sino el legislador. Lo que sí decidimos es la interpretación de los tipos.

Y el hecho de que Carles Puigdemont o Anna Gabriel hayan decidido no comparecer ante la Justicia, ¿mejora o complica la situación actual?

Todo el mundo tiene derecho a defenderse como quiera, pero como jueza creo que la peor decisión es ponerse al margen de la Justicia y no comparecer. Complica la situación del propio investigado (se adoptan órdenes de detención) y complica la nueva etapa que ha surgido a raíz de las elecciones del 21D.

Todos los partidos, también los más críticos con el 155, aceptaron presentarse a las elecciones. Y lo hicieron, en el caso de los independentistas, después de decidir una hoja de ruta no compartida por la mayoría de los catalanes y que ha colocado a Catalunya en una situación muy difícil, con consecuencias en el ámbito jurídico y penal. Las leyes aprobadas el 6 y 7 de septiembre volatizaron el Estado de Derecho, aunque fuera sólo hasta que el Constitucional las suspendió. La ley del referéndum y la de transitoriedad desbordaron el marco constitucional, y a esto le siguió el 1-O y la declaración del 27-O.

Por lo tanto, claro que complica la situación que algunos responsables de estas decisiones políticas, pero con trascendencia jurídica y penal, hayan decidido no comparecer ante los tribunales. Que Puigdemont haya decidido actuar al margen de la Justicia es un obstáculo para poner un punto y aparte con la etapa unilateral y tener un marco de convivencia donde el diálogo sea posible.

¿Qué haya cuatro presos también es un obstáculo?

Dificulta la posibilidad de abrir una nueva etapa porque hay muchos ciudadanos que no entienden que estén en prisión provisional teniendo en cuenta que son personas que no han huido y que podrían encarar esta nueva etapa política sin necesidad de reiterar comportamientos que ya se decidirán en un juicio si eran delictivos o no.

 

Comas d'Argemir lamenta que el Gobierno haya confiado sólo en los tribunales Catalunya para resolver la cuestión soberanista ROBERT BONET

 

¿Son presos políticos?

No son presos políticos. Son políticos presos. Hay unos hechos indiciarios que se les imputan en las diferentes resoluciones del juez instructor. Cuestión diferente es que estos hechos indiciarios encajen o no en los tipos penales más graves de rebelión y sedición. Esto es lo que yo creo que es útil en el debate social, político y jurídico. Sería más positivo para todos encarar con toda la libertad la crítica pública, favorable o no, a las decisiones judiciales. El poder judicial es un poder del estado y como cualquier otro poder nuestras decisiones pueden ser criticadas.

Hablar más sobre si hay rebelión que sobre el adjetivo que se coloque a los presos.

Creo que es más adecuado reflexionar sobre los tipos penales o si las finalidades de la prisión provisional son las adecuadas que atascarse en un debate sobre si se debe catalogar a los dirigentes independentistas como presos políticos. Además, no podemos aceptar en ningún caso la definición de presos políticos porque sería tanto como aceptar que en España no hay Estado de Derecho. Por mucho que se puedan criticar las resoluciones judiciales, en España sí hay Estado de Derecho porque las decisiones son recurribles, en última instancia también ante el Constitucional o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Las garantías en el procedimiento están protegidas y por tanto no comparto que los que se van al extranjero digan que lo hacen porque no tendrán un juicio justo. Por muy crítico que se pueda ser con el encaje de los tipos penales que se está haciendo en este estado inicial de la investigación, no hay razones para pensar que los investigados no tendrán un juicio justo en España.

Las diferentes investigaciones judiciales al proceso soberanista han sido objeto de critica por parte de las defensas de los exconsellers, así como los informes de la Guardia Civil que alimentan distintas causas. ¿Se tendrían que acumular todos los casos al Supremo?

Entre la cooperación entre instructores es razonable que informes de la Guardia Civil aportados a un juzgado ayuden a otro. Esta permeabilidad está prevista en la ley y no es inusual. Por norma general, la dispersión de distintas investigaciones judiciales no es buena. En este caso concreto, la decisión del Supremo de agrupar la investigación por el delito más grave, el de rebelión, sobre los exconsellers, la Mesa del Parlament y los líderes de Òmnium y la ANC fue adecuada. La única razón para mantener tres investigaciones por separado es que los delitos que se investiguen en Barcelona o la Audiencia Nacional no sean los mismos que está investigando el Supremo.

¿Los tribunales han sido la única manera de encarar el proceso independentista que ha tenido el Gobierno central?

Es indudable que el Gobierno central desde la primera manifestación independentista de la Diada del año 2012 no ha ofrecido ninguna solución ni ha establecido ningún puente para hablar de estas reivindicaciones. La decisión de no resolver en el ámbito político problemas que son políticos ha hecho que la judicialización de la política sea una realidad. Todo se ha confiado a policías, fiscales, jueces y código penal. Y esta situación es muy negativa.

¿La manera de abordar el proceso soberanista por parte de la judicatura denota un perfil conservador y nacionalista?

El perfil de la carrera judicial en España es conservador. Las asociaciones judiciales somos un reflejo de la ideología plural de la sociedad española, aunque no un reflejo completo: los asociados y asociadas a JJpD son un 10% de la carrera, pero más de un 10% de la sociedad española se considera progresista. Creo que esto tiene que ver con la forma de ingreso a la judicatura a través de preparadores cuya mayoría son de perfil conservador. La media de preparación para opositar son 4 o 5 años, estás siempre con el mismo preparador y no sólo aprendes conceptos jurídicos sino también una determinada forma de interpretar las leyes. Es el modelo lo que es criticable. Nunca se ha encontrado un modelo donde las oposiciones se puedan preparar a través de organismos y administraciones públicas.

Esta semana también hemos visto como el Supremo confirmaba la pena de cárcel al rapero Valtonyc por delitos de enaltecimiento del terrorismo, calumnias e injurias graves a la Corona. ¿Es adecuado castigar estos delitos con la cárcel?

En este caso, las 12 canciones que recoge la sentencia desbordan claramente los límites de la libertad de expresión. Son algo mas que canciones de mal gusto, porque son claramente ofensivas y preocupantemente amenazadoras, y el Constitucional ha dicho muchas veces que, como todo derecho constitucional, la libertad de expresión no tiene un carácter absoluto y sus límites están en otros derechos protegidos por la Constitución. Es decir, que la libertad de expresión no ampara el derecho a injuriar, ofender o amenazar.

Ahora bien, es desproporcionado que los delitos relacionados con la libertad de expresión comporten penas de prisión. El problema es que los delitos de enaltecimiento del terrorismo e injurias a la corona incorporen penas de prisión, lo que comporta una desproporción en comparación con otros tipos penales. Ambos delitos también pueden ser castigados con una multa pero como son tipos bastante genéricos e interpretables, algunos tribunales optan por la pena de prisión pudiendo escoger la multa. Hay una hiperprotección del delito de injurias a corona y esto se tendría que reformar.

¿ El caso de los humoristas de El Jueves o de Rac-1, denunciados por policías por burlarse de la actuación policial del 1-O, denota poca tolerancia a la crítica y una disposición exagerada a llevarla a examen de los jueces?

Hay una excesiva criminalización de conductas. El código penal, en lugar de ser última ratio, pasa a ser única ratio. Y esto es un problema. El TEDH ha dicho en varias ocasiones que los cargos y trabajadores públicos, sin excepciones, pueden recibir críticas muy agrias amparadas por libertad de expresión, y que en cualquier caso se pueden examinar por la vía civil y no por la vía penal.

Creo que  en 2015 el Constitucional se equivocó cuando, a raíz de un recurso de amparo, consideró que el caso de la quema de fotos del rey en Girona en 2017 transmitía un sentimiento de odio hacia los monarcas. Esto está comportando que ahora muchos comportamientos se estén investigando por delitos de odio, cuando estos delitos versan solamente sobre casos de minorías históricamente discriminadas: personas homosexuales, de raza negra, etc. Que yo sepa, los policías, los miembros del Gobierno o de la Corona no son minorías históricamente discriminadas.

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[7] Se prohíbe blasfemar... sin motivo

Por Javier Pérez Royo

 
¿Puede alguien extrañarse que en este clima de represión generalizada de la libertad de expresión, se acabe retirando en ARCO, por primera vez desde su inauguración, un cuadro porque aparecían fotos pixeladas de personas que el artista considera que son presos políticos? Estamos volviendo a tiempos de “autocensura”, que es la forma de represión más eficaz de la libertad de expresión
 
 
Valtonyc.

 

Contaba allá por el año 1963 o 64 D. Alfonso de Cossío que en un bar de carretera  por el que acababa de pasar el ventero había colgado en la pared un cartel con la leyenda SE PROHIBE BLASFEMAR y que un parroquiano con sentido del humor había añadido tras los correspondientes puntos suspensivos, SIN MOTIVO. Y es que hay veces, añadía D. Alfonso con sus características carcajadas hacia dentro, en que, ante la lectura de determinadas decisiones judiciales,  no hay más remedio que proferir una blasfemia y, en tales casos, las circunstancias concurrentes operan no ya como una atenuante, sino como una auténtica eximente de responsabilidad.

En estas últimas semanas, a medida que se han ido haciendo públicas determinadas decisiones judiciales relativas al ejercicio del derecho de libertad de expresión, no he podido dejar de acordarme de D. Alfonso.

Que el  Ministerio Fiscal vulnere el derecho fundamental de no declarar contra uno mismo y no declararse culpable de un joven indefenso (y, de paso, también su derecho a la libertad ideológica y religiosa), ejerciendo el poder que tiene constitucionalmente atribuido de manera desviada, con desconocimiento de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) sobre la libertad de expresión en su relación con los sentimientos religiosos, es algo peor que intolerable. ¿Cómo  puede el Ministerio Público  dar prevalencia a los sentimientos religiosos de unos “capillitas” sobre el derecho fundamental a la libertad de expresión de un ciudadano?

Repugna, además, la cobardía de los “capillitas” y del Fiscal. Tras conocerse la noticia, el profesor Joaquín Urías subió a la red la misma foto que había subido el joven de Jaén con su propia cara. Publicó también en Infolibre un excelente artículo poniendo de manifiesto la extraordinaria antijuridicidad de la actuación del Fiscal. ¿Por qué los “capillitas” y el Fiscal, que han sido tan valientes contra un joven indefenso, no se han atrevido a actuar contra el profesor Urías? 

Pero Jaén fue el aperitivo de lo que vendría después. Nada menos que la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia dictada en su día por la Audiencia Nacional contra el rapero Valtonyc, condenándolo a tres años y medio de prisión por enaltecimiento de terrorismo e injurias graves a la Corona.

Hay que poner en conocimiento del lector que, en la misma semana en que se ha conocido esta decisión del TS,  hemos sabido también que el TEDH ha condenado al Estado Español por vulneración del “derecho a no sufrir malos tratos” a los ciudadanos Portu Juananea y Sarasola Yarzábal y que dicha condena se ha producido por la decisión de la Sala Segunda del TS que revocó la decisión de la Audiencia Provincial competente, que había protegido correctamente los derechos de dichos ciudadanos. (Rafael Bustos. No hay atajos en la defensa del Estado de Derecho. Agenda Pública).

La condena en este caso ha sido especialmente preocupante. Hasta el momento España había sido condenada en nueve ocasiones anteriores por violación del art. 3 del Convenio por “violación procedimental”, por no investigar una denuncia de malos tratos,  pero en esta ocasión lo ha sido por “violación sustantiva”, por dar por buenos los malos tratos absolviendo a los autores de los mismos. Y todavía podía haber sido peor, ya que de los siete jueces, cuatro condenaron por malos tratos y tres consideraron que la condena debía haber sido por “torturas”.

El TC, como ha hecho en las nueve condenas anteriores, no ha considerado que hubiera ningún derecho fundamental en juego susceptible de ser estudiado y rsuelto en “amparo”.

El mismo órgano judicial que no vio delito de “malos tratos” o de “tortura” en unos miembros de la Guardia Civil, no tiene problema en ver delito en la actuación de un joven por haber compuesto y difundido un rap, imponiéndole una condena de tres años y medio. Y es perfectamente entendible que, sabiendo que el TC va a actuar de la forma en que viene haciéndolo, el TS haya decidido reprimir el ejercicio de la libertad de expresión y de creación artística del rapero Valtony de la forma en que lo ha hecho. Ancha es Castilla. Con este TC me puedo permitir hacer en materia de derechos fundamentales lo que quiera. Cuando llegue la sentencia del TEDH, habrán pasado ocho o diez años.

¿Puede alguien extrañarse que en este clima de represión generalizada de la libertad de expresión, se acabe retirando en ARCO, por primera vez desde su inauguración, un cuadro porque aparecían fotos pixeladas de personas que el artista considera que son presos políticos? Estamos volviendo a tiempos de “autocensura”, que es la forma de represión más eficaz de la libertad de expresión. 

¿Hay motivos o no hay motivos?

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Felipe VI durante la audiencia con Manuela Carmena en julio de 2015

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[8] Felipe VI en ARCO

Por Fernando López Agudín

Articulo publicado el 23 de febrero de 2018 en:

http://blogs.publico.es/fernando-lopez-agudin/2018/02/23/felipe-vi-en-arco/

 

Qué magnífica oportunidad ha perdido la Casa Real para salir en defensa de la libertad de expresión, justo cuando la censura ha reaparecido retirando la obra expuesta Presos políticos, de Santiago Sierra, en la Feria Internacional que se celebra en Madrid. Qué falta de sensibilidad democrática en la Zarzuela al no haber anulado, o al menos aplazado, la presencia del Jefe del Estado en la inauguración de dicho certamen. En lugar de suspender o aplazar el acto inaugural, hasta que la obra fuese repuesta en la  pared vacía que ocupaba, decidieron acudir a ARCO en el mismo momento en que la repulsa generalizada de la censura alcanzaba incluso hasta aquellos mismos que habían censurado.

Es un error análogo al de aquella intervención del Jefe del Estado sobre la cuestión nacional catalana, cuando decidió colgar en el perchero de la Zarzuela su función arbitral, al aparecer ahora como equidistante entre la libertad de expresión y la censura más bien propia de los tiempos preconstitucionales, incluso del franquismo. Desde 1978, la Monarquía española es constitucional y quien la encabeza está obligado a defender todo su articulado.  Incluido el artículo 20 que protege los derechos a expresar libremente los pensamientos e ideas mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. Bien es cierto que durante tres años, los anteriores a la Constitución, la Corona no estaba obligada; pero hoy no es la Monarquía legalmente vigente.

La alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, tomó la decisión que  debía haber tomado Felipe VI. La ausencia de la edil madrileña es un magnífico ejemplo de la actitud de una demócrata; la presencia de Felipe VI significa  lo contrario, con independencia de cual fuese su voluntad. Desde que IFEMA ejerció la censura, imponiendo le retirada de una obra artística que le desagradaba, hasta la hora prevista de la inauguración, hubo tiempo más que de sobra como para que la Zarzuela encontrara una vía para cortocircuitar la imagen del Rey Felipe VI inaugurando dicha Feria Internacional previa censura de una obra expuesta. Ningún cortesano podía desconocer ayer por la mañana que los propios responsables de la censura rectificaban.

IFEMA pedía disculpas, eso sí sin reponer la obra, el ministro de Cultura negaba saber nada de la censura que su propio secretario de Estado, Fernando Benzo, había justificado muy alambicadamente al mencionar unas supuestas cuestiones conceptuales con el ejercicio de la creación artística. Una vez más, se censuraba sin que ninguno de los censores diera la cara tras  haber comprobado que su coartada de labor censora, los presos políticos catalanes o sociales, no podía ser de recibo en esta ocasión y con este motivo. Alguien se pasó de rosca estirando el 155 hasta ARCO y le estalló como un bumerán en su cara de cemento. Rectificación, pues, pura y dura. Así la censura ha venido y nadie sabe como ha sido.

Quizás el error de la Zarzuela provino del entusiasta aplauso del PSOE a la censura, pero los propios socialistas rectificaron horas después al ver, para su  gran asombro, que hasta Ciudadanos salía inmediatamente en defensa de la libertad de expresión. Pese a que el subconsciente sumiso de Sánchez, que se caracteriza por un firme seguidismo hacia Rajoy, pudo inducir a la confusión de los cortesanos, no puede servir de excusa alguna a los que no cambiaron la agenda del Jefe del Estado. El PP, el PSOE, Rajoy y Sánchez, dijeron Diego donde dijeron digo, sin que Felipe VI cambiara la inauguración de ARCO bajo la censura. Nunca tantos monárquicos causaron tanto desprestigio a la Monarquía.

Es mucho más que una equivocación de Felipe VI. Es un síntoma del retroceso democrático en España. Ayer mismo lo advertía Amnistía Internacional, al denunciar una restricción desproporcionada de la libertad de expresión, y también lo señalaba The New York Times. La agonía evidente del Régimen del 78 no es producto del avance de las fuerzas progresistas sino, todo lo contrario, del extraordinario ascenso de una de las peores alternativas reaccionarias, basada tanto en una masiva movilización nacionalista españolista como en la profunda debilidad e incapacidad de toda la izquierda. Esa flecha de la censura, lanzada desde el ARCO  de la derecha, refleja la creciente ansiedad descontrolada de alguno de sus arqueros por clavarla cuanto antes sea posible en la Constitución que nunca aceptaron.

 

 

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Felipe VI y Leticia en ARCO

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[9] ¿Suscriben Rajoy y Felipe VI lo dicho por Fernando Suárez?

Por Carlos Hernández

Artículo publicado el 25 de febrero de 2018 en:

 

En Alemania a ningún medio, salvo que sus periodistas lucieran esvásticas en sus chalecos, se le ocurriría ceder sus páginas para que un antiguo dirigente del Reich se dedicara a defender al “tío Adolf”

 

 
 
 Uno de los hombres fuertes del franquismo justificando las decenas de miles de asesinatos cometidos por la dictadura. Un medio de comunicación nacional dándole el altavoz para humillar a las víctimas y lanzar una sarta de datos falsos sin hacerle una miserable repregunta. Una importante dirigente del partido democrático que gobierna España aplaudiendo públicamente a este apologeta del genocidio ideológico y del fascismo…

Es cierto que ya nada nos sorprende en una España en la que el mismísimo presidente del Gobierno se niega a calificar de dictadura… a la dictadura de Franco. Sin embargo, la entrevista  que este sábado publicaba El Mundo con el exvicepresidente franquista Fernando Suárez supone un nuevo salto cualitativo en el blanqueamiento del franquismo y de sus crímenes al que estamos asistiendo durante estos últimos años.

La primera pregunta que deberíamos hacernos es si en un país normal podría ocurrir esto. La respuesta es “no”. En Alemania a ningún medio, salvo que sus periodistas lucieran esvásticas en sus chalecos, se le ocurriría ceder sus páginas para que un antiguo dirigente del Reich se dedicara a defender al “tío Adolf” y a justificar su afición por reunir a disidentes y diferentes en el interior de salas precintadas y perfumadas con Zyklon B. Realmente en Alemania o en Italia ni siquiera habría sido posible plantearse tal opción porque ese exdirigente habría purgado sus penas en una prisión y concitaría el rechazo unánime de la sociedad hasta el fin de sus días.

Aquí somos tan diferentes que tuvo que ser una jueza argentina, María Servini, la que dictó en 2014 una orden de detención internacional contra Fernando Suárez (léase El Entrevistado) por su responsabilidad directa  en los últimos fusilamientos perpetrados durante la dictadura. Aquí somos tan diferentes que no solo enterramos en una papelera esa orden, sino que no permitimos a la magistrada interrogar ni a este ni a otros angelitos de la dictadura como el célebre Billy el Niño.

En un país normal no sería necesario contestar a las falsedades lanzadas este sábado por Suárez; bastaría recordar que su carrera profesional y política la desarrolló en el seno del “Movimiento Nacional” y que la culminó como ministro de Trabajo y Vicepresidente del último Gobierno de Franco. Estaría todo dicho. Aquí, sin embargo no tenemos otro remedio que contestar con datos a este nuevo intento de limpiar la sangre que inundó España durante la dictadura.

1.- Es falso que la represión franquista se produjera “cuando el ejército de Franco llegó a pueblos en los que habían matado al párroco y a 10 o 12 familias conocidas”; y es un insulto a las víctimas que añada “¿qué iban a hacer? ¿Felicitar a los asesinos?”. La represión y el genocidio ideológico no fue una respuesta, sino una estrategia decidida antes de iniciarse la sublevación. Lo dijeron los propios golpistas en numerosas ocasiones. Baste como ejemplo recordar lo dicho por el cabecilla de la sublevación, Emilio Mola, a finales de julio de 1936: “Hay que sembrar el terror… hay que dar la sensación de dominio eliminando sin escrúpulos ni vacilación a todos los que no piensen como nosotros. Nada de cobardías. Si vacilamos un momento y no procedemos con la máxima energía, no ganamos la partida”. Tanto fue así que en las zonas que cayeron inmediatamente en manos de los sublevados y en las que, por tanto, no había nada de qué vengarse, hubo la misma represión o más que en el resto. En Canarias los franquistas asesinaron a un mínimo de 2.600 personas, en Galicia a más de 4.000 y en Navarra a 3.280… En ninguna de las tres regiones se había producido ninguna víctima entre el clero o las derechas. Necesitaría 150.000 artículos como este para aportar todos los datos y, sobre todo, para hablar de cada uno de los 150.000 hombres y mujeres: militares, políticos, sindicalistas, maestros, intelectuales, obreros, campesinos… que fueron asesinados exclusivamente por sus ideas y por defender la legalidad constitucional.

 2.- Comparar a Franco con Hitler no es negar ninguna evidencia. El franquismo y el nazismo fueron dos expresiones del fascismo europeo hasta que Hitler perdió la guerra. Es cierto que en los momentos previos a la derrota del Reich, temiendo que el Führer le arrastrara con él en su ya segura caída, Franco intentó desvincularse de la cruz gamada para ganarse el favor de los Aliados. Sin embargo entre 1936 y 1944 ambos regímenes fueron aliados en las dos guerras y cómplices en sus crímenes. Franco y Hitler combatieron juntos y mataron juntos. No es un invento de la izquierda el papel decisivo de la ayuda militar alemana e italiana en la derrota de la República. No es un invento el suministro de materias primas españolas al Reich durante la II Guerra Mundial y de las decenas de miles de “voluntarios” de la División Azul. No es un invento los acuerdos suscritos entre la Gestapo y la policía franquista para intercambiar información y prisioneros. No es un invento la extradición a España por parte de Alemania de republicanos refugiados en Francia. No es un invento la deportación y el exterminio en campos de concentración nazis de casi 10.000 españoles y españolas por un acuerdo entre Madrid y Berlín. No son un invento las esvásticas que decoraron las calles de las ciudades españolas entre 1936 y 1944. No es un invento.

3- Es falso que se haya demostrado documentalmente que el Frente Popular ganara fraudulentamente las elecciones de 1936. La obra a la que alude Suárez está realizada por dos investigadores revisionistas, imitadores del tristemente célebre Pío Moa, y ya ha sido rebatida, entre otros, por historiadores de la talla de Ángel Viñas,  Francisco Espinosa o  José Luis Martín Ramos. Suárez, tal y como hicieron los autores a los que cita, se limitan a mantener tal cual la tesis que se inventó el franquismo en 1939 para intentar justificar su sublevación contra el Gobierno legítimo elegido en las urnas. Podríamos añadir, además, que los golpistas llevaban desde el 14 de abril de 1931 conspirando contra la República y ya realizaron intentonas como la de 1932 sin que se hubiera producido ningún “fraude electoral”. La falsa excusa recuerda a otra que suele manejar el franquismo: el asesinato de Calvo Sotelo; un argumento al que cada vez acuden con menos frecuencia porque ya quedó sobradamente demostrado que la sublevación se organizó mucho antes de la muerte del político conservador.

4.- Suárez acusa a la izquierda de “sectaria” y de “reescribir la Historia” cuando es precisamente, todo lo contrario. Lo que intentan los movimientos memorialistas y los historiadores a secas (es decir, los no revisionistas) es escribir la Historia tal y como sucedió, no como nos lo contó el franquismo.

Reitero:  nada de esto y mucho menos este artículo debería ser necesario en una nación normal. Sin embargo estamos en un país en el que la reacción del Gobierno ha sido aplaudir públicamente, a través de su delegada en Madrid, la apología del asesinato, la dictadura y la mentira realizada por este dirigente franquista. El hecho de que Mariano Rajoy no haya cesado a Concepción Dancausa, un minuto después de publicar su vergonzoso tuit, demuestra que nuestro presidente desearía poder reflexionar de cuando en cuando en la cripta del Valle de los Caídos.

Solo me queda esperar y desear, muy sinceramente, que Felipe VI no haya asentido al leer cómo Fernando Suárez le aconsejaba consolidar su reinado no permitiendo que se deslegitime el franquismo. “Franco fue el propulsor de la Monarquía —esta quizás es una de las pocas verdades que dice el dirigente ultraderechista en la entrevista—. Si se convierte a Franco en una figura comparable a la de esos grandes dictadores sanguinarios de la humanidad, se le da una connotación a la Corona que la pone en riesgo”. Majestad, por favor, dígame que no comparte la tesis de Suárez.

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"Yo soy republicano y no tengo por que reprimirme, ni pedir perdón"

[10] VALTONYC: "PABLO IGLESIAS ME ENCARGÓ LA CANCIÓN POR LA QUE ME CONDENARON...LUEGO SI TE VI NO ME ACUERDO" 

Por Redacción Canarias Semanal

Articulo publicado el 27 de febrero en: 

http://canarias-semanal.org/not/22190/valtonyc-pablo-iglesias-me-encargo-la-cancion-por-la-que-me-condenaron-luego-si-te-vi-no-me-acuerdo-video-/

 

 

El cantautor de rap Pablo Valtonyc ha declarado que fue Pablo Iglesias, el líder de la formación política "Podemos", quien le había encargado la canción crítica contra el rey emérito por la que lo han condenado a tres años de cárcel, para su programa de televisión "La Tuerca". Pero luego... "sí te vi , no me acuerdo"

 

El cantautor de rap  Pablo Valtonyc ha declarado que fue Pablo Iglesias, el líder de la formación política "Podemos", quien le  encargó, para su programa de televisión "La Tuerca", la canción crítica contra el rey emérito por la que lo han condenado a tres años de cárcel  Pero luego...  "sí te he visto, no me acuerdo"

El joven  Valtonyc indicó que ya Pablo Iglesias le había defraudado cuando se negó  a  dar voz a los  presos políticos españoles. Valtonyc, que fue condenado la pasada semana a nada menos que  tres años de cárcel por referirse duramente a la trayectoria del ex monarcaJuan Carlos I, ha asegurado que, no obstante haber sido condenado a tres años de prisión:

"seguiré denunciando el capitalismo, que los borbones son mafiosos. Yo soy republicano y no tengo por que reprimirme, ni pedir perdón. Voy a seguir componiendo y con mi lucha, voy a usar el rap como instrumento para cambiar la sociedad. He sido consciente siempre de que mis canciones podían tener estas consecuencias. A mí me pueden encerrar, pero no a mis ideas."

Valtonyc  indicó que fue condenado porque el tribunal ante el que compareció es un tribunal fascista . Afirmó que  le habían ofrecido que se doblegara y pidiera públicamente perdón para que la acusación particular, que ejerce el ultraderechista presidente del Círculo Balear, Jorge Campos, fuera retirada. Pero "yo soy republicano y no tengo que pedir perdón a nadie".

La acusación contra el cantautor se fundamentó en  unas canciones reproducidas por Valtonyc en YouTube  en el año 2012 y 2003.

La condena contra Valtonyc, que el pasado sábado participó en el programa televisivo"la Sexta noche", forma parte de una intensa campaña emprendida por el gobierno delPartido Popular, encaminada al recrudecimiento de la persecución de la libertad  de expresión, que está siendo contestada  por amplios sectores de la sociedad española.

Apenas confirmada la sentencia del supremo  ratificando la condena de tres años de prisión contra Valtonyc, éste publicó  en YouTube una nueva composición titulada  "Pido perdón, porque he comprendido", que acompaña con el párrafo siguiente :

"Después de pensarlo, ya es hora de pedir perdón a los ofendidos. Nos han llegado tantos comentarios de ciertos personajes y defensores del imperio, que ya está decidido. Os dejamos este vídeo con nuestras disculpas porque definitivamente hemos comprendido" 

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[11] Musas y monstruos

Por Aníbal Malvar

Artículo publicado el 3 de marzo de 2018 en:

A veces palpita en los periódicos indignación, incomodidad, cabreo de los periodistas contra la línea editorial de los periódicos que les pagan. Pueden ser mensajes sutiles o salvajes, como aquel que le costó el despido de El País a mi caro Crispín Juan Soto Ivars. “Cebrián es un tirano como Calígula”, escribió en acróstico el malandrín en la última columna que publicó en el suplemento Tentaciones. Varios medios habían voceado que la ex mujer del fundador del diario de todos los diarios aparecía en los papeles de Panamá. Furibundo, Cebrián prohibió a sus periodistas participar en los programas de La Sexta, y despidió fulminante de la Ser a Ignacio Escolar, director de eldiario.es. Soto Ivars, funambulista, publicó su acróstico y un tuit tras ser guillotinado: “Cebrián no puede seguir al frente de Prisa. Años de pérdidas salvajes y ahora esto, cualquier empresa decapitaría a un directivo como él”.

En El Mundo de este sábado me encontré otro hermoso ejemplo de rabia deontológica. El diario de la bola dedicaba un Vox Populi –la sección de las flechitas arriba y abajo– a Pablo Hasel: “Apenas unas horas después de conocerse su nueva condena a dos años de cárcel y una multa de 24.300 euros por enaltecer el terrorismo e injuriar a la corona, el rapero antisistema ha vuelto a colocar los mismos mensajes en Twitter con una intolerable provocación: ‘Mirad cómo me arrepiento”. La flechita, que viene a ser como el pulgar mediático del César en el circo romano, apuntaba, por supuesto, hacia abajo.

Sin embargo, la crónica del proceso firmada por Manuel Marraco arrancaba con esta inquietante frase: “Hay tantos juicios por enaltecimiento del terrorismo que algunos ya empiezan a repetirse”. Marraco es un periodista sobrio, ajeno a ínfulas de autor y a otras poéticas vanidades, lo que otorga más valor a su pequeño grito münchiano, a su estaca draculera en el corazón de la Audiencia Nacional. La sola frase, tan sincrética, tan huérfana de complejos como de arrogancia, vale la suscripción anual a ese periódico.

Todas las diatribas que hemos escrito en todos los periódicos rojos de mierda contra la ley mordaza, cientos de miles de palabras, se acomplejan de estas doce: “Hay tantos juicios por enaltecimiento del terrorismo que algunos ya empiezan a repetirse”. Si os fijáis, la última subordinada cuadra en endecasílabo, el metro que todo lo dulcifica, lo que hace sospechar que a Marraco se le apareció la Venus Calipigiaantes de hacer saltar los dedos sobre el teclado.

La Razón también dedica un breve opinativo a Pablo Hasel: “Por más que Hasel sea un desalmado impresentable, no se le condena por ello, sino por ensalzar el tiro en la nuca y los ataúdes blancos”. En ABC están igualmente encantados de ver al rapero entre rejas: “La libertad de expresión no ampara la difamación ni la amenaza”. El País no opina sobre la condena, pues de todos es sabido que la libertad de expresión no está entre sus prioridades. Aunque una frase de su columnista Máriam Martínez-Bascuñán, hablando de las geografías trumpianas, sí es aplicable al tema que nos ocupa, que dirían los pedantes: “Si el afán por no ofendernos ahoga la transgresión, la sociedad acabará encontrando al monstruo que la represente”. Pues eso, queridos periodistas, queridos magistrados. Ahora dice el Supremo que no ha lugar al delito de enaltecimiento si no existe riesgo de atentado terrorista. Algo se mueve. Quizá.

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Artur Mas, Oriol Junqueras y Carme Forcadell, entre otros dirigentes independentistas. (EFE)

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[12]El Estado pierde la batalla de Waterloo

Por Juan Carlos Escudier

Articulo publicado el 2 de marzo de 2018 en: 

http://blogs.publico.es/escudier/2018/03/02/el-estado-pierde-la-batalla-de-waterloo/

 

La estrategia del independentismo pudo resultar en algún momento torpe y estrafalaria y el propio Puigdemont un personaje sin sal, entre crudo y poco hecho. Pero a medida que ha ido pasando el tiempo, la cocción ha ido ligando las salsas y, más allá de divergencias internas y palinodias judiciales, hay que reconocer que la famosa batalla por el relato se inclina de su lado. El soberanismo catalán está en la sopa, en los carnavales, en las cancillerías, en la prensa internacional y próximamente también en la ONU, a cuyo comité de derechos humanos piensa dirigirse el ‘exiliado’ president para denunciar la persecución del Estado español. Que el Gobierno se atribuya el mérito de su renuncia “provisional” a ser investido, perfectamente planificada por otro lado, es si acaso un enorme eructo con el que trata de aliviarse del empacho.

Aunque quizás lo fuera en algún momento, el objetivo actual del independentismo no es la independencia ni la proclamación de la República sino poner de manifiesto las contradicciones del sistema y cepillar, como lo haría un carpintero, el barniz democrático de unas instituciones que empiezan a mostrar su madera en crudo y su vulnerabilidad ante los elementos y la carcoma. La legalidad no puede defenderse con artimañas.

Ya le pasó al Tribunal Constitucional que, forzado a un contorsionismo insano en magistrados tan poco flexibles, pasó de ser intérprete de la Constitución a taquígrafo del Ejecutivo, estableciendo unas medidas cautelares para la investidura de Puigdemont con las que sortear la pretendida impugnación de un acto no consumado. Y no deja de pasarle al Tribunal Supremo, que sigue traspasando las fronteras del Derecho para adentrarse en el pantanoso terreno de la estratagema.

Una vez que se confirme la candidatura de Jordi Sánchez a la presidencia, y el juez instructor le prohíba salir de la cárcel para ser investido en abierta contradicción con la propia doctrina del Tribunal, se pondrá de manifiesto que no es el Parlament sino un señor con toga el que decide quién se sienta en el sillón de la Generalitat. Y finalmente será el Estado español el que quedará marcado cuando el asunto llegue al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo y, casi con toda probabilidad, sentencie que no se pueden vulnerar los derechos políticos de quien no ha sido condenado porque goza, aun en prisión preventiva, de presunción de inocencia.

Igual pasará con Jordi Turull, ahora en libertad, al que se ha reservado el tercer lugar en la lista, y que podrá ser president al menos unos meses hasta la sentencia, o unos días si el magistrado le aplica el artículo 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que permite la inhabilitación de cargos públicos contra los que se haya dictado un auto de procesamiento e incurra en un presunto delito de rebelión. Este es el juego de unos y otros. Al sur del Ebro será fácil hablar de la perversa estrategia del independentismo y su fingido victimismo, aunque al norte de esa misma raya será difícil desmontar la tesis de que todo ha valido, incluido el uso de la Justicia como brazo armado, para ganar una guerra en la que no se hacen prisioneros. Esa es la imagen que quedará de la democracia española.

A los independentistas caben hacerles múltiples reproches, denunciar sus requiebros a la ley o sus flagrantes transgresiones, y recordarles que su apropiación del sentir de un pueblo pese a representar algo menos de la mitad de los votos es algo más que indebida. Se les puede culpar de tacticismo, de anteponer sus intereses partidistas a los generales, y de despreciar a una ciudadanía que sigue sin saber cuál es su programa de gobierno y que no vive sólo de pan y días históricos. Nadie dijo que fueran espíritus puros.

Puigdemont no es Napoleón pero la torpeza del Gobierno le ha dado la victoria en Waterloo, donde será entronizado al frente de un Consell de la República todo lo virtual que se quiera pero altamente simbólico. La cirugía del artículo 155 se ha demostrado inservible. El grano en el culo es ya una pústula altamente infecciosa.

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[13] Apuntes complementarios de la vida de Antonio García-Trevijano

Por Miguel Angel Aguilar

Articulo publicado el 1 de marzo de 2018 en:

http://www.eldiario.es/zonacritica/Apuntes-complementarios-vida-Antonio-Garcia-Trevijano_6_745485474.html

 

Notario en excedencia. Condecorado por Macías Ngema y por Norodom Sihanouk. Letrado del diario Madrid. Candidato a controlar El País...

 

Antonio García-Trevijano

 

Antonio García-Trevijano Forte (Alhama de Granada 18 de julio 1927-Madrid 1 de marzo 2018) ha sido despedido con obituarios que le describen de modo coincidente como jurista, abogado, político y pensador republicano. Se mencionan algunas iniciativas casi desconocidas como su intervención en los preparativos de una huelga de 1967 y también su condición de promotor de la Junta Democrática en julio de 1974 donde le acompañaba el Partido Comunista de Santiago Carrillo y algunos connotados juanistas como Rafael Calvo Serer.

Trevijano, en escrito a la sala segunda del Tribunal Supremo ante la que interpuso querella a Emilio Romero que era Procurador en Cortes y Consejero Nacional del Movimiento, se definía a sí mismo en los siguientes términos: "El querellante es don Antonio García-Trevijano Forte, mayor de edad, casado, vecino de Madrid, con domicilio en el Paseo de la Castellana, número 106. Notario excedente, abogado del ilustre colegio de Madrid, letrado de la empresa 'Madrid, Diario de la noche, S.A.' y de sus redactores, empleados y obreros. Condecorado con la Cruz de la Independencia de la República de Guinea Ecuatorial y con la Orden Real Khmer de Camboya, ambas las más altas condecoraciones de dichos países".  

 

Como letrado de la empresa 'Madrid, Diario de la noche, S.A.' y de toda su plantilla quede la referencia de que fue el primero en cobrar cuando se produjo la venta del solar que ocupaba su sede a la inmobiliaria SAGAR de Luis García Cereceda, personaje luego devenido famoso. Trevijano tuvo la brillante idea de que el derribo se hiciera mediante una voladura controlada que se llevó a cabo el 23 de abril de 1973, año y medio después de la orden de cierre dictada por el gobierno de Carrero el 25 de noviembre de 1971. El resultado de la aparición en primera página de los periódicos de medio mundo de esas imágenes imborrables proporcionadas por la explosión de las cargas de dinamita fue desde entonces un oprobio permanente para la dictadura. Al juez de lo social que intervino para sancionar el despido inevitable de los empleados le asombraba entonces el caso único de que la empresa y los redactores, empleados y obreros de la plantilla del periódico comparecieran con el mismo letrado. Pero la suerte de una y otra parte fue muy desigual. Los trabajadores fueron liquidados con indemnizaciones exiguas que aceptaron por solidaridad con la editora, víctima como ellos de la orden de cierre, mientras que el letrado compartido se hacía abonar una minuta suculenta. 

Otra batalla relevante fue la que Trevijano llevó a cabo para organizar un sindicato de accionistas con el intento de descabalgar a Jesús de Polanco del diario 'El País' mediante una compra de acciones que fue tildada de clandestina. Operación de la que, según Mari Cruz Seoane en su libroUna historia de 'El País', García Trevijano no salió mal parado porque se saldó con una sustanciosa plusvalía para su inversión además de un pacto por el cual el diario publicaría en los años siguientes algunas tribunas y daría relieve en la sección Gente a las actividades hípicas de su hijo. Paradójicamente, dice la historiadora, el resultado fue que Polanco y su entorno pasaron a ser los principales accionistas. Además de consolidar de manera irreversible a Juan Luis Cebrián que había sabido acudir a tiempo en socorro del vencedor. 

En el ámbito periodístico el personaje Trevijano siguió reverberando porque la leyenda de su fortuna atraía como un panal de rica miel a las moscas. Entre sus aproximaciones a diversos proyectos se recuerda el caso del semanario 'Reporter'. El letrado les dijo a los náufragos del 'Madrid' que ansiaban salvar el pan de sus hijos, que si era por eso pondría una panadería. También repetía "el que vaya primero me verá la espalda". Pero enseguida le perdieron de vista. 

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[14] ¿Por qué Rivera es la alternativa a Rajoy?

Por Fernando López Agudín

Articulo publicado el 2 de marzo de 2018 en:

http://blogs.publico.es/fernando-lopez-agudin/2018/03/02/por-que-rivera-es-la-alternativa-a-rajoy/

 

Es un hecho inédito en la historia reciente de España. Una derecha en la oposición, según todos los sondeos, es alternativa a otra derecha en el gobierno. Por vez primera desde la lejana transición el turno de partidos en la Moncloa cambia de pareja. Ya no se enfrentan el PP y el PSOE, sino el PP y Ciudadanos. Rajoy pierde votos, ya se verá si los suficientes para dejar de gobernar, sin que Pedro Sánchez salga del estancamiento. Ya no funcionan los vasos comunicantes en el seno del bipartidismo, que ha ocupado durante más de cuatro décadas el poder político. Ahora, casi todos los electores que huyen de Rajoy llaman a la puerta de Rivera. Ciudadanos se ha convertido ya en una alternativa cuestionando al mismo tiempo al PP y al PSOE.

Sin la previa renuncia del PSOE a configurar una alternativa no sería así. Si los socialistas son ya la tercera fuerza política se debe, fundamentalmente, tanto a que no quieren ir de la mano de Podemos, como a que no saben o pueden competir con Ciudadanos. Ni quisieron ser fieles al compromiso con el que Sánchez venció en las primarias, ni saben, ni pueden, reconvertir hoy el PSOE en el Partido Demócrata estadounidense, por el que viene clamando desde hace tiempo sotto voce Felipe González. Instalado en esa tierra de nadie, entre la derecha y la izquierda, solo pueden aspirar a ser un comodín para que gobierne una u otra derecha o ambas. No les queda otra opción, si se niega a competir con Rivera e Iglesias.

El harakiri del 155 al que se entregaron con delectación, rechazando la España plural, lo paga el PSOE con creces. No hay más que ver con que brío cabalga hoy Rivera el caballo blanco de Santiago para saber quien rentabiliza el nacionalismo españolista. Lo tiene bastante fácil Ciudadanos. PP y PSOE han gobernado con Pujol, han impedido su procesamiento, compartido el 3% y hasta hablado el catalán en la intimidad. Pese a que hoy se suman con fruición a la aplicación del Estado Penal al soberanismo catalán, su desventaja en relación con Ciudadanos es enorme. No solo en Barcelona. Por la misma razón que PP y PSOE van muy por detrás de Cs en Cataluña, el PSOE va también por detrás de Ciudadanos en España.

Solo faltaba la Gürtel, los Eres y Caixa Cataluña para que Rivera lleve de cola el viento electoral. El trío de los encartados– Bárcenas, Chaves y Serra (Narcís)– ahorra cualquier tipo de comentario sobre la fraternidad corrupta del PP y el PSOE. Si a ello se añade la querella contra cuatro ministros del PSOE y uno del PP por el escándalo del proyecto Castor, del que se ha beneficiado Florentino Pérez con una indemnización de 1350 millones de euros pese a que ha sido anulada por el Tribunal Constitucional, se multiplica ahora el tirón electoral de Ciudadanos. Esa Escopeta Nacional que es hoy el palco del Bernabeu, donde se mezclan los políticos del PPSOE con delincuentes de cuello blanco, impide que el PSOE pueda sacar partido de la corrupción del PP.

No cabe, para rizar el rizo de Rivera, ningún cambio económico sin cortar o desatar el nudo merkeliano del 135. Más allá de la demagogia que estos días se desparrama sin ni una alternativa progresista, PP, PSOE y Ciudadanos nunca podrán ir más allá, en materia de orden económicosocial, de lo que dictamine Berlín. Nadie mejor, pues, que un partido de derechas limpio de polvo y paja corrupta, como es el caso de Ciudadanos, para  poder aplicar bien los nuevos recortes sociales posteriores al recuento de las  próximas urnas legislativas. La elección política entre el programa original de la derecha, corrupta (PP) o  no corrupta (CS), y la copia de ese mismo texto por el PSOE se refleja en las encuestas.

Rivera aparece hoy como el cambio. Es la cara amable, juvenil y limpia de la misma política neoliberal del hosco, viejo y desaliñado rostro de Rajoy. Mientras PP y PSOE huelen a naftalina y bolas de alcanfor, Cs es puro Chanel número 5. Si hace cinco años Iglesias aparecía como la esperanza de un futuro progresista, ahora Rivera aparece como la esperanza de un futuro retroceso tanto en lo social como en lo territorial. Así va cerrándose un ciclo, todo un quinquenio, en el que la perspectiva de un Podemos de izquierda ha sido ya reemplazada por la perspectiva de este Podemos de derechas, que en 2015 pedía a gritos el banquero del Sabadell, Josep Oliu. Con o sin M. Rajoy– no le va a ser nada fácil a Ciudadanos superar al PP como lo ha sido sorpassar al PSOE– ese es el probable horizonte.

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¿Un problema de "ovejas negras" o del propio sistema?

[15] ¿QUIÉN ES EL CULPABLE DE LA PRESUNTA ESTAFA DEL BANCO POPULAR?

 

Por JULIO ANDRÉS CAPEY

Articulo publicado el 27 de febrero de 2018 en: 

http://canarias-semanal.org/not/22192/-quien-es-el-culpable-de-la-presunta-estafa-del-banco-popular-/

 

En el tratamiento mediático de los casos de corrupción se reproduce una matriz de opinión que los atribuye a la presunta "naturaleza" humana, la asocia a menudo al sector público y en todos los casos excluye cualquier relación entre la corrupción y el sistema capitalista (...).

 

 

En la atención y el tratamiento mediático a los innumerables casos de corrupción política lo fundamental no es el interés económico que suscitan las audiencias. En muchos casos, el factor económico no es siquiera la “motivación” más importante en la orientación de estas noticias.  Si se tiene en cuenta el papel esencial que los medios desempeñan para la salvaguarda del sistema y la reproducción del sentido común hegemónico se comprenderá mejor su especial interés y “virulencia” con los casos más sonados de corrupción.  

Si se analizan con atención sus mensajes al respecto, nos percatamos del uso reiterado de conceptos con los que se  construyen auténticos estereotipos, que inducen a pensar que la corrupción es propia y natural en el ámbito de las instituciones públicas. Este es el núcleo fundamental de una matriz mediática en la que se excluye cualquier relación entre la corrupción y el sistema capitalista. O, lo que es igual, entre la empresa privada y la corrupción. Pareciera que en lo privado dicho fenómeno no existe.

Este esquema se ha reproducido fielmente en el tratamiento “informativo” sobre la  presunta estafa al Banco Popular a manos de su homólogo español El Santander. En su mayoría, el foco de atención se ha centrado en las responsabilidades individuales detrás de la liquidación y la compra a 1€ del banco quebrado por parte de la entidad presidida por Ana Patricia Botín.

Ni siquiera el  Diario 16, que ha contado con todas   las  fuentes documentales del caso, apunta alguna posibles causas que no sean individuales.

“A medida que se va teniendo acceso a la documentación – escribe Esteban Cano en el citado diario- que demuestra todo lo que ocurrió en aquellos primeros seis días del mes de junio, las piezas van encajando y confirmando que la resolución del Banco Popular fue la gestación de una operación bien orquestada, dirigida y ejecutada por Emilio Saracho”.

Recordemos que el banquero Emilio Saracho llegó al Banco Populardespués de dejar la vicepresidencia  del  JP Morgan y siendo considerado como“el español que más alto ha llegado en el universo de los grandes bancos de inversión norteamericanos". Sin embargo, no pudo, no supo o no quiso salvar al Popular.

Lo cierto es que varias cuestiones llaman la atención desde el principio de su gestión.

Varias fuentes coinciden en afirmar que sin una demostración  convincente que confirmara que el banco estaba quebrado Saracho pidió su disolución y la entidad fue liquidada como si realmente estuviera quebrada.

Se asegura que la consultora privada Deloitte jugó sucio con una valoración que no correspondía con la realidad y que acabó provocando la valoración a 0”.

No obstante, lo que -según Diario 16- parece confirmar la presunta estafa, es la cronología de las actuaciones de los implicados.

“El día 1 de junio se redactó un contrato entre el Banco Popular y el Banco de España para la solicitud de una línea de liquidez de urgencia (ELA) de 2.000 millones de euro. Sin embargo, dicho contrato, a pesar de que fue redactado el día 1 de junio, la noche de la intervención no había sido firmado aún”.

El diario confirma que  “el correo que envió el día 6 de junio a las 21.23Miguel Escrig, director general financiero fichado por Emilio Saracho, dirigido al propio Saracho, a Joaquín Hervada, secretario del Consejo, a Iñaki Reyero, apoderado del Popular, y a tres abogados de Uría y Menéndez, el despacho de referencia del Banco de Santander, entre los que destaca nuevamente el socio Juan Miguel Goenechea”, así lo demuestran.

De acuerdo con esta fuente, “es realmente alarmante conocer que un documento interno del Banco Popular en el que se solicitaba una línea de liquidez de urgencia, teniendo en cuenta las salidas de depósitos que ocurrieron el día 5 y 6 de junio, fuera transmitido con total impunidad a una empresa externa que, además, es el despacho de abogados de referencia del Santander”.

“En este hecho – subraya Esteban Cano- se comprueba la conexión entre el equipo de Saracho y la entidad presidida por Ana Patricia Botín y la presunta connivencia en la operación. Además, el hecho de que Miguel Escrig envíe el documento sin firmar ni con los datos que solicita el Banco de España como garantías, es la demostración de que ese contrato no se firmó hasta ese mismo día 6 de junio”.

Y concluye, “la cronología de los hechos, la documentación de la que disponemos y las consecuencias que tuvo la operación que finalizó con la intervención del Popular y la posterior compra por parte del Banco de Santander por un euro demuestran que en todo el proceso se cometió una «presunta» estafa en la que los actores de ésta quedan perfectamente reconocidos y los afectados fueron más de 305.000”.

En el fondo, el análisis mediático se reduce al ámbito de las mitologías: la lucha ejemplar entre "el Bien de las leyes  y el Mal de la naturaleza humana”.

Ni siquiera, tras reconocer que  la  clara responsabilidad de Emilio Sarachoy su presunta culpabilidad va más allá del último presidente del Popular,  se hace mención a los vínculos entre la corrupción y el capitalismo.    Los medios no pueden concluir jamás –por razones obvias- que la corrupción es una de las bases sobre las que se sostiene este sistema, bajo el cual ni el banquero, ni el empresario pueden dejar de caer en conductas corruptas.

No por casualidad,  la mayor fuente de beneficios durante la burbuja inmobiliaria provenía de la corrupción, sin la cual el "milagro económico español" no habría sido posible. 

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[16] ¡Espartanas! ¡Espartanos! Esta noche cenaremos sin Coca-Cola

Por Caracola 

Articulo publicado el 1 de marzo de 2018 en:

http://www.la-politica.com/espartanas-espartanos-esta-noche-cenaremos-sin-coca-cola/

Viñeta Eneko las Heras – @EnekoHumor

 

“Campamento de la Dignidad de los trabajadores de Cocacola”. Un justo nombre para una lucha que no puede calificarse de otra manera: digna. La dignidad de quien, aun sabiéndose pequeño, tiene la seguridad de que cuenta con la fuerza de la razón y no se deja tumbar por un gigante. David contra Goliat, como otras veces se ha dicho de esta lucha.

Un grupo de hombres y de mujeres con conciencia de clase, cuya unión, solidaridad y determinación a la hora de defender sus puestos de trabajo, los ha impulsado a plantar cara a una gran empresa y los ha mantenido en una batalla laboral como pocas se han visto en este país.

En enero de 2014, Coca-Cola Iberian Partners (hoy fusionada y convertida en Coca-Cola European Partners) presentó un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) que afectaba a cuatro plantas de producción en España. En contra de los previsto, una de ellas era la fábrica de Fuenlabrada, que sus propios dirigentes habían calificado como “La perla”. Perlas son también sus trabajadores que supieron conseguir un convenio laboral digno que en la España de la reforma laboral acabó por parecer un exceso de derechos a la empresa.

El shock de los inesperados despidos y de la amenaza de desmantelamiento de la planta, no dejó paralizados a los trabajadores de Fuenlabrada. Si la unión hace la fuerza, estas mujeres y estos hombres, despreciados por una empresa y por una reforma laboral que difumina los derechos laborales, se hicieron fuertes y se prepararon para una lucha que ya dura 4 años.

Por una parte, abrieron la vía judicial mediante un recurso al ERE ante la Audiencia Nacional; por otra, iniciaron la vía de la movilización con una constante presencia en la calle, en todo tipo de actos, en las redes sociales… Haciéndose ver y contándole al mundo la injusticia que se ha cometido sobre ellos. Y todo esto, ante el silencio de los medios de comunicación masivos para los que la retribución de la publicidad de Coca-Cola actúa como sutil mordaza.

Dentro de esa movilización, tuvo un especial protagonismo el Campamento de la Dignidad: dos años acampados ante las puertas de la planta de Fuenlabrada para evitar que la empresa desmantelase la fábrica y pudiese así evitar definitivamente la reincorporación de sus trabajadores. Dos años de fraternal convivencia y de lucha que acabaron una mañana con una carga policial que solo detuvo la presencia de las cámaras de TV.

La Audiencia Nacional, en junio de 2014, fallaba a favor de los trabajadores, el ERE de Coca-Cola era declarado nulo y en abril de 2015 el Tribunal Supremo ratificó e hizo firme la sentencia: las trabajadoras y los trabajadores de la planta de Fuenlabrada, propiedad de la empresa Casbega, debían ser readmitidos e incorporados a sus mismos puestos de trabajo, en las mismas condiciones laborales y con los mismos salarios.

Tras la sentencia firme del Supremo, la empresa responde ante la Audiencia Nacional presentando un nuevo proyecto como “solución” al conflicto: el COIL, (Centro de Operaciones Industriales y Logísticas) que convertiría una rentable planta de producción en un “gran almacén y centro de distribución”. Una pantomima, una burla para la esperanza de los trabajadores que incomprensiblemente, y tras el estratégico cambio de dos jueces, la Audiencia Nacional admite, contradiciendo así su propia sentencia que declaraba nulo el ERE y en la que dictaba que los trabajadores de Fuenlabrada deberían ser readmitidos en sus mismos puestos de trabajo y en las mismas condiciones.

En septiembre de 2015, llegó el “gran día” de la reincorporación… Entre abrazos y lágrimas de emoción entraron los trabajadores y las trabajadoras de la planta de Fuenlabrada, con la inmensa satisfacción de haber ganado ante la justicia el pulso al gigante que fue capaz de, por acrecentar sus beneficios económicos, despreciar sus vidas y la de sus familias.

Entraron… Y, en la que en otro tiempo había sido una puntera planta de producción, bulliciosa, dinámica, cargada de rítmicos sonidos metálicos y de actividad, encontraron una fábrica habitada por el eco, el vacío y la desolación… La empresa iniciaba una batalla psicológica respondiendo al triunfo de la lucha de sus trabajadores con la inactividad y el mobbing… Además, no tardaron en descubrir que tampoco sus nóminas eran las mismas, en ellas faltaban los complementos salariales que les atribuía el convenio de empresa, incumpliendo así lo indicado en la sentencia contra el ERE.

Una vez más, “las espartanas y los espartanos” no se rindieron e iniciaron otro capítulo de esta larga batalla. Denunciaron ante la Justicia los incumplimientos en sus nóminas y tras un fallo a su favor, la empresa recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Madrid pero ya, en febrero de 2018, Coca-Cola ni siquiera dejó empezar el juicio y se avino a pagarles a los trabajadores los complementos salariales reclamados.

Denunciaron también ante la Inspección de Trabajo las condiciones laborales: la falta de actividad de la fábrica y, entre otras cosas, el acoso del personal de seguridad contratado por la empresa. Nuevamente, el resultado fue favorable para los trabajadores: la Inspección de Trabajo emite un informe en el que recoge que los trabajadores de Fuenlabrada, tras su reincorporación siguen sin contenido de trabajo, es decir, sometidos a una casi absoluta inactividad laboral durante toda su jornada laboral en una fábrica prácticamente vacía, desmantelada… Lo que sigue incumpliendo una de las condiciones exigidas a la empresa en la sentencia que declaraba la nulidad del ERE: la incorporación de los trabajadores a sus mismos puestos de trabajo y en las mismas condiciones.

En toda esta trayectoria de lucha merecen una mención muy especial, el grupo de mujeres, compañeras de los trabajadores afectados, conocidas como “las Espartanas”, mujeres luchadoras, valientes, constantes, incansables que no dudaron, entre otras muchas movilizaciones, en desnudar su lucha en la portada de la recientemente desaparecida “Interviú” para buscar el impacto social del conflicto que otros medios les negaban. Desde aquí nuestro reconocimiento a ellas por su decidida determinación; mujeres tenían que ser.

Y tras cuatro años de firme lucha, de muchos logros y de algunas decepciones, aun queda camino por recorrer en esta pelea contra el gigante hasta el cumplimiento total de la sentencia contra el ERE de Coca-Cola. Que nadie espere que “los espartanos y las espartanas” se vayan a rendir y a dejar de luchar. Los seguiremos viendo en la firme y digna defensa de sus puestos de trabajo y seguirán necesitando el apoyo de una sociedad que no puede ser indiferente.

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IMAGEN PORTADA: Fotograma pelicula "Eyes Wide Shut", de Stanley Kubrick

 

 

 


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